La aldea es inmortal y más dura que el granito. No lo digo yo, lo dice su fundador y lo confirma la Dirección General de Tributos. En una consulta vinculante planteada por una orden religiosa que se dedica a la enseñanza concertada, la Dirección de Tributos contesta (18-6-2012) eximiendo del pago del Impuesto sobre Sociedades a dicha orden dada su condición de “instrumento de la Iglesia Católica” No termina aquí la inmunidad fiscal de las organizaciones eclesiásticas. Porque, en protección del “cumplimiento de su objeto o finalidad específica”
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