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José María Garzón: “La existencia de armas en casas ocupadas contribuyen a acelerar los desahucios de los ocupas”

“¿Por qué? Porque, además del delito de allanamiento de morada, los ocupantes están cometiendo otro delito grave: el de tenencia ilícita de armas. Está tipificado en el artículo 564 de Código Penal y castigado con prisión de 1 a 2 años si son armas cortas y de seis meses a un año si son armas largas”, explica. Si ocurre ese caso, el abogado aconseja poner de inmediato una denuncia ante la unidad de Intervención de Armas y Explosivos de la Comandancia Provincial de la Guardia Civil, “que intervendrán de inmediato”.

| etiquetas: okupación , armas

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