... y se libran de la Justicia. Los abogados del emérito y de “Los Albertos” llevaban casi día años batallando para evitar que salieran a la luz las operaciones de 2015 en las cuentas de la Fundación Zagatka
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etiquetas: juan carlos i , fundación zagatka , suiza , fiscalía , monarquía
Y la clave del artículo es por qué no pide la fiscalía los movimientos del año 2015, por qué los abogados de los albertos pusieron tanto ahinco en tapar ese periodo, y qué movimientos habrá ahí realmente. Seguro que son de un volumen considerable, de un origen más que reprobable, que finalmente se destinaron al preparao como los fondos de la Fundación Lucum, que iba a salpicar a altas esferas incluso fuera de la corona, etc...
Una vergüenza tener que dejar pasar esto por alto sin decir nada. Los inspectores de GESHTA tienen que quedarse quietos y callados porque la justicia suiza no puede hacer más ya que la española tampoco le reclama más. Cuando lo suyo es que tuviesen más libertad y medios para poder investigar lo ocurrido antes de que pasen los 10 años hasta que prescriba.
Esa frase en cualquier artículo o reportaje de himbestigación es garantía de bulo 100%
Huuuyyyyy después de unos años que no se habrá hecho por parte del SinMérito y los Alberto en 2015 y además "favorecidos y protegidos" por el gobierno.
Constitución Española... Menudo cuento.
Sobre todo el art. 14.
Y la clave del artículo es por qué no pide la fiscalía los movimientos del año 2015, por qué los abogados de los albertos pusieron tanto ahinco en tapar ese periodo, y qué movimientos habrá ahí realmente. Seguro que son de un volumen considerable, de un origen más que reprobable, que finalmente se destinaron al preparao como los fondos de la Fundación Lucum, que iba a salpicar a altas esferas incluso fuera de la corona, etc...
Una vergüenza tener que dejar pasar esto por alto sin decir nada. Los inspectores de GESHTA tienen que quedarse quietos y callados porque la justicia suiza no puede hacer más ya que la española tampoco le reclama más. Cuando lo suyo es que tuviesen más libertad y medios para poder investigar lo ocurrido antes de que pasen los 10 años hasta que prescriba.
Pero estos argumentos no están al alcance de cualquiera; requieren un poco de inteligencia... Así pues, entiendo tu comentario.
Ahora a esperar sentado y cómodo a que lo haga.
Claramente esta incumpliendo sus deberes
Es el mayor escándalo judicial de nuestra democracia, el mayor golpe a nuestro sistema democrático. Pero los palmeros seguirán votando a la derecha.
de nuestra democracia, el mayor golpe a nuestro sistemademocrático.Pero los palmeros seguirán votandoa la derecha.Creo que así es más correcto.
Todos seguimos las leyes newtonianas, excepto algunos seres q son cuanticos y siguen sus propias leyes de la incertidumbre
Es tan chistosa la consti La cito: <<La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.>>[...]<<Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o socia>>
Ergo ¿la persona del rey no es considerado español entonces? A sí: Nacido en Roma, 5 de enero de 1938 el Juancar
Luego, fuera de ese horario puede hacer negocios particulares para beneficio propio.
Parece ser.
La sinopsis del articulín es aún más divertida en el apartado "Inviolabilidad, irresponsabilidad y refrendo": app.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=5
Cito una parte del inicio de ahí : <<
Siguiendo esta tradición, todas las Constituciones monárquicas tanto españolas como europeas (con alguna levísima excepción en la Constitución noruega) establecen, en unos u otros términos, la regla de la absoluta irresponsabilidad regia, fiel reflejo del viejo aforismo británico "the king can do not wrong" (el Rey no puede hacer mal) .
En esta línea, la nuestra de 1978 dispone en su artículo 56.3 que "La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el articulo 65.2".
La primera reflexión que nos suscita el precepto referido es el significado de la inviolabilidad del Rey y si es o no lo mismo -tal y como parece de la dicción constitucional- la inviolabilidad que la ausencia de responsabilidad.
La generalidad de la doctrina utiliza, en efecto, ambos términos como sinónimos, aunque, como ha subrayado P. Biglino Campos, la inviolabilidad tiene un significado más amplio que el de la irresponsabilidad, con el que se pretende subrayar la alta dignidad que corresponde al Monarca como Jefe del Estado. Como tal, se proyecta en otras normas, de carácter penal o internacional, que atribuyen una especial protección a la persona del Rey. A lo que se añade un status especial de inmunidad en virtud del cual el Rey se sitúa por encima del debate político y al margen de los Tribunales de Justicia.
En este sentido, ambos términos significan que no se puede perseguir criminalmente al Monarca y que, en cuanto se refiere a la responsabilidad civil, no se le puede demandar ante la jurisdicción ordinaria; no se da, en cambio, la imposibilidad de someter a juicio a la Familia Real.>>
Si la consti dice "es blanco pero no es blanco sino negro"....
Piense en los siete "padres" de la constitución. Cuatro Franquistas, dos "de derechas" y uno de izquierdas.
La inviolabiludad del rey se refiere a:
El rey puede Sodomizar a los españoles en la forma y modo que quiera, pero los españoles no pueden hacer más que dejarle y sonreír.
O era eso o era dictadura. Nunca se nos ofreció otra alternativa.