edición general
386 meneos
1089 clics
Un juez establece que no se puede sancionar a vehículos estacionados sin ITV

Un juez establece que no se puede sancionar a vehículos estacionados sin ITV

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 33 de Madrid ha anulado una multa de 200 euros impuesta por no pasar la ITV a un vehículo que se encontraba estacionado al considerar que "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica".

| etiquetas: juez , no sancionar , vehiculos , sin itv
Comentarios destacados:                            
#2 Que ansias sancionador. Ahí, hasta el evehículo de algún pobre conductor que no lo puede mover por falta de una ITV que igual no ha pasado por que estaba esperando alguna pieza del mecánico o por la razón que sea.

Luego dicen que no hay ansia recaudatoria,,,
«12
  1. Que ansias sancionador. Ahí, hasta el evehículo de algún pobre conductor que no lo puede mover por falta de una ITV que igual no ha pasado por que estaba esperando alguna pieza del mecánico o por la razón que sea.

    Luego dicen que no hay ansia recaudatoria,,,
  2. Se añade "ocupar vía publica" a la ley y palante!!! Ya podrían ser un poco mas cuidadosos los legisladores joder!!! :troll:
  3. Tener un vehículo estacionado en la calle, no debería acarrear pasar la respectiva inspección técnica? :shit:
  4. #3 Bueno, justamente tu comentario me recuerda algo que Politikon ha analizado muchas veces y es conocido. España es super eficiente en obra pública, pero malísima legislando. Lo que señalas es un ejemplo.

    Yo muchas veces me he leido leyes que me afectan en mi profesión y, la verdad, es que dan puta pena. Llenas de agujeros, vaguedades y cosas que ni entiende el legislador.
  5. Me parece correcto si se le pone un cepo que implique que, para moverlo, tenga que venir una grúa que lo lleve al desguace o a pasar la ITV.
  6. #4 Parece bastante obvio que solo caben dos cosas. O lo va a mover para hacer la ITV y, hay que tener la ITV para ir hasta la ITV, o lo ha abandonado. Por tanto parece baatante lógica la multa si está en la vía pública. De alguna manera llegó y de alguna tendrá que salir.
  7. Aunque tenga algún fallo mecánico por el que no puede ir a pasar la ITV, evidentemente de alguna manera ha llegado desde el taller hasta el aparcamiento.

    Los únicos vehículos no obligados a pasar la ITV son aquellos que están en una propiedad del dueño, sea un garaje o una finca. Por ejemplo, puedes tener un vehículo que se caiga a cachos pero te sirva para llevar pacas de paja desde tu pajar a una nave o al campo. Si en el recorrido nunca sales de tu propiedad, no es necesario que pases nunca la ITV.
  8. #3 Pues sí, posiblemente la reacción de al administración no sea respetar los principios de la sentencia sino cambiar la ley para que sí sea sancionable.

    Después no les gusta que se les acuse de voluntad recaudatoria.

    Un vehículo en un garaje no debería poder ser sancionado por no haber pasado la ITV ni no tener seguro ni nada de nada, no debería pagar ningún impuesto de hecho.

    Obviamente en cuanto circule todo ello sí debe ser un requisito, pero estando parado querer cobrar todo eso es voluntad recaudatoria.
  9. #7 Eso no es cierto, tu puedes mover tu coche para ir a la itv pero solo para la itv o si tienes cita. A mi me pararon con la itv caducada y como pude enseñar el mensaje con la cita no me pusieron multa.
  10. #3 bueno, en la mayoria de los ayuntamientos esta prohibido aparcar un coche mas de 7 a 30 dias depende de la ciudad, no necesitan legislar nada nuevo.
  11. #4 es como la multa de aparcar en sentido contrario. A ver, el coche es muy posible que para aparcar haya hecho una maniobra incorrectamente, o circular invadiendo el carril contrario, y se le multa.

    Quizás si aportas documentación como que te lo trajeron en grúa hasta allí te lo perdonen pero ya sería raro.

    Si un coche está sin ITV en la calle... en muchos municipios hay un máximo de días que puede estar aparcado sin moverlo del sitio. Así que si lleva un mes con la ITV caducada o le multan por eso o por no mover el coche
  12. #10 Si, suelen ser benevolentes en ese caso. Pero para circular tienes que tener el permiso dr circulación vigente. Si no tienes permiso de circulación vigente, no puedes circular. Y el permiso no está vigente si tiene la ITV caducada.

    Asi que es cierto, pero si vas a la ITV no suelen multar.
  13. #5 Yo creo que están así a propósito, para en caso de emergencia de tener que juzgar a un buen español o un buen amigo o un buen compañero de secta, se pueda dejar todo en nada por un agujero legal de esos.
  14. Muy bien por el juez, de igual modo que no te pueden multar por circular para ir al taller o ir a pasar la ITV cuando la tienes caducada o no has conseguido pasarla, no tiene ningún sentido que te sancionen por tener la ITV caducada si no estás circulando.
  15. "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica"

    ¡Ah! Que un vehículo estacionado en la vía pública no ha circulado ni circulará... pues vale, circulen, aquí no pasa nada. xD
  16. #2 Será que no hay espabilaos.
  17. Pere Navarro ... chupate esta !
  18. #10 Tampoco te multan si justificas que vas al taller para solucionar el problema que te impidió pasar la ITV.
  19. #16 Ha circulado para volver de la ITV, algo que si está permitido, igual que moverlo para ir a la ITV. A ver si nos leemos los papeles que nos da la ITV cuando vamos a la inspección, eh :-D
  20. #10 Pues a un conocido le multaron y eso que fue a preguntar a la policía por adelantado. Y luego le denegaron el recurso.
  21. #7 Siempre puedes llamar a una grúa que te lo lleve.
  22. #7 Puede haber caducado después de haber sido aparcado y llevarse luego hasta allí en grúa. De hecho si un coche lo ven muy mal tienes que sacarlo en grúa de la ITV.
  23. #10 Te pueden multar hasta en la entrada o salida de la ITV, otra cosa es que fueran benevolentes contigo. Puedes pasar la ITV antes que caduque y así tienes más margen para subsanar el error con la ITV vigente, he visto multas de ITV al día siguiente de caducar y teniendo cita y todo.
  24. #3 Claro, el seguro y el impuesto de circulación es un donativo para los pobres.
  25. ¿Donde estaba estacionado?
    Si es en la vía pública, ¿no se considera que esta haciendo uso de ella y por ende es un vehículo que está en tránsito? Ya que... ¿Como llego ahí? :troll:
  26. #3 es que la la norma sanciona el no haber presentado el coche a la ITV. No dice nada de circular con él.
  27. #9 edit. Tontería mía.
  28. #10 si cuando mueves el vehículo, la ITV ha caducado, puedes ser denunciado independientemente de que vaya en ese momento a pasarla.
    Y digo puede, porque ya depende de quien te pare.
  29. #28 lo puedes llevar remolcado con una grúa.
  30. #30 No hace falta ni eso.

    Un vehículo sin la ITV puede circular legalmente mientras únicamente se esté desplazando hacia la ITV más cercana. Basta con disponer de la cita previa para demostrar fácilmente que ese era el motivo del desplazamiento.

    El resto (impuestos, seguro, etc.) es administrativo, el vehículo no necesita moverse para obtenerlo.
  31. "No haberse sometido el vehículo reseñado a la inspección técnica periódica establecida reglamentariamente".
    Esto es lo que dice el reglamento general de vehículos. No hace alusión en ningún momento a circular.
  32. #31 supongo que depende de si la tiene caducada recientemente, o si no la he pasado de forma leve o grave
  33. #24 Editado: Pues no, veo que no se puede circular ni para ir a la ITV. Disculpas por dar información errónea.
  34. Es que sin ITV no debieran de estar estacionados. Algo tendrá que hacer el Juez.

    Un burro tampoco tiene la ITV pero ocupa sitio.

    Los jueces son bilingües (perdón bisentencias) Cada cual habla su idioma y todo permitido.
  35. #31 Fe de erratas: Pues no, veo que no se puede circular ni para ir a la ITV. Disculpas por dar información errónea.

    c/c #30 #33
  36. #7 Puede ir a la ITV en grúa.
    También se le tiene que multar cuando va en la grúa? O llevas la ITV al coche???
    Pues lo de estar en la calle lo mismo.
  37. #5 La chapuza que son las leyes españolas es acojonante y lo dicen los jueces. Son poco precisas y pueden ser interpretadas como al juez de turno le parezca. Por eso cada recurso tumba lo que dijo el tribunal inferior. Las leyes deberían ser redactadas por profesionales del derecho y no por cantamañanas que no saben ni escribir. La ley que presentaba la cajera-ministra era tal horror que los propios jueces avisaron.

    Gran parte del problema es que la justicia en España es algo desconocido y que no usamos y al final las leyes dan igual y se trata de convencer al juez. Esto es un estado de chapuza acojonante.

    Yo he vivido en países anglosajones y hay una diferencia abismal. Primero la cultura en que la gente se siente mucho más próxima a la justicia que es mucho más rápida y eficaz.

    Pero es que las leyes son muchísimo más precisas y con mucho menos lugar a interpretación. Aquí un juez te condena por filmar en la calle a la gente y otro juez dice que tienes derecho a filmar a mujeres orinando en la calle y colgarlo en Internet. Es un despropósito.

    Coges una ley americana y está redactada con una precisión que en España no se ha visto nunca. No me voy a extender con ejemplos pero la mayoría de las leyes españolas las rechazaría un juez americano por falta de precisión.

    Coges una ley o reglamento español y es una chapuza que ni los jueces saben por donde cogerlo. Es como el misterio de la Parrala que unos decían que si que si y otros decían que no que no.

    Dice el reglamento de Tráfico algo asó como que "Si no hay un carril especial dedicado a bicicletas, éstas circularán por la calzada tan pegadas a la derecha como sea posible". La intención es clara pero está mal dicho. Si no hay un carril dedicado a bicis éstas circularán por la calzada pegadas a la derecha. Muy bien Eso está claro. Pero en ningún sitio dice que si hay un carril para bicis éstas deben circular por él. Si, ya sabemos que probablemente esa era la intención del legislador pero es que las leyes tienen que ser claras y precisas y un juez no puede condenar por algo que no dice la ley. De modo que si no hay un carril para bicis debes circular por la derecha de la calzada pero si hay un carril para bicis puedes circular por él o por la parte de a calzada que te venga en gana.

    Esto se lo cuentas a un juez y te llama listillo y te mete un puro porque considera que la intención es clara pero otro juez te dará la razón.

    Vivimos en el país de la chapuza y el sistema judicial no es excepción. Es una enorme chapuza.

    Lo peor es que cualquier recurso o reclamación te cuesta tanto en términos de dinero, tiempo y esfuerzo que la mayoría de la gente paga y calla. Es una vergüenza.
  38. #10 Que hagan la vista gorda no significa que no se pueda.
    Y lo tienen tan fácil como montar controles en la ruta a una ITV.
    Pero aquí, si no es un radar o una cámara no se hace.
  39. #9 estoy contigo.
    Yo mi scooter aparcada, le quite el seguro porque la tenía gripada (averiada para tirar) y un buena mañana, cartita:1500eu de multa...
    Es normal?
  40. #20 No, a ver si se acuerdan del carnet de conducir.
  41. #8 Eso no es del todo correcto, un vehículo en una finca no tendrá que pasar la itv ni tener seguro siempre que no esté matriculado y de alta, si lo está tiene que pasar itv y tener seguro.

    Otra cosa es que en esas condiciones vayan a multar al vehículo, que es más bien dudoso porque no van a ir a eso expresamente.
  42. #2

    Si estás pendiente de ITV (cita pedida, inspección negativa, etc) presentando el justificante se retira la denuncia. Así que me parece que tu teoría no se sostiene.
  43. Pasar la ITV tiene como justificación inicial un control mínimo de que los vehículos sean seguros.
    Un vehículo aparcado en la vía pública puede representar también un peligro (imaginemos fallo de frenos en una cuesta abajo, una arista saliente que pueda dañar a alguien que pase entre dos coches, un sistema eléctrico deficiente que pueda provocar incendio, fugas de aceites que contaminen o representen un peligro de deslizamiento en la calzada, sistemas antihurto/antirrobo que eviten que un tercero haga el cabra si coge el vehículo -en motos lo miran mucho-...). La ITV no garantizaría que todo eso no pudiese pasar a un vehículo aparcado sin ITV, al igual que no garantiza que no le ocurra de un momento para otro a un vehículo en regla; pero no dejaría de ser una actividad preventiva en todos los casos, por eso me parecería normal que los vehículos en espacios públicos, tuviesen que tener la ITV al día.

    Otra cosa ya es que la ausencia de ITV positiva en un vehículo aparcado en vía pública esté recogida en la normativa, ahí el juez no tendría mucho que decir.
  44. #31 No siempre.Hace poco pase la ITV, tenia una falta leve, eso solo me permitia circular con el coche para ir al taller , areglar el problema y volver a hacer la ITV.Pero si tienes una falta grave , no puedes circular ni para llevarlo al Taller , lo tiene que llevar la grua , totalmente prohibido circular.
  45. #10 No te multan porque no quieren. Igual que si vas y no la pasas por alguna cosa no tienes a la guardia civil en la puerta esperando a que te lleves el coche en una plataforma porque sin ITV no puedes circular.
  46. #3 tengo curiosidad si el resto de impuestos lo tiene pagados, que por ahí si te pueden multar y retirar el vehículo
  47. #16 Salvo que la ITV sea negativa, que en ese caso el coche tiene que irse de allí en una grua, si el resultado es desfavorable el vehículo si tiene permitido circular SOLO para los trayectos indispensables para efectuar la reparación (es decir, de la ITV al taller). Por supuesto, si en el taller no te lo pueden arreglar sobre la marcha pues es posible que te tengas que llevar tu coche y volver mañana. Todo eso, siempre que vayas acompañado del papel que te da la ITV, no es sancionable.

    También hay que ver cuánto lleva el vehículo sin ITV. No es lo mismo uno que lleve una semana que uno que lleve 8 meses. En cualquier caso, hay que ver cómo llegó el vehículo al sitio donde está estacionado, porque puede que se haya movido en una grúa, en cuyo caso tampoco podrías sancionarlo por "circular" sin ITV.

    Hay mucho afán recaudatorio. Como lo de no poder tener un coche sin seguro incluso si lo tienes estacionado en un garaje…
  48. #32 Eso es lo que de apuntó en la denuncia, en el Reglamento General de Vehículos y no he vi esa frase. Además tampoco veo ningún régimen sancionador ya que remite a la Ley de Circulación donde sí alude a circular en la tipificación de las sanciones:
    Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.
  49. #46 De la misma forma. No se podría multar a una persona que conduzca sin carnet o que esté ebrio.
  50. #24 Aunque vayas antes si la revisión no es favorable deja de estar vigente, te ponen sello de no superado, da igual que te hayas adelantado a hacer la revisión.
  51. #9 Un vehículo en un garaje no debería poder ser sancionado por no haber pasado la ITV ni no tener seguro ni nada de nada, no debería pagar ningún impuesto de hecho.

    Efectivamente, un vehículo en un garaje no tiene que pagar nada siempre y cuando lo des de baja en Tráfico. Otra cosa es que no lo des de baja y creas que no tienes que pagar nada.

    motor.elpais.com/conducir/mi-coche-no-se-mueve-sin-seguro/
  52. #9 sin saber, casi seguro que el vehículo no paga el impuesto de circulación, sin el si puedes multarte por ocupar la vía pública, pero la itv te pueden multar si no la tienes pero si te pillan circulando. O eso tenía yo entendido.
    No se si la autoridad puede ver con la misma facilidad la itv que el impuesto de circulación.
  53. Muchos ponéis que se puede ir al taller oa la ITV.
    Y no es así exactamente, solo en el caso de ITV DESFAVORABLE puedes hacerlo.
    Con una ITV NEGATIVA no puedes circular, de hecho queda inmovilizado en la propia ITV, y solo se permite el movimiento con grúa.
  54. #38 De acuerdo, aunque tampoco una excesiva especificación tiene que ser algo bueno. Será por noticias de meneame en el que en USA, no se qué estado no te permite ir a caballo con pijama los martes por la tarde, ni lavarte los dientes mirando a la ventana de 10 a 12 y chorradas así. Pero cualquier mejora es bienvenida, desdeluego. Sobretodo en las leyes para controlar a los de arriba...
  55. #40 No es normal.
    1) 1500€ es para un automóvil (permiso B) CIRCULANDO.
    2) A tí te llegaría 650€ si se necesita el AM o de 700€ si se necesita A1,A2 o A; que pronto pago se queda en la mitad, ya que está ESTACIONADA.

    PD: no confundáis a la gente...
  56. #43 ¿Y si no quiero pasarla porque no voy a usar el coche?
  57. Pues sin seguro, ni eso, salvo que lo tengas en tu propio terreno, ni siquiera en parking.
  58. #51 bueno, así solamente te pueden multar a la vuelta, no a la ida y a la vuelta.
  59. #52 el problema del seguro en un garage es que se pegue fuego el coche y no te paguen nada, aunque sin itv hasta los seguros te buscan las vueltas para no pagar nada
  60. #14 Y viceversa, por si quieres "empapelar" a alguien.
  61. Como bien pone otro meneante ( #32 ), la norma establece:
    "No haberse sometido el vehículo reseñado a la inspección técnica periódica establecida reglamentariamente". No dice nada de circular.
    Si no puede el propietario pagar la reparación para poder pasar la inspección o incluso la propia inspección, tiene un trámite sencillo que es la baja temporal del vehículo. Luego que deposite el vehículo en un lugar que no se considere vía pública, y en el que tenga autorización, haciéndose cargo de que no se convierta en residuo. Hay opciones. Pero para qué andar dándole vueltas, si lo puedes dejar donde sea y luego el juez te lo afina...
  62. #36 como? Tenía entendido que si se podía circular con la itv caducada, solo en el caso que sea el trayecto directo a la itv, incluido en el caso, de taller a itv, en caso que haya salido no favorable, aunque dependiendo de los puntos que no hayas pasado pueden obligarte a tirar de grúa para llevarlo al taller y ya del taller una vez arreglado puedes circular hasta la itv
  63. #60 o que atropelles a alguien en un garaje, que es algo más común de lo que la gente cree

    Es una buena forma de arruinarse para toda la vida tener que hacer frente a los gastos de un accidente causado por un coche sin seguro.
  64. #64 pues también. No habia pensado en eso
  65. #2 Ya vamos con excusas es inventos. Españistan de nuevo a la carga.
    Si no pasas la ITV a tiempo y tienens un motivo válido, o pagas la multa o recurres y demuestras el motivo.
    Es como si vas a 150km/h y me vienes con "uy! qué afán sancionador!".
  66. La ITV se supone que es para vehículos que están circulando, para prevenir accidentes. Pero cuando la norma se torna en recaudación de impuestos pasan estas cosas.
  67. #2 ¿Tú sabes la cantidad de muertos y heridos que se producen cada año por coches aparcados que no tienen la ITV?

    Está claro que lo han multado por nuestra seguridad.
  68. #7 Claro,.. las gruas no existen.
  69. #49 tienes razón, en el RGV no viene con esas palabras. Las que mencioné están publicadas en el codificado que publica la DGT cada año en la que incluye la descripción de cada infracción, artículo, apartado, cuantía de la sanción, puntos a detraer...
  70. #57 Baja temporal en tráfico y te ahorras seguro, impuesto de circulación e ITV.
  71. #12 Existe otra posibilidad, y es que un grupito de gamberros fortachones hayan girado 180º el vehículo.

    Ya se que suena improbable, pero no imposible. De hecho yo he visto hacerlo al menos en dos ocasiones:

    - La primera fue en 7º u 8º de E.G.B.: El autobús escolar se averió en el aparcamiento del colegio y el coche de una maestra muy maja quedó bloqueado y sin poder salir. Así que entre 7 u 8 alumnos fortachones agarraron al unísono el vehículo por los faldones de las ruedas y, a base de pequeños levantamientos y jalones coordinados, giraron el pequeño utilitario unos 90º en cuestión de segundos.

    - La segunda la recuerdo más borrosa. Fue durante una noche de parranda. Y tres cuartos de lo mismo: entre 5 ó 6 amigos muy chistosos (y un pelín garrulos) decidieron gastarle una broma a otro amigo común, y le dejaron el coche girado casi 180º.
  72. #4 Que peligro hay si no se mueve de que tenga un accidente?
  73. #72 ¿y luego darlo de alta otra vez?
  74. #74 digo yo que en algún momento lo deberá mover, tampoco me parece que la vía pública se deba convertir en el cementerio automóvil de cada uno. Para eso existe el desguace.
  75. #57 no dejes en la via publica un vehiculo que no tiene garantias de cumplir con las normas de seguridad, la seguridad no es solo cuando circulas, tambien se pone en juego estando aparcado.

    Por ejemplo, imaginate un vehiculo aparcado al que le falle el freno de mano y por este fallo invada la calzada por sorpresa provocando un accidente.

    #72 por cierto, la baja temporal en trafico para ahorrarte el seguro, pero en garage privado, por lo anterior, si encima no tuviera seguro a ver quien paga los daños del ejemplo anterior. Ademas en la via publica hay que moverlo cada cierto tiempo o se considera abandonado y de baja, sin itv ni seguro no se puede mover.
  76. #14 #61 Si pudiesemos elegir a los jueces democraticamente, la interpretacion de los jueces se desviaria hacia el bien de la mayoria, pero como la separacion de poderes es escasa, favoreceran a los que los eligen que no seran los ciudadanos sino a los politicos.

    #38 profesionales del derecho y no por cantamañanas que no saben ni escribir.
    La mayoria de los politicos han estudiado derecho, pero seria bueno que hubiesen ejercido para estar en contacto con los problemas de la gente.
    #55 No se si los listados de leyes chorra son reales, pero los que has puesto son chorradas mas que demasiado especificos. En Fracia o paris, hasta 2006 estaba prohibido que las mujeres llevaran falda. Aunque casi nadie lo sabia.
    Se deberi hacer procesos de limpia de leyes obsoletas, incluido llevar peluca en los juicios (obligatorio hace unos años en ¿UK? y cosas asi.
    Hay cosas demasiado restrictivas. Por ejemplo un poli no puede usar un palo para defenderse y puede mejor que el arma en algunos casos. En Plaza Sol, un suicida con un cuchillo se iba contra los policias, al usar un pistola la bala rebotó y le dio a ojo a un ciudadano. La pistola no era disuasoria porque pedia que lo matasen.
    Un palo podria ser efectivo, poco letal y poco peligrosa para la genete de alrededor.
  77. #76 Y no puede tener que llevarlo al taller en grua y que este esperando una pieza? .. o mil motivos, yo por ejemplo estoy fuera largas temporadas. No entiendo como se defienden estas burradas por los mismos que pueden sufrirlas, yo flipo.
  78. #4 No, te lo está diciendo el juez y si lees la noticia lo verás:

    En la vigente Ley de Seguridad Vial no está tipificado como infracción el hecho de no someter un vehículo a la ITV en el plazo debido, sino circular sin ella
  79. #2 Salvo que el vehículo tenga bordes cortantes en la chapa, o presente fugas de combustible o aceite. Yo soy de la opinón de que no debería ser multado, en tanto en cuanto permanezca inmovil en el lugar.

    No obstante, lo que si que es motivo de multa es no disponer de seguro; y desde hace tiempo ninguna compañia de seguros renueva la póliza ni se hace cargo de daños (propios o a terceros) si el vehículo en cuestión carece de ITV.

    Así que, a fin de cuentas, ir por la vida sin ITV es un win-win lose-lose.
  80. #75 Un trámite super rápido, salvo que vivas en un territorio periférico como Girona y entonces tengas que esperar tres meses a conseguir hora. (Verídico)

    Yo tuve un coche de baja temporal 6 anos. Ahora creo que no se aceptan plazos tan largos

    Como dice #72, no puedes dejarlo en la calle. Se me olvidó ese detalle. El mío estuvo en un parking
  81. #68 Un coche parado puede incendiarse por un problema eléctrico, puede perder aceite o puede fallarle el freno de mano como dice #77.
  82. #84 Podríame...
    Ahora que alguien me de estadísticas reales de cuantos muertos y heridos hay al año.
  83. #9 Eso ya está previsto, Se llama baja temporal y lo puedes dejar en un garaje
  84. #85 No te enrolles. Lo das de baja temporal y a un garaje. Ya está previsto.

    Si quieres montamos desguaces en las ciudades...
  85. #7 Pues yo no lo veo tan obvio, será que tengo más imaginación.

    O lo va a mover para hacer la ITV y, hay que tener la ITV para ir hasta la ITV

    ¿Y quién te dice que no lo lleva en una grúa hasta la ITV?
    Pero es que además da igual, resulta que la sanción solo te la pueden poner por circular con la ITV caducada. Es obvio que el coche no estaba circulando cuando la policía puso la sanción.

    o lo ha abandonado.

    O está gestionando los trámites para darlo de baja y esperando que vayan a recogerlo.
    O tuvo una avería y está esperando porque las piezas se han pedido y están pendientes de que lleguen.
    O el propietario se encuentra enfermo, quizás en la UCI tras coger el covid, y no tiene a nadie que le haga la gestión, ni está precisamente para preocuparse de chorradas.
    O el propietario ha fallecido y los herederos están tramitando toda la documentación para la herencia o lo que quieran hacer con el coche.
    O el propietario ha puesto el coche en venta y por eso no se molesta en llevarlo a la ITV.
    O simplemente lleva tiempo sin usar el coche porque esa temporada no ha hecho falta y ni se ha dado cuenta de que tiene la ITV caducada. Que sí, que le pueden multar por tener el coche mucho tiempo estacionado en el mismo sitio, pero ya hablamos de una infracción distinta.

    Tampoco sabemos si tenía caducada la ITV dese el día anterior o desde hace 20 años. Y aún así da todo igual porque no estaba circulando.
  86. no, en el momento que la pasas y no te es favorable , no la vuelves a tener en vigor hasta que te es favorable.Da igual cuando pases tienes un para solucionarlo y hasta que lo soluciones tienes la ITV caducada.
  87. #77 En ese caso se pone una piedra y no hay problema.
  88. #66 Ya no hace falta recurrir ya se sabe que si no circula no te pueden multar.
  89. #16 Pudo haber circulado hasta el aparcamiento cuando aún tenía la ITV vigente. Aún así, como la policía no lo ha visto circulando sin la ITV, el cómo llegó hasta allí es irrelevante.
  90. #79 el impuesto que pagas ni se llama así ni lo pagas para eso
  91. #55 >> no se qué estado no te permite ir a caballo con pijama los martes por la tarde

    Quizá no sepas que en la provincia de Huesca la ley prohibe bañar mapaches en la bañera de tu casa los días de fiesta. ¿No lo sabías? Pues es así. Porque la ley prohíbe que tengas especies exóticas en tu casa y el supuesto descrito entra en lo que la ley prohíbe. Y eso cuando las supuestas leyes no son directamente inventadas.

    El problema en España es grave. La población no tiene mentalidad legal. No hay más que ver este tema donde cada uno opina lo que a él le parece debería ser pero si fueran americanos estarían opinando sobre si la decisión del juez se ajusta a la ley y, aparte, sobre si se debería cambiar la ley. En España la población está a años luz de estas distinciones.

    Además, no tenemos una tradición y trayectoria sino que cambiamos de régimen cada pocas décadas y todo empieza desde cero. En el mundo anglosajón hay una trayectoria larguísima y cada juez intenta ajustarse al precedente de modo que es una cadena continuada durante siglos que se ha ido puliendo cada vez más fino.

    Ves las leyes, los procedimientos, todo, está milimetrado. Las leyes son claras pero a la vez se engloban en principios generales aceptados.

    En España nadie sabe exactamente sus derechos ni sus obligaciones y cualquier caso depende del punto de vista del juez más que del texto de la ley. En este caso el juez dice que "el ilícito a sancionar está constituido por el hecho de circular, no por el incumplimiento de someter el vehículo a la ITV de forma periódica" pero en qué se basa para decir eso si hasta ahora los demás jueces no lo interpretaban así? Porque lo fundamental de la ley es que sea clara y su interpretación predecible porque en caso contrario nos encontramos en la oscuridad legal. Los españoles nos movemos en un limbo de leyes confusas que además no se cumplen y que ni los jueces saben interpretar de forma consistente.

    Hay un hilo hablando del derecho de admisión en restaurante y otros establecimientos en España. Este es un tema donde cada juez dirá lo que le parezca porque la ley es una mierda.

    Yo te puedo resumir la ley correspondiente en Estados Unidos en cuatro palabras. No cabe duda de que después habrá muchísimos detalles para litigar pero la base es que (1) cualquier propietario de local o negocio o propiedad particular (2) puede prohibir la entrada o pedir el abandono de cualquier persona (3) sin necesidad de aducir motivo alguno (4) excepto que no puede hacerlo por motivo que esté expresamente prohibido por ley (4a) como es por motivos de discriminación contra grupos expresamente protegidos lo cual incluye discriminación por motivos de raza, sexo, religión, origen nacional, etc. Así de sencillo. Si te dicen que no te quieren te tienes que ir y si te niegas llaman a la policía y te acusan de "trespass". Si puedes demostrar que la motivación es por raza, religión u otra clase protegida entonces los tribunales te darán la razón.

    Fijate que estoy hablando de un país con cincuenta estados, cada uno con sus leyes, pero con todas las diferencias entre estados hay más uniformidad y claridad y conocimiento que en España. donde nadie tiene ni puñetera idea de la ley y además da igual porque la ley no es lo que regula la vida diaria.

    La ley para que sea útil tiene que ser conocida y entendida. En España todos vivimos en una nube de confusión y cuando te quieren pillar te pillan porque todos estamos incumpliendo mil cosas a las que nadie da importancia hasta que te quieren pillar.

    Yo soy un gran admirador del sistema legal y judicial anglosajón.
  92. #2 mi padre tuvo un accidente por culpa del contrario que no reconocía y tuvo que ir a juicio (que ganó). Tenía dañado el radiador de agua y no tenía prisa en arreglarlo, porque tenía otro coche...
    Bueno, pues tenía que pasar la ITV y no podía circular el coche al estar a espera de juicio y estar dañado el radiador. Lo denunciaron por no tener pasada la ITV estando aparcado en la puerta de casa.

    Otro caso, un amigo tiene el coche de su padre en el garaje sin usar. El garaje es pequeño y da a la calle y entran y salen por ese garaje y muchas veces tienen la puerta abierta (es un pueblo)
    Pues le denunciaron comprobando la matrícula desde la calle...

    Sí, la intención es recaudar
  93. #26 ¿no se considera que esta haciendo uso de ella y por ende es un vehículo que está en tránsito? Ya que... ¿Como llego ahí?

    Si está aparcado no está circulando, y eso no cambia esté donde esté.
    En cuanto al cómo llegó hasta ahí, si no lo ven circular con el coche, no le pueden acusar de circular con el coche. ¿Tan impensable es que lo haya llevado una grúa?
  94. #42 te sorprenderías.
  95. #57 El tema es que tampoco puedes dejar el coche tirado en un aparcamiento público o en ningún lado que no sea un garaje privado.
  96. #80 y ese tiempo de demora se convierte en 5 meses o en 20 años? Porque tampoco me parece justo que el resto de usuarios no tengamos sitio donde aparcar porque a uno le sale de las pelotas tener el coche abandonado hasta que llegue una pieza. Ya llevo años con diferentes coches, se pasa la itv y arreando. Que nadie tiene que aguantar las gilipolleces del prójimo. O tu coche la pasa o no, y si es no, lo llevas a una nave industrial y nos ahorras al resto las gilipolleces del coche importado. Y si no puedes pagar el mantenimiento, lo mismo. Al desguace
  97. #82 Estoy de acuerdo contigo, pero... ¿Cómo lo llevas a pasar la ITV cuando quieras pasar la ITV? ¿En Grua? Se puede hacer, pero entonces el ahorro de no llevarlo a pasar la ITV ya no es tanto, o puede que incluso pierdas dinero. Digamos que el plan tiene alguna laguna.
«12
comentarios cerrados

menéame