Si bien lo que ha dicho no es del todo correcto, creo que tiene más idea de lo que es la libertad de cátedra que el 99% de los que comentan esta noticia
La libertad de cátedra no es sinónimo de libertad "de enseñar", sino de libertad de expresión "en el ejercicio de la enseñanza", por lo que la función docente delimita este derecho encauzando su ejercicio, que no comprende ni la libertad de no enseñar ni la libertad de expresar ideas ajenas al contenido de la enseñanza.
...de tal forma que puede afirmarse que en su configuración tradicional la libertad de cátedra sigue siendo patrimonio exclusivo de los profesores de la enseñanza pública universitaria [aunque no sean todos catedráticos]
Es decir, que un docente no puede enseñar nada que esté fuera del plan de estudios de la asignatura. Y puesto que lo del pin parental se pide para actividades no obligatorias, la autorización de los padres para asistir es igual que la que tienen que dar para ir de excursión. Y si esas enseñanzas están dentro de una asignatura obligatoria y alguien detecta que el contenido es ajeno al plan de estudios puede también denunciarlo
#16 la libertad de cátedra tradicional... Pero actualmente y tras fallo del Constitucional se le reconoce a todos los docentes (5/1981). Por supuesto que un catedrático tiene mayor libertad que un profesor de secundaria... como también la tiene que un profesor asociado.
La clave es el pan de estudios. Y ahí es donde viene el problema.
Si una activadad no extraescolar está aprobaba y en el pan de estudios, los padres no deberían tener veto particular. Y si no lo está que denuncien.
Por eso esta gentuzilla quiere quitar esa libertad, que leer es muy duro para ellos.
La libertad de Cátedra solo se puede ejercer en las Catedrales!!!!!!
Bien caro los cobran.
La libertad de cátedra no es sinónimo de libertad "de enseñar", sino de libertad de expresión "en el ejercicio de la enseñanza", por lo que la función docente delimita este derecho encauzando su ejercicio, que no comprende ni la libertad de no enseñar ni la libertad de expresar ideas ajenas al contenido de la enseñanza.
...de tal forma que puede afirmarse que en su configuración tradicional la libertad de cátedra sigue siendo patrimonio exclusivo de los profesores de la enseñanza pública universitaria [aunque no sean todos catedráticos]
elpais.com/diario/1997/01/13/opinion/853110004_850215.html
Es decir, que un docente no puede enseñar nada que esté fuera del plan de estudios de la asignatura. Y puesto que lo del pin parental se pide para actividades no obligatorias, la autorización de los padres para asistir es igual que la que tienen que dar para ir de excursión. Y si esas enseñanzas están dentro de una asignatura obligatoria y alguien detecta que el contenido es ajeno al plan de estudios puede también denunciarlo
La clave es el pan de estudios. Y ahí es donde viene el problema.
Si una activadad no extraescolar está aprobaba y en el pan de estudios, los padres no deberían tener veto particular. Y si no lo está que denuncien.
La política y los políticos que tenemos en España es y son una puta mierda.
Triste