Según el articulado de ley presentado en la Asamblea por el Grupo Popular, “mientras esté vigente” el nuevo tributo sobre las grandes fortunas no será aplicable la bonificación general establecida en el gravamen original. En su lugar, prosigue el documento, el contribuyente que pague el impuesto temporal podrá aplicar una bonificación autonómica determinada por la diferencia entre la cuota íntegra de Patrimonio y la cuota íntegra de la nueva figura.
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Los pobres que intenten aprovecharse no van a tener los conocimientos para poder aplicarla y si recurren a un asesor fiscal no les va a compensar por la miseria que les va a quedar.