La empresa postal tiene ya en custodia, en las oficinas de destino, 1.291.131 sobres con los votos depositados por los electores. Correos ha adoptado medidas especiales en las más de 200 oficinas de toda España en las que se preveía una mayor concentración del voto por correo. Se han habilitado ventanillas exclusivas para agilizar la gestión del voto.
|
etiquetas: voto , correo , 85% , más , 20d , elecciones
www.20minutos.es/noticia/2782088/0/elecciones-generales-2016-directo/
No han llegado las papeletas o directamente se nos ha denegado el voto por correo, siendo así el presencial el único disponible.
Y siendo votos de ciudadanos residentes en España ni siquiera se les puede asociar unas características que permitan distinguirlos del resto de votos que han acabado en las urnas.
Así se explica en el enlace que has puesto como relacionado en tu primer comentario:
Correos ha admitido un total 1.452.988 solicitudes de ciudadanos residentes en España que desean ejercer su derecho al voto en las elecciones generales del próximo 26 de junio, casi el doble que las 783.415 peticiones admitidas en los comicios del 20 de diciembre.
El gobierno podría sustituir un voto de un ciudadano que vota por correo por otro que le favorezca electoralmente hablando.
Lo llaman "la fiesta de la democracia" y realmente es el timo de la democracia. Fiesta es solamente para los corruptos que acaban gobernando que tienen el pan asegurado durante cuatro años.
Lo que hace falta es que los funcionarios de correos sepan la normativa y la apliquen escrupulosamente para evitar el fraude electoral, del mismo modo que las personas convocadas a las mesas electorales deberían hacer cuando tengan indicios de acarreo y otras prácticas fraudulentas.
Se puede pedir a los trabajadores de Correos (la mayoria no son funcionarios), que se sepan las instrucciones del voto por correo, pero no estaria de mas, que mucha gente se lo leyera antes de escribir tonterias.
En caso de enfermedad o incapacidad, se deberá acreditar la misma mediante certificación médica oficial la cual deberá ser incluida junto al impreso de solicitud del voto por correo y dicha solicitud puede ser efectuada en nombre del elector por persona autorizada notarialmente o consularmente. Cada elector sólo puede estar representado por una persona autorizada y cada persona autorizada sólo puede representar a un elector. El empleado de Correos que formalice la admisión recogerá toda la documentación presentada por el representante (poder notarial o consular y certificado médico oficial), para su remisión a la Oficina del Censo Electoral en unión de la solicitud.
Muchas veces el desconocimiento de la ley electoral, provoca hechos lamentables como paso en Melilla, donde un hecho totalmente legal (puede ser repobable, pero nunca ilegal) como fue depositar un monton de votos por Correo, en una oficina, provoco, que tuviera que intervenir la policia.