Un juzgado de Badajoz condenó por denuncia falsa a una mujer que denunció a su ex por insultarla y evitar que cerrara su domicilio.El relato no se corresponde con lo que aparece en un vídeo aportado por el varón.El abogado del hombre proponía 2 años de prisión,5 de alejamiento y 7000€ de indemnización.La sentencia confirma la denuncia falsa,pero limita el castigo a una multa de 6€ diarios durante 4 meses pero rechaza conceder indemnización porque «objetivamente no genera en el perjudicado un daño moral real,más allá de la incomodidad o molestia
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objetivamente no genera en el perjudicado un daño moral real, más allá de la incomodidad o molestia.
Si yo no digo que no se pueda creer a la víctima, pero cuando demuestre ser víctima, no antes.
Ah, ya sé, ya caigo. Se refieren a "víctima de la opresión patriarcal". Lo que quieren decir es que hay que creer a la mujer.
Pues no, porque mienten como brujas.
Es como volar tirándose de los cordones de los zapatos.
Hace falta cumplir tres condiciones:
- Que la denunciante no tenga motivos para mentir.
Esto en la práctica se usa justo al revés. Por ejemplo una mujer odia a su ex. Denuncia en falso que el ex le pegó. El juez interpreta que es lógico que odie al ex ya que el ex le pegó, con lo cual se cumple la condición a pesar de que haya otros motivos conocidos de odio. Es una autojustificación dentro de una autojustificación. Sabemos que es creible que le pegó porque ella dice que le pegó. Tira fuerte de esos cordones.
- Que existan hechos reales no probatorios que coincidan con la denuncia. Por ejemplo la mujer dice que su ex le pegó. ¿Puede el ex demostrar que ese día a esa hora no estaba allí sino en otro sitio? Si no puede, ¡coincide!, se cumple la condición. Otro ejemplo, se denuncia que le golpeó con el teléfono movil. ¿Tiene el acusado un movil? Lo tiene, coincide. Se cumple la condición.
- Repetir la denuncia muchas veces sin cambiar gran cosa. No se precisa de una gran memoria. Basta con llevarlo apuntado.
Aún así yo he leido sentencias donde el juez dice que se cumplen estas tres condiciones en casos evidentes de que no. El papel lo aguanta todo.
De todas formas hay casos en el que un hombre ha matado a una mujer y lo único que tenía era solo una orden de alejamiento.
Si hay pruebas de que hay golpes ya no es el caso. El caso es "con sólo la denuncia".
A menudo vemos casos de ex de femilocas que se libran de condenas porque lo graban todo. Algo muy habitual. Sin esas grabaciones habrían sido condenados sin pruebas, sólo con la denuncia. Tiene que ser muy triste estar viviendo con miedo a una loca que tiene una ley que es un arma que puede usar a discreción.
Solo se ven los casos donde la denunciante fracasa. La gran mayoría de denunciantes en falso no son tontas y logran la condena. Lo que vemos en las notícias es el resto de casos, como cuando el denunciado puede demostrar que estaba en otro continente. Ha habido casos incluso donde el denunciado estaba muerto y la denunciante en falso no lo sabía.
¿Por qué denuncian falsamente sin comprobar nada? Porque sale gratis en cualquier caso, así que para qué molestarse.
Esto ha cambiado recientemente. Denunciar ya no es obligatorio. Basta con un informe de alguna asociación feminista diciendo que eres "víctima de violencia de género" y obtienes el "título habilitador", pues así se llama. Para el feminismo es algo parecido al título de peregrino que obtiene un musulmán en La Meca.
Las asociaciones están encantadas de hacer estos informes. Es el rollo del que viven. Cuantas más "victimas" haya, más justificadas estarán las subvenciones que reciben.
elfarodeceuta.es/violencia-genero-absuelto-delitos-maltrato/
En este es el mismo tribunal del de "la manada" y se condena como maltrato ocasional:
violenciagenero.org/jurisprudencia/ap-navarra-absuelve-tentativa-homic
Y este es por el que el TS se interpuso en el anterior caso por el que se condena a cárcel por asesinato pero no se amplía por violencia de género:
www.heraldo.es/noticias/aragon/2018/05/04/el-tsja-rebaja-condena-hombr