Los agentes la denunciaron por conducir hablando por el teléfono móvil, por lo que tiene que pagar 200 euros y perder tres puntos en el carné de conducir, pero la mujer recalca que 'no iba hablado por teléfono. Debí rascar una oreja y se confundieron', afirma. 'Además, si de verdad conducía hablando por teléfono por qué no me pararon en el momento', añade. Les entregó el teléfono para que comprobaran que no había realizado ni recibido llamadas 'pero no lo revisaron'
|
etiquetas: multa , rascarse , oreja , agentes , tráfico , móvil , puntos
Que exija la presentacion de ese registro.
Que exija la presentacion de ese registro.
¿Cuanto por meterse el dedo en la nariz?
¿Y ... si sale algo?
www.meneame.net/story/conductora-multada-tocarse-pelo
www.boe.es/boe/dias/2007/10/19/pdfs/A42517-42523.pdf
b) Identidad o identidades de las otras partes
involucradas en la comunicación electrónica.
c) Servicios básicos utilizados.
d) Servicios suplementarios utilizados.
e) Dirección de la comunicación.
f) Indicación de respuesta.
g) Causa de finalización.
h) Marcas temporales.
i) Información de localización.
j) Información intercambiada a través del canal
de control o señalización.
Hay bastantes articulos.A vuela pluma he encontrado este:www.kriptopolis.org/europa-aprueba-la-retencion-de-datos-0
C/P:"El Consejo de Ministros de Justicia e Interior de la Unión Europea (UE) ha aprobado definitivamente la directiva sobre retención de datos telefónicos y de comunicaciones electrónicas a la que el Parlamento Europeo dio el visto bueno el pasado 14 de diciembre. Dicha normativa obliga a los operadores a retener los datos durante un periodo de entre seis y 24 meses para la lucha contra el terrorismo y otros delitos graves.Según se dice en el artículo, se guardarán los datos de todas las llamadas telefónicas (incluso las no contestadas), incluyendo números de teléfono de origen y destino, los nombres y direcciones de las personas que llaman y de aquéllas para las que están registradas los números de teléfono en el momento de la conexión, así como el servicio telefónico utilizado. De hecho nada escapa al gran ojo electrónico: localización de móviles, direcciones IP e incluso fecha y hora de activación de tarjetas prepago, etc".
Edito y añado:#8 ¿Son fatales (usando tus palabras) o son chachis?
Para que me digas que los operadores están obligados a guardar los datos durante un cierto tiempo no necesito que me pegues nada. Hace muchos años que están obligados a retener esos datos, como es lógico.
Eso es mentira.
"leyes "que espían a los ciudadanos".
¡Ah! ¿Eso no es espiar? Te recuerdo que cualquier empleado de medio pelo en cualquier tienducho de telefonia puede acceder y vender datos.
De hecho se hace.
Para entonces todavía estaba sonando el móvil, lo cual pudieron comprobar. Les pregunté si podía cogerlo y me dijeron que sí, que hablara mientras me preparaban "un bolentín" (70 euros de multa).
Lamentable que te sancionen de algo sin pruebas de ningún tipo... El Guardia Civil solo con que lo dudara un segundo ya tenía que quitar esa multa.
Si la guardia civil dice que estabas hablando, estabas hablando.
Es muy fácil DESPUÉS, presentar un móvil para que compruebes las llamadas, es una estupidez, no tenías que estar hablando con ESE móvil.
Si me gustaría que me hicieran una foto, así la indefensión no existiría, claro que entonces diríamos aquello de la intimidad y bla, bla, bla...
Señores es lo que hay, presunción de veracidad, como en otras muchas sanciones, a confiar en las instituciones o a exigir pruebas con vídeos y fotos.
inocenciaculpabilidad! Si no es posible demostrar que estaba hablando por telefono no debería haber sanción...Así es la cosa. Tuve un profesor de Derecho Administrativo que casi echaba espuma por la boca cuando salía este tema, o algún otro (pocos) en los que se da el mismo caso. Es parecido la Inspección de Hacienda o la de Trabajo.
Está en proceso de recurrirla, a ver si tiene suerte.
Me gustaría que la gente se dé cuenta de que la policía tiene un 99% de probabilidades de ejecutar y ganar una denuncia. Quien piense lo contrario y que la policía está para protegernos y que si se equivocan (y se equivocan mucho) la Justicia le va a dar la razón, que vaya despertando. De modo contrario, la hostia que se dé con la realidad va a ser muy jodida.
Finalmente tuvo que recurrir la multa y no la pagó, pero traca cómo narices se puede ser tan cerrado que te enseñen que tienes manos libres y te multen por hablar por el móvil. Porque habría que ser imbécil para hacerlo...
Me parece que el peor peligro no es hablar, ni usar el móvil para hablar, sino cuando tienes que manipular sus menús, marcar, etc.
mas o menos como dice #45, pero sin romper la luz.
Lo digo porque esta mujer dice: "me rascaba la oreja" y ya es verdad... como si al marido que lo pillan en la cama dijera: "no es lo que parece". Eso si, en primera página del periódico.
Solo habría tenido una opurtunidad si en el momento de la denuncia hubiera solicitado hacer alegaciones allí mismo (creo recordar que las boletas de denuncia tienen un espacio habilitado para ello) y en dichas alegaciones hubiera pedido a los agentes que certificaran que el único movil que llevaba en el coche era ese del que después presentaría el certificado de llamadas. De todos modos dudo que los agentes se hubieran prestado a certificar tal cosa, con lo cual nada de nada.
Pero no es sólo eso: pueden ponerte una multa por cualquier cosa, salvo por exceso de velocidad, simplemente porque el agente le de la gana, sin más pruebas que su palabra. Presunción de veracidad lo llaman.