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Arde Doñana, pero lo más probable es que no lo haga ni por la especulación inmobiliaria ni por los gaseoductos. La ley no lo incentiva
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etiquetas: ley , doñana , incendio , montes , gaseoductos
El "Queda terminamtemente prohibido construir." en un tiempo se lo refriegan por el forro los testiculos.
No van a parar
Y que no hay casualidades.
Demasiado programa de Evole acaba pasando factura al cerebro.
Por 5.000 € de ahorro se puede quemar un parque natural.
cc: #11
Si las cosas están bien hechas, es porque muchas cosas, se hacen bien. La Ley que se aplica a estos casos no vino caída del cielo. Tuvo que ser redactada por los mismos políticos que en otras cosas meten la pata. En todo somos un desastre, y en lo que somos buenos, es casualidad. Bufff.
Psicólogos en los colegios por favor, con clases semanales para el desarrollo de la autoestima.
No quiero pensar mal de xataka pero los que les visitamos sabemos que tienen la mala costumbre de hacer reportajes a favor de quien les paga (bueno como el 90% de la prensa).
Después del incendio, aunque la Junta de su visto bueno, no se podrá construir hasta dentro de 30 años siempre y cuando el terreno no se regenere. Vamos, que ahora lo tienen mucho más dificil para hacer el gaseoducto por no decir imposible.
Esto pasa como las carreteras cuando pasan por sitios protegidos siempre se arma una buena, hace años en mi región paso algo parecido, hubo un gran incendio y al final magicamente se salieron con la suya.
Joe tan difícil es ser político y estar informado de las cosas que pasan? O tienen que ir de cagada en cagada, por no perder un rato en leerse la ley.
www.eldiario.es/andalucia/enclave_rural/medio_ambiente/Gobierno-bendic
www.gasnaturalfenosa.es/servlet/ficheros/1297146185079/Mapav3REV23feb1
Los territorios por los que transcurre el gaseoducto y demás instalaciones auxiliares ya están adjudicados para el proyecto así que da igual que ardan
PERO
nada quita que el proyecto no pueda ser modificado para abarcar nuevas zonas fuera del parque natural o nacional, pero dentro de las áreas afectadas por el incendio, ya que el proyecto ya ha sido declarado de interés nacional y todo encajaría perfectamente aunque apestara a chamusquina.
La próxima modificación del proyecto en los próximos 2 a 4 años, cuando ya haya pasado todo este desastre y la opinión pública esté más calmada, confirmaría la intencionalidad, y además no desmentiría en absoluto las afirmaciones del Gobierno andaluz sobre que Doñana no va a ser recalificado. Y también encajaría perfectamente con la Ley.
Pero... también han ardido muchas hectáreas no protegidas del término municipal de Moguer (Mazagon) y ahí está el problema!!!!!
www.eldiario.es/andalucia/enclave_rural/medio_ambiente/Gobierno-bendic
Y Terra Mitica se empieza en 1996 y empezó a funcionar en el 2000 es.wikipedia.org/wiki/Terra_Mítica
Hace un par de horas se oía en la radio una entrevista a un responsable de bomberos actuando en el incendio.
No arde Doñana, sino un área de protección anexa al parque nacional.
Y precisamente se han venido ampliandode unos años para acá estas áreas de protección alrededor de los PP.NN. para poder combatir mejor estas contingencias.
El apartado 1 del artículo 50 queda redactado como sigue:
«1. Las comunidades autónomas deberán garantizar las condiciones para la restauración de los terrenos forestales incendiados, y queda prohibido:
a) El cambio de uso forestal al menos durante 30 años.
b) Toda actividad incompatible con la regeneración de la cubierta vegetal, durante el periodo que determine la legislación autonómica.
Con carácter singular, las comunidades autónomas podrán acordar excepciones a estas prohibiciones siempre que, con anterioridad al incendio forestal, el cambio de uso estuviera previsto en:
a) Un instrumento de planeamiento previamente aprobado.
b) Un instrumento de planeamiento pendiente de aprobación, si ya hubiera sido objeto de evaluación ambiental favorable o, de no ser esta exigible, si ya hubiera sido sometido al trámite de información pública.
c) Una directriz de política agroforestal que contemple el uso agrario o ganadero extensivo de montes no arbolados en estado de abandono.
Asimismo, con carácter excepcional las comunidades autónomas podrán acordar el cambio de uso forestal cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden que deberán ser apreciadas mediante ley, siempre que se adopten las medidas compensatorias necesarias que permitan recuperar una superficie forestal equivalente a la quemada. Tales medidas compensatorias deberán identificarse con anterioridad al cambio de uso en la propia ley junto con la procedencia del cambio de uso.
En el caso de que esas razones imperiosas de primer orden correspondan a un interés general de la Nación, será la ley estatal la que determine la necesidad del cambio de uso forestal, en los supuestos y con las condiciones indicadas en el párrafo anterior.
En ningún caso procederá apreciar esta excepción respecto de montes catalogados.»
Es decir solo se permite si ya estaba planeado el cambio de uso en un plan aprobado o en previsión de aprobación que ya hubiera sido objeto de una evaluación de impacto ambiental favorable. Asi me pregunto yo y ya tienes aprobado el cambio de uso o en prevision de aprobación. Para que cojones vas a quemar. Asi que quitaros esas ideas conspiracionales. A parte que Doñana y gran parte de su entorno estan catalogados de otra forma.
Así, pese a estar en el imaginario colectivo, la causalidad incendio-cambio de uso del suelo no es demasiado frecuente (0,34% de los incendios y 0,12% de la superficie quemada en el periodo 2001-2012).
La ley anterior no prohibia las reclificaciones de terrenos
"España es como el Titanic, pero con los pasajeros aplaudiendo"
Lo leí en alguna parte...
En resumen, negativazo por un fanatismo pro-partido que es lo que criticaba, en principio, el 15-M.
#60 Por ese motivo no puede ser errónea, contempla todas las situaciones: que sea en el Parque Nacional, o que sea en los alrededores según su condición de parque natural, espacio protegido o monte de utilidad pública.
www.meneame.net/story/romeria-rocio-pesadilla-atenta-todos-anos-contra
www.meneame.net/story/sobre-impacto-romeria-rocio-coto-donana-patrimon
Reitero: una cosa es redactar y otra aprobar o proponer. Los políticos no redactan, algunos seguramente no sepan ni escribir, y desde luego dudo que la mayoría sepan redactar una ley (por lo que veo eso de la precisión y la comprensión es un problema común). Lo que sí que hacen es proponerlas y aprobarlas.
que cosas, ¿no?
Asimismo, con carácter excepcional las comunidades autónomas podrán acordar el cambio de uso forestal cuando concurran razones imperiosas de interés público de primer orden que deberán ser apreciadas mediante ley, siempre que se adopten las medidas compensatorias necesarias que permitan recuperar una superficie forestal equivalente a la quemada. Tales medidas compensatorias deberán identificarse con anterioridad al cambio de uso en la propia ley junto con la procedencia del cambio de uso.
En el caso de que esas razones imperiosas de primer orden correspondan a un interés general de la Nación, será la ley estatal la que determine la necesidad del cambio de uso forestal, en los supuestos y con las condiciones indicadas en el párrafo anterior.
En ningún caso procederá apreciar esta excepción respecto de montes catalogados.
Ah, que no?,pos-fale.