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El periodo de adaptación de la nueva normativa de empleo dispara la contratación fija, recorta la temporal y tira al alza de la duración de los empleos inestables, aunque los expertos advierten de que el nuevo catálogo de contratos mantiene huecos para la temporalidad.
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etiquetas: reforma laboral , sánchez , díaz , rajoy
«En el caso de los contratos de obra o servicio vigentes a la entrada en vigor de la reforma, su duración máxima se limita a seis meses desde la publicación de la ley, de forma que pasado ese tiempo desaparecerán del mercado de trabajo español.»
Hice tareas del módulo de FOL de mi ciclo superior hace 2 meses, y la documentación del SEPE estaba aún con la reforma de rajoy.
Asi que solo puede llevar 1 mes y medio funcionando.
Pero que podemos esperar de público. tergiversación.
Y de hecho había hasta el 31 de marzo para adaptarse. Así que técnicamente, solo ha habido 16 días de nueva reforma.
Lo he vivido en mis carnes más de una vez.
Lo único que soluciona un contrato fijo es hacer ciertos papeleos (alquileres, financiaciones, etc).
El problema es endémico de la mierda de mercado laboral español, la falta de I+ D y ciertas industrias.
Otra cosa es el periodo de adaptación para contratos ya existentes.
Técnicamente nada de lo que has dicho es cierto.
Pero nada nuevo.
La precariedad es intrínseca en un sistema capitalista, con pequeños momentos de bonanza por burbujas o deferencias exageradas en oferta/demanda (ej: camioneros en EEUU cobrando 100k/año o mano de obra no cualificada en la burbuja cobrando salarios insostenibles).
En mi sector no hace más que ir todo hacia arriba (programación, desarrollo y software en general) y encontrar trabajo es un juego de niños (a no ser que vivas donde cristo perdió la zapatilla y no estés dispuesto a moverte, y ni eso que el teletrabajo ha venido para quedarse).
En España se ha prohibido el despido objetivo, quedando de nuevo sujetos a ERTE las interrupciones por causa objetiva, es decir pagando el sueldo desde el estado. A día de hoy tenemos todavía más de 100.000 trabajadores en ERTE.
Que España tiene a día de hoy 300.000 empleos públicos más que en 2019.
Todo ello con un déficit público para este 2022 que acabará rondando los 70.000 millones de euros, frente al poco por encima 30.000 millones que tuvimos en 2018 o 2019, que tampoco era ninguna maravilla, pero sí nos acercaba en aquel entonces a tener cuadradas las cuentas descontando intereses. Hoy en día estamos muy lejos y con las trompetas de subidas de tipos, el escenario se puede complicar mucho, llevando a España a una trampa de pobreza financiera.
La reforma laboral no entró en vigor hasta hace 16 días, porqué? porque el propio sepe para dar de alta trabajadores, tenía aún en febrero/marzo la documentación vieja, es decir los tipos de contrato que se podían hacer, duración etc eran las de Montoro.
Y legalmente, hasta el 31 de marzo, se podían crear empleos con esa reforma laboral.
«En el caso de los contratos de obra o servicio vigentes a la entrada en vigor de la reforma, su duración máxima se limita a seis meses desde la publicación de la ley, de forma que pasado ese tiempo desaparecerán del mercado de trabajo español.»
Te doy las condolencias, malas noticias para el reaccionismo antisociedad para beneficiar a unos pocos que desde luego no eres tu.
Esa moratoria, deforma los datos, habrá que esperar al segundo trimestre para ver realmente su efecto, porque ahora no solo habia 2 reformas laborales funcionando (una para unas normas, otra para otras) sino que estamos aún postpandemia y todo eso.
En el segundo trimestre, se comprobará.
Como he comentado, tuve ese problema, la profesora nos ponía que lo hiciesemos según la nueva reforma, pero en el sepe estaba todo con la reforma antigua, por lo que como dices, se podían hacer contratos de obra y servicio aún.
Pero si, tienes razón.
Si te vale para desacreditar todo lo demás, me alegro por ti, sino, puedes debatir sobre el resto.
#_25 coge, me contesta, y me ignora, viva.
#17
Eso sin contar lo comenta otro usuario, que como no soy experto en el tema, no puedo confirmar ni refutar, de que ahora los contratos de temporada son "fijos discontinuos" (#16)
Edit: el tal @_tdgwho solo habla con los que le siguen la corriente.
El echo de que tengamos que mirar encuestas de población activa , porque los datos que da el gobierno no son fiables, dice mucho de la clase política que tenemos.
Simplemente unos cambios mínimos que no trastoquen lo esencial de la reforma original y ya pueden empezar con la maquinaria propagandística y mediática a decir que ha sido esta última reforma la única causante de esta mejoría de empleo.
Sí, bueno...
No obstante, me alegra que se hayan dado cuenta y hayan rectificado con tal derogación.
Viendo los resultados obtenidos de aumento de empleo desde 2013 hasta 2018 (por mucho que algunos de quejen, incluso sus propios empleos, conseguidos por aquél periodo, son de calidad) no tendría sentido eliminar algo que funcionaba.
Rectificar es de sabios.
Los que han demostrado no sólo no ser sabios, sino estupidez supina, fueron el PP de Casado por aquel entonces, de negarse a aceptar una reforma que sólo consolidaba aquella de hace diez años.
La reforma de este gobierno, habría que mirar si no es la misma que la de Rajoy con tippex en la firma jajaja
Lleva 4 meses en vigor (camino de 5), entró en vigor el 31 de diciembre de 2021.
El BOE publicó el pasado 30 de diciembre de 2021 el Real Decreto-ley de reforma del mercado de trabajo, que finalmente entró en vigor el día 31 de diciembre, según lo dispuesto en el texto.
www.ondacero.es/noticias/economia/cuando-entra-vigor-reforma-laboral_2
Dile a los que te dieron FOL en tu ciclo superior, que actualicen el temario.
Me cuelgo de ti #14
El maná europeo va a ir exclusivamente a pagar los intereses de la deuda, al paso que va esto.
Si no lo sabes infórmate... ¿o si lo sabes y tú comentario es otra casa?
La duración del contrato de trabajo: límites temporales.
www.cuestioneslaborales.es/limites-temporales-a-la-contratacion-en-esp.
Entre el 31 de diciembre y hasta el 30 de marzo de 2022 se podrán seguir celebrando contratos de obra y servicio, eventuales o contratos de interinidad siguiendo la legislación anterior, pero en ningún caso podrán durar más de seis meses tal y como establece la disposición transitoria cuarta del RDL 32/2021.
“Ni muy elevados”. Eso, te lo has inventado. Como decía en otro comentario, mi mujer es fija discontinua y cobra, de media anual, más que yo, que no lo soy.
La cuestión no es esa, la cuestión es que en España la mayoría de contratos temporales que se hacen son un fraude: se hacen para cubrir puestos fijos.
No sé cómo no se nos llena el país de inmigrantes americanos (de USA). Es todo un misterio
Los medios afines de turno, ya se están corriendo de lo "bien" que funciona la "no derogación" o "consolidación" de la reforma laboral de Rajoy. Cuando en realidad los porcentajes son aún del 12-13% de desempleo, con todavía cientos de miles en ERTES, alargando más y más el tiempo que estás personas pueden encontrarse en tal situación de ERTE, para que no les descuadren las cifras.
Esta "celebración" adelantada de un éxito que pocos ven, es simplemente la demostración de que sólo les interesa su promoción, no el bienestar de la gente.
No les interesa ser serios y decir que sí, que el desempleo es realmente bajo y el que busca empleo en España, lo encuentra rápidamente.
Eso no, porque en realidad no está ocurriendo eso.
En realidad te tienes que ir a las capitales, tipo Madrid o Barcelona, para de verdad eludir algo la precariedad (y no toda) y encontrar una relativa estabilidad.
Es una pena que estos grupos políticos sólo estén constantemente mirándose el ombligo, y aplaudiéndose entre ellos en el Congreso, en lugar de de verdad trabajar para la gente y su bienestar.
Todo con la misma ETT. Porque ya sabían que si me esperaban a ofrecer el nuevo contrato el día antes de iniciarlo (como me pasó en el penúltimo) sería en fraude de ley.
Por lo que a algunos ni nos ha llegado a poder beneficiar aún el cambio.
Yo he enviado un reporte por bulo.
y eso fue, concretamente el 27 de enero.
La reforma laboral no puede entrar en vigor antes de ser aprobada, la cual fue votada y aprobada en marzo. lo que tu pones, es un Real Decreto ley, que solo hizo entrar en vigor 4 cosas, la chicha, como el contrato de obra y servicio, entró en extinción el 31 de marzo.
Ale, y te vuelves al ignore con reporte por insultos (cual insulto? decir que digo gilipolleces, o bulos, tambén podrías ir por bulo, ya que la reforma laboral no entroó en vigor hace 5 meses.
Agur.
Hay que ser mendrugo para poner en el programa electoral una exigencia de derogación de una reforma laboral que consiguió durante más de media década (incluyendo el año anterior de pandemia, con el PSOE ya en el poder (y ya con una desaceleración de la subida del empleo escandalosa por medio, aquél 2019)) una continua subida de empleo, cuando en realidad no tenías ninguna otra alternativa, más que poner cara de estúpido ante Europa, a la hora de confirmar que no estabas tomando acciones para la mejora laboral en España.
Se sacan esta otra alternativa de la no derogación, y perfecto. La UE feliz y tocan lo justito.
Se siguen generando empleos.
Pues la verdad, lo mejor que podían hacer.
Tragarse su cantinela de derogar nada, como menciono en #42, y dejar que el asunto tome el curso que ya llevaba en el período 2013-2018.
Menos mal que la UE estaba ahí para pararles los pies, que sino, la liaban pero bien.
Cuándo llevas unos pocos meses de indefinido y te echan, siempre va a ser irrisoria la indemnización.
Y los cambios significativos no vendrán por este gobierno ni el siguiente, son cambios estructurales y de mentalidad que tardan en hacer efecto varias legislaturas de esfuerzos en común.
#60 Trato de puntualizar y rebajar "la victoria", el impacto real y significativo es poco.
Celebro que haya menos fraude, yo mismo he estado ilegalmente como temporal. Y oye, que les cueste un poquito más da gustirrín.
Pero en resumen, el pueblo español no está preparado para ser el francés o el alemán, si no, hace décadas que votarían diferente y no estaríamos donde estamos.
Disposición octava:
Disposición final octava. Entrada en vigor.
1. Este real decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a excepción de los preceptos a los que se refiere el apartado 2.
2. Entrarán en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» los siguientes preceptos:
a) El apartado uno del artículo primero, de modificación del artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
b) El apartado tres del artículo primero, de modificación del artículo 15 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria tercera.
c) El apartado cuatro del artículo primero, de modificación del artículo 16 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
d) El apartado siete del artículo tercero, por el que se introduce, en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, una nueva disposición adicional cuadragésima primera, de medidas de protección de las personas trabajadoras afectadas por la aplicación del Mecanismo RED regulado en el artículo 47 bis del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
e) El apartado nueve del artículo tercero, por el que se introduce, en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, una nueva disposición adicional cuadragésima tercera, sobre cotización a la Seguridad Social de los contratos formativos en alternancia.
f) Los apartados 2 y 3 de la disposición derogatoria única.
Es decir, que para todo lo relacionado con contratos, la reforma laboral no tuvo efecto hasta 3 meses despues ya que el articulo primero por ejemplo, pone:
El artículo primero dispone la modificación del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Dicho artículo incluye distintas modificaciones y adiciones al Estatuto de los Trabajadores, que pueden agruparse como sigue:
a) Modificaciones relativas a la modernización y simplificación de las modalidades de contratación que permitan superar la segmentación injustificada del mercado de trabajo, así como las tasas de temporalidad, en especial las asociadas con personas jóvenes, respondiendo de manera plena y efectiva a las exigencias de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al… » ver todo el comentario
No sé, pero igual reducir todo al prisma que mas acomode con tu visión de las cosas va a ser un puto problema.
Por ponerte un ejemplo los trabajadores en ERTE no contabilizan como parados, pero tampoco están trabajando y se les ha ampliado el plazo hasta el 31 del mes de marzo. os trabajadores que sigan una formación tampoco son contabilizados como parados, a los autonomos que se vieron obligados a cerrar sus empresas por el covid tampoco eran considerados como parados...en fin el resultado de todo esto lo veremos en un par de años cuando el rebote (y digo rebote pq no es recuperación) quede lastrado por un empobrecimiento masivo debido a la inflación.
Todo el mundo sabe que la reforma laboral se aprobó hará menos de mes y medio.
Que hasta entonces no era efectiva.
Si al final esto sólo trata de autobombo y de vender la piel del oso antes de cazarlo.
Cuando vivencias reales y actuales, como la que cuenta 7, son directamente ignoradas, porque no "interesan" en nuestro discurso de marras.
¿Dónde está la derogación de la reforma laboral?
Bueno a lo que iba: cuando digo Partido Podrido, me refiero al partido que tiene más cargos: ministros, presidentes de Comunidades Autónomas, consejeros, alcaldes, etc. investigados, imputados, juzgados, condenados y encarcelados. No veo yo que a Podemos le puedas poner esa coletilla… ¿tú eres de aquí?
Y eso que me he limitado a copiar el BOE
Porque tanta frustración y esfuerzos teniendo que argumentar "éxitos" no correspondidos, a base de artificios , obviamente no es bueno para su salud.
creo que es lo único salvable de ese módulo, jajaja
Cientos de miles en ERTES? Diciendo esas tontunas pensáis que alguien os puede tomar en serio?
Es decir, la calidad en el empleo creado, sabiendo que en 2012-2013 se rondaba el 27% de paro, existir existía.
Eso no quiere decir que así fueran la mayor parte de los trabajos creados, pero está claro que a mayor empleo creado, mayor número total de trabajos "dignos" (aunque por desgracia no fuera en el porcentaje deseado).
Y esta perspectiva última era necesaria tenerla en cuenta ante el devastado e inexistente mercado laboral a comienzos de la década de 2010.