Los Mossos d'Esquadra han identificado al hombre que escribió "rata contagiosa" en el coche de una ginecóloga en Barcelona. Los agentes lo han denunciado por daños con el agravante de delito de odio contra la sanitaria.
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etiquetas: rata , ginecologa , mossos , barcelona , pintada , contagiosa , covid-19
Los agentes de policía no son jueces, pero esperaría de ellos unos mínimos conocimientos de derecho penal. Va a ser que es mucho esperar.
Edit: Faltaba.
Lo mismo el tío está obsesionado con la doctora porque es un acosador o porque ha tenido algún roce en la comunidad.
Que no es ninguna disculpa, al revés, creo que ha aprovechado esta situación para vengarse de ella o agredirla de esa forma.
www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/delitos-de-odio/que-es-
"¿Qué es un delito de odio?
"(A) Cualquier infracción penal, incluyendo infracciones contra las personas o las propiedades, donde la víctima, el local o el objetivo de la infracción se elija por su, real o percibida, conexión, simpatía, filiación, apoyo o pertenencia a un grupo como los definidos en la parte B;
(B) Un grupo debe estar basado en una característica común de sus miembros, como su raza real o perceptiva, el origen nacional o étnico, el lenguaje, el color, la religión, el sexo, la edad, la discapacidad intelectual o física, la orientación sexual u otro factor similar." (OSCE, 2003)"
(A) conexión, simpatía, filiación
(B) Raza real o perceptiva, el origen racial o étnico
Lo has clavado.
Sólo hay una información que me interesaba leer... Y es precisamente la que no cuentan... La identidad del malnacido que lo hizo
Así que se limitan a recopilar los hechos que ya conoce todo el mundo
"mi marido propuso poner unas cámaras, que no hay, ni guardia de seguridad tampoco"
www.elmundo.es/espana/2020/04/16/5e96fb3221efa09e0f8b4640.html
Caso cerrado
¿estás seguro que la profesión no cabe en esa definición? Porque muy muy definida no la veo yo...
Es que como poder ser, con esa definición, pueden ser los jugadores de WoW, por ponerte una exageración.
Aparte en el apartado A pone un grupo "como" los definidos en la parte B, es decir, que no SOLO los de la parte B
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444
Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad
Y ya. Por ser chino su marido entraría dentro de delito de odio, por ser médico, policía o empleada en un supermercado no.
No es por nada, pero lo que te interese leer a ti al resto como que nos la trae al pairo... el mundo no se reduce a tu ombligo.
Dale gracias a que no te reporto
Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad
Entraría en la misma descripción de la primera opción, que no tiene que entrar en todas. Remarco la última O para que veas que no son inclusivas y que con que entre en uno de ellos, sobra.
La definición legal de delito de odio en España está en el artículo 510 del Código Penal:
www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-510/
No hay mención a la profesión como causa de delito de odio, cierto, aunque si tienen pruebas de que el acusado sabía que el marido de la víctima era chino e influenció en sus actos, podrían usarlo para invocar al delito de odio.
Esto de la pintada no me parece simple vandalismo, es persecución contra un colectivo (médicos), pero entiendo que si no cumple los requisitos de delito de odio no se puede recurrir al él.
El juez decidirá.
Luego resulta que era inocente y nos habríamos echo un marlaska. ¿Y quien quiere quiere quedar como un gilipollas como él?
Dejad funcionar a la justicia, leches.
Te pongo un ejemplo:
www.diaridetarragona.com/reus/Archivado-el-caso-del-mecanico-de-Reus-a
Ánimo y muchas gracias a tus familiares por estar salvándonos ahora y siempre.