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Rebelión, sedición… No se trata de saber Derecho Penal, se trata de saber leer

¿Qué es la rebelión? La rebelión, según el Código Penal español vigente, en su art. 472, es “[…] alzarse violenta y públicamente para […] 5º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional […]”. O sea que cuando se dice que se van a dar pasos para una declaración de independencia estamos ante un delito de rebelión, ¿no? No Pero, ¿y si se dictan determinadas resoluciones? No. ¿Y si se declara la independencia por parte de representantes electos de una Comunidad Autónoma? No. Una declaración de intenciones no es una...

| etiquetas: rebelión , sedición
  1. fan boys la juez no sabe leer, cómo es posible?
  2. Entonces lo de Tejero que fue?
    Vamos a ver, según este iluminado lo que hicieron esta gente no es ningún delito. Por tanto la declaración de independencia como no hubo violencia ni tumulto, según él. está totalmente en vigor.

    Algún delito verá este tío, no?
    Le casco un spam porque esto no puede ser más que obra de gente o afín al separatismo o de esos de Rusia o vebezuela que lo que quieren es que haya follon
  3. A ver si nos aclaramos señores juristas, que ya quedó claro, al parecer, que llamar a tu exmujer "gilipollas" es violencia de género. No somos los ciudadanos quienes han establecido qué es o qué no es violencia, han sido ustedes, señores juristas. Que según alguno de ustedes hasta el silencio, la inacción o tirarse un pedo es violento.
  4. Sin embargo, a partir del artículo 473, se puede hacer una argumentación respecto a la violencia mencionada en el 472.

    Artículo 472:
    Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes
    [...]
    5.º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional.

    Artículo 473, punto 2:
    Si se han esgrimido armas, o si ha habido combate entre la fuerza de su mando y los sectores leales a la autoridad legítima, o la rebelión hubiese causado estragos en propiedades de titularidad pública o privada, cortado las comunicaciones telegráficas, telefónicas, por ondas, ferroviarias o de otra clase, ejercido violencias graves contra las personas, exigido contribuciones o distraído los caudales públicos de su legítima inversión, las penas de prisión serán, respectivamente, de veinticinco a treinta años para los primeros, de quince a veinticinco años para los segundos y de diez a quince años para los últimos

    Es decir, que la violencia propiamente dicha, combates, sabotajes, exigencia de contribuciones, etc es un agravante. Como tal, la existencia de lo mencionado en el 473.2 permite interpretar que hay otras formas de entender la violencia más allá de la obvia, ya que ésta sería un agravante, no una condición necesaria.
  5. No ha habido una simple declaración de intenciones. Ha habido una declaración de independencia.
  6. #5 vis in rebus, sin ir mas lejos. Es una forma de violencia
  7. La fiscalía puede pedir lo que crea conveniente. Un juez determinará si "hay causa". Si la hay, seguirá el proceso, que se juzgará y habrá finalmente una resolución judicial, la cual podrá ser recurrida. Y un nuevo juzgado empezará con los mismos pasos. Si en todo éste proceso, en el cual habrá abogados que sabrán defender y argumentar, se acaba concluyendo que no ha habido delito de rebelión, pues nada, no lo hubo. Pero de ahí a argumentar que no hay base para la acusación va un mundo. Si no hubiera habido base, no habría habido "causa". Es el juez, no la fiscalía, la que determina el proceso.
  8. #2 Es uno de los pobres que entraron aquí a defender el prusés en octubre. No merece la pena que te preocupes mucho
  9. #2 Parece que los tiros y el secuestro del parlamento por Tejero, si entra en los de "alzarse pública y VIOLENTAMENTE"... aunque los que justificais la violencia estatal igual os parece una bromita.
  10. #7 NO la ha habido y ese es el problema....
  11. Declarar una independencia "simbólica" y provocar daños económicos y sociales reales es como gritar "fuego" en un cine lleno de gente y causar lesiones por el pánico resultante. No vale decir "era broma, yo no quemé nada..."
  12. #13 Si otros países hubieran reconocido a Cataluña como nuevo país independiente, la DUI habría valido. Ahora dicen que era de coña porque ha salido mal.
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