El dueño del bar relata su versión de lo ocurrido apelando al resto de clientes y cámaras de seguridad como testigos: “usted y sus amigos llegan en estado de embriaguez, usted sin camiseta y David (el camarero) le comunica que se ponga la camiseta, a lo que usted se niega y empieza a dar el follón y a pedirle la hoja de reclamaciones, un cliente llama a la policía y David le dice que se la entregará cuando ellos lleguen y usted y sus amigos salen pitando”.
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apelando al resto de clientes y cámaras de seguridad como testigos
Parece que este dueño o no está puesto o es él el que manipula. Nunca se sabra
Cc #5 #10
Señor que anda por la calle sin camisa ... no sé que ha pasado, pero algo me dice que tampoco ha sido la persona más amable y educada del mundo (con independencia que el camarero su pudiera o no haber pasado de la raya)
Quizás lo importante aquí, si no quieres creer a ninguno es la reflexión de lo que se lee continuamente en este y otros muchos casos, como la gente intenta usar las redes sociales para desprestigiar a modo pataleta y por tanto como es cada vez más difícil creerse las opiniones colgadas.
Cuando son pocas, probablemente sean del dueño y 20 amigos si son buenas. Solo cuando el número es muy alto puede ser más realistas y orientadoras.
En cuanto a la hoja, lo que ha hecho entra dentro de lo legal. Si no das la hoja de reclamaciones el cliente llama a la policía, cuando llegue la policía lo que hará será decirle al dueño que esta obligado a entregar la hoja y obligarle a dársela al cliente, como en este caso se la iba a dar porque lo que quería era dársela cuando viniera la policía no le iba a poder denunciar.
Otra cosa es que uno intente entrar sin camiseta en un sitio y te nieguen la entrada. El cliente no tendrá la razón, pero puede perfectamente escribir su hoja de reclamaciones y tramitarla por los cauces adecuados si lo desea.
Los policías me dijeron que sólo pueden denunciar si no aparecen las hojas de reclamaciones.
Lo de la hoja de reclamaciones bajada de Internet no me lo creo, más que nada porque la hoja de reclamaciones consta de tres ejemplares, uno que es el que rellenas y dos más que se copian cuando lo rellenas.
Cabe destacar que entraste sin camiseta, idiota. Qué cansado estoy de victimismos con el racismo.
Que sea cliente no significa que tenga razón ni derecho a entrar, pero el derecho a reclamar lo tiene y el hostelero tiene la obligación de proporcionarle la hoja de reclamaciones
www.consumo.gob.es/es/consumo/hojas-de-reclamaciones
Artículo 3 apartado e)
La entrega de las hojas de reclamaciones a los consumidores y usuarios
será, obligatoria, gratuita e inmediata a su solicitud, aunque no se haya llegado
a realizar entrega de bienes ni prestación de servicios alguna.
#2 tiene razón y así lo dice la ley
Decreto n.º 3/2014, de 31 de enero, por el que se regula el sistema unificado de reclamaciones de los consumidores y usuarios en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
www.carm.es/web/integra.servlets.Blob?ARCHIVO=DECRETO 3-2014 - 31 ENER
www.comarabogados.es/pueden-prohibir-la-entrada-a-un-local-alegando-el
Si la llamada la hizo el establecimiento porque querían que se personara la policía. por un problema de higiene/altercados/salud pública. la hoja de reclamaciones no pinta nada hasta que la policía dirima si es un tema comercial/consumo o es un tema de "justicia".
U os creeis que después de destrozar un bar en una pelea os van a dar la hoja de reclamaciones sin llamar antes a la poli para denunciaros?
lo rellenaron al mismo tiempo que yo, de hecho mi copia aún la tengo
Cc #20 aplícate también está respuesta
Pues yo he leído otra cosa
<<Quién puede presentar una reclamación
Cualquier persona puede plantear una reclamación de consumo cuando actúe como consumidor final.
No son, por tanto, reclamaciones de consumo las discrepancias que pueda haber entre varias empresas o entre varios particulares, por lo que no estarán amparadas ni por las normas de protección del consumidor ni por los organismos encargados de ello.>>
<<Un consumidor, o usuario, es toda persona física que actúe, de forma ajena a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Nos referimos a “consumidor” cuando hablamos de adquisición de bienes y a “usuario” cuando lo hacemos sobre la contratación de servicios>>
www.comunidad.madrid/servicios/consumo/presentar-reclamacion-consumo
Que si, que ya sé que no das para más, pero así igual aprendes algo hoy