El portavoz de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, ha respondido a Pedro Sánchez que la aceptación de un referéndum de autodeterminación es cuestión tiempo después de que el presidente haya asegurado que el PSOE “jamás lo aceptará”.
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etiquetas: rufián , pedro sánchez , referéndum , cataluña , indultos
Pero que se puede esperar de violadores de DDHH que mentiras a cambio de dog chow independentista.
Cualquier consulta en España pasa por una reforma constitucional con disolución de las cortes y avalada por 3/5 de la cámara. Lo saben en Cataluña, lo sabe la derecha y lo sabe la izquierda. No hay mucho más de donde sacar, el resto son fuegos artificiales para alimentar polémicas.
Qué cortos de mira sois algunos.
Sánchez está apagando ese fuego como puede, siendo los indultos el primer paso.
Fdo.
Un Madrileño hasta los cojones del liberalismo cañí
Sí que puede ser necesaria una reforma constitucional para aplicar los resultados del referéndum.
En cuanto a lo que citas no se cometió ninguna vulneración de derechos. Esa suspensión fue acatada y se recurrió por los procedimientos ordinarios. Y lo más importante es que desde Cataluña no se encarceló a nadie injustamente durante años.
Aquí las cosas se hacen como antaño , el mejor guerrero catalán contra el mejor guerrero español , una lucha a muerte ...
Edito: antes escribí mal, es 2/3 de la cámara, 3/5 es para el proyecto de reforma
www.newtral.es/referendum-cataluna-constitucion-legales-ilegales/20210
y por esto otro en el texto:
En el segundo tipo, “la CE recoge que el Gobierno puede solicitar al Congreso la autorización para celebrar un referéndum consultivo sobre materias de ‘especial trascendencia’ para todos los ciudadanos”.
Sin embargo, Arbós explica que hay un “debate abierto” porque el Tribunal Constitucional consideró en su día que no podían plantearse referéndums consultivos sobre asuntos en los que una de las respuestas pudiera llevar a contradicción con la CE. El catedrático de la UB pone como ejemplo una hipotética consulta sobre la monarquía o la república.
También hay cierta discusión sobre si este tipo de consultas pueden hacerse en un único territorio o si por necesidad han de extenderse al conjunto de los ciudadanos del país: “En el artículo 92 de la Constitución habla de todos los ciudadanos. Hay jurisprudencia del TC que, sin ser determinante en el uso de este apartado, hace pensar que sería fácil que declararan inconstitucional la resolución si alguien la recurriera”.
Es un atado y bien atado.
Una vez leído todo el texto ratifico lo dicho, nada en ella indica que se vulnerase ningún derecho, la suspensión es lo que se juzga y esa suspensión fue acatada y luego recurrida.
La versión original es en francés e inglés, tal como constata el encabezado de la traducción al español.
en la web del TEDH salen todas las disponibles oficiales
La que creo es la web del TEDH me da error de DNS en estos momentos: www.echr.coe.int
DNS_PROBE_FINISHED_NXDOMAIN
si un tribunal dice que se han desobedecido a otros tribunales que actuaban para proteger derechos, me da por entender que esa desonediencia atenta contra esos derechos.
El tribunal juzga lo que se le pide que juzgue y es la suspensión de ese pleno, esa suspensión fue acatada por lo que no se vulneró ningún derecho.
Editado: El error DNS era de mi proveedor, con los servidores DNS de google sí puedo acceder.
Eres un difamador más del montón.
El difamador eres tú.
Que no entiendas alto tan básico ...
porque lo que haces aquí es propaganda, tú no eres un usuario, eres un parásito que vive de hacer apología de su libro.
La realidad que desconoces te la inventas. Es muy triste que necesites creer que otros cobran por exponer sus ideas.
Espero que te dé rédito lo que haces porque es abominable.
He aprendido mucho con los debates y las discusiones, y sí considero satisfactorio ayudar a quienes pueden ser ayudados a conocer mejor el mundo en el que vivimos. No descarto que tú puedas acabar siendo uno de ellos.
Ánimos.
Coge un diccionario, anda.
A ver si la próxima vez no cometes tantos errores.