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Las sanciones de la reforma laboral no se evitan haciendo contratos fijos-discontinuos

En Laboro explicamos la semana pasada que la reforma laboral de Yolanda Díaz no se puede evitar haciendo contratos temporales por ETT o por “cárnicas” (empresas multiservicios). Entendiendo por “evitar la reforma” el hacerle un contrato temporal al trabajador en vez de uno indefinido, porque el objetivo principal de dicha reforma es obligar a hacer contratos indefinidos salvo excepciones. Pero muchos enteraos de RR.HH., los Pepes de las “asesorías Pepe” y los voceros del PP y de VOX creen haber descubierto otro truco o (...)

| etiquetas: contratos , reforma , contrato
Comentarios destacados:                
#2 #1 Los de laboro no son tontos y saben que si publican un lunes a las 8 de la mañana tienen un par de horas de paz por lo menos.

Está todo pensado.
  1. #0 No seas cruel, anda. Que tenemos a toda la pandilla voxura repitiendo el argumentario que les pasaron tras la publicación de los datos de abril y ahora les va a tocar horas extra votando negativo este artículo y comentando muy indignados A LAS 8 DE LA MAÑANA!! No son horas para la España que madruga, hombre.
  2. #1 Los de laboro no son tontos y saben que si publican un lunes a las 8 de la mañana tienen un par de horas de paz por lo menos.

    Está todo pensado.
  3. Hay laboro, hay meneo
  4. #1 No hay problema, los de la "España que mendruga" no se levantan antes de las 10, y luego tienen dos horas de sol y sombra y palillo en la barra del bar.
  5. Me LOL xD  media
  6. El de lo mejor este blog, muy inspirador. Se pueden hacer muchas más cosas que votar para cambiar las cosas.
  7. Muy bien explicado. Mejor con un tipo de letra legible, pero nada que no arregle el botón de "modo lectura" de Firefox :-)

    Por otro lado, hay una cosa que no me queda clara : ¿cuales son las ventajas del fijo-discontínuo frente el al temporal anterior?
  8. #7 Indemnización de 33 días por año trabajado, frente a 12 del temporal, que nunca llegará al año trabajado por lo que no tendrá la indemnización de 12 días.
  9. #7 entiendo que con el contrato fijo-discontinuo, al personal que despiden por fin de temporada en un hotel, por ejemplo, están obligados a volver a contratarle cuando comience la temporada de nuevo o al menos a ofrecerle el puesto, mientras que con el temporal no tienen por qué.
  10. Ya, y antes estaba prohibido hacer contratos temporales para necesidades permanentes de la empresa. Y no valía tampoco contratar a un falso autónomo con exclusividad para evitarse un fijo. Pero se hacía.

    Las leyes ya estaban y tenían menos huecos de los que se usaban. No se ha inventado ahora el contrato fijo por defecto. El problema era en gran parte la vigilancia de su cumplimiento.
  11. #9 En el fijo discontinuo no hay despido, el contrato no expira cuando termina la temporada. Si hay despido hay que indemnizar al trabajador con 33 dias.
  12. #10 La ley trajo un cambio muy importante y es una subida bastante alta en las sanciones por cometer estas infracciones. Como dices antes ya estaban muchas empresas con contratos en fraude de ley; pero ahora si te pillan la multa que viene es bastante más dolorosa y parece que eso sí que les hace atender a razones.
  13. #8 #9 Gracias. Era el argumento que me faltaba para quitarle el palillo de la boca a alguno.
  14. #12 Las multas eran la clave, el cachondeo que había antes era absoluto.

    Un buen ejemplo es Primor. El señor que la dirige tiene una lista de empresas pantalla que quita el hipo: www.empresia.es/persona/hidalgo-dominguez-juan-ricardo/

    Todo para tener a sus empleados en contratos temporales fraudulentos cuando era más que obvio que estaban haciendo funciones duraderas.

    Como Primor, a puñados. Lo han hecho con el máximo descaro porque hasta ahora se les había tolerado. Las multas han sido el único lenguaje que han entendido.

    Ahora sólo quedan los tontos que creen que inspección es tonta y que no va a ir a por ellos.
  15. #13 Ten cuidado con #8 que no tiene ni puta idea. Ese si que que va con palillo en la boca.

    Los antiguos temporales eran 12 días y los fijos hace años que son 20 días de indemnización.

    www.cuestioneslaborales.es/despido-de-los-trabajadores-fijos-discontin

    www.reclamador.es/ayuda/laboral/que-me-corresponde-si-termina-mi-contr

    Ten cuidado con quien te fías que el mendrugo de Morrison el viernes se reía de mi porque le dije que los contratos de obra y servicio tenían indemnización.

    Mira su historial y te vas al viernes si quieres verificar la discusión que tuvimos.

    CC #9
  16. #11 Jajajajajaja pero aún sigues así? Ya se te ha olvidado lo que estuvimos viendo el viernes?

    Toma te lo refresco:

    www.cuestioneslaborales.es/despido-de-los-trabajadores-fijos-discontin
  17. #15 20 días es cuando es despido objetivo, ¡so melon! en improcedente son 33 días.

    Venga que ya es lunes, y te puedes apuntar a algún cursillo de derecho laboral.

    No se puede ser mas papanatas.
  18. #12 El peligro es que, si la vigilancia no es más eficiente, esto sea algo pasajero por el "susto" de la novedad, y en cuanto vean que se puede hacer el apaño (o, bueno, el fraude) sin demasiadas consecuencias vuelvan todos a las andadas. Desgraciadamente la percepción del riesgo es poco racional y la gente se acostumbra a todo.
    Que el palo sea más gordo tiene un efecto, no digo que no, pero no es siempre proporcional ni es la solución definitiva.
  19. #17 Es que lo rarificas. NI PUTA IDEA TIENES

    Los 20 días es cuando es improcedente. Cuando es procedente solo en muy determinados casos corresponde indemnización y también es 20 días. Ve reculando al ritmo que quieras. Yo te iré viendo…
  20. #16 Na que no te cansas de hacer el ridículo. No tienes ni puta idea de lo que es un despido objetivo. Vete a hacer un cursillo de derecho laboral anda.
  21. #19

    De tu enlace, que no te lees ni lo que pones, mendrugo:

    Si el despido es declarado improcedente, la empresa podrá optar entre indemnización de 33 días por año trabajado (45 días por la antigüedad anterior al año 2012) o la reincorporación al puesto de trabajo con el abono de los salarios de tramitación.


    Deja de hacer el ridículo ya muchacho, que ya empiezas a dar pena
  22. #20 Y son 20 días.

    Aquí lo tienes:

    www.conceptosjuridicos.com/despido-procedente/

    Cursitos de derecho. Ahora que?
  23. #21 Anterior a 2012. Ya te lo dije el viernes. Hace ya 10 años. Los de AHORA son 20 días.

    Ahora que?
  24. #23 Anterior a 2012 son 45 dias!!!! Anda y aprende a leer!
  25. Donde trabajo lo están haciendo, y me sorprende los del comité tragando con esto.
  26. #22 Muy bien ahora solo falta que leas y que entiendas lo que lees, que eso es más complicado.
  27. #18 Bueno, pero es un avance. Celebrémoslo y a por el siguiente. Tampoco podemos pretender que de un día para otro las cosas cambien de manera radical y absoluta.

    #14 Antes había cachondeo y ahora lo seguirá habiendo en muchos sitios. Pero ojalá y que un poco menos.


    Es cierto que también tenemos un problema importante a nivel formación en derecho laboral. No conocemos muchas veces nuestros derechos y no somos capaces de exigirlos. Las vías para denunciar incluso anónimamente, existen y muchas veces son efectivas (no diré siempre, seguramente mentiría). Como trabajadores, tenemos que denunciar más y permitir menos. Sé que cuando la situación es jodida en una familia es difícil, pero es la única vía para cambiarlo.

    Y a nivel personal, creo que todos los que sí estamos concienciados, debemos de hacer lo posible por concienciar a nuestro entorno y explicarle esas vías. Decirles que hay soluciones. No podremos cambiar el mundo, por descontado, pero podemos mejorar un poco nuestro entorno. Es la manera de sumar.
  28. El contrato indefinido con despido barato a saldo de la reforma laboral de 2012 NO derogada, cada vez se me parece más al contrato único de Cs.
  29. #27 La vergüenza es que esto haya venido ordenado desde arriba, no como consecuencia de luchas.

    La derecha en España ha entendido el liberalismo como le ha salido de los cojones. Sigue anclada en los 50 y siguientes donde se toleraban demasiadas cosas, y mientras que disimulases un poco, tira que aquí no ha pasado nada. Una cosa es flexibilizar las contrataciones en función de las necesidades y medios de la empresa, y otra muy diferente es tener al personal contratado en fraude para los restos para tenerle acojonado.

    Si el currito no tiene una mínima seguridad de que va a cobrar este mes, y el siguiente, y el otro y el otro, va a acabar desarrollando ansiedad, consumiendo poco, teniendo pocos o ningún hijo...

    Todo esto en Bruselas ya lo han visto y han dado la orden de cortarlo. Esto explica también por qué la patronal y la derecha van dando bandazos con los discursos y sin oponerse a la reforma de forma decidida. Saben que es lo que hay, pero no pueden decirlo sin más a sus votantes.
  30. #19 Madre del amor hermoso :palm:. El que no tiene ni idea eres tú. Y lo mejor es que sigues erre que erre ahondando en tu error con un dato que debe conocer la práctica totalidad de la población española en activo: la indemnización por despido improcedente es de 33 días de salario por año trabajado desde la reforma de 2012.
  31. #7 Que te contratan cada temporada. Si eres recepcionista de hotel, ya no estás con los nervios cada temporada para ver si te cogen a tí, que llevas 3 años, o al sobrino de alguien, te tienen que coger a tí al ser fijo discontinuo. Lo mismo para retenes de incendios en verano, etc.
  32. #1 de hecho formaba parte del argumentario de los mamporreros reconocidos de podemos

    www.meneame.net/story/reforma-laboral-da-clavo-reducir-trabajo-tempora

    Es curioso porque os mandaron a todos a votar positivo. Cómo lo llamaba vuestro amo? Cabalgar contradicciones?
  33. #26 Porfavor, no alimente al troll, gracias muchas.
  34. #19 no hay problema en reconocer que uno está equivocado, disculparse y seguir adelante. Incluso aunque te tengas que tragar los sapos de haber escrito esa frase de recular... ;)
  35. #4 Es que empezar el día sin un sol y sombra...
  36. #30 Si, tienes razón, me he equivocado en el dato al discutir con morrison de los contratos de obra y servicio no tienen indemnización.

    Fallo mío en ese aspecto.
  37. #19 Dunning kruger en acción...
  38. #34 En #36 lo tienes. Yo si algo me he confundido lo digo. Pasa que este usuario se empeñaba en decir que los obra y servicio no tenían indemnización y de ahí la frase.
  39. #37 A ver cuantos meneantes ver reconocer un fallo #36
  40. #38 No lo había visto - ¡te honra! :hug:
  41. #40 Si aquí problema no hay ninguno, ahora, a ver cuantos ves así por aquí. A ver cuando ves a Morrison al igual que yo respondiendo su fallo a decir que los obra y servicio no tienen indemnización. Y eso lo aprendió el viernes.
  42. #7 Cuando empieza la nueva temporada y vuelven a necesitar a alguien para el trabajo que hiciste tú en la temporada anterior, te tienen que volver a llamar a ti.
  43. Las consultoras deben de estar temblando.
    A día de hoy la mayoría de clientes deben de contratar a la mayoría de sus informáticos.
  44. #32 xD Hay que ser bobolon para referenciar este comentario pensando que ese es "el argumentario" del que hablo.

    Que obsesion tienes con hacer el ridiculo.
  45. #18 Las sanciones son importantes, 10000 por trabajador afectado. Y si te inspeccionan se remontarán cuatro años. Hablo de memoria, pero casi nada.
  46. #25 Hasta que alguien denuncie y flipen con las sanciones.

    En la mía siguen trabajando con una ETT, al día puede haber 20-25 personas con contratos mensuales (antes semanales). Pues echa cuentas de por lo que les va a salir si los pillan. 10000€ por cada uno, frente a los 10000€ que eran antes por la empresa (ETT).
  47. #37 Se ha hecho ya una nueva cuenta? :troll:
  48. He visto en una empresa, que tras celebrar un contrato indefinido pasados los 2 meses del periodo de prueba, la persona empieza a llegar tarde cada día, un mínimo de 30' y al cabo de un tiempo ya propone que le cambien el horario de trabajo porque si viene en coche se encuentra con mucho tráfico y si viene en bus no le combina bien para empezar a trabajar a las 8:45 por ser coincidente con los horarios escolares. ¿Habría pasado lo mismo con un contrato temporal?.
  49. #23 Te lo resumo fácil, nunca te han despedido improcedente. Son 33 días.
  50. #48 No se si se ha hecho una cuenta nueva, pero vive en la mente del 90% de los meneantes ;)

    #39 #37 Reconoce que la ha cagado y pide disculpas... Eso es algo casi nunca visto, y que le honra.
  51. #51 Ni improcedente ni procedente. No obstante ya dije en #36 que fue en un error mío, a diferencia de Morrison que jamás reconoció su error al afirmar que los contratos de obra y servicio no tienen indemnización.
  52. Laboro mola más cuando no le hace telepromoción a Podemos. Aparte de un argumento para que trolls podemitas sepan contestar por tuíter a trolls voxemitas, el artículo no aporta nada.

    Falta la sempiterna indicación, marca de la casa, de que la responsabilidad de reclamar el cumplimiento de la ley recae en el trabajador, que el fallo de la puta reforma es que no es una reforma para padefos. A la vista de este artículo cualquiera podría pensar que el príncipe azul del inspector laboral va a entrar al taller espada en mano a obligar al empresaurio a llamar al mecánico fijo-discontínuo de la última vez.
  53. Igual una posible solución es que si contratas una asesoría y te asesora mal, sea ella la que pague la multa, una idea adicional sería la de aplicar puntuaciones a las empresas, tal como hacen con los seguros, si eres una mala empresa, a nivel laboral o fiscal, puntuación negativa que sea tenida en cuenta a la hora de acceder a ayudas o subvenciones por parte del estado, pero si eres una empresa cumplidora lo contrario, se te asigna una puntuación positiva.
  54. Por una vez, y sin que sirva de precedente :-) coincido con Laboro, aunque una vez m´sa, no llegan a profundizar en el tema.

    efectivamente el contrato sería indefinido normal, pero para que se declara como tal el trabajador ha de presentar la correspondiente papeleta de conciliación y, en su caso, posterior demanda.

    Y entonces volvemos al inicio: ¿te vas a meter en juicios por una indemnización de 33 días habiendo sido tu contrato (en fraude de ley) de 6/8/10 meses?

    Pues lo normal es que no, que no compense por gastos de abogados, tiempo y esas cosas. Así que al final, pues estamos en las mismas.

    Insisto: cualquier reforma laboral que no recupere los antiguos salarios de tramitación son una estafa para los trabajadores.-
  55. #56 los salarios de tramitación se han recuperado con la reforma laboral siempre que el despido se declare nulo o improcedente, así que sí merece la pena y mucho denunciar
  56. Ahhh ¿pero ha habido derogación de la ley? porque era lo que pregonaba la yoli jeje
  57. #25 ¿Y nadie denuncia?
  58. #7 por ejemplo las acompañantes de autobús o empleados de comedores escolares, cuando empieza el curso saben que serán de nuevo contratados ellos y no otros.
    Creo que esa es la parte más importante, hasta ahora se quedaban esos meses de verano en el limbo sin saber si volvían a tener trabajo en septiembre.
  59. #50 Pues le echas y en el peor de los casos tendrían que pagar el improcedente, que llevando poco tiempo será una mierda, seguramente mucho menos de lo que pagan mensualmente a los de las cárnicas.

    #56 No tienes por qué tener abogado.
  60. #57 cuando el despido es nulo siempre han existido, en ese caso no se perdían.

    En caso de improcedente sí, aunque, ¿puedes decirme dónde pone, en el nuevo decreto, que enc aso de improcedente se abonarán los salarios de tramitación? (siempre y cuando la empresa no opte por readmitirle, claro)

    ·61 Ya, puedes ir representado por abogado, graduado social, tú mismo..o un hombre justo (me encanta eso de un hombre justo), pero ¿cuántos casos conoces de gente que sepa hacerlo? Aunque tan sólo sea cómo rellenar correctamente una papeleta de conciliación)
  61. #19 Son 33 días por improcedente, 20 días es por despido objetivo.
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