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Una segunda sentencia tacha de ilegal que Hacienda te multe por gastar poca luz

Una segunda sentencia tacha de ilegal que Hacienda te multe por gastar poca luz

El TSJM señala que no "se ajusta a derecho" el sistema que usa el fisco para determinar que un contribuyente consume poco y que por tanto no tiene derecho a la deducción por vivienda habitual

| etiquetas: segunda , sentencia , ilegal , hacienda , multa
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  1. #99 No, no funciona así. La declaración de la renta la realiza el contribuyente, y es responsabilidad de éste que esté correcta. Aunque en un primer momento te apliquen la deducción, Hacienda tiene hasta 4 años para revisarla antes de que prescriba.
  2. #101 Aquí está mi DNI donde pone mi dirección, como documento acreditativo que vivo donde digo. Demostrado.
  3. Lo mismo sucede con el ITP al comprar una vivienda. Si resulta que has comprado un chollo (porque al vendedor le urgía, porque la vivienda estaba hecha una mierda, que es una vivienda vieja rodeada de nuevas, etc) la administración te puede decir que el precio que pagaste (¡según un notario!) no es real y que has de pagar lo que ellos estiman que vale la casa. Eso sí, sin haberla visitado siquiera ni saber las condiciones en las que estaban ya que ellos estiman €/m2 según la zona en la que esté ubicada.

    Solución1: reclamar a la propia administración y por supuesto que será rechazada ya que deciden los mismos que te exigen el pago.
    Solución2: pedir una nueva tasación propia y que la administración diga que no le gusta y manden ellos a su propio tasador y que luego te lo cobren... ahh, y que te sigan reclamando la cantidad original.
    Solución3: ir a un contencioso administrativo, con casinos (abogados) y furcias (tasas) para que luego te den o no la razón.

    Una vez más, contra la administración casi vale más la pena agachar la cabeza y someterte. Quizás ganes el juicio, pero todo el quebradero de cabeza no merece la pena... consuélate que con este dinero que te piden de más pagarán sanidad y educación.
  4. #98 Todo lo contrario: me multarán por no haber pagado el iva del bricolaje pues yo hice mi propia instalación, me pondrán otra multa por no haber obtenido el boletín ya que no soy electricista, y una tercera multa por el mal llamado impuesto al sol, que tampoco lo he pagado.

    A esas tres multas hay que sumar los cien euros por cada una de ellas, y el recargo retroactivo de cuatro años.

    Y para colmo no me defenderá el abogaíllo del estáo, pues no soy la borbonsíta.

    Al trullo, por listillo.
  5. #104 No seas dramático, que no pasa nada de eso porque ninguna de esas cosas es siquiera competencia del departamento que revisa tu declaración.
  6. #105 ¿Acaso dudas que intentarían chantajearme?

    Recuerda que se llevan comisión de todo lo que afanan.
  7. #102 El DNI, al igual que el empadronamiento, no demuestra nada en este sentido.
    La deducción por vivienda habitual es otra cosa, es un concepto fiscal. Todos los años cuando haces la declaración y dices tener derecho a esta deducción, debes estar en disposición de poder demostrar que es así.
  8. #107 ¿Y como se demuestra?
  9. #97 Pues entonces la pregunta es si pedir 2 recibos (que creo que es algo bastante normal en otros países, creo) es lo normal que hay que pedir (me parece que sí), pero a su vez el procedimiento debiera estar abierto a casos especiales (yo mismo llevo años de aquí para allá y me resultaría difícil probar nada de todo esto).
    Al final nos vamos al tema de siempre: ¿para qué queremos personas si el procedimiento está escrito en piedra y no se puede hacer nada? Pues debiera haber un departamento de estudios personalizados donde se puedan ver estos casos (yo estoy sufriendo a Hacienda constantemente con el 7p, del cual no hay buena normativa).
  10. #108 Pues el criterio usado por Hacienda, y del que trata la noticia, es el del consumo energético. La sentencia le dice a Hacienda, en este caso, que no es suficiente ese criterio para no aplicar la deducción, ya que el hombre presentó un pliego de más de mil páginas donde según el tribunal queda acreditado que sí es su vivienda habitual.
    A parte del gasto energético (facturas de luz y gas), puedes presentar facturas de agua, cartas certificadas que recibes en ese domicilio, registro de llamadas del fijo, partes del seguro del hogar... En la noticia tienes una lista.

    Pero repito, la sentencia no dice que Hacienda no puede usar el criterio de gasto energético, sino que es ilegal si se basa únicamente en este criterio cuando hay otras pruebas legítimas para poder demostrarlo.
  11. ¿No sería hora de que Hacienda aclare qué considera vivienda habitual?
    Así los contribuyentes podrían saber, sin dudas, si pueden acogerse a las deducciones.
  12. #92 Repetir tus palabras te parece original? curioso
  13. #100 tiempo al tiempo
  14. #113 Pues de momento, llevo un montón de años sin ello. Así que no puedo estar de acuerdo con la "genial" idea que tengamos que presentar todos los papeles todos los años.

    Si me preguntan, presentaré todos los papeles y punto.

    #111 Es fácil. La vivienda en la que vives. Está muy claro.
  15. #112 Otro zasca!! Estás en racha
  16. #88 "Vale, así que un policia te pone 8000 multas, "

    Vale, pensé que Hacienda era una administración pública pero se ve que Hacienda es el nombre de una persona... ¿o no?
    Tiene cojones comparar una administración pública con una persona.
    En cuanto a que no hay que hacerle nada ¿cómo que nada? el juez condenó a Hacienda a devolver el dinero y a pagar una multa.

    Dices que el país permite que la administración abuse de manera brutal, y lo dices en una sentencia que condena a la administración, irónico.

    No, Hacienda no se equivoca en el 99.99% de los casos y no, no es tan difícil. Hacienda se equivocó conmigo y la policía se equivocó conmigo y ambos errores se subsanaron con una visita o dos a sus oficinas con cero costes, no fue tan difícil porque no es tan difícil.

    Claro que la administración debe estar en constante revisión, nadie dice lo contrario pero en cuanto a que "esos funcionarios deben ser despedidos" ¿qué funcionarios? ¿toda la administración? y ¿por qué? ¿quién abusa aquí?

    " las empresas no pierden subvenciones si no pagan suficiente a sus trabajadores"
    Erre que erre la burra al trigo ¿cuándo dije yo eso?

    "El recibo de la luz no demuestra nada, tu puedes no consumir luz pero vivir ahí."

    Sí claro ¿tú sabes que Hacienda se basa en unas estadísticas que te llevan la contraria en el 90% de las veces? por decir un porcentaje. No, que no cuela, podrá existir algún caso extraordinario pero la mayoría de las veces si vives en una vivienda se nota en la factura, incluso las eléctricas sacan patrones de las viviendas en base al consumo y a las franjas horarias ahora que tenemos el "maravilloso" (sarcasmo) contador electrónico.
  17. #114 tiempo al tiempo
  18. #74 Pues no, mis "casos cercanos" cumplen las leyes y pagan sus impuestos y sobre todo se aseguran de cumplir los requisitos de las ayudas que piden y si no los cumplen, no las piden, así de fácil y de sencillo es no tener juicios con la administración.
    Si tu entorno resulta que está llenito de gente con follones con hacienda, dice mucho de tu entorno y nada bueno además.
  19. #116 Primera frase, reducción al absurdo y comentario ridículo. Hacienda es un grupo de funcionarios, que se esconden detrás de hacienda y que tienen nombres y apellidos como los de los policías, pero a los que no se toca un pelo aunque hagan claramente abuso de sus funciones, como establece la sentencia.
    Ah, y cuando condenan a hacienda, nos condenan a todos, Tú y todos estamos pagando esa multa, no el funcionario que debería ser despedido.

    Una sentencia muestra claramente el hecho de que hacienda lleva años haciendo esto, y ha tenido que venir una sentencia a echarlo abajo. Sí, hacienda abusa de los ciudadanos, la sentencia es bien clara.

    Hacienda se equivoca el 99,99% de los casos, y no, no tengo porque ir a visitar a hacienda ni perder un minuto de mi vida en arreglar sus errores, que deben corregir ellos solitos. Si no saben hacer su trabajo es su problema.

    Los funcionarios abusan.

    Lo dices constantemente.

    El recibo de la luz no demuestra nada. No, no se tiene porque notar en la factura para nada, en un número enorme de veces.
    Si no te gusta el contador, es tu problema, no te mola que te roben? Pues disfrútalo.
  20. #31 Pues no es tu vivienda habitual, asi de simple.
  21. #118 Tarde o temprano tú y tus casos cercanos tendréis follones con hacienda, es solo cuestión de tiempo.
    Luego ya agacharás las orejas.
    Pero recuerda, si tienes follones con hacienda es siempre culpa tuya, como tú mismo has dicho. No se te vaya a olvidar. xD xD xD
  22. #36 Vamos a ver, por partes, comentas que vivias con tus padres y por eso no podias demostrar que vivias en el mismo municipio en el era la oferta de viviendas VPO ¿No estabas empadronado en casa de tus padres?¿Tampoco recibiste ninguna carta a tu nombre en ese domicilio?
    Por otro lado, si, es indicio pero en cierta manera también es prueba. Me explico, leyendo los comentarios, la gran mayoria de personas defienden el supuesto de que sea alguien que se pasa la vida viajando y por eso esta poco ahí y gasta muy poca luz, y por ello si tiene derecho a esa deduccion por vivienda habitual. Pero yo también me pregunto, si se pasa viajando tanto tiempo que su consumo anual es el equivalente al de una persona que no viaja al mes, ¿Es realmente esa su vivienda habitual? ¿O es una casa de su propiedad que solo utiliza cuando no está de viaje, que realmente es lo habitual? ¿No es mas su vivienda habitual los hoteles/apartamentos que utiliza al viajar que la que usa 4 dias al mes cuando no viaja? ¿Por qué se ha de considerar vivienda habitual simplemente porque sea de su propiedad aunque no pase ahi ni 4 semanas al año en total?
  23. #121 Joder, no se, mi familia es ya bastante mayor y en la vida han tenido problemas con hacienda, ¿Hay que esperar a ser mayor de 95 para que te emplumen o algo?
    Ni agachar las orejas ni pollas, si todo el mundo a tu alrededor tiene pufos con Hacienda, es que no son trigo limpio, lo normal es conocer un caso a lo sumo 2 y de oidas generalmente. Si en tu entorno lo habitual es que todos el mundo tenga uno o varios ciscos con hacienda... por algo será.
  24. #123 tiempo al tiempo, ya veras ya
  25. #117 ¿Eso quiere decir que propones que haya que entregar todo de oficio?
  26. Uno no puede deducirse por vivienda habitual y vivir como un ermitaño a la luz de las velas. A ver si os enteráis, que hay que gastar luz, que los sueldos de los asesores de estas compañías no se pagan solos!!
  27. #125 Eso quiere decir que solo es cuestión de tiempo que al funcionario de turno se le traspapele un papel o decida que has hecho algo que no has hecho para que tengas que ir a juicio y pagar de tu dinero para defenderte de una multa que vas a pagar sí o sí.
    Tiempo al tiempo.
  28. #110 Efectivamente, pero en ningún sitio está indicado que para poder tener derecho a la deducción de la vivienda habitual debas aportar cuánto gastas en servicios básicos para el domicilio. Te piden solamente el número de referencia catastral, que esté a tu nombre y estés empadronado en él. Si para tener derecho a la deducción tienes que gastar cierta cantidad en esos servicios básicos debería ser indicado abiertamente para que el ciudadano lo tenga claro.
  29. #127 No entiendo que propones ¿Propones que todo el mundo pueda defraudar lo que le de la gana? ¿O que para evitar que te revisen tengas que demostrar siempre todo lo que pongas?
  30. #128
    ¿Cómo que no está en ningún sitio?

    "La normativa de IRPF considera vivienda habitual, aquella que constituye la residencia del contribuyente, y que es habitada por éste de manera efectiva y con carácter permanente.

    A la hora de determinar que una vivienda no es la habitual del contribuyente, Hacienda se basa en una serie de indicios que, a su juicio, acreditan dicha falta de residencia. "

    "La Ley General Tributaria se remite, en cuanto a la carga de la prueba, a la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y la regla general es que cada parte debe probar los hechos que le beneficien. Por tanto, en materia tributaria se exige al contribuyente la prueba de los hechos que justifiquen la aplicación de deducciones, exenciones, bonificaciones y, en general, cualquier beneficio fiscal.

    Es por ello que, cuando Hacienda le niega a un contribuyente la aplicación de la deducción por inversión en vivienda, porque considera que la vivienda no es la habitual, es el contribuyente, y no la Administración, el que debe demostrar que dicha vivienda sí es en la que habitualmente reside. Y para ello puede valerse de cualquier medio de prueba admitido en Derecho."

    La referencia catastral solo identifica a la vivienda objeto de la deducción.
    No tiene que estar a tu nombre, puede estar a nombre del cónyuge en régimen de bienes gananciales.
    Estar empadronado es más que recomendable sí, Hacienda no te lo exige, pero tú sabrás que otros medios usas para probar que vives ahí sin estar empadronado.

    Y ya cierro la conversación, que yo por estas cosas cobro jejeje
    Un saludo.
  31. #130 Esos párrafos que comentas solo hablan de indicios, pero no deja claro cuales son, por lo que estamos a las mismas. El contribuyente no los tiene claros a la hora de solicitar su deducción por vivienda habitual.

    Por otro lado como se indica en el artículo no es que le niegue la deducción por la vivienda habitual en un primer momento y sea el contribuyente el que tenga que reclamar esa deducción aportando las pruebas oportunas, si no que una vez aceptada esa deducción la retira y sanciona al contribuyente por haber disfrutado de un beneficio fiscal que el mismo organismo que le sanciona le ha autorizado obviando hacer las comprobaciones oportunas.
  32. #131

    Los indicios son, entre otros, por poner algunos ejemplos:

    - Empadronamiento: Hacienda comprueba en primer lugar, dónde está empadronado el contribuyente, como un indicio de que ésta es su vivienda habitual.

    - Consumos: Hacienda se fija en los consumos de los principales suministros de la vivienda (agua, luz, gas…), y a partir de ellos determina si se corresponden con una ocupación efectiva y habitual de la vivienda.

    - Distancia respecto al centro de trabajo: Cuando el contribuyente tiene dos viviendas, Hacienda se fija en cuál de ellas es la que está más cerca del lugar del trabajo del contribuyente.

    - Distancia respecto al centro de salud: Al igual que en el caso anterior, la vivienda que se encuentre más cerca del centro de salud al que acude el contribuyente, es la que tiene más papeletas de ser considerada la habitual por la Agencia Tributaria.

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    Es que no ha obviado nada. Hacienda te puede comprobar las declaraciones de los últimos 4 ejercicios no prescritos en cualquier momento. Durante ese periodo puede hacer las comprobaciones que quiera.

    Y ahora sí que sí me despido. Otro saludo.
  33. #122 Claro que estaba empadronado alli, pero se ve que habia mucha picaresca y habia mucho empadronado que no vivia realmente alli.

    Al punto que quiero llegar es que para una promocion de VPO mandaron a la policia local para comprobar si los datos de algunos solocitantes que consideraban "sospechosos" eran reales. Y en cambio para una sancion administrativa de 20mil€ hacienda se fia solo de indicios y es incapaz de mandar a alguien a comprobar realmente esos indicios son reales o solo son "falsos posistivos"

    Por otro lado puede ser tu vivienda habitual y estar viajando, yo trabajo en una empresa que le salio un proyecto en mexico y al ser el unico soltero y sin cargas familiares me pidieron que me comiera yo solito el marron, me pase 1 año entero en mexico voviendo a españa 1 fin de semana cada mes
    Fue un año puntual dentro de una vivienda para toda la vida.

    Vamos a ver que son todo casos especiales, pero en toda españa pueden existir 800.000 personas que se benefician de esas deducciones, con que 0.1% sean algun tipo de "casos especiales" salen 80 personas a las que se les van a acusar de un delito del que son totalmente inocentes. Es suficiente para que hacienda se tome mas en serio el acusar a alguien de estar estafando
  34. #133 No me creo que no te aceptaran el padrón como forma de demostrar dónde vives. Creo que sería la primera vez que veo a un organismo oficial no aceptar documentos oficiales. Huele raruno.

    En el caso que me pones, tu vivienda habitual es méxico, no españa. Por mucho que tu lo consideres de otra manera, no estabas habitualmente en españa. Por mucho que quieras mantener tus ventajas, si no es tu vivienda habitual porque habitualmente estas en mexico durante ese año, lo siento mucho pero te jodes, no es tu vivienda habitual, tu vivienda habitual ese año, fue mexico, no España, por mucho que vinieses un finde al mes. Para considerar una vivienda como habitual, tienes que pasar viviendo en ella más de 6 meses al año. Un finde al mes, no son más de 6 meses al año, ergo, ese año, esa casa en España no era tu vivienda habitual.
  35. #134 Entiendo lo que dices pero.... No Sacado de la pagina de la agencia tributaria www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/V


    Se entiende por vivienda habitual, a efectos de esta deducción, la edificación que cumpla los siguientes requisitos.

    Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
    No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual, cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio , separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas

    Prosupongo que lo te estas diciendo lo estas deduciendo de la residencia fiscal que efectivamente tienes que pasar 6 meses

    De todas formas deja de creerte o no creerte las cosas, estoy contando mi caso particular y real no gano nada mintiendote si de verdad quieres dejar de hacer un acto de fe las condiciones de la VPO estan en www.emgvlasrozas.org/index.html aumque no se si estaran las de la promocion por las que opte
  36. #135 Interpretas que el traslado laboral se refiere a temporal, pero no, te habla de casos en los que hayas vivido alli por ejemplo 2 años y luego tengas que irte a vivir a Calaparra. Durante el tiempo que busques casa en la nueva hubicación, tu domicilio anterior se considera vivienda habitual, pero solo hasta que encuentres domicilio en tu nueva localidad, a partir de ahí ya no es tu vivienda habitual, ya que has tenido que desplazarte por trabajo. Cuando vuelvas de Calasparra, lo mismo, será tu vivienda habitual hasta que encuentres domicilio en la nueva localidad, pero luego, ya no.
    En tu caso, en cuanto encontraste domicilio en mexico, la casa de españa dejo de ser vivienda habitual y empezo a ser la de mexico.

    Por mucho que me pongas las condiciones de la VPO, sigo sin creerme que no te aceptaran el padrón y tuvieran que hacer una investigación policial para ver si vivias realmente ahi. Eres la primera persona que conozco a la que le piden el padron, lo presenta y no se lo aceptan a pesar de ser un documento oficial.
  37. #136 Bueno pues ya conoces a dos, a mi y a la chica de la noticia

    No comparto la interprertacion del punto 1 pero no he podido buscar mas ejemplos, mas adelatante los buscare para salir de la duda
  38. #137 Al de la noticia no es que no le aceptaran el padrón, es que le multan por declarar la vivienda por habitual sin serlo, lo cual detectaron mediante el recibo de la luz y el tio ha salido de rositas porque es cierto que no pueden basarse solo en el gasto electrico para demostrar que no vives ahi, pero nada de esto tiene que ver con padrón o no padrón.

    Ya me los darás pues.
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