El TSJM señala que no "se ajusta a derecho" el sistema que usa el fisco para determinar que un contribuyente consume poco y que por tanto no tiene derecho a la deducción por vivienda habitual
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Solución1: reclamar a la propia administración y por supuesto que será rechazada ya que deciden los mismos que te exigen el pago.
Solución2: pedir una nueva tasación propia y que la administración diga que no le gusta y manden ellos a su propio tasador y que luego te lo cobren... ahh, y que te sigan reclamando la cantidad original.
Solución3: ir a un contencioso administrativo, con casinos (abogados) y furcias (tasas) para que luego te den o no la razón.
Una vez más, contra la administración casi vale más la pena agachar la cabeza y someterte. Quizás ganes el juicio, pero todo el quebradero de cabeza no merece la pena... consuélate que con este dinero que te piden de más pagarán sanidad y educación.
A esas tres multas hay que sumar los cien euros por cada una de ellas, y el recargo retroactivo de cuatro años.
Y para colmo no me defenderá el abogaíllo del estáo, pues no soy la borbonsíta.
Al trullo, por listillo.
Recuerda que se llevan comisión de todo lo que afanan.
La deducción por vivienda habitual es otra cosa, es un concepto fiscal. Todos los años cuando haces la declaración y dices tener derecho a esta deducción, debes estar en disposición de poder demostrar que es así.
Al final nos vamos al tema de siempre: ¿para qué queremos personas si el procedimiento está escrito en piedra y no se puede hacer nada? Pues debiera haber un departamento de estudios personalizados donde se puedan ver estos casos (yo estoy sufriendo a Hacienda constantemente con el 7p, del cual no hay buena normativa).
A parte del gasto energético (facturas de luz y gas), puedes presentar facturas de agua, cartas certificadas que recibes en ese domicilio, registro de llamadas del fijo, partes del seguro del hogar... En la noticia tienes una lista.
Pero repito, la sentencia no dice que Hacienda no puede usar el criterio de gasto energético, sino que es ilegal si se basa únicamente en este criterio cuando hay otras pruebas legítimas para poder demostrarlo.
Así los contribuyentes podrían saber, sin dudas, si pueden acogerse a las deducciones.
Si me preguntan, presentaré todos los papeles y punto.
#111 Es fácil. La vivienda en la que vives. Está muy claro.
Vale, pensé que Hacienda era una administración pública pero se ve que Hacienda es el nombre de una persona... ¿o no?
Tiene cojones comparar una administración pública con una persona.
En cuanto a que no hay que hacerle nada ¿cómo que nada? el juez condenó a Hacienda a devolver el dinero y a pagar una multa.
Dices que el país permite que la administración abuse de manera brutal, y lo dices en una sentencia que condena a la administración, irónico.
No, Hacienda no se equivoca en el 99.99% de los casos y no, no es tan difícil. Hacienda se equivocó conmigo y la policía se equivocó conmigo y ambos errores se subsanaron con una visita o dos a sus oficinas con cero costes, no fue tan difícil porque no es tan difícil.
Claro que la administración debe estar en constante revisión, nadie dice lo contrario pero en cuanto a que "esos funcionarios deben ser despedidos" ¿qué funcionarios? ¿toda la administración? y ¿por qué? ¿quién abusa aquí?
" las empresas no pierden subvenciones si no pagan suficiente a sus trabajadores"
Erre que erre la burra al trigo ¿cuándo dije yo eso?
"El recibo de la luz no demuestra nada, tu puedes no consumir luz pero vivir ahí."
Sí claro ¿tú sabes que Hacienda se basa en unas estadísticas que te llevan la contraria en el 90% de las veces? por decir un porcentaje. No, que no cuela, podrá existir algún caso extraordinario pero la mayoría de las veces si vives en una vivienda se nota en la factura, incluso las eléctricas sacan patrones de las viviendas en base al consumo y a las franjas horarias ahora que tenemos el "maravilloso" (sarcasmo) contador electrónico.
Si tu entorno resulta que está llenito de gente con follones con hacienda, dice mucho de tu entorno y nada bueno además.
Ah, y cuando condenan a hacienda, nos condenan a todos, Tú y todos estamos pagando esa multa, no el funcionario que debería ser despedido.
Una sentencia muestra claramente el hecho de que hacienda lleva años haciendo esto, y ha tenido que venir una sentencia a echarlo abajo. Sí, hacienda abusa de los ciudadanos, la sentencia es bien clara.
Hacienda se equivoca el 99,99% de los casos, y no, no tengo porque ir a visitar a hacienda ni perder un minuto de mi vida en arreglar sus errores, que deben corregir ellos solitos. Si no saben hacer su trabajo es su problema.
Los funcionarios abusan.
Lo dices constantemente.
El recibo de la luz no demuestra nada. No, no se tiene porque notar en la factura para nada, en un número enorme de veces.
Si no te gusta el contador, es tu problema, no te mola que te roben? Pues disfrútalo.
Luego ya agacharás las orejas.
Pero recuerda, si tienes follones con hacienda es siempre culpa tuya, como tú mismo has dicho. No se te vaya a olvidar.
Por otro lado, si, es indicio pero en cierta manera también es prueba. Me explico, leyendo los comentarios, la gran mayoria de personas defienden el supuesto de que sea alguien que se pasa la vida viajando y por eso esta poco ahí y gasta muy poca luz, y por ello si tiene derecho a esa deduccion por vivienda habitual. Pero yo también me pregunto, si se pasa viajando tanto tiempo que su consumo anual es el equivalente al de una persona que no viaja al mes, ¿Es realmente esa su vivienda habitual? ¿O es una casa de su propiedad que solo utiliza cuando no está de viaje, que realmente es lo habitual? ¿No es mas su vivienda habitual los hoteles/apartamentos que utiliza al viajar que la que usa 4 dias al mes cuando no viaja? ¿Por qué se ha de considerar vivienda habitual simplemente porque sea de su propiedad aunque no pase ahi ni 4 semanas al año en total?
Ni agachar las orejas ni pollas, si todo el mundo a tu alrededor tiene pufos con Hacienda, es que no son trigo limpio, lo normal es conocer un caso a lo sumo 2 y de oidas generalmente. Si en tu entorno lo habitual es que todos el mundo tenga uno o varios ciscos con hacienda... por algo será.
Tiempo al tiempo.
¿Cómo que no está en ningún sitio?
"La normativa de IRPF considera vivienda habitual, aquella que constituye la residencia del contribuyente, y que es habitada por éste de manera efectiva y con carácter permanente.
A la hora de determinar que una vivienda no es la habitual del contribuyente, Hacienda se basa en una serie de indicios que, a su juicio, acreditan dicha falta de residencia. "
"La Ley General Tributaria se remite, en cuanto a la carga de la prueba, a la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y la regla general es que cada parte debe probar los hechos que le beneficien. Por tanto, en materia tributaria se exige al contribuyente la prueba de los hechos que justifiquen la aplicación de deducciones, exenciones, bonificaciones y, en general, cualquier beneficio fiscal.
Es por ello que, cuando Hacienda le niega a un contribuyente la aplicación de la deducción por inversión en vivienda, porque considera que la vivienda no es la habitual, es el contribuyente, y no la Administración, el que debe demostrar que dicha vivienda sí es en la que habitualmente reside. Y para ello puede valerse de cualquier medio de prueba admitido en Derecho."
La referencia catastral solo identifica a la vivienda objeto de la deducción.
No tiene que estar a tu nombre, puede estar a nombre del cónyuge en régimen de bienes gananciales.
Estar empadronado es más que recomendable sí, Hacienda no te lo exige, pero tú sabrás que otros medios usas para probar que vives ahí sin estar empadronado.
Y ya cierro la conversación, que yo por estas cosas cobro jejeje
Un saludo.
Por otro lado como se indica en el artículo no es que le niegue la deducción por la vivienda habitual en un primer momento y sea el contribuyente el que tenga que reclamar esa deducción aportando las pruebas oportunas, si no que una vez aceptada esa deducción la retira y sanciona al contribuyente por haber disfrutado de un beneficio fiscal que el mismo organismo que le sanciona le ha autorizado obviando hacer las comprobaciones oportunas.
Los indicios son, entre otros, por poner algunos ejemplos:
- Empadronamiento: Hacienda comprueba en primer lugar, dónde está empadronado el contribuyente, como un indicio de que ésta es su vivienda habitual.
- Consumos: Hacienda se fija en los consumos de los principales suministros de la vivienda (agua, luz, gas…), y a partir de ellos determina si se corresponden con una ocupación efectiva y habitual de la vivienda.
- Distancia respecto al centro de trabajo: Cuando el contribuyente tiene dos viviendas, Hacienda se fija en cuál de ellas es la que está más cerca del lugar del trabajo del contribuyente.
- Distancia respecto al centro de salud: Al igual que en el caso anterior, la vivienda que se encuentre más cerca del centro de salud al que acude el contribuyente, es la que tiene más papeletas de ser considerada la habitual por la Agencia Tributaria.
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Es que no ha obviado nada. Hacienda te puede comprobar las declaraciones de los últimos 4 ejercicios no prescritos en cualquier momento. Durante ese periodo puede hacer las comprobaciones que quiera.
Y ahora sí que sí me despido. Otro saludo.
Al punto que quiero llegar es que para una promocion de VPO mandaron a la policia local para comprobar si los datos de algunos solocitantes que consideraban "sospechosos" eran reales. Y en cambio para una sancion administrativa de 20mil€ hacienda se fia solo de indicios y es incapaz de mandar a alguien a comprobar realmente esos indicios son reales o solo son "falsos posistivos"
Por otro lado puede ser tu vivienda habitual y estar viajando, yo trabajo en una empresa que le salio un proyecto en mexico y al ser el unico soltero y sin cargas familiares me pidieron que me comiera yo solito el marron, me pase 1 año entero en mexico voviendo a españa 1 fin de semana cada mes
Fue un año puntual dentro de una vivienda para toda la vida.
Vamos a ver que son todo casos especiales, pero en toda españa pueden existir 800.000 personas que se benefician de esas deducciones, con que 0.1% sean algun tipo de "casos especiales" salen 80 personas a las que se les van a acusar de un delito del que son totalmente inocentes. Es suficiente para que hacienda se tome mas en serio el acusar a alguien de estar estafando
En el caso que me pones, tu vivienda habitual es méxico, no españa. Por mucho que tu lo consideres de otra manera, no estabas habitualmente en españa. Por mucho que quieras mantener tus ventajas, si no es tu vivienda habitual porque habitualmente estas en mexico durante ese año, lo siento mucho pero te jodes, no es tu vivienda habitual, tu vivienda habitual ese año, fue mexico, no España, por mucho que vinieses un finde al mes. Para considerar una vivienda como habitual, tienes que pasar viviendo en ella más de 6 meses al año. Un finde al mes, no son más de 6 meses al año, ergo, ese año, esa casa en España no era tu vivienda habitual.
Se entiende por vivienda habitual, a efectos de esta deducción, la edificación que cumpla los siguientes requisitos.
Que constituya la residencia del contribuyente durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo el carácter de habitual, cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran otras circunstancias que necesariamente exijan el cambio de domicilio, tales como celebración de matrimonio , separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o cambio de empleo u otras análogas justificadas
Prosupongo que lo te estas diciendo lo estas deduciendo de la residencia fiscal que efectivamente tienes que pasar 6 meses
De todas formas deja de creerte o no creerte las cosas, estoy contando mi caso particular y real no gano nada mintiendote si de verdad quieres dejar de hacer un acto de fe las condiciones de la VPO estan en www.emgvlasrozas.org/index.html aumque no se si estaran las de la promocion por las que opte
En tu caso, en cuanto encontraste domicilio en mexico, la casa de españa dejo de ser vivienda habitual y empezo a ser la de mexico.
Por mucho que me pongas las condiciones de la VPO, sigo sin creerme que no te aceptaran el padrón y tuvieran que hacer una investigación policial para ver si vivias realmente ahi. Eres la primera persona que conozco a la que le piden el padron, lo presenta y no se lo aceptan a pesar de ser un documento oficial.
No comparto la interprertacion del punto 1 pero no he podido buscar mas ejemplos, mas adelatante los buscare para salir de la duda
Ya me los darás pues.