El Tribunal Supremo ha absuelto a una mujer que hirió con un cuchillo a su pareja porque actuó en legítima defensa después de que él la agrediera y la amenazara con matarla y violarla. La Sala de lo Penal anula así la condena de dos meses por un delito de lesiones que le había impuesto a ella la Audiencia de Navarra al considerar que debe aplicarse la eximente completa de legítima defensa y no como atenuante. El Supremo considera que la mujer, víctima de violencia de género, actuó de forma proporcionada a una agresión ilegítima.
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El Supremo acuerda que los casos de agresión recíproca entre hombre y mujer, pareja o expareja, es violencia de género
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En la sentencia difundida este viernes, el alto tribunal rechaza el recurso del hombre y ratifica la sentencia inicial de un año y medio de cárcel por delitos de maltrato ocasional y amenazas graves, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas en el proceso judicial.
www.elmundo.es/cronica/2016/11/24/582f50f7e2704ed01c8b45a3.html
confilegal.com/20170920-por-que-el-gobierno-todavia-no-le-ha-concedido