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El Supremo dice que los trabajadores de subcontratas son indefinidos. ¿Y qué?

...Dicho a la inversa: para que un contrato temporal sea correcto ya solo queda la posibilidad de que la empresa lo haga directamente, sin cárnicas ni falsas ETT, y que haya una causa válida de temporalidad. Si no, el contrato es indefinido desde el primer día diga lo que diga el contrato aunque el trabajador lo firme con sangre de unicornio. Pero eso solo significa que tendrían que pagarte más indemnización si te echaran e iniciaras... relacionada: www.meneame.net/story/tribunal-supremo-tumba-contratos-temporales-liga

| etiquetas: laboro , supremo , laboral , contrato , indefinido , contrata
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  1. Lo que es vergonzoso es que esté normalizado de forma que si reclamas judicialmente se te paga la indemnización que toca y si no no, pero eso no hace que se ataje el problema de fondo ya que al próximo que entre le ocurrirá lo mismo.

    Es el recurrente problema de la reincidencia. A las subcontratas les sigue compensando a sabiendas que no son muchos los que reclamarán y cuentan ya con esos casos y aún así les salen las cuentas para seguir operando en fraude de ley.

    Cada sentencia en contra debería llevar asociada algún tipo de penalización que creciera exponencialmente para que el modelo en fraude de ley no fuera sostenible indefinidamente, como es ahora.
  2. #1 Y que tal si, viendo que es delito, alguien vaya a la cárcel y listo ? Así quizás el próximo que pensase en hacer algo así se lo pensaria un poco más.
    No puede ser que a las personas físicas le caiga todo el peso de la ley, pero basta con esconderse detrás de una empresa para que te puedas escaquear de casi todo.
  3. #2 Y que tal si, viendo que es delito, alguien vaya a la cárcel y listo ?

    Las sentencias deben ser proporcionales.

    No vería justo que alguien fuera a la cárcel por hacer una única vez lo que indicamos, pero sí encajaría en algún punto de la reinicidencia.
  4. #2 Cuidao no sea que se te lance encima el grupo de gente que considera que las empresas (en realidad, personas) deberían tener todos los derechos ya que emplean y tal
  5. #3 Quizás no me he explicado del todo bien, la clave en mi post era la palabra "alguien", sustituye cárcel por la pena proporcional que quieras (por lo menos para los casos menos graves, porque algunos si que merecerían carcel), lo realmente importante es que "alguien", una persona o personas responsables sean condenadas con alguna pena, no solo ese ente etereo llamado empresa.
  6. #1 a todas las empresas les compensa el fraude, la multa a pagar es infinitamente menor a lo que sacan cometiendo el delito.
    Una persona muy allegada, empieza a trabajar en una empresa en el mes de Enero, contrato indefinido, llega marzo, estado de alarma, la despiden el día 13 de marzo sin más, fue a juicio con la empresa y sólo sacó 200€, que evidentemente se quedó el abogado por sus servicios, la empresa admitió el improcedente y le pago a 33 días por año trabajado, pero solo llevaba 3 meses así que ....
    Y lo de los 15 días de preaviso? Ay amigo! Si la empresa admite improcedente no tienen que pagarlos.

    Otra persona que conozco, trabaja en unos conocidísimos hipermercados franceses con el logotipo azul, contratos de 2 meses + 3 meses luego un mes al paro, la vuelven a llamar y la misma jugada, 2 meses + 3 meses y luego UN AÑO para casa, lo maximo que los contratan son 10 meses al año, cuando,llevan un año fuera la vuelven a llamar. Así lleva compatibilizando desde hace más de 15 años con otra conocida empresa francesa que hace exactamente la misma jugada (esta tiene un pajarito), pero no la hacen indefinida ni de coña, y así están ella y todos los demás.
    ¿Es por temporalidad? No, por que cuando a ella y sus compañeras las mandan para casa contratan a otras personas en su sitio. Pero ¿quien mete mano a esa gente? Denunciar? No denuncian por que saben que no los vuelven a llamar, o como mucho les van a pagar un mes de sueldo de indemnizaciones y ale, sin curro.
    Crees que en inspección de trabajo no saben lo que ocurre? Solo con mirar la trayectoria de contratos de esta gente lo ven y pasan de todo....no olvidemos que son cientos de trabajadores al año por cada centro.
  7. #6 El primer caso no es fraude. Firmó un contrato y la despidieron. Y no le pilló el periodo de pruebas de milagro, si no , ni eso.

    No sé por qué fue a juicio. ¿Esperaba sacar más de 200 euros? las compensaciones por despido son claras y fácilmente encontrables por internet.

    Los 15 días de preaviso son si te marchas de la empresa, no si te despiden.

    Es un caso de mala suerte, esta crisis ha hecho que mucha gente se quede sin trabajo, y es normal que sean despedidas las personas menos valiosas y con menos experiencia de la plantilla.
  8. #6 A ver, en el primer caso, si lo contrataron en enero y lo despidieron en marzo, ¿qué indemnización superior a eso pensaba sacar?
    Lo raro es que sacará algo. Suele establecerse un período de prueba dentro del cual no cabe indemnización. Raro es que la empresa no lo pusiera.

    Los 15 días de preaviso solo son para el trabajador. Parece mentira que a estas alturas aún no lo sepamos. La empresa puede despedirte en el momento que quiera.
  9. #8 te equivocas, en contratos indefinidos la empresa tiene obligación de preaviso.
    No se trata de cuanto quiere sacar de indemnización, se trata de que la empresa despidió a esa persona el mismo día que empezaba el estado de alarma dejándolo en la calle sin posibilidad de encontrar trabajo por que todo estaba cerrado, sin preaviso ( que era obligatorio en ese tipo de contrato) sin pagarle vacaciones aunque fuesen 7 cochinos días...a la empresa le salió de lujo, le pago 190€ admitiendo improcedente cuando si le hubiese pagado las vacaciones ya era más dinero.
  10. #7 si que es fraude, si no ni siquiera hubiese ido a juicio.
    Alegaron “ fin de contrato” en un contrato indefinido sin preaviso, sin pagarle liquidación, ni siquiera le dieron el aviso por escrito. Lo llamaron y le dijeron que se cerraban los centros de trabajo por covid y a la puta calle.
    De hecho inspeccion de trabajo está metida ahora también en el tema.
  11. Malditos jueces del tribunal supremo vaya panda de franquist... coño!! Que me mola la sentencia !! Viva el tribunal supremo!! , ahora en serio ... cuando este gobierno de izquierdas va a acabar con las cesiones ilegales de trabajadores?, o eso no interesa?
  12. Tiene razón en el "Y qué". A día de hoy las subcontratas tienen poco sentido excepto a nivel organizativo y en trabajos para la administración, y serían totalmente eliminadas con un pliego decente.

    El resto son ilegales o ineficientes. Que se persiga la ilegalidad me parece genial.
  13. #10 tú mismo. Una empresa no puede despedirte sin preaviso, entre otras cosas mi trabajo ( por desgracia) es ese.
    Yo se que digo la verdad , la persona de la que hablo está en mi sindicato y lo conozco muy bien. Se perfectamente que es completamente cierto.
    Que te lo quieras creer o no, es asunto tuyo.
    Bye
  14. #3 Si haces constantemente con cientos de trabajadores durante años estas practicas ilegales a lo mejor si es proporcional ir a la carcel.
    Si las empresas carnicas siguen existiendo es porque alguien esta incumpliendo de forma sistematica la ley.
    Lo mismo en los hoteles con las kellys.
    Este tipo de practicas deberian tener más pena que tener que pagar lo mismo que aun indefinido si este denuncia. O no se acabara nunca con esta practica ilegal.
  15. #15 ni película ni leches.
    1. El abogado le ha cobrado 200€ por las consultas, más ir al conciliatorio y luego a juicio dado que la empresa no se presentó al conciliatorio.
    2. La empresa simplemente le echo por el estado de alarma. Llamada por teléfono y listo.
    3. A donde dices que tiene que ir a trabajar? si como ya te dije su centro de trabajo . ESTABA CERRADO POR ESTADO DE ALARMA.
    4. El abogado presentó la papeleta de conciliación vía telemática dado que el lunes estaba ya cerrado TODO.
    5. Paso de seguir con él tema, no tengo por que darte más explicaciones.
  16. #16 eso es lo que te dije en el primer comentario, si la empresa admite el improcedente se ahorra el pagarte el preaviso, cosa que en muchísimos casos es más ventajoso para ellos.
    Aunque no sea improcedente...
    De eso se trataba el tema inicial, de las triquiñuelas de las empresas.
  17. #12 ¿con el posoe teniendo el mando? nunca, cambiara la ley para que se siga sin cumplir o la empeoraran, que es lo que llevan haciendo 40 años los felipistas.  media
  18. #18 Por teléfono no se puede despedir. Si tenían todo cerrado podrían haberle mandado un burofax, con lo que a todos los efectos no había despido.

    Si hay algún abogado por aquí lo explicará mucho mejor que yo.
  19. #11 Entendido, el fraude es porque no le avisaron correctamente ni le dieron la parte proporcional al despido, por ser improcedente, y vacaciones.
  20. #16 La del preaviso es una buena discusión, aclaremos un par de puntos:

    Primero, que el trabajador tenga que dar 15 días de preaviso y la empresa no sería una asimetría inaceptable, sucede que la empresa, cuando se hace efectivo, suele preferir abonar esos días en lugar de mantener al trabajador, pero es su opción. La misma que tiene el trabajador, de dar los días o de que se los descuenten. Lo del preaviso lo tienes en el estatuto de los trabajadores, no recuerdo el artículo.

    Por otro lado, hay que recordar que el "improcedente" no es un tipo de despido en sí mismo. Es la calificación que da un juez a un despido en concreto, procedente o improcedente (correcto o incorrecto en los términos que ha planteado la empresa). Y aquí viene lo interesante, es común que la empresa pueda plantear un despido disciplinario, que no requiere preaviso, arguyendo una causa falsa a sabiendas de que al ser declarado improcedente sólo serán condenados a abonar la indemnización que corresponda. 45 días por año antes de la reforma del PP y 33 después. ¿Y el preaviso? Pues desapareció por arte de magia, se supone que está comprendido en la indemnización.

    Se da la pintoresca situación que tras la reforma, durante los primeros años, si sumas los 20 días por año de un despido objetivo y el preaviso, sale más caro para la empresa que está despidiendo con una causa justificada que le tendría que hacer más llevadero el trámite en el plano económico. Y lo cierto es que muchos contratos se resuelven en ese periodo inicial, por causas que nada tienen que ver con las declaradas. Así la empresa encuentra una ventaja espuria inventando una causa falsa para despedir a alguien que no tendrán que justificar, porque ya cuentan con que será inadmitida, respecto a la empresa que aporta causas objetivas para rescindir un contrato que ha de justificar bien. La diferencia de que el trabajador cumpla su jornada los quince días de preaviso o sean tan sólo indemnizados no altera finalmente las cifras de lo que perciben y desembolsan las partes.

    Por lo tanto y a la postre, el marco jurídico actual no hace más que incentivar la falsedad en las causas declaradas de despido, que siempre existen, sean o no constitutivas de despido disciplinario u objetivo, que son los dos únicos tipos de despido que existen a día de hoy además del colectivo (ERE).

    Si entendemos correctamente la función de la indemnización, hubiera sido más útil para evitar tanta falsa temporalidad del mercado laboral limitar…   » ver todo el comentario
  21. #9 te equivocas, en contratos indefinidos la empresa tiene obligación de preaviso.

    En casos particulares, se puede incluir en una cláusula. Pero decir de manera general que "en contratos indefinidos la empresa tiene obligación de preaviso" es demostrar que no sabes de qué hablas:

    Es obligatorio el preaviso de 15 días sólo para los despidos objetivos. En el caso de los disciplinarios, el despido puede ser realizado en el mismo momento en que se entrega la carta de despido.
    Por lo tanto, no será necesario el preaviso en el despido disciplinario, ni como tampoco aquellos en los cuales no se entrega carta de despido o que la empresa reconoce directamente la improcedencia (salvo que venga precedido de un despido objetivo).


    www.cuestioneslaborales.es/me-tiene-que-avisar-la-empresa-con-15-de-pr
  22. #13 Ehhh que ahora esta podemos no? O para lo único que valen es para pactar con etarras?
  23. "solo".???

    A mi me parece bastante.
  24. #9 En España el despido es libre. A cualquier indefinido lo pueden despedir pagando lo que corresponde.
  25. #23 Lo dudo. El improcedente se usa en casos como este. Y te pagan solo si reclamas.

    A un tío que lleva 10 años en la empresa no lo echan así, lo despiden por causas objetivas que desde la reforma laboral es muy fácil hacerlo SIEMPRE
  26. #3
    Es correcto, pero también son acumulables.

    No vas a mandar a alguien a la cárcel por hacer tres o cuatro contratos mal, pero cuando hace docenas, a lo mejor no es mala idea.
  27. #30 El problema es precisamente que no son acumulables. Cada nuevo caso es como si fuera la primera vez y la condena es en consonancia a ello.
  28. #26 Te vas a reír, pero ¿te dice algo la palabra casta?
  29. #2 Y que tal si, viendo que es delito...

    Nop! Incumplir la legislación laboral no lo convierte en delito. Todos los delitos están tipificado en el código penal, y casi todos los empresarios se cuidan muy mucho de no incumplirlo.
  30. #1 Dos palabras: FISCALÍA LABORAL.
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