El Tribunal Supremo ha fallado en una sentencia divulgada este jueves que el hotel Algarrobico, construido en el Cabo de Gata, en Carboneras (Almería), se edificó sobre terreno no urbanizable. La Sala de lo Contencioso del alto tribunal ha aceptado los recursos de Greenpeace y de la Junta de Andalucía y ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que en marzo de 2014 falló a favor de la constructora Azata del Sol.
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Justicia low cost.
Justicia low cost.
De otra fuente: "La licencia municipal de obras concedida en 2003 es legal en virtud de la sentencia firme de julio de 2014 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía"
La ley es igual para todos.
Es muy probable que por incompetencia de la administración acabemos pagando todos (otra vez) una millonada.
¿Por qué sugieres que habrá que pagar un lucro cesante al hotel? Cuando se hundió el Prestige y lo pasearon muchas millas de sur a norte y viceversa, ¿pagaron alguna indemnización a la hostelería de la costa gallega por las pérdidas?
Para poneros al tanto sólo hay que conocer el oscuro historial de la constructora, Azata, y su dueño, José Domingo Rodríguez Losada. Son unos mafiosos con muy buenos contactos en el PP que se hicieron de oro a costa de muchos... La constructora, Azata está involucarada en un montón de casos de corrupción y blanqueo:
En Boadilla del Monte: Plan para construir más de 200 chalés talando un bosque de 1.500 encinas. El alcalde (Arturo González Panero) imputado por la Gürtel y el arquitecto fue imputado por fraude fiscal, blanqueo y estafa.
En Majadahonda: aparecen vinculado a operaciones de cambio de suelo de la trama Gürtel.
En Marbella (Málaga): El socio de José Domingo Rodríguez Losada es investigado en el caso Malaya.
No creo que Jaume Matas concediera la licencia municipal ni que tenga nada que ver. Esto es un tema entre el ayuntamiento y la Junta de Andalucía, que tienen las competencias urbanísticas.
Por cierto, no doy crédito cuando veo que se han personado Greenpeace y la Junta de Andalucía. Señores de la Junta, ¿que hacían ustedes mientras se construía este engendro del turismo?
Estupendo; podrán meter a los responsables dentro cuando vayan a demolerlo
《Pero el alto tribunal es muy duro en su fallo de este jueves sobre otro de los aspectos de aquella actuación de la Sección Tercera del TSJA, el referente al cambio de jueces que se produjo para que llegara la segunda sentencia.》
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《El presidente de la Sala Contencioso Administrativo del TSJA en la que se produjo aquel extraño cambio, Rafael Toledano, es hoy magistrado del Supremo.》
www.ideal.es/granada/201601/28/rafael-toledano-nuevo-magistrado-201601
urbanistica91.com/wp-content/uploads/2014/09/Sentencia-de-10-de-diciem
(...) la Administración del Estado, especialmente concernida por las actuaciones urbanísticas que se
desarrollan en el ámbito de terrenos próximos a la costa, en tanto que titular del dominio público marítimo
terrestre, tampoco ejerció ni ha ejercido ninguna acción judicial para la impugnación de la licencia, que alcanzó
firmeza en vía administrativa al transcurrir el plazo concedido legalmente para interponer recurso, que como
ya hemos señalado es de dos meses desde la notificación efectiva de la licencia.
Importa hacer estas precisiones, porque si algo ha caracterizado el devenir de este proceso judicial
es la distorsión del auténtico objeto del enjuiciamiento, que, atendidos los actos recurridos, no es ni puede
ser, sin quebrantar la Ley y el conjunto del ordenamiento jurídico, un juicio a la legalidad de la licencia en su
conjunto, y por cualquier posible contravención del ordenamiento jurídico. Este juicio versa exclusivamente
sobre la posibilidad de revisar de oficio una licencia que había alcanzado años antes la situación de acto firme
y que tenía plenitud de efectos jurídicos, y ello, la revisión de oficio de una licencia y en general de cualquier
decisión de una Administración, solo puede declararse por los Jueces y Tribunales si concurren en la propia
licencia administrativa o en el procedimiento seguido para la concesión de la licencia unos vicios de ilegalidad
qué están tasados y muy precisamente delimitados por la Ley, los denominados vicios de nulidad de pleno
derecho. Sin embargo, la sentencia apelada ha desbordado en no pocos aspectos estos límites, como hemos
de ver a continuación, y con ello ha desnaturalizado el proceso judicial.
Por otro lado, a los jueces que antes dijeron que no, habría que revisarles las cuentas en Suiza por si tienen.
Échale un ojo a esto: "(...) «Ninguna responsabilidad puede derivarse de una
actuación administrativa escrupulosamente respetuosa con la legalidad» (párrafo último del fundamento
jurídico décimo).
La Sala de instancia no se ha limitado, por tanto, a exponer las razones por las que la Orden ministerial
aprobatoria del deslinde es ajustada a derecho, sino que ha rechazado que los daños o perjuicios derivados
de la construcción del hotel en zona de servidumbre de protección puedan atribuirse a la Administración
del Estado, quien respetó, a juicio de la propia Sala, la más estricta legalidad, y, en consecuencia, declara
desestimables íntegramente las peticiones contenidas en la demanda".
Y había más. Ahora tendría que buscarlo, pero venía a decir que sabiendo la empresa que estaba en una zona ZEPA, de especial protección ambiental y Reserva de la Biosfera, no puede esgrimir que la licencia permitía el hotel, y que habían causado un daño irreparable. A ver si no es la propietaria del hotel la que tiene que pagar una indemnización. (#46 #6 #24)
Como curiosidad, tampoco se contempló el lucro cesante de los hosteleros gallegos cuando se hundió y pasearon el Prestige, y es obvio que los hoteles y restaurantes de la costa tuvieron menor afluencia en 2003 y 2004, y seguramente en años posteriores. Eso no se incluyó en el sumario, y en compensación el gobierno de Aznar el Plan Galicia, que no aplicó ni su gobierno en dos años, ni el de ZP, del que su Ministra Magdalena dijo "Estoy harta del Plan Galicia de mier..."... pero eso ya es otra historia.
Eso por no hablar de la digitalización de los procesos, que lo de las torres de archivos de papel es de traca.
Nadie ha comentado nada sobre el "Plan de Ordenación de Recursos Naturales del parque natural de Cabo de Gata-Níjar (PORN)"
Pero el alto tribunal es muy duro en su fallo de este jueves sobre otro de los aspectos de aquella actuación de la Sección Tercera del TSJA, el referente al cambio de jueces que se produjo para que llegara la segunda sentencia.
Aquel cambio vino acompañado de una "total e incomprensible ausencia de resolución". Ningún argumento "dio cobertura a la modificación de Sección que improcedentemente y con vulneración de las normas de reparto" volvió a fallar sobre un asunto ya decidido, dice el Supremo.
Esta segunda resolución, abunda el Supremo, se produjo mediante una auténtica "vía de hecho". "Parece evidente concluir que lo correcto hubiera sido que la Sección 1ª acordara, mediante la oportuna resolución, la remisión de las actuaciones a la Sección 3ª". De no ser así, el asunto debió quedar en manos de la sección que ya había decidido sobre el caso, añade el Supremo.
Por si este conjunto de irregularidades no fuera suficiente, ocurre que la Sección Tercera carecía de competencia para asumir la deliberación y fallo del litigio, de acuerdo con las normas de reparto de la Sala, añade el tribunal.
El presidente de la Sala Contencioso Administrativo del TSJA en la que se produjo aquel extraño cambio, Rafael Toledano, es hoy magistrado del Supremo.
miradescritiques.blogspot.fi/2016/02/el-supremo-falla-que-el-hotel.htm
La precariedad laboral histórica en el levante almeriense, unida a la incultura más o menos generalizada, explican una opinión favorable hacia el hotel, entendido por los aldeanos como una fuente de ingresos a corto plazo, mientras que no se conocen o no se reconocen los beneficios de la conservación del Parque natural. Así, encontramos que en enero de 2006, el ayuntamiento de la localidad convocó una manifestación en relación al hotel de El Algarrobico, inundando las calles del pueblo con octavillas en las que en primer plano se podía leer "Manifestación por el Algarrobico", sin aclarar si dicha manifestación se convocaba a favor o en contra del hotel; esta acción demagógica se producía enmedio de la polémica que se había desatado al destapar la comunidad mediática la dudosa legalidad del asunto.