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El Supremo revoca la sanción a una juez que no dejó intervenir a una parte por no tener abogado

El Tribunal Supremo ha anulado la sanción que la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) impuso a una magistrada por haber impedido durante el.

| etiquetas: supremo , revoca , sanción , juez , intervenir , parte , abogado
  1. Ni un día, eso se llama corporativismo y lo demás es cuento.
  2. por haber impedido durante el desarrollo de un juicio a una de las partes interrogar a sus testigos y formular conclusiones, por actuar sin abogado.

    Estado de derecho, lo llaman.
  3. ah pues nada, impune
  4. #1 Clarísimo corporativismo:
    "El Supremo sostiene que la juez de Majadahonda, además de «infringir las más elementales normas de equidad y paridad procesal entre las partes, constituye un caso paradigmático de indefensión, pues la parte demandante no pudo plantear a los testigos las preguntas que a su derecho conviniera ni formular conclusiones», por lo que actuó entonces «de forma gravemente errada»."
  5. Pues claro como el agua. ¿Cómo va a imponer una sanción efectiva un organismo que tiene caducado su mandato desde hace un montón de tiempo?
  6. El razonamiento del TS para exculparla es para mear y no echar ni gota. Si hay aquí algún meneajte letrado, que nos lo explique, si puede.
  7. #6 Aviso a @PasaPollo que es abogado, pero me parece que la sanción de un día de suspensión es injustificablemente baja.
  8. #6 #7 No tengo ni idea del régimen disciplinario de los jueces más allá de un recuerdo por encima de la LOPJ. Parece que el Supremo no discute la gravedad, hm, "moral" de la actuación, sino que dicha actuación no entra dentro de ningún tipo del régimen sancionador del contencioso.

    No tengo ni papa de si esto es una interpretación extremadamente restrictiva de los tipos sancionadores, o si efectivamente tienen razón los magistrados del Supremo y la ley no permite sancionar por esto.

    Pero si la tienen, tocaría cambiar bien a fondo el régimen sancionador. No puede ser que hacer esta burrada salga tan barato.

    En la carrera uno estudia que las fuentes normativas son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.

    Luego cuando uno empieza a trabajar sabe que hay dos fuentes normativas superiores incluso a la Constitución: el "en este juzgado siempre se ha hecho así", del LAJ, y el "le digo que es así y es así" de SS.
  9. Demasiadas películas de Jolibú... donde se puede uno defender sin abogado.
  10. #9 También demasiada gente que comenta sin leer la noticia, metiendo la pata hasta el fondo.
  11. #8 Parece ser que ahora los cojones/ovarios del juez también son fuente de derecho.
  12. #11 ¿Ahora? Desde siempre. Es precisamente de constatar ese hecho que nacen el realismo jurídico norteamericano y escandinavo, sistemas en los que los precedentes, hasta procesales, son fuente.
  13. #10 ¿Como por ejemplo?
  14. Es que se habían pasado con la pobre. Por una triste "infracción muy grave" la habían condenado a... ¡un día de suspensión!
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menéame