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El testamento de Doña Virginia: 108 misas anuales bloquean un plan inmobiliario municipal en la milla de oro de Vitoria

El testamento de Doña Virginia: 108 misas anuales bloquean un plan inmobiliario municipal en la milla de oro de Vitoria

El Ayuntamiento de Vitoria tiene planes urbanísticos para un edificio de su propiedad en pleno corazón de la ciudad, en el 28 de la calle Florida, antigua rúa de Carlos VII, un inexistente rey de España que fue pretendiente carlista al trono y al que el franquismo elevó a los altares. El bloque –puerta de madera, tres alturas, dos buhardillas, jardín trasero, ultramarinos en el bajo y acceso peatonal a un garaje interior de tres pisos– también es centenario. En realidad, la ciudad tiene la propiedad de casi todo el bloque.

| etiquetas: testamento , misas
  1. Quiero saber como termina esto, las misas, ayuntamiento...
  2. #1 Esto va a ser un deleite para letrados civilistas, y letrados en general como mi amigo @PasaPollo
  3. #1 mi duda es que si se incumple el testamento ¿la propiedad no debería pasar a manos del estado?
  4. #3 Ni idea, estaremos esperando como se resuelve.
  5. Todavía con el tráfico de bulas? Por otra parte, menudo culebrón. La que se ha liado por unas misas in eternum...
  6. #2 Una pregunta, los abogados que te atienden telemáticamente ¿son iLetrados?
  7. #2 Jojojo. Pero qué maravilla de culebrón. Pero qué bien escrito e investigado. Pero qué giros. Esto es una delicia. Gracias por avisar y gracias a #0
  8. #5 si en vez de “in eternum” hubiesen puesto “in ethereum” aun habrían sacado unas pelas.
  9. #3 Depende de la causa del incumplimiento. Supongo.
  10. #0

    El denunciante [....]

    Sus conclusiones son que el testamento está claramente incumplido y que, por ello, el Ayuntamiento no está legitimado para disponer de la propiedad a su antojo. O se hacían las 108 misas anuales –ahora mismo irían ya por alrededor de 4.750– o no hay casa.

    –¿Y la bula? ¿No suprime la condición de las misas?

    –La Iglesia, aunque tenga palabra en términos de espiritualidad general, es un tercero sin autoridad en el citado deseo de recuerdo místico, no teniendo capacidad para alterar las condiciones de un testamento ya redactado. Es más, si la institución eclesiástica se hubiese mantenido en la interpretación piadosa del caso, podríamos estar ante un dudoso debate. Pero el Obispado, con permiso de Roma, pidió dinero a cambio de un incumplimiento flagrante de las obligaciones del testamento. Es decir, actuó como empresa, no como congregación moral.

    Si las condiciones las pone la propietaria al Ayuntamiento, la Iglesia no tiene nada que decir, recalca. Ni aunque esté El Vaticano de por medio. Incluso si se diera por bueno que entre 1980 y 1985 sí se hicieron las eucaristías, el inquilino estima que eso no es suficiente. En el testamento de Doña Virginia, una de cuyas copias atesora, no hay límites temporales. Es un mandato a perpetuidad y ha encontrado una sentencia judicial que así lo confirma. Es de 2019 y la emitió la Audiencia Provincial de Álava.
  11. #6 Son teletrados. Los iLetrados son los que te cobran el triple por hacer lo normal.
  12. #1 y quien será el conocido inquilino
  13. Vaya historia! Cojo sitio por aquí :popcorn:
  14. #6 Si lo hacen bajo Windows son los que se quedan ahí colgados.
  15. Y por eso queridos niños nunca nunca hay que dejar nada en herencia a la iglesia. Prometen misas y luego dicen que son caras y no las hacen.
    2000 años de estafa.
  16. #1 Es fácil: la iglesia no cumple, así que la propiedad pasa a no ser de nadie, de manera que la iglesia se la inmatricula de inmediato por 30€. Acto seguido la iglesia cede por diez años el edificio en ruinas al ayuntamiento para que lo tire y lo reconstruya de nuevo, a ser posible con más alturas, para que cuando lo reupere esté listo para sacarle dinero a todo trapo.

    Y asunto solucionado.
  17. Me parece increíble que se esté especulando con hacer caso los deseos de una persona muerta en forma de representaciones teatrales de hechiceros zombies.
    " La exigencia, como mucho, se cumplió hasta 1985". Demasiado tiempo gastando dinero en fantasías esquizofrénicas.
  18. #1 Ya lo dice en la noticia, pelotazo y pisos de lujo.
  19. No queda claro quien es el denunciante. Puede que todavía quede culebrón.
  20. #8 ¿Unas pelas? Te das cuenta de que ya no eres un crío, ¿no?
  21. #3 Justo lo mismo que pensaba yo: supuestamente no hay herederos.
  22. #2 Se declara el edificio en ruina o fuera de normativa por no cumplir la ley de habitabilidad. Se le retira la cedula de habitabilidad y se extingue el contrato del edificio por no cumplir el edificio las condiciones que marca la norma para habitarlo. Se derriba y que rece otro. Que haya un testamento no implica que el edificio no deba cumplir otra serie de normativas para existir o el día que se caiga ha de dejarse el solar, un señor en tienda de campaña y misas hasta la eternidad?.
    Si el edificio está en las condiciones que dice el articulo no tardara mucho en presentar problemas que hagan su estado incompatible con su uso.
  23. Espero que doña Virgina regrese reclamando lo que es suyo y le deben por derecho {0x1f602}
  24. #21 Ahora sería bueno que este hombre se casase.... Ya sería la gorda xD
  25. #10 Iglesia Católica Apostólica Romana, S.A.
    #15 Se dejó en herencia al ayuntamiento, no a la iglesia.
  26. #22 Depende, si te ciñes a esas leyes muchos edificiones centenarios deberian ser desalojados directamente.
    Una cosa es declararlo inabitable y otra poder hacer lo que quieras con el habiendo testamento por medio.
  27. #27 para eso están los catálogos de Patrimonio. Para que aquellas edificaciones que han de ser salvadas puedan esquivar ciertas obligaciones.
    Estoy seguro que una declaración de ruina por parte de un ayuntamiento está por encima de un testamento y dado que según la noticia no ha superado el IEE, las viviendas de planta alta no cumplen altura libre, no tiene ascensor ni calefacción creo que esa declaración puede estar próxima. Además si el Ayto quería demolerlo no puede estar inscrito en catálogo de patrimonio.
  28. #28 No dudo que puedan declarar ruina y tirarlo. pongo en duda que una vez tirado puedan hacer algo debido al testamento.
    No tener ascensor o calefaccion no creo que puedan ser causa de tirar una casa lo siento. Las alturas minimas te lo compro, pero habria que ver si es subsanable.
  29. #1 La historia desde luego es interesante. xD

    Y quien la cuenta además se lo ha currado, todo sea dicho.
  30. #20 #5 ¿Y que estamos en 2022?
  31. #31 Bueno, la noticia habla todo el rato de pesetas, salvo los 12.000 euros de la bula. "La pela es la pela" se sigue usando en el lenguaje coloquial.
  32. #32 Ya, hombre, si lo digo de coña. A mi el detalle me ha hecho gracia. Un abrazo. :hug:
  33. #22 desconozco la normativa por allí, pero si el edificio tiene x años o es historico no lo puedes tirar, tienes que conservar la fachada, si no se cae sospechosamente.
    En casos como este sería muy burdo
  34. #17 El Ayuntamiento podía haber rechazado el donativo
  35. Ojalá se aparezca en los pisos pijos el fantasma reclamando sus misas
  36. #36 debería.
  37. España es un estado laico.
    El señor que bloquea solo busca sacarnos tajada a todos.

    Síganme para más obviedades!
  38. #40 no busca dinero, busca vivir en su hogar.

    En cualquier caso tiene las de perder, si se considera incumplido el testamento y no habiendo herederos la propiedad pasará al estado en vez de al ayuntamiento pero el final seguirá siendo la venta
  39. #24 No parece mala chabola :-S
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menéame