La Audiencia de Lleida ha condenado a 3 años de cárcel a una mujer por un delito de homicidio en grado de tentativa tras intentar matar a su marido en Mollerussa (Lleida), y deberá indemnizar con 5.000 € al hombre. La Audiencia considera probado que la mujer después de haberle ofrecido unas natillas con sedantes, que la víctima no se comió al tener un sabor extraño, golpeó a su esposo primero con una botella de cava y luego con un objeto contundente de cristal además de intentar golpearlo nuevamente con un jarrón hasta que llegaron los Mossos.
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etiquetas: mollerusa , lleida , homicidio , tentativa , natillas
Otra cosa es como lo habrían enfocado los colectivos feministas y la prensa.
Chapuza...
sin ira, hay igualdad.
Guárdate tu miedo pollaherida,
porque hay igualdad,
sin ira, hay igualdad.
Y si no la hay, sin duda la habrá.
¿es que ese juzgado no hace cursos de derecho con perspectiva de género?
Chicos, ya está bien de andar bebiéndoos cualquier mierda que encontráis por casa.
#vicio
Insinuar que las mujeres adultas tienen la misma responsabilidad penal que los menores es machismo en esencia pura, si no eres capaz de verlo habrá que subvencionar más al feminismo para que te enseñe mejor.
Ahora en serio, no entiendo la sentencia, uso de veneno es una agravante.
¿Entonces por qué dirías que tienen distinta consideración los delitos realizados contra menores?
gomeraverde.es/art/74413/pena-de-14-anos-de-carcel-por-intento-de-ases
www.rtve.es/noticias/20181121/agravante-genero-debe-aplicarse-aunque-n
Lo mismo estoy confundido, si es así agradecería que me sacaras del error.
CC #1
Edit: y en el caso de homicidio, también puede aumentar la condena (aunque la diferencia es pequeña al ser ya de por sí la condena grande, pero son un par de años más)
www.lne.es/asturias/2018/07/18/asesinato-agravantes-o-violencia-machis
Vamos, que el delito será el mismo en el intento de homicidio, pero si es de hombre a mujer se le suma un agravante. En este caso si no me equivoco podría pasar de 3 a 5 años.
vaya vaya, que casual que cada vez haya más noticias intentando evitar los delitos diciendo que la otra persona es el agresor e intento violarla mmmmmmmm
#63 eres rápido, forastero
DHONDHE CABENH 9 CABEMN 10!!
#10 #11 #13 #20 menos mal que no puse una frase con un perro, pues estaríais pensando que comparlo las mujeres con un perro. La "literalidad" domina vuestras vidas, y las de mucha gente, a tenor de los negativos.
Y luego, por un lado unos me tachan de feminazi, como #18, y otros de machista cerrado, como #28 y #39.
#48 hay mucha gente que no se para a pensar y solo echan rabia por la boca. Una lástima por que habalndo se entienden los argumentos, pero hay que querer hablar.
Esto del feminismo está llegando a puntos cómicos, aunque no tiene ni puta gracia.
"debe aplicarse en todos aquellos casos en que haya quedado acreditado que el autor ha cometido los hechos contra la víctima mujer por el mero hecho de serlo y con intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a la misma".
El agravante por violencia de género es similar al agravante que supone un delito de odio (esto es, un origen ideológico), que ha de "quedar acreditada" como también dice el mismo párrafo.
Es muy sencillo de entender si sustituyes en el párrafo "mujer" por "negro":
"debe aplicarse en todos aquellos casos en que haya quedado acreditado que el autor ha cometido los hechos contra la víctima de raza negra por el mero hecho de ser negra y con intención de dejar patente su sentimiento de superioridad frente a la misma".
cc #62 #79
"a partir de ahora la intención de dominación o machismo no es un requisito que tenga que probarse en el juicio. El mero hecho de una agresión de un hombre contra una mujer que sea su pareja o expareja ya constituye un acto de violencia machista"
elpais.com/sociedad/2019/01/08/actualidad/1546959665_854962.html
twitter.com/ladycrocs/status/1136344805682884609?s=20
¡Estas natillas están de muerte!
Artículo 138: 1. El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años.
Artículo 62. A los autores de tentativa de delito se les impondrá la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la Ley para el delito consumado, en la extensión que se estime adecuada, atendiendo al peligro inherente al intento y al grado de ejecución alcanzado.
Los grados se hacen mediante una operación matemática. Una rebaja de un grado supone coger la pena mínima (10 años, en este caso), dividirla por 2 (5 años) y lo restas a dicho límite mínimo (10-5=5 años). Con lo cual, la rebaja de un grado en este caso comporta una pena con la horquilla entre 5 y 10 años.
Gracias a esto sabemos que fue una pena minorada en dos grados, donde vuelves a hacer la misma operación matemática y te sale una horquilla entre 2 años y 6 meses y 5 años.
La sentencia es ajustada a derecho.