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El Tribunal Constitucional anula la condena que el Supremo impuso al rapero César Strawberry

El Pleno del Tribunal Constitucional ha anulado este martes la condena que el Tribunal Supremo impuso al líder de Def con Dos, conocido como César Strawberry, de un año de prisión

| etiquetas: tribunal , supremo , constitucional , anula , condena , rapero , strawberry
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  1. #59 ¿Tu comentario falaz (además de cansino y repetitivo)? Claro.
  2. Puto chiste de país y puto chiste de democracia. El Régimen del 78 da asco y pena a la vez.
  3. #7 no solo los jueces se van de rositas, es que el fiscal que gastó dinero público para perseguir a este hombre después de ser absuelto en la Audiencia Nacional, porque le dio la gana de ir a por el cantante de Def Con Dos, también.

    La Fiscalía insiste en buscar una condena contra César Strawberry por seis tuits y un retuit
    www.eldiario.es/politica/Supremo-absolucion-Def-enaltecer-terrorismo_0
  4. #58 o así, que casi ni te enteres ;) :

    www.youtube.com/watch?v=kRNQdV0ofW8
  5. #3 Se te ve muy puesto en jurisprudencia.
  6. #105 yo?
    Por favor... No. Ni lo piense.
    Solo hago lo mismo que hacen los jueces del TS en este país, guiarme por mi ideología política. Yo al menos no le devo favores que he de pagar a nadie, y no quedo ni pongo en vergüenza a compañeros; yo solo hablo por mi.
    Con mi simple ideología me vale.
  7. #43 O sea, que lo ponderó. Pues eso.
  8. #107 si, hombre lo pondero, lo pondero...
    Justo justo por en arco del triunfo...
    Pero lo pondero, poquito y así de pasada... pero lo ponderó.
    Por eso anulan su sentencia... porque lo pondero... con su ideología... pero lo pondero.
    Por eso le repito, le anulan la sentencia de Marchena, porque lo pondero ideológicamente.
  9. #101 Pues eso, que no iba dirigido a nadie en particular, sólo a los que os sintiérais aludidos. A ti se nota que te ha incomodado, pero no alcances a justificar por qué, así que no será tan falaz.
  10. #108 Por eso no prevarica. Puedes ser todo lo pesado que quieras pero no vas a tener razón. No le van a meter mano por mucho que exageres en Meneame. Lo creas o no, no lo usan en el Constitucional para tomar decisiones.
  11. #110 pero es que usted pensaba que a Marchena alguien le puede meter mano?
    Protegido por quien esta y trabajando "lo bien" que lo hace para la voz de su amo?
    Jajajajajajajajajajajajajajajajajaja
    Jajajajajajajajajajajajajajajajajaja...
    Ni siquiera a mi se me pasaría por la cabeza pensar eso.
    Jajajajajajajajajajajajajajajajajaja que bueno... tocar a Marchena...
    Jajajajajajajajajajajajajajajajajaja
  12. #104 Ojalá pase algo que te borre de pronto.

    :hug:
  13. #112 desde luego, no sabía que te ibas a poner así {0x1f61d} {0x1f602}
  14. #111 Me temo que tienes bastante más de los 12 años que aparentas.
  15. #114 ciertamente bastantes, bastantes mas.
    Pero lógico que con la LOMCE no lo ha podido deducir.
  16. #23 La Audiencia Nacional ABSOLVIÓ a César Strawberry: www.elmundo.es/espana/2016/07/19/578dff71ca4741b67b8b4657.html
  17. #40 Lo ponderó poco y mal y, las causas que pueden encerrar a un hombre en prisión y destrozar su honorabilidad, se deben ponderar mucho y bien. Porque al señor ponderador no le gustaría que se le ponderase poco y mal. Vamos, que no otorga a los demás lo que él querría para si mismo, lo que denota al menos que es una persona soberbia y, por tanto, injusta a la hora de comparar a las demás personas consigo mismo. No parece un buen principio para ser un buen juez.
  18. #116 Es que, ese tribunal no debería de haberle ni tocado, es un tribunal sin jurisdicción... vaya tela...
  19. #7 #3 Lo comentaba aquí también con respecto a esta noticia:

    www.meneame.net/c/28857521

    "Si el TC considera que el juez no considero suficientemente la libertad de expresión, solo tiene una explicación, prevaricó."

    No necesariamente. Puede tener una opinión distinta, puede equivocarse, puede seguir otra doctrina u otra línea jurisprudencial. No es la única explicación.
  20. #119 ya, hay otra explicación. Se llama interpretación de la ley.
    - el juez "interpreta" lo que le dicen, los que le han puesto. -
  21. #115 ¿La LOMCE? {0x1f602}
  22. #120 Vamos a ver: principio general del derecho, quien acusa ha de probarlo. Una prevaricación consiste en un error a sabiendas y deliberado, así que habría que probarlo. Y no hay pruebas de ello. La sentencia estaba fundamentada (aunque no estuviese de acuerdo con ello).
  23. #122 existe otra explicación.
    Lo llaman interpretación de la ley.
    - Marchena interpreto la ley tal y como le dijeron que haga los que le han puesto. -
    Interpretaciones a esa sentencia hay muchas.
  24. #123 Volvemos a la misma, deberías probar que esa interpretación fue inducida por otros. Eso sí es prevaricar.
  25. #124 probar? Mas?
    Jajajajajajajajajajajajajajajajajaja...
    Muy bueno. Para que?
    Yo doy mi opinión, usted expone la suya. Ni usted ni yo tenemos potestad para poder destituir a ningún juez.
    Pero en mi antiguo trabajo (en la empresa privada evidentemente) un caso parecido (haber realizado algo mal por no considerar variantes) me hubieran despedido...
    Pero claro, empresa privada y no me nombraron a dedo.
  26. #125 No, no, no me entiendes. No estoy diciendo que debas hacerlo. Estoy poniéndome en el caso hipotético.

    Es un trabajo un poco distinto el de juez. Se parece al del médico. Lo relevante es si se hizo conforme o no a la lex artis.
  27. #126 la verdad que no entiendo en absoluto el ejemplo expuesto con usted. No tienen absolutamente nada que ver uno con el otro en este caso.
    Dado que la relación extracontractual de un medico publico con su paciente nada tiene que ver con este caso.
    El paciente en su exposición puede morir y no habría remedio.
    En el caso Marchena hay una institución superior para corregirle y las consecuencias no son fatales.
    Sinceramente no encuentro correlación en ambos casos y aquí aplicar la lex artis, para mi no tiene sentido.
  28. #127 Es sencillo. A un juez, al igual que un médico, se le pide que haga bien su trabajo. A un médico se le castiga si no ha seguido los protocolos y tratamientos establecidos, no en función del resultado. Si un médico hace todo según el manual, o hace un diagnóstico con fundamento, y el paciente no se recupera o empeora, no se le puede pedir responsabilidad porque actuó conforme a su criterio profesional.

    Lo mismo para un juez. El hecho de que una sentencia sea apelada con éxito no quiere decir que el juez fuese negligente o corrupto, sino que un juez superior tiene un criterio distinto.

    Sencillo. Obligaciones de actos vs obligaciones de resultado.

    pd: Los médicos públicos pueden ser condenados por negligencia.
  29. #128 evidentemente que un médico (publico) puede ser acusado por negligencia. Lo mismo que un juez.
    El asunto es quien lo hace, y conociendo casos existentes, también conozco el concepto de corporativismo.
    Pero aunque no nos pongamos de acuerdo, continuo sin ver la correlación del caso de Marchena con la lex artis, dado que hay un tribunal superior; el cual ha corregido su dictamen remarcando negligencia en la actuación del mismo. Guste o no guste ha remarcado negligencia de actuación, como bien señala la sentencia del TC al no haber ponderado suficientemente (como es su obligación) la libertad de expresión (tal como le habían "recomendado" los que le colocaron en su puesto. Este ultimo apartado es mio evidentemente, conociendo "un poco" tras 27 años como funciona el entramado político de este país).
  30. #129 ¿Ha remarcado negligencia? ¿O únicamente ha señalado que el criterio que ha seguido Marchena no ha ponderado lo suficiente la libertad de expresión? Son cosas distintas, y creo que estamos en un razonamiento circular.
  31. #130 no ponderar algo, no es no haberlo considerado?
    Que un juez no considere algo (por desconocimiento, por dejadez, porque no quiere, porque no le da la gana... Puede poner usted mas) no es negligencia?
    No estamos en un razonamiento circular, usted razona a su manera y yo lo realizo a la mía.
    Lo que ocurre es que usted defiende su teoría y yo defiendo la mía.
  32. #118 Cómo que sin jurisdicción?

    Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

    Artículo 62.

    La Audiencia Nacional, con sede en la villa de Madrid, tiene jurisdicción en toda España.


    www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1985-12666&p=20190725&tn=1#
  33. #132 efectivamente, una mierda pinchada en un palo, la mitad de las cosas que han juzgado últimamente en el juzgado regional no hubieran salido ni en los medios e incluso algunos se hubiera sobreseído directamente. Es una mierda de tribunal de la época centralista y carca del franquismo y encima de usa para hacer política.
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