En su sentencia, ya revocada, la titular del Juzgado de lo Social 39 de Madrid minusvalora el esfuerzo físico que requiere la limpieza en oficinas y reduce el trabajo a "funciones de carácter liviano", como "el desempolvado".
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etiquetas: limpiadora , pensión
Espero que la metan una buena sanción.
CódigoCNO11:9210 PERSONAL DE LIMPIEZADEOFICINAS ,HOTELES Y OTROS
ESTABLECIMIENTOS SIMILARES
COMPETENCIAS Y TAREAS:
El personal de limpieza de oficinas, hoteles y otrosestablecimientos similares realiza diversas tareas de
limpiezaconelfindemantenerlimpiosyordenadoslosrecintosysuperficiesdehoteles,oficinasyotros
establecimientos,asícomodeaviones,trenes,autobusesyvehículossimilares.
Nota: Los trabajadores que realizan tareas de limpieza y asistencia sólo en cocinas y otras zonas de
preparacióndecomidasseclasificanenelgrupoprimario9310,Ayudantesdecocina
Entresustareasseincluyen:
- barrer o limpiar con máquina aspiradora,lavar y encerar suelos ,muebles y otro senseres en edificios,
autocares,autobuses,tranvías,trenes y aviones;
- hacer camas, limpiar cuartos de baño y suministrar toallas, jabón,etc.;
- limpiar cocinas y ayudar en las faenas de cocina en general ,incluido el fregado de cacharros;
- recoger basura, vaciar contenedores de basura y llevar su contenido a los puntos de recogida
Enfermedades profesionales: túnel carpiano, inhalación productos limpieza...
Es mas, en españa se dan pensiones antes de intentar adaptar los puestos de trabajo, que seria mucho mas logico…
Jugando a su juego entonces ella no debería recibir pensión ya que su trabajo consiste en escuchar historias de la gente sentada en una cómoda silla y decir al final "culpable" o "inocente". Un currito fácil y sencillo.
Tal vez explicandoselo asi, lo entediese. Aunque...probablemente no