El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha declarado este jueves que es ilegal que un juez ordene a una operadora de telecomunicaciones realizar una supervisión general de los datos que transmita en su red para evitar descargas ilegales de archivos protegidos por derechos de autor.
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Saludos
Salu2
Salu2
- Ley Hadopi o tres avisos: Se vería afectada, puesto que la Ley Hadopi obliga a que las ISP vigilen la conexión de un presunto infractor:
en.wikipedia.org/wiki/HADOPI_law#Enforcement
De hecho, en Francia ya se comenta que HADOPI, o parte de ella, podría ser tumbada por esta decisión europea:
www.numerama.com/magazine/20700-une-hadopi-3-contre-le-streaming-deja-
- Ley Sinde: No, puesto que la Ley Sinde no actúa contra usuarios, sino contra webs. No se vería afectada.
- Capados de los ISP: No, puesto que serían decisión de la propia ISP. De todas formas, en teoría el "Paquete Telecom" obliga a que si una ISP te va a capar cierto tráfico, te debe avisar previamente a la hora de contratar el servicio.
- SOPA: Imposible. Para empezar, por temas de jurisdicción, una decisión judicial europea no puede afectar a una ley USA. Por otra parte, SOPA actúa de manera similar a la Ley Sinde, es decir, contra webs, no contra usuarios.
Eso que has dicho no es cierto ... de la noticia, que cita la sentencia:
- "el requerimiento judicial por el que se ordena establecer un sistema de filtrado implica supervisar, en interés de los titulares de derechos de autor, la totalidad de las comunicaciones electrónicas efectuadas en la red del proveedor de acceso a Internet afectado, supervisión que, además, es ilimitada en el tiempo [...] por lo tanto, dicho requerimiento judicial implicaría una vulneración sustancial de la libertad de empresa de Scarlet, dado que le obligaría a establecer un sistema informático complejo, gravoso, permanente y exclusivamente a sus expensas"
- "podría vulnerar la libertad de información, dado que se corre el riesgo de que el citado sistema no distinga suficientemente entre contenidos lícitos e ilícitos, por lo que su establecimiento podría dar lugar al bloqueo de comunicaciones de contenido lícito"
- "no respetaría el requisito de garantizar un justo equilibrio entre, por un lado, el derecho de propiedad intelectual y, por otro, la libertad de empresa, el derecho a la protección de datos de carácter personal y la libertad de recibir o comunicar informaciones"
Luego la sentencia del TJUE no afecta sólo a los usuarios (que también); también a la libertad de información en general, y a la libertad de empresa (en cuanto a la monitorización de datos en la que, en lo citado, no se distingue entre datos de usuarios personas físicas y personas jurídicas).
No cuela tu habitual intento de exonerar la ley Sinde.
-Te has hecho caca.
-¡Mentira!
-A ver que te mire.
Pues a mirarle el culo a todo aquel que, según el listo, huela a caca.
Salu2
#19 La Ley Sinde "tan solo" elimina a los jueces de la función y los deja como meros espectadores. Si crees que tienes razón dedica mucho tiempo y dinero y puede que al cabo de algunos lustros te den la razón y te devuelvan lo invertido. Lamentablemente la inmensa mayoría de la gente necesita trabajar para vivir y no puede permitirse esos lujos (si, la justicia es un lujo para la inmensa mayoría de la gente)
noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l2-2011.t4.html#df43
Esto es: dentro de las webs con actividad económica, aunque esta no tenga absolutamente nada que ver con descargas, ni con enlaces a descargas, ni con películas, ni libros, ni canciones, ni perro que le ladre ... si alguien denuncia una supuesta infracción de derechos de autor y el órgano administrativo designado por la ley Sinde (ver enlace) considera que hay tal infracción, la web será cerrada cautelarmente.
Y luego, que el afectado por el cierre recurra ante los tribunales; y que pasen semanas, meses e incluso años hasta que le den o no le den la razón. Hablamos de cierre de páginas web sin orden judicial previa, y de páginas web de todo tipo, de entre las que son objeto de la LSSICE.