La condena es por no aplicar a tiempo la directiva para mejorar la eficiencia energética de los edificios, que tenía que haber sido incorporada en 2006. El fallo da la razón a la Comisión, que denunció a España ante el TJUE en febrero de 2012 al considerar que no había cumplido con su obligación de transponer la directiva, en particular en lo que se refiere a las disposiciones sobre la adopción de una metodología de cálculo de la eficiencia energética de los edificios, al certificado de eficiencia energética y la inspección de las calderas.
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