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Usucapión: concepto, regulación, tipos, requisitos y plazos (en España)

Usucapión: concepto, regulación, tipos, requisitos y plazos (en España)

La usucapión o prescripción adquisitiva es el modo de adquirir la propiedad por posesión de la cosa durante un tiempo determinado. El Código Civil permite que se adquieran por usucapión el dominio y otros derechos reales. Para ello basta con que el poseedor lo haya sido por mucho tiempo, de modo que la usucapión funcionaría como una especie de consolidación del derecho.

| etiquetas: usucapión , tierras , jurismo
  1. yo usucapo
    tú usucapes
    él usucape
    nosotros usucapimos
    vosotros usucapís
    ellos usucapen,

    Verbo usucapir, que utilizo todos los días.
  2. #1 El DLE considera "usucapir" un verbo defectivo sin formas personales. Solo tiene infinitivo y participio. En el repositorio de resoluciones judiciales del CENDOJ aparecen 17507 resultados para usucapión, 2093 para usucapir y 451 para usucapido.
  3. Ostras, sólo 15 votos, 2 comentarios y en portada.
  4. #3 Es el mercado, amigo :troll:
  5. Eso es lo que pretende la Iglesia con las inmatriculaciones?
  6. #5 no, la usucapion sería el titulo para inscribir, que deberá ser aprobado por un juez.
  7. #6 Dios es el juez supremo. No hace falta la aprobación de jueces mundanos.
  8. #7 Ramen
  9. ¿A nadie le ha venido a la cabeza el discurso del académico don Ibrahim en La Colmena?
    :-)

    youtu.be/vstzmT-kvGI
  10. #5 Te estás confundiendo... La iglesia inmatriculaba por otra vía, que ahora tiene vedada. Prescripción adquisitiva o usucapión, nada tiene que ver con aquello.
  11. #6 No es así. No basta con la usucapión. La cosa es bastante más compleja.
  12. Tengo entendido que si te haces cargo de los impuestos de un inmueble o solar durante 25 años, te pertenece. Que no es el caso de la ICAR.
  13. #9 Mis dieces por recordarme esa pelicula (y con enlace). Gracias.
  14. #5 más bien es lo que hacía la hermana del dictador Franco:

    www.meneame.net/c/32989145
  15. En este país eso al final no tiene importancia porque usucupas un terreno, estás manteniéndolo y pagándo impuestos durante años y de repente viene la administración y te lo expropia por cuatro duros, porque el arquitecto municipal, los tasadores y el constructor de turno tienen un negociete para hacer su urbanización a su gusto. Y no tienes nada que hacer como ciudadano pringado de a pie.
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