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Gorgojorojo

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¿Por qué seguimos haciendo caso a estos cantamañanas? [78]

  1. En esta cuestión, a mi modo de ver, se comete un error que es el comparar los datos de PIB de las distintas fechas sin valorar que para determinar los mismos se restan las importaciones.

    Entiendo que lo correcto sería comparar las cifras de demanda interna (consumo y formación bruta de capital) más demanda externa bruta (exportaciones) y no tomar en cuenta las importaciones puesto que en ellas no intervienen factores productivos nacionales.

    Bajo la anterior consideración, el nivel de actividad pre-pandémico (es decir, de finales de 2019) se alcanzó ya a finales de 2022.

¿Pagarán solo las rentas altas la revalorización de las pensiones como afirma Podemos? [3]

  1. De futuro, el mecanismo automático, es decir a falta de acuerdo en el Congreso, previsto por el Real Decreto-ley 2/2023 (Disp. adicional segunda.3) para hacer sostenible el Sistema público de pensiones es incrementar la cotización al Mecanismo de Equidad Intergeneracional que es pagado en un 83,33% por el empresario y en un 16,67% por el trabajador.
    Luego, con los debidos matices, a falta de acuerdo político, la revalorización de las pensiones correrá de cuenta de los empresarios que, en buena lógica, trasladarán el mayor coste laboral a los precios, lo que inducirá una menor competitividad de nuestra economía (nuestros bienes y servicios serán, en términos relativos, más caros que los de otros países competidores), que se traducirá una contracción de la actividad económica con la consiguiente menor necesidad de trabajadores ............. El final se puede prever.

Biden descarta rescatar a los inversores del Silicon Valley: «Así es el capitalismo» [108]

  1. #44 Una explicación clara y concisa.
    Efectivamente, el rescate, como bien apuntas en la frase "el rescate fue a los depósitos, no a los accionistas o inversores", tenía como finalidad evitar que los depositantes (a la postre acreedores de las Cajas de Ahorros) entrarán en pánico e intentarán retirar sus fondos (esto hubiera provocado la suspensión de pagos de las entidades) y era necesario porque el Estado garantizó los depósitos de hasta 100.000€/depositante.
    Ahora, tenemos a gente pidiendo que ¿no sé quien? devuelva las ayudas estatales recibidas, ya que no está claro el "sujeto ayudado".

BCE prepara una subida de tipos que superará a la de la Fed por primera vez en más de una década [161]

  1. A mi juicio, el BCE se está enfrentando en solitario al gravísimo problema de la inflación (la peor enfermedad de una economía), mientras que la Comisión Europea rema a contra corriente.
    En primer lugar, el actual proceso inflacionario comenzó en el verano de 2021 (es decir, tiene su origen en la expansión de demanda agregada que estuvo contenida por la pandemia de Covid-19 y las medidas gubernamentales restringiendo la movilidad adoptadas por razones sanitarias) y se agudizó con la subida de los precios de las materias primas energéticas que originó la guerra ruso-ucraniana (inflación inducida por los costes de producción).
    Por tanto, ya en 2021 se debió de haber actuado sobre la demanda agregada (consumo público y privado). Sin embargo, la Comisión Europea, que activó la cláusula "general" de salvaguarda en 2020 (es decir, permitió que los Gobiernos no controlaran los gastos), la mantuvo vigente en 2021 y el BCE siguió adquiriendo activos en el mercado secundario para que los estados miembros pudieran contar con dinero a espuertas y barato.
    Lo anterior puede tener alguna justificación para el año 2021 en el caso de la Comisión Europea (hay que recordar que las primeras vacunas contra el Covid-19 empezaron a tomar cuerpo a finales de 2020), pero mantener la vigencia de la cláusula "general" del salvaguarda (prevista para situaciones de grave crisis económica definidas como una caída anual del PIB superior al 0,75%) en 2022 ha sido un despropósito fiscal agrandado con la decisión de prorrogar la situación en 2023 y la actuación del BCE en cuanto a modificar su política de compra de activos ha sido lenta y de poca enjundia.
    Para este año, el BCE está solo y, como ya he dicho, la Comisión Europea rema a contra corriente al no exigir orden a los estados miembros en cuanto a gobernanza fiscal y seguir con la cláusula de salvaguarda activada.
  1. #1 No, no son tontos, son unos MISERABLES.
    Lo que el BCE debiera hacer es drenar masa monetaria, en base a reducir su balance (es decir, no renovar las amortizaciones de activos, en especial, de valores del sector público) para forzar una contracción del consumo público (remuneraciones de empleados públicos, consumos intermedios y prestaciones sociales en especie), y dejar de joder a las clases más humildes con los incrementos de tasas de interés oficiales.
    Si te sirve de consuelo, creo que el BCE no actuará tan agresivamente como la FED en la subida de tipos oficiales por dos razones:
    a) el paro en la zona euro es del 6,5% (dato de Noviembre de 2022) mientas que en EEUU este registro es del 3,5% (dato de Diciembre de 2022), lo que implica que tiene menos margen desde una perspectiva social
    b) la preservación de la solvencia del sistema financiero también es tarea del BCE y la subida de tipos puede comprometerla por el importante volumen de préstamos a interés variable que conforma el activo de los bancos.

Cómo arruinar la credibilidad de Feijóo con un tuit [97]

  1. #15 No creo que The Economist haya reparado en las siguientes magnitudes económicas:

    A) volumen de deuda pública pronosticado por el Gobierno para el cierre de año ¡¡1,510 billones!! (dato de Septiembre 1.503.799 millones), lo que supone el 115,2% del PIB nominal. Límite exigido por la LOEPSF en desarrollo de la Constitución: 60% del PIB

    B) cuantía de déficit estructural previsto por el Gobierno para el cierre de año ¡¡48.500 millones!! lo que supone el 3,7% del PIB nominal (el déficit estimado es de unos 65.500 millones, aunque los datos conocidos apuntan a que será inferior). Límite exigido por la LOEPSF en desarrollo de la Constitución: 0% del PIB o equilibrio estructural

Ignacio González Vega, magistrado: "El Senado se encuentra privado de la posibilidad de votar una proposición de ley. Es inaudito, un mal precedente" [101]

  1. #96 Hasta donde yo sé, el incidente de recusación presentado por Unidas Podemos y apoyado por la Fiscalía del Constitucional aún no se ha resuelto.
    Sobre el asunto de la enmienda sobre la inviolabilidad del Rey no puedo responder porque no conozco sino que fue presentada por el PNV e inadmitida a trámite (www.newtral.es/inviolabilidad-rey-pnv-poder-judicial/20220614/).
  1. #96 Hasta donde yo sé, el incidente de recusación presentado por Unidas Podemos y apoyado por la Fiscalía del Constitucional aún no se ha resuelto.

    Sobre el asunto de la enmienda sobre la inviolabilidad del Rey no puedo responder porque no conozco mas que fue presentada por el PNV inadmitida a trámite (www.newtral.es/inviolabilidad-rey-pnv-poder-judicial/20220614/)
  1. #35 Personalmente, creo que no solamente es algo feo, sino que a tenor de los preceptos del Código Penal que indico
    a) a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años" (art. 404)
    b) "a los efectos penales.......tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados...."(art.24)
    debiera serle exigida la responsabilidad a quien admitió a trámite las enmiendas a sabiendas de la ilegalidad que se cometía y cuyo resultado para la convivencia democrática es el que vemos.
  1. #41 No, esta es la primera vez que el TC ha adoptado la cautela de SUSPENDER la tramitación parlamentaria de los preceptos (no de toda la proposición de ley) que modifican las Leyes Orgánicas del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional incorporadas al proyecto legal mediante enmiendas que, por no quedar sujetas a las formalidades del procedimiento legislativo, en vulnerado (NO LAS ENMIENDAS, SINO LA FORMA DE AÑADIRLAS) un derecho fundamental (el ejercicio pleno de la función de parlamentario).

El TC convoca un pleno urgente para estudiar la petición del Senado de levantar la cautelar [72]

  1. Las modificaciones de la leyes del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional para elegir a su componentes podrán salir adelante siguiendo el procedimiento legislativo ordinario.
    Tengo la sensación de que se ha elegido el camino de la introducción de enmiendas en la tramitación de otro proyecto legal (de modificación del Código Penal), a sabiendas de su ilegalidad, para calentar el ambiente y desviar la atención respecto de cuestiones verdaderamente graves como, a título de ejemplo:

    A) volumen de deuda pública pronosticado por el Gobierno para el cierre de año ¡¡1,510 billones!! (dato de Septiembre 1.503.799 millones), lo que supone el 115,2% del PIB nominal. Límite exigido por la LOEPSF en desarrollo de la Constitución: 60% del PIB

    B) cuantía de déficit estructural previsto por el Gobierno para el cierre de año ¡¡48.500 millones!! lo que supone el 3,7% del PIB nominal (el déficit estimado es de unos 65.500 millones, aunque los datos conocidos apuntan a que será inferior). Límite exigido por la LOEPSF en desarrollo de la Constitución: 0% del PIB o equilibrio estructural (sobre este asunto más en ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA. NORMATIVA Y SITUACION – Gorgojo Rojo (wordpress.com))

Así fue el precedente de Casas y Jiménez de hace 15 años, que establece paralelismos con la actual crisis en el Constitucional [122]

  1. Salvo mejor criterio, la resolución en la que participaron Pedro José González-Trevijano Sánchez y Antonio Narváez Rodríguez era en relación a la admisibilidad a trámite de las recusaciones formuladas contra ellos por el PSOE y Unidas Podemos respecto al recurso de amparo presentado por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso.
    Hay que matizar en que una cosa es admitir a trámite una propuesta de recusación, que solamente puede plantearse por las partes procesales, y otra decidir sobre la recusación, en la que el Juez recusado está obligado a abstenerse si en él concurre la causa alegada.
    En la recusación comentada, se inadmitió la proposición de recusación porque NI EL PSOE NI UNIDAS PODEMOS eran partes en el proceso y la solución habría sido la misma aunque se hubieran apartado voluntariamente en la toma de la decisión, ya que el resto de magistrados estaban obligados por ley a rechazarla.
    En ese momento, el demandado era el Congreso de los Diputados y la recusación debió formularse a través de la Presidenta Batet.
     
     

Pérez-Royo acusa al presidente del Constitucional de cometer un "delito" [135]

  1. Según el auto del TC de 19 de Diciembre, el recurso de amparo se dilucidará en el Pleno en aplicación del art. 10.1.n de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional cuya redacción es: "El Tribunal en Pleno conoce de los siguientes asuntos: n) De cualquier otro asunto que sea competencia del Tribunal pero recabe para sí el Pleno, a propuesta del Presidente o de tres Magistrados, así como de los demás asuntos que le puedan ser atribuidos expresamente por una ley orgánica" Donde veo más indicios de delito es en el acuerdo de la Mesa de la Comisión de Justicia de 12 de Diciembre de admisión a trámite de las enmiendas a la Proposición de Ley Orgánica que reforma el Código Penal -QUE VERSABAN SOBRE MATERIAS AJENAS A SU CONTENIDO- vulnerando, A SABIENDAS, la doctrina asentada en la sentencia del TC 119/2011 y que han provocado la alteración de la CONVIVENCIA DEMOCRATICA que se está viviendo. En este sentido traigo a colación el art. 404 del C. Penal que reza "a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años" y al art. 24 que recalca "a los efectos penales.......tendrán la consideración de autoridad los miembros del Congreso de los Diputados....". Creo que lo menos que se puede pedir a un representante político del pueblo llano es que, cuando "caliente el ambiente", sea por razones fundadas y sin saltarse la ley.     

Feijóo solo piensa en su incierto futuro [85]

  1. Aquí puede verse el discurso de Núñez Feijóo 22.12.12_feijoo_-_debate_pge.pdf (pp.es). Hay algunas frases interesantes.

MALEMÁTICAS XXXIV: gráfico "loco" en Expansión [12]

  1. Los datos, al menos de este ejercicio y de 2021, son correctos. Quizás sería más lógico haber representado la quebrada gris-importaciones (con datos más altos) por encima de la azul-exportaciones.

Conceptos básicos: qué es la seguridad jurídica y por qué no es lo mismo que la justicia [9]

  1. A mi juicio, ayudaría mucho a comprender el concepto alguna referencia al instituto jurídico de la "prescripción".

La Razón cuestiona las cifras del paro que aceptaba cuando gobernaba Rajoy con los mismos criterios [124]

  1. Si bien es cierto que los datos de "paro registrado" no recogen como tales a los trabajadores fijos discontinuos en periodo de inactividad, lo cierto es que la cifra de Octubre (2.914.892) es bastante similar a la de 2.980.200 facilitada por la EPA del 3º trimestre (más datos en MERCADO LABORAL. EPA DEL 3º TRIMESTRE DE 2022 – Gorgojo Rojo (wordpress.com)).
    En relación a la evolución del mercado laboral son más ilustrativos los datos de afiliación a la Seguridad Social o los de la Encuestas de Población Activa en base a los que, al menos, hay dos cuestiones que deben ser resaltadas:

    A) Pese a haberse superado ampliamente el nivel de ocupados existente antes de la pandemia de Covid-19, nuestro pobre país sigue sin alcanzar la producción de bienes y servicios (PIB) de esas fechas (España no recuperará el PIB prepandemia hasta 2024 y será la última potencia en lograrlo)

    Como denota el acercamiento que ha habido en el tiempo entre el número de afiliados a la Seguridad Social y de ocupados según la EPA, parece que se está reduciendo el volumen de economía sumergida (Las medidas anticrisis permiten aflorar cerca de 285.000 empleos de la economía sumergida (larazon.es).

    Por otro lado el número de ocupados respecto de los registros prepandemia se ha elevado en 568.800, aunque el sector público ha incrementado sus efectivos desde Diciembre de 2019 en 252.900 empleados.

    B) La reforma laboral de principios de año ha reducido de manera notable la temporalidad, aunque es posible que no tanto la "precariedad" como lo muestra el aumento de los contratos fijos discontinuos y el de los contratos indefinidos a tiempo parcial.

Se vende voto. Razón aquí [5]

  1. #3 <u>PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023 = </u>PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023 – Gorgojo Rojo (wordpress.com)
  1. El pasado 15 de Octubre, el Gobierno remitió a las autoridades comunitarias el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 (breve comentario en PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023 – Gorgojo Rojo (wordpress.com)) en el que se afirma que: 
    “La senda de gasto incluida en el Plan Presupuestario cumple con las directrices publicadas el pasado 23 de mayo por la Comisión Europea. A pesar de que actualmente se encuentra en vigor la cláusula general de escape……..” 
    En el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 se cuantifica en 24.696 millones el límite máximo del incremento del gasto corriente primario en relación al actual ejercicio. Esta cifra resulta de multiplicar 537.001 millones, base estimada de gasto para 2022, por 4,6%. 
    La plasmación definitiva de las directrices de la Comisión Europea fue realizada por la Recomendación del Consejo de la UE de 12 de Julio de 2022 y, entre otras cuestiones, realiza a España la petición de que, en 2023, tome medidas para “garantizar una política presupuestaria prudente, en particular limitando el incremento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional por debajo del crecimiento potencial a medio plazo, teniendo en cuenta la continuación de la ayuda temporal y específica en favor de los hogares y las empresas más vulnerables a las subidas de los precios de la energía y de las personas que abandonan Ucrania”. 
    En el texto de la Recomendación se realiza la siguiente referencia: “sobre la base de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022, el crecimiento potencial de la producción a medio plazo (media de 10 años) se estima en el 0,8%. Sin embargo, esta estimación no incluye los efectos de las reformas que forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia y pueden impulsar el crecimiento potencial de España”. 
    Según el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023, esta recomendación se traduce en que el gasto nacional corriente primario debe crecer…   » ver todo el comentario
  1. El pasado 15 de Octubre, el Gobierno remitió a las autoridades comunitarias el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 (breve comentario en <u>PLAN PRESUPUESTARIO DE 2023</u>) en el que se afirma que: 
    “La senda de gasto incluida en el Plan Presupuestario cumple con las directrices publicadas el pasado 23 de mayo por la Comisión Europea. A pesar de que actualmente se encuentra en vigor la cláusula general de escape……..” 
     En el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023 se cuantifica en 24.696 millones el límite máximo del incremento del gasto corriente primario en relación al actual ejercicio. Esta cifra resulta de multiplicar 537.001 millones, base estimada de gasto para 2022, por 4,6%. 
    La plasmación definitiva de las directrices de la Comisión Europea fue realizada por la Recomendación del Consejo de la UE de 12 de Julio de 2022 y, entre otras cuestiones, realiza a España la petición de que, en 2023, tome medidas para “garantizar una política presupuestaria prudente, en particular limitando el incremento de los gastos primarios corrientes financiados a nivel nacional por debajo del crecimiento potencial a medio plazo, teniendo en cuenta la continuación de la ayuda temporal y específica en favor de los hogares y las empresas más vulnerables a las subidas de los precios de la energía y de las personas que abandonan Ucrania”. 
    En el texto de la Recomendación se realiza la siguiente referencia: “sobre la base de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2022, el crecimiento potencial de la producción a medio plazo (media de 10 años) se estima en el 0,8%. Sin embargo, esta estimación no incluye los efectos de las reformas que forman parte del Plan de Recuperación y Resiliencia y pueden impulsar el crecimiento potencial de España”. 
    Según el Proyecto de Plan Presupuestario de 2023, esta recomendación se traduce en que el gasto nacional corriente primario debe crecer por…   » ver todo el comentario

MALEMÁTICAS XVIII: no, no han subido los tipos un 0,75% [4]

  1. #3 Acepto la rectificación, pero me inclino por uso de una terminología más cercana al lenguaje sencillo y habitual (descenso, decremento, caída, etc.)
    economipedia.com/definiciones/tasa-de-crecimiento.html
     
     

Cazurrismo a la derecha, y el porqué de Feijóo [29]

  1. No sé, reconocer abiertamente que se ignora dónde nació Picasso, Darwin o Einstein no creo que denote otra cosa sino que el arte es largo y la vida corta.

MALEMÁTICAS XVIII: no, no han subido los tipos un 0,75% [4]

  1. Esto es tan triste como lo del "crecimiento negativo"
     
     
     
     

El impacto de la inflación en la imposición sobre el consumo [5]

  1. #1 Estoy de acuerdo contigo, aunque creo que las dificultades logísticas de usar esta metodología la hacen inviable.
    Habría que dar "carnets" a cada persona para que los comerciantes pudieran aplicar el impuesto correspondiente, revisar la situación cada cierto tiempo, las inspecciones fiscales no serían posibles......
  1. #2 Tienes más razón que un santo cuando dices que el término tiene mala leche porque, aunque el Gobierno no es responsable de la inflación, me duele el aprovechamiento que hace de sus efectos negándose a llevar a cabo medidas como la de aplicar en el IVA tipos más bajos a productos básicos o la de aplicar la recaudación extra conseguida por la inflación para compensar la pérdida de poder adquisitivo de ciertos colectivos sociales a costa de todos. Esto último tiene un trasfondo electoralista y, por tanto, un fundamento bastante alejado de lo que se entiende por justicia social. 
    En relación a los impuestos sobre el consumo, la solución matemática (aunque es mejor para las clases más humildes actuar los tipos aplicados a los productos básicos) a la inflación es deflactar el tipo impositivo, ya que, por ejemplo, la recaudación por IVA sobre un precio de 100 al tipo del 21% es similar a la conseguida sobre un precio de 110 (precio anterior incrementado en un 10% por la inflación) al tipo del 19,1%

menéame