edición general
PeerWiki

PeerWiki

En menéame desde enero de 2011

6,16 Karma
19K Ranking
Enviadas
Publicadas
Comentarios
Notas

Detienen en León a un hombre que tenía en su ordenador 3.000 vídeos de pornografía infantil... [19]

  1. Redada mundial contra la pornografía infantil desde Brasil. Detenidos en 34 países NINGÚN ESPAÑOL!
    www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=1200668
    Claro claro..es que no es una redada P2P.
    ¿No decía la Fundación Alia2 que España era la subcampeona del mundo en consumo de pornografía infantil?
    Mira por dónde, NINGUN ESPAÑOL DETENIDO EN ESTA REDADA MUNDIAL
    Y es que Alia2 situó a España como subcampeona del mundo en el consumo de pornografía infantil, después de México.
    Su informe se basó en la lectura de rastros P2P con su rastreador Florencio = desaparecido rastreador HÍSPALIS
  1. Posiblemente y no más que usted. Lea y salgo de su ignorancia.
  1. INSEGURIDAD JURÍDICA

    1) URGE UNA LEY DE EVIDENCIAS DIGITALES. En los registros domiciliarios IN SITU, los agentes MANIPULAN los equipos informáticos de los detenidos OBVIANDO LA PRIMERA NORMA DE LA CIENCIA FORENSE: ASEGURAR LA AUTENTICIDAD DE LAS EVIDENCIAS DIGITALES. Y no lo digo yo:
    www.youtube.com/watch?v=SxuGia_gexs&list=UUrtCQdv4yqFWVbENS0qe4Gw&

    2) URGE CAPACITACIÓN DIGITAL A LOS SECRETARIOS JUDICIALES. El Secretario Judicial ¿puede dar fe de lo que hace un agente en un equipo informático? la respuesta es no!

    3) CUERPO DE PERITOS TECNOLÓGICOS DEL ESTADO INDEPENDIENTES. Los PERITOS TECNOLÓGICOS del Estado, los agentes, generalmente, NO SON INFORMÁTICOS. Son CURSILLISTAS. Por ejemplo, El Comisario Jefe de la BIT que se hizo famoso por salir con la careta de ANONYMOUS es PERIODISTA. No parece muy lógico que reciban premios de la SGAE o invitaciones a cursos y congresos de la BSA y que luego su principal actividad se centre en detener a usuarios relacionados con las redes P2P bandaancha.eu/articulos/fap-pone-medallas-policia-cierres-p2p-5168

    4) UNIFICACIÓN DE LA POLICÍA DIGITAL. En la vida real, cada cuerpo policial tiene sus funciones bien definidas. En Internet NO. Una redada P2P la puede iniciar cualquier comisaría o comandancia de provincias con un programa P2P elegido por motu propio y estableciendo su particular criterio policial para diagnosticar remotamente la pedofilia del TITULAR de la línea. ¿ALGUIEN SE PERCATA DEL DISPARATE?
  1. ¿Y los 3000 han sido catalogados en base al punto 4)?

    Más errores:

    4) UN ARCHIVO COMPRIMIDO SE PRESENTA COMO X ARCHIVOS CONTIENE EN SU INTERIOR. Todos sabemos qué es un archivo RAR o ZIP. Un juez parece que no y esa vulnerabilidad es aprovechada para explicarle que el usuario tenía X ARCHIVOS cuando la realidad pudiera ser que únicamente descargó UNO.

    5) TENER = QUERER TENER. Existen numerosos usuarios P2P que descargan compulsivamente sin detenerse a revisar su contenido. Se castiga erróneamente la IMPRUDENCIA y no la INTENCIÓN de tener, unos archivos que ahora mismo siguen en el mismo lugar. Basta el DOLO EVENTUAL para ser condenado "SABER QUE UN EMULE COMPARTE" = tiene escoba, luego es bruja.

    6) BORRAR = QUERER OCULTAR. Pese a que los agentes no te avisan antes de entrar a tu casa, éstos suelen pasar programas de recuperación de archivos borrados, que son presentados al Juez como pruebas de que el usuario descargó, omitiendo cualquier argumento alusivo a por qué un usuario borra un archivo.
  1. Las fases de este tipo de operaciones policiales suelen ser estas:

    1) Un usuario se descarga accidentalmente un archivo de pornografía infantil en las redes P2P y lo denuncia.

    2) Un agente (de cualquier punto de España), utilizando SIN CONTROL JUDICIAL un programa rastreador P2P no homologado (desde un simple eMule Plus pasando por un catálogo numeroso de aplicaciones prestadas por terceros: HISPALIS, GNUWATCH, VICUS, SPYMULE,....) lee y almacena metadatos de las P2P de las fuentes que dicen ser remotamente ofertantes de esos HASH DE ARCHIVO.

    3) Se establece un criterio policial particular según qué cuerpo policial haga el rastreo y se filtra en base a ese criterio: 1 rastro, tres, cinco, diez, quince, etc.. para separar quién es remotamente un pedófilo de un usuario accidentado.

    4) Con esos "indicios racionales" = direcciones IP, la policía justifica judicialmente la identificación de los TITULARES de esa conexiones.

    5) Sin mediar ningún tipo de investigación adicional, se justifica judicialmente las órdenes de entrada y registro simultáneas en todo el
    territorio nacional

    Errores:
    1) Equiparar IP = USUARIO. La IP pública en Internet no determina al infractor, identifica al que paga la factura de una conexión. Detrás de una IP puede existir uno o varios ordenadores, uno o varios usuarios, tu vecino robándote la WIFI o un troyano compartiendo lo que desconoces. La IP no determina al infractor.

    2) EL HASH DE ARCHIVO ES LA HUELLA DIGITAL. El Hash de archivo en las redes P2P no determina remotamente su contenido. Concretamente en la red eDonkey, donde se producen la mayoría de las detenciones en España, este hash de archivo es un simple MD4. Un algoritmo de resumen vulnerado y obsoleto. Podríamos comparar el hash de archivo MD4 con unas simple siglas. El hash resultante de aplicar las siglas a un nombre como PEPE PEREZ sería PP, pero obviamente el proceso inverso podría dar muchos resultados.

    3) IMAGEN DE UN MENOR 18 "O QUE LO PAREZCA" La catalogación de una imagen como pornografía infantil en España se realiza por simple estimación visual. Basta que el observador estime que una imagen está protagonizada por un menor de 18 "o que lo parezca" para que ésta sea catalogada como ilegal. En ocasiones incluso cuando la imagen no es pornografía explícita sino simples desnudos. El proceso científico es el ojo de ¿buen? cubero. Paradójicamente, recuerdo cuando tuvieron de cuerpo presente a los jóvenes piratas del Alakrana y la inestabilidad del criterio científico para establecer la edad de esas personas pese a tenerlos de cuerpo presente. En los casos de pornografía infantil, existe una contagiosa tendencia a ver niños por todos lados. Quizás esta investigación científica nos explique por qué www.fsijournal.org/article/PIIS0379073808003708/fulltext

    Indignado
  1. Por la narración de la noticia parece que se trata de una detención P2P. Un usuario se descarga accidentalmente en noviembre de 2011 un archivo de pornografía infantil y lo denuncia a las autoridades. Siete meses después (sin que el suceso anterior tenga relación con el presente) detienen a otro usuario P2P, que posiblemente no es el creador de esos contenidos sino un mero redifusor de lo ya existente en las redes P2P ¿cómo se diferencia remotamente si su descarga era intencional o no? respuesta: con un criterio policial peligrosamente insuficiente y variable.

    Si queréis conocer el desenlace de estos casos, os puedo ayudar. En la actualidad, ningún detenido P2P suele ser condenado a penas de prisión. La Fiscalía acojona a los usuarios con pedir penas desproporcionadas y luego les ofrece un trato para eludir la cárcel. El resultado de estos chanchullos es que los Jueces ejercen de NOTARIO y las pruebas no son revisadas en el Juicio, ya que éste no se celebra.

    Un caso reciente y concreto.
    Joven detenido en 2008 en la macro redada P2P Carrusel.
    El indicio racional para registrar su casa y la de 210 españoles, fue la detección de IP a través de un programa rastreador NO HOMOLOGADO utilizado por la Policía Federal Brasileña. Con ese "indicio racional" se justificó en España 210 registros simultáneos.
    Los usuarios fueron crucificados mesiánicamente. Este joven era menor de edad. Ahora tiene 23 años.

    El Fiscal hace unos días solicitaba una pena de CINCO AÑOS de prisión (fase del acojonamiento)
    www.diariodecadiz.es/article/provincia/1289348/fiscal/pide/anos/para/a

    Antes de entrar a juicio, el Fiscal ofrece un TRATO al joven para eludir la cárcel = UN AÑO Y NUEVE MESES = NO CÁRCEL
    www.lavozdigital.es/cadiz/v/20120628/cadiz/acepta-nueve-meses-descarga

    Resultado, el Juez ejerce de NOTARIO, las evidencias electrónicas no fueron revisadas en Juicio oral y los archivos que motivaron la detención de todos estos usuarios P2P siguen ahora mismo en el mismo lugar, en las mismas redes P2P. Los supuestos niños nunca fueron identificados y tampoco quizás importaba, porque de repente no lo eran.

    ¿UN CASO ÚNICO? NO. El acojonamiento previo y los tratos es lo normal en estos casos
    www.lawp2p.com/portal/category/jurisprudencia/tratos-fiscalí

    Yo fui detenido en 2006 por la BIT bajo la presunción de placer remoto en UNA ÚNICA DESCARGA P2P que NUNCA FUE HALLADA EN MI CASA. Al no hallar NADA! en mis ordenadores, centraron el interés en "otros archivos" y llegaron a calificar como "niñas de 10 y 12 años" a mujeres que ya tenían licencia de conducir, VISA y contrato cinematográfico.
    indignado7777.wordpress.com/tag/tanner-scale/

    En 2010 fui ABSUELTO. ¿Sirve de algo? pues no! estoy jodido y nadie puede reparar el daño que me han hecho.

    ¿SOY EL ÚNICO? NO LO CREO
    MIRA ESTO:
    www.lawp2p.com/portal/resumeoperaciones

Planean multar a británicos que sean sospechosos (no culpables) de piratería digital [50]

  1. Lista de detenciones P2P en España
    www.lawp2p.com/portal/resumeoperaciones
  1. En UK los rastreos P2P son realizados por empresas contratadas por la Industria de Contenidos. Recopilan direcciones IP, solicitan la identificación de los titulares de la conexión y les envían cartas reclamando dinero por las descargas.

    En España hemos sido detenidos más de 3000 usuarios de eMule por presunción remota de placer en rastros P2P. Los agentes emplean el mismo sistema que esas empresas. Lanzan un programa rastreador no homologado por nadie y recopilan la direcciones IP que notifican la existencia como fuente remota de un supuesto contenido ilegal.
    Luego ninguno de los detenidos va a la cárcel porque el Fiscal los acojona pidiendo cinco años de prisión para luego ofrecerles un "trato". Los jueces hacen de NOTARIO. Todos los archivos que motivan las detenciones, TODOS siguen en el mismo lugar a disposición pública.

    En ambos casos, UK vs España, existe un error común.
    La dirección IP en Internet no identifica al infractor, identifica al que paga la factura.

    Detrás de una dirección IP puede existir uno o varios ordenadores, uno o varios usuarios, tu vecino robándote la Wifi, un troyano compartiendo lo que desconoces. Los jueces deben saber de una vez esto!

    Permitir detener o denunciar usuarios P2P por la simple IP es un error monumental.

    Indignado

Detienen a un mayor de 69 años por difundir pornografía infantil [1]

  1. En España hemos sido detenido más de 3000 usuarios P2P en base a rastreos P2P realizados con programas no homologados www.youtube.com/watch?v=lqKKV5EUre0
    Un etilómetro, que mide la tasa de alcohol, debe pasar una revisión anual.
    Un rastreador P2P, ¿que mide?, NO pasa ningún control y sus datos justifican registros domiciliarios.

    1) La IP no determina remotamente al infractor, sino al titular de una conexión.
    2) Los archivos que justifican estas detenciones siguen ahora mismo en el mismo lugar
    3) ¿Por qué se justifica las redadas simultáneas en todo el territorio nacional si los usuarios no tienen ninguna relación entre sí y serán juzgados en procesos independientes? ¿sensacionalismo?

    www.lawp2p.com

    Nuestros agentes generalmente NO SON INFORMÁTICOS. Son cursillistas. ¿Cursos de la BSA? ¿de Microsoft? ¿cuál es el interés de estas redadas? ¿proteger a la infancia? ¿qué infancia? En mi caso determinaron como niñas de 10 y 12 años a "niñas" que tenían LICENCIA DE CONDUCIR, VISA Y CONTRATO PORNOGRÁFICO, eran ACTRICES PORNO ADULTAS! indignado7777.wordpress.com

Porqué al lobby del copyright le encanta la pornografía infantil [55]

  1. Yo fui detenido en el año 2006 por la BIT bajo el criterio policial de presunción de placer remoto en una descarga P2P que nunca fue hallada en mi casa. Después de cuatro años de pesadilla fui declarado inocente.
    ¿Cómo es posible que un etilómetro deba pasar un control anual y un rastreador P2P no? ¿cómo es posible que en cada redada P2P se utilice un progrmita distinto para determinar remotamente a los infractores? La IP pública no determina al infractor, ni determina el dolo ¿cómo es posible que una IP determine un registro domiciliario sin mediar ninguna investigación adicional? www.lawp2p.com

El rastreador de pornografía infantil de la Policía detecta 100 presuntos pedófilos [7]

  1. Los detenidos son USUARIOS DE LAS REDES P2P.
    El rastreador empleado no es nuevo, ha sido prestado por la policía Norruega que lo ha utilizado en una o dos ocasiones.
    Pese a que se anuncia a bombo y platillo como la desarticulación de una "red", cada DETENIDO P2P tendrá su particular y propio proceso judicial. NINGUNO IRÁ A PRISIÓN. Posiblemente la FISCALÍA OFRECERÁ TRATOS, después de pedir condenas desorbitadas.

    Pero lo alarmante, TODOS LOS ARCHIVOS RASTREADOR POR EL NORDICMULE Y QUE HAN JUSTIFICADO LAS DETENCIONES DE LOS TITULARES DE LA IP (¿los infractores?), TODOS ESOS ARCHIVOS SIGUEN EN EL MISMO SITIO A DISPOSICIÓN PÚBLICA.

    Si extrapolamos, estas detenciones son comparables con los proceso judiciales que se acontecen en EEUU o UK con USUARIOS P2P por descargar un videojuego, música o películas. En esos procesos ya se ha determinado que LA IP PÚBLICA NO DETERMINA AL INFRACTOR.

    Pero aquí en España somos la TIA... aquí la IP pública diagnostica la PEDOFILIA

    Indignado

Ver pornografía infantil es legal en Nueva York [6]

  1. Sobre esta noticia de NY, indica que los 100 archivos que se le imputan al usuario en Nueva York NO FUERON HALLADOS, por lo que se le presupone (del alguna forma) que fueron VISTOS, pero nunca DESCARGADOS O COMPARTIDOS. En otras palabras, simplemente fueron visualizados.

    Me pregunto qué pasaría si en España se condenara la simple visualización de pornografía infantil ¿cuántos cazadores de pedófilos irían a prisión? tic tac

Dos años de cárcel por descargarse más de 3.000 vídeos y fotos de pornografía infantil [4]

  1. Téngase presente que el JUICIO no se ha celebrado. El Juez ha hecho de NOTARIO y el usuario P2P ha aceptado un trato de DOS AÑOS + TERAPIA ante la petición de SIETE AÑOS de condena que pedía el Fiscal inicialmente. Posiblemente pensar en el recibimiento que tendría en prisión por un cargo de CORRUPCIÓN Y PROSTITUCIÓN DE MENORES ha favorecido que el usuario se planterar la oferta de la Fiscalía de eludir la cárcel. Y todo por unos ARCHIVOS P2P QUE SIGUEN AHORA MISMO EN EL MISMO LUGAR, EN LAS MISMAS REDES P2P.

    En cuanto a los archivos hallados a este internauta ¿cuál ha sido el método científico para determinar que ciertamente son de pornografía infantil? LA SIMPLE ESTIMACIÓN VISUAL. Siendo consciente que la imagen de un niño prepúber podría ser fácilmente catalogable, recordemos que pornografía infantil = imagen sexual de menores de 18 años o que lo parezcan.

    La pregunta no es por qué ha aceptado un trato el usuario P2P. La pregunta es por qué en estos casos SIEMPRE TERMINA LA FISCALÍA OFRECIENDO UN TRATO DESPUÉS DE PEDIR CONDENAS DE MÁS DE CINCO AÑOS

Ver pornografía infantil es legal en Nueva York [6]

  1. MI COMENTARIO ANTERIOR ERA SOBRE ESTA NOTICIA
    www.elmundo.es/elmundo/2012/05/10/valencia/1336654744.html

    NO SOBRE EL CASO DE NUEVA YORK
  1. Téngase presente que el JUICIO no se ha celebrado. El Juez ha hecho de NOTARIO y el usuario P2P ha aceptado un trato de DOS AÑOS + TERAPIA ante la petición de SIETE AÑOS de condena que pedía el Fiscal inicialmente. Posiblemente pensar en el recibimiento que tendría en prisión por un cargo de CORRUPCIÓN Y PROSTITUCIÓN DE MENORES ha favorecido que el usuario se planterar la oferta de la Fiscalía de eludir la cárcel. Y todo por unos ARCHIVOS P2P QUE SIGUEN AHORA MISMO EN EL MISMO LUGAR, EN LAS MISMAS REDES P2P.

    En cuanto a los archivos hallados a este internauta ¿cuál ha sido el método científico para determinar que ciertamente son de pornografía infantil? LA SIMPLE ESTIMACIÓN VISUAL. Siendo consciente que la imagen de un niño prepúber podría ser fácilmente catalogable, recordemos que pornografía infantil = imagen sexual de menores de 18 años o que lo parezcan.

    La pregunta no es por qué ha aceptado un trato el usuario P2P. La pregunta es por qué en estos casos SIEMPRE TERMINA LA FISCALÍA OFRECIENDO UN TRATO DESPUÉS DE PEDIR CONDENAS DE MÁS DE CINCO AÑOS.

Han cerrado #megaupload, volvamos al P2P. Guía para novatos [123]

  1. Es importante que los usuarios sean precavidos con el buscador integrado en sus clientes P2P. Ficheros falsos (fakes), señuelos, clones (mismo hash distinto contenido), falsos clientes P2P, etc... t.co/xZmrFyOy

    Mejor usar buscadores como www.foofind.com , subvencionado por el Ministerio de Industria Español

Policía y Guardia Civil, enfrentados por la pederastia en la Red [4]

  1. Sigo insistiendo en que el comunicado de la Guardia Civil es, como mínimo, imprudente.

    Poco a poco, nuestro código penal, será el Código Penal que marque Europa. Y en estos terrenos pantanosos de la protección infantil, en el que un NIÑO = persona menor de 18 años, existen medidas coherentes pero otras que ofrecen serias dudas sobre qué se persigue.

    Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo
    goo.gl/iwI4p

    En las consideraciones previas, la número 15 obliga a los estados a aplicar sanciones penales
    Consideración Previa 18, "debe tipificase como infracción penal el acceso a sabiendas, mediante tecnologías de la información y la comunicación , a pornografía infantil..."

    En el artículo 2 aparecen las "definiciones" de qué es pornografía infantil

    2.iii dice "todo material que represente de forma visual a una persona que PAREZCA ser menor participando en una conducta sexualmente explícita..." Si bien luego deja a discreción de cada país su aplicación (5.7)

    Como se puede ver - nunca mejor dicho - el ojo de buen cubero se instaura en Europa.

    En mi caso, primero un agente y posteriormente una médica forense, establecieron que unos archivos hallados en mi ordenador eran pornografía infantil. La médico forense llegó a establecer sin pestañear la edad de diez y doce años en alguna de las protagonistas. Afortunadamente puede aportar la licencia de conducir, la VISA y el contrato pornográfico de alguna de esas "niñas". ERAN ACTRICES PORNO ADULTAS!

    Si en España estuviera vigente el 2.iii Europeo ¿hubiera sido condenado por el criterio moral de los observadores?

    Recordemos el caso de los jóvenes piratas del ALAKRANA. Los forenses, aún teniendo los cuerpos presentes, fueron incapaces de establecer científicamente la edad de esos jóvenes. En cambio, en los asuntos de pornografía infantil, los agentes CATALOGAN A SIMPLE VISTA los archivos ¿acaso no es esto un disparate? Obviamente un prepúber puede dar alta fiabilidad en la observación, pero una vez en la FRANJA DE EDAD DE LA INCERTIDUMBRE ¿por qué se acepta judicialmente estos criterios subjetivos y nada científicos?
  1. El Grupo de Delito Telemáticos de la Guardia Civil se equivoca, e imprudentemente está alentando a los internautas a que ANUNCIEN perfiles ilegales en lugar de DENUNCIAR por las vías establecidas que marca la Ley. Si un usuario, con el ánimo de denunciar públicamente, ANUNCIARA en su red social un perfil que mostrara pornografía infantil explícita, estaría lesionando el BIEN JURÍDICO protegido en el artículo 189.1.B del Código Penal Español, que no es otro que la seguridad e indemnidad de la infancia en abstracto. Aunque los agentes dicen que no les parece delito, bastaría la denuncia de otro internauta para que el anunciante tuviera un grave problema.

    El Tribunal Supremo ha establecido que para que exista delito de difusión de pornografía infantil, basta que el dolo sea EVENTUAL = saber que con la acción se está difundiendo.

    ¿Qué tiene más DOLO EVENTUAL? ¿Publicar en tu red social a sabiendas un perfil que enlaza a pornografía infantil o una descarga P2P?

    Que nadie se olvide: en España hemos sido detenidos más de 3000 usuarios de las REDES P2P (eMule, Ares ,...) con dudosos criterios policiales. A mi casa entró la BIT en el año 2006 porque mi IP pública apareció en un eMule Plus usado por los agentes indicando que era "fuente disponible" de un archivo "ilegal". Nunca descargaron nada desde mi IP. Nunca hallaron el archivo en mi domicilio. Fui declarado INOCENTE.

    ANUNCIAR NO ES DENUNCIAR, Y HACERLO PUEDE SER DELITO.

Registran la casa de un invidente por pornografía infantil [8]

  1. "Los agentes localizaron incluso el domicilio del terminal de ordenador desde el que se habían realizado las descargas."

    Se me quedó atrás decir que todos los archivos que han motivado una detención de usuario de las redes P2P, todos, siguen en el mismo sitio. No son retirados después de las detenciones (imposibilidad técnica mientras exista una fuente en algún lugar del mundo).

    Detener a personas por lo que pudiera estar difundiendo, sin tener certeza remota de su intencionalidad, y sin que esas redadas repercutan en la liberación de un niño o la detención de su abusador ¿qué sentido tiene?

    En España hemos sido detenidos más de 3000 usuarios de las redes P2P, con criterios policiales peligrosamente inestables (un rastro, tres, cinco, quince, 32,...).

    Pese a que luego cada detenido P2P tendrá su propio y particular juicio, los agentes justifican al estamento judicial que las detenciones se produzcan de forma simultánea en todo el territorio nacional. Eso supone que en muchos casos las detenciones son practicadas por personal no cualificado. Les aseguro que no existe nada peor para esclarecer un hecho que la mezcla de IGNORANCIA y PASIÓN.
  1. Pues si la IP es irrelevante, te comunico que es la única prueba de cargo para justificar un registro domiciliario.

    Yo fui detenido en 2006 por la BIT bajo el criterio policial de presunción de placer remoto en un único rastro P2P. Rastro que nunca fue hallado en mis ordenadores. En 2010 fui declarado inocente.

    En cuanto a "hallaron abundantes imágenes de pornografía infantil" es una coletilla habitual en los comunicados policiales ¿qué iban a decir si no? "Huy perdón! nos hemos equivocado".??

    Lo que me parece preocupante es que no cuestionemos que un agente entre en un domicilio y sin asegurar las evidencias digitales (lacrado digital) se siente en tu ordenador a toquetearlo. Ah! claro hay un secretario judicial que da fe ¿de qué? ¿de su ignorancia sobre estos asuntos?

    Los archivos se catalogan en muchas ocasiones por simple estimación visual (ojo de ¿buen? cubero). En mi caso, un agente catalogó 76 archivos como pornografía infantil, posteriormente una médico forense (una científica) ratificó ese criterio policial afirmando con solo mirar que incluso habían menores de 10 y 12 años. Gracias a la Red pude demostrar que las niñas de 10 y 12 años tenían licencia de conducir, VISA y contrato con una productora. NO ERAN NIÑAS!
    indignado7777.wordpress.com/2009/07/16/lineaeroticabrook/

    Debemos exigir criterios policiales rigurosos, alejados de las pasiones que estos asuntos generan y que conducen a la destrucción de la vida de personas inocentes que no han abusado en su vida de ningún niño.
  1. "Los agentes localizaron incluso el domicilio del terminal de ordenador desde el que se habían realizado las descargas." = detectaron la IP pública del usuario.

    Una IP pública en Internet no determina al infractor, identifica puntualmente al que paga la factura. Detrás de una Ip pública en Internet suele existir un router y detrás uno o varios ordenadores, uno o varios usuarios, un troyano compartiendo lo que desconoces, tu vecino robándote la señal WIFI, etc..

    Ordenar la entrada y registro aportando como prueba únicamente la IP pública es un error. No fundamenta un indicio racional ni fundamenta una pluralidad de indicios. Como se puede ver, en estos asuntos tecnológicos, no existe una investigación previa y convencional sobre el detenido. Entran en su casa y ¡ah! ¿pero usted es ciego?

Sentencia histórica: se absuelve a Pablo Soto por crear software P2P y se condena en costas a las discográficas [84]

  1. La INDUSTRIA denunció al creador del MANOLITO P2P porque su software no era fácilmente FAKEABLE. Al tratarse de una red que compartía únicamente música, es poco probable colar a Blanca Nieves y los siete enanitos en forma de película pornográfica.

    ¿Quiénes han llenado las redes P2P de archivos falsos? ¿Quiénes han suplantado clientes P2P como Shareaza, Lphant o eMule? ¿Quiénes son los propietarios de los falsos servidores en la red eDonkey2000?

    El tiempo sacará a la luz a los verdaderos delincuentes

Dieciocho detenidos en España en una macrorredada contra la pornografía infantil [41]

  1. No, ese no es el pediatra. En cualquier caso, ese pediatra que comentas, sí es un DETENIDO P2P, como lo fui yo.

    Primero pedirte disculpas, pero a veces me da rabia las presunciones.

    Me preguntas que si hago algo. Te respondo, no lo que debiera.
    Partimos de una base sólida, todo lo que le pase a la infancia en el mundo es tan culpa tuya como mía.

    Cuando la pequeña Mari Luz cortés fue asesinada, la Sociedad clamó castración a los pedófilos. Una ONG digital, protégeles, cogió la bandera de ese suceso pidiendo que la pedofilia fuera delito (www.sumatuvoz.com) ¡ha! ¿pero no decías tú que no todos los pedófilos son malos? pues ya ves, esta gente dice que sí.

    Cuando analizas en la distancia el problema te percatas que el asesinato de la pequeña MariLuz se hubiera evitado si la Justicia hubiera sido efectiva y se hubiera aplicado la condena que ya tenía impuesta al asesino. ¡Tenía que estar en prisión cuando cometió el delito! Pero la SATURACIÓN JUDICIAL lo impidió.

    En España hemos sido detenidos más de 3000 usuarios de las redes P2P (EMULE). ¿Sabes lo que significa eso para la Justicia? ¿3000 casos? 3000 personas que no han abusado de nadie y que corren el riesgo de ir a prisión por unas imágenes que siguen ahora mismo en el mismo lugar, en las mismas redes P2P.

    Desde mi punto de vista, estas intervenciones lejos de ayudar a disminuir el problema, SON PARTE DEL PROBLEMA.

    El problema (que a veces nos olvidamos) son los abusos sexuales infantiles y el foco de intervención no es otro que evitar los abusos sexuales y la detención de los abusadores.

    Destrozar familias enteras, donde también existen niños, por meras presunciones tecnológicas, es un error.

    Indignado
  1. Te equivocas en cosas esenciales.
    En tus argumentos te comes uno y cuentas veinte, y te importa un comino que esos veinte sean personas INOCENTES.

    Piensa una cosa, entre los detenidos P2P no existen abusadores sexuales. No existen sentencias de abuso. Todas son basadas en el 189.1.b o 189.2. Ningún niño ha sido liberado de esas actuaciones.

    Por cierto, me sorprende tu admiración por ese perturbado. Una persona que ha cometido DELITOS como enviar pornografía infantil a sus víctimas ¿DEFIENDES A UN DELINCUENTE?

    Un joven pediatra andaluz fue detenido por la Guardia Civil en base a las calumnias vertidas por ese demente. El joven si quiera tuvo que llegar a juicio!!!. Su caso fue archivado!!!. Pero claro, tú pones en duda hasta lo que un JUEZ dicta. Lo digo porque también estás dudando de mi. ¿Y por qué no debo dudar yo de tí? ¿Qué haces hablando de estos asuntos? ¿a qué te dedicas en Barcelona? ¿has sido abusado o eres un victimario? No amigo, en este juego de sembrar dudas ahora soy yo el experto.

    La justicia que tú defiendes, la de todo vale por la infancia, aunque la infancia no sepamos bien qué o quiénes son, no la comparto. Esta lucha debe dirigirse a la liberación de esos niños y a la detención de sus agresores. Generar el caos en la red, y sospechosamente sobre las redes P2P, las mismas que el Gobierno y la Industria de contenidos quiere erradicar ¿acaso no merece un punto de duda?

    Insisto, a mi casa entraron a por un archivo que nunca tuve y nunca hallaron. Ese archivo está ahora mismo en el mismo lugar, en la misma red P2P. Como mi caso hay miles. Algunos han tenido que aceptar una condena para acabar con esta pesadilla lo antes posible. Mientras todo eso ocurre, la infancia en España es abusada en su entorno cercano, lejos de la Red.

    Necesitamos agentes tecnológicamente capacitados, no vale un cursillo de Microsoft para ser un "experto".
    Te sorprendería leer algunos informes.
    Las redadas SIMULTÁNEAS son un circo, cada detenido tendrá su propio y particular juicio. ¿Entonces por qué se permiten?
    La pornografía infantil es catalogada a ojo de ¿buen? cubero, con mucha pasión y sin criterios objetivos.
    En mi caso como no hallaron la prueba del delito, catalogaron como niña de 12 años a una actriz porno ADULTA!!! Afortunadamente pude presentar su licencia de conducir y su contrato pornográfico.
    En muchos casos la pornografía que sirve para detener a los actuales internautas son archivos del pasado, niños eternos de las décadas en la que la humanidad confundió el amor libre con el todo vale.

    Tú alimentas este juego, que en nada beneficia a la infancia. Yo intento pararlo.

    Indignado
  1. El argumento de la detención de un único nanisex durante tantos años no es válido para justificar lo demás. Y lo demás es la detención masiva de personas que NO HAN ABUSADO SEXUALMENTE DE NADIE.
    www.lawp2p.com/portal/resumeoperaciones

    Pese a que mi discurso se centra en las desproporcionadas redadas policiales sobre las redes P2P, recuerdo un caso muy mediatizado en Telecinco, la operación Canguro. Una operación policial basada en las insinuaciones de un perturbado colombiano que asesoró a unos periodistas españoles. Busque la sentencia. No había tal canguro y el detenido si quiera pisó la cárcel.

    Mientras yo esperaba para ser juzgado, UNICEF entregó un premio a la BIT en su campaña "los niños primero". Una campaña que personalmente traduje como "las imágenes primero" ya que se les premiaba por las numerosas detenciones de usuarios P2P. Recuerdo también que por esa época la SGAE premió a la BIT por su esmero en la persecución de delitos de propiedad intelectual.

    Recibir premios por lo que se supone es tu trabajo, me parece una peligrosa forma de incentivo.

    Por un lado las ONG han visto un sabroso mercado en todo este asunto de la pornografía infantil. Ahora el niño a proteger es virtual y muchas veces desconocido pero más rentable que el niño real que está siendo abusado, explotado o pasando hambre. Desviar el foco de atención y el odio social sobre los pedófilos y no sobre los pederastas.

    Por otro lado, la INDUSTRIA de contenidos lucrativos de derechos de autor, entre las que se encuentran industrias pornográficas (contenidos para adultos). Sospechosamente las redes P2P están llenas de archivos falsos, clones (mismo hash distinto contenido), servidores falsos propiedad de la industria de contenidos, clientes P2P suplantados (shareaza, lphan y numerosas copias fraudulentas de eMule),

    La pornografía infantil es la medicina perfecta para colarnos cualquier tipo de medida que suponga restringir los derechos fundamentales de los ciudadanos.

    Posiblemente sea la particular visión de un paranoico (yo) al que le han jodido la vida por un vídeo que ahora mismo sigue en la misma red P2P a disposición de cualquiera. Simplemente me limito a contar mi punto de vista.

    Indignado
« anterior1

menéame