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Propuesta para la investidura del presidente del gobierno

Los españoles hemos descubierto que el procedimiento de investidura desarrollado en el artículo 99 de nuestra Constitución tiene más agujeros que un queso de Gruyere. Baste enumerar que no establece un tiempo definido ni para proponer un candidato, ni para convocar la sesión de investidura, ni prevé qué sucede si nadie se postula como candidato. Incluso si finalmente la investidura se celebra, establece el peor de los incentivos para que los partidos políticos alcancen acuerdos: una convocatoria “por defecto” de elecciones dos meses después.

| etiquetas: elecciones , parlamento , diputados , presidente , gobierno , investidura

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