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Dos niñas alemanas de 12 y 13 años confiesan haber matado a cuchilladas a otra de 12 [246]

  1. #193 Mira estoy de fiestas de la magdalena, si quieres leer esto te lo lees si no sigue con tu rollo:

    elpais.com/espana/catalunya/2023-03-09/la-generalitat-investiga-el-ent

    Un extracto:

    "La Generalitat ha abierto un expediente de riesgo para investigar la situación en la que se encuentran los cuatro chicos de menos de 14 años que, presuntamente, participaron junto a otros dos adolescentes en una violación grupal a una niña de 11 años en el centro comercial Màgic de Badalona. “Si han hecho lo que han hecho es que algo falla en su entorno”, ha explicado este jueves la directora de la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA). El organismo trabajará a partir de ahora con los jóvenes y sus familias para examinar lo ocurrido y el contexto en el que viven. Al tener menos de 14 años, los cuatro presuntos violadores no pueden ser perseguidos penalmente, por lo que la actuación se enfoca desde la protección de menores"

    "El objetivo de ese expediente es reeducar a los agresores, aunque el Departamento de Derechos Sociales asegura que, en los casos más graves, puede comportar que se quite la tutela a los padres. Según datos de la DGAIA, el año pasado se abrieron 1.023 expedientes a menores de 14 años, inimputables, derivados de Mossos o Fiscalía de Menores; el 10% de ellos fue por casos de violencia sexual"

    www.lavanguardia.com/vida/20230310/8814376/violacion-badalona-reabre-d

    Un extracto:

    "La Dgaia ha abierto expediente informativo a esos adolescentes, confirmó ayer Ester Cabanes, responsable del área. Se trata de investigar el origen de su conducta, de hablar con las familias para determinar si puede haber habido desamparo, si tienen patologías mentales o si han sido víctimas de abusos sexuales para determinar qué tipo de trabajo se realiza con el niño. En pocas ocasiones se retira la tutela a los padres"

    Todo esto desmonta tu argumentario...

    @admin, deberías vigilar a @lokinikita ya que le gusta mucho mentir y manipular las palabras de los demas, yo por mi parte lo voy a meter en el ignore, no se puede aguantar a este tipo de gente...
  1. #191 Búscate ayuda, créeme la necesitas...
  1. #189 veamos las mentiras y manipulaciones de @lokinikita:

    Comentario suyo 116:

    "En temas tan serios, hay que informarse antes de afirmar, y mucho mas antes de rebatir demostrando tu desconocimiento. .Lo que dices tu es lo que no es correcto. Empezando por que un caso particular -con una sentencia entre muchas motivado en su caso particular- no sirve para generalizar.
    -----
    LO 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores (LORPM), la cual se conoce popularmente como la ley penal del menor.
    Cuando un menor comete un delito, se lleva a cabo una investigación y un proceso judicial para determinar su culpabilidad o su inocencia. Si el proceso concluye que el menor es culpable, el Juez de menores podrá imponerle una medida judicial en función de la gravedad de los hechos y de sus circunstancias personales, sociales y familiares. Para ello, el Juez cuenta con el trabajo de la Fiscalía y de un Equipo Técnico formado por profesionales del ámbito social que evalúan la situación del menor y proponen una intervención socio-educativa adecuada en cada caso.
    Medidas de internamiento:
    Las medidas de internamiento se imponen en los casos de mayor gravedad, pues suponen una fuerte restricción de la libertad. Estas medidas se cumplen en centros donde los menores residen y realizan las actividades socioeducativas indicadas por el Juez. En la Comunidad de Madrid se denominan Centros de Ejecución de Medidas Judiciales (CEMJ), aunque popularmente se suelen mal-llamar centros de menores. Existen diferentes regímenes para cumplir las medidas de internamiento que se imponen en función de la gravedad de los hechos y de las circunstancias del menor:
    -Internamiento en régimen cerrado: el menor o joven cumplirá la medida dentro de un centro y desarrollará en el mismo todas las tareas socioeducativas, laborales y de ocio correspondientes.
    -Internamiento en régimen semiabierto: el menor o joven residirá dentro del centro, pero podrá realizar fuera de este

    …   » ver todo el comentario
  1. #187 Que me importa una mierda lo que digas, eres un manipulador y un mentiroso que no sabe de lo que se habla... xD
  1. #185 Mirando conversaciones tuyas con otras personas más de uno opina que no tienes compresión lectora, por no decir que manipulas mucho, todavía no has dicho donde mentí... xD

    Sobre el tema de internamientos también lo has sacado tu, yo tampoco hablé de eso en mis primeros comentarios...:palm:

    Me importa una mierda lo que dijiste 58 no son mis palabras, son las tuyas y sin ningún sentido y además nada tiene que ver con el código penal alemán... :roll:
  1. #182 ¿Otra vez?, ya te he dicho que en España serian inimputables, ¿puedes negar eso?, tu no estas bien, el tema de la impunidad lo has sacado tu poniendo ejemplos ocurridos en España y el código penal español para discutir algo que son las autoridades alemanas y no españolas las que las tienen que resolver, estas manipulando de mala manera, mi comentario no te da la razón, entiendo que tienes la comprensión lectora de un niño de 2 años, es increíble... xD xD xD xD xD xD xD xD :wall:
  1. #180 El que confundes eres tu, mientes mas que hablas, siempre hable de responsabilidad penal, lo de la impunidad es cosecha tuya, eres un manipulador...

    Que a mi los casos españoles me dan igual, no hablamos de un caso ocurrido en España...
  1. #178 Mira, a un compañero le dije que como no se como se actúa en Alemania en estos casos no iba a especular, es que lo he dicho por activa y pasiva, a mi los casos españoles ni me van ni me vienen solo te seguí el rollo, yo tampoco he dicho si en Alemania quedarían impunes o no, es que no lo se, lo que he dicho son dos verdades... Que son inimputables y penalmente hablando se van a ir de rositas, no se cual es tu problema, tu solito has empezado a teorizar con cosas que yo no he dicho... :palm:
  1. #176 Perdona, yo he dicho inimputables y que se irán de rositas penalmente hablando, algo que es cierto, todo lo demás incluido el código de internamiento de menores con edad penal lo has dicho tu, yo no me he movido ni un centímetro de lo que dije desde un principio, te repito, todo lo que has dicho no se puede aplicar al caso alemán, es increíble que sigas por este camino... xD xD xD xD
  1. #174 Inimputables quiere decir que no se les puede imputar un delito, señor que paciencia... :palm:

    www.abogadosypenalistas.es/blog-articulo-derecho-penal.php?article_id=

    "Como vemos, el menor de 14 años que cometa un delito resulta ser inimputable, es decir, queda fuera del circuito penal, no siendo por tanto posible por parte del Estado exigirle responsabilidades penales por los presuntos delitos que pudieran haber cometido"

    ¿Te lo explico con dibujitos?... xD
  1. #170 ¿Llorar yo?, es que en España serian inimputables, por mucho que te esfuerces esto no es mentira, eso te lo puede decir hasta el peor abogado del mundo, no tienen responsabilidad penal, ¿Tu estas bien?...

    ¿Me puedes sacar una sentencia de un menor de 10,11, 12, 13 años?, lo que se hace son medidas reeducativas y no penales...xD :calzador:
  1. #168 ¿Y?, pero yo no he sacado a relucir el código penal español y además cuando digo que se irán e rositas me refiero a las niñas alemanas, eres un chiste con patas, además en ningún momento hablo de un caso pasado en España y no miento, en España también serian inimputables, ¿esto ultimo es incorrecto?.... Madre mía... xD xD xD xD xD xD xD :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador: :calzador:
  1. #166 ¿Ya te has leído el código penal del menor alemán?, que me la suda lo que digas, al menos léete el articulo y entérate de lo que se esta hablando...

    Ya te he dicho que hablar de casos que paso en España es una tontearía y una perdida de tiempo, ya te han dicho varios compañeros que no tienes razón, pero sigue con lo tuyo... xD :calzador:
  1. #161 Yo no se como se actúa en Alemania que es donde este caso, ya hay un comentario donde lo indico, toda la charlota que has hecho no vale para nada, ya que hablas del sistema español... xD

    No te has dado ni cuenta... :calzador:

    A mi no me pica nada, menudo descojone llevo... xD
  1. #159 Vamos a acabar con esto, siempre hablo de la responsabilidad penal y penalmente hablando se van a ir de rositas, me he divertido, pero te costaba muy poco leerte las cosas y ver lo que estaba diciendo desde un principio, a mi las burradas que has soltado ni me van ni me vienen... :-*

    En el caso que me pusiste ultimo del menor sin responsabilidad penal no hay nada que indique que este encerrado, busca mas información... :hug:

    Puedes seguir con tu libro... :calzador:
  1. #157 En la noticia dice centro mas adecuado, no dice nada de regimen cerrado, tu mismo campeón, además, para poder mandarlo a ese centro de protección han tenido que quitarle la custodia a los padres...

    Eres un cansino... xD
  1. #155 ¿Pero tu sabes leer?, has puesto dos noticias una con un menor sin responsabilidad penal y otra con un menor con responsabilidad penal, al menor con responsabilidad penal claro que lo pueden internar en regimen cerrado, faltaría mas... xD xD xD

    Es a los que no tienen edad penal a los que no se les puede aplicar ningún regimen de internamiento penal... xD

    Además lo pongo muy clarito, otra cagada... xD
  1. #153 Si te fijas en el de 14 pone internamiento en regimen cerrado, en el otro caso le quitan la custodia a los padres para poder mandarlo a un centro de protección, otra cagada por tu parte, puedes responder, pero ya ni te leo...

    Pd: Gracias por darme la razón... xD xD xD xD xD xD xD xD
  1. #149 Estas mintiendo cielo, sobre los menores con edad penal yo no hable y tu pusiste los regímenes de internamiento para menores con edad penal... :palm: xD

    Mientes por un tubo, esas medidas no se pueden aplicar a los menores de 14, esas medidas son penales, hay una gran diferencia... :palm: xD
  1. #145 Eres tu quien puso al mismo nivel las medidas penales previstas para mayores de 14 a menores de 14, es decir, que según tu se les aplica las mismas medidas, es una cagada... xD

    Los casos los has puesto tu, yo te explique la diferencia y por que no se pueden comparar, la verdad es que no se por que pusiste esos enlaces, no hacen mas que darme la razón... :calzador:
  1. #140 El primer caso es de un menor de 14 y el segundo caso te dice que esta en un centro de protección y no de internamiento...

    "Tras la comparecencia, la Fiscalía, de acuerdo con la Consejería de Servicios Sociales y Bienestar, acordó su ingreso en un centro de protección al estimar que el menor se encuentra en una situación de desamparo"

    Servicios sociales dice que esta en desamparo y el fiscal quita la tutela, ni leer sabes, no es una medida penal, vamos, que contradice totalmente el titular... :palm:
  1. #142 Patético, eres incapaz de explicar tu cagada... xD :calzador:
  1. #139 Joder, que me has puesto el regimen de internamiento de menores con edad penal, que no tiene nada que ver con este asunto, que hablamos de menos de 14 años, esas medidas de internamiento ya que son por orden judicial, es que no te enteras...

    De tu enlace:

    "¿Qué ocurre cuando un menor de 13 años comete un delito?

    -La Ley española, la reguladora de la responsabilidad penal, es una ley que abarca solo una franja de edad, de los 14 a los 18 años. A los 14 años comienza la responsabilidad penal, pero por debajo de 14 no hay responsabilidad. Una decisión que, además, está muy acogida en la doctrina y en los países del entorno. Por debajo de esa edad, lo que hay es un sistema administrativo de control del menor por parte de la autoridad pública correspondiente, en el caso de Murcia, la Dirección General de Servicios Sociales. Ésta se 'encarga' de ese menor. Si un menor de 14 años comete un hecho que se ve como delito, el fiscal de Menores hará un informe que se pasa a la entidad pública y ésta, con sus servicios de información y control, decidirá, por ejemplo, si el menor está en situación de desamparo. Imaginemos que es un menor que está mal amparado, pues bien, se puede resolver, por parte de la entidad pública, mediante un sistema de acogida en un centro determinado. Aunque el centro, como tal, para menores de esa edad la ley lo prevé siempre como excepcional. Debe ser solo en situaciones límites.

    - Este menor, en todo caso, no será derivado a un centro como si fuera un chico de 14 años...

    -Los centros de menores están pensados para el cumplimiento de medidas de menores, pero para menores que han cometido delitos. Los menores de 14 años cometen hechos previstos en la ley como delitos, pero no cometen delitos porque no tienen responsabilidad penal"


    "desde la imposición de retención hasta retirarles totalmente la patria potestad, exactamente igual que en cualquier caso medico o sanitario"

    Te vuelvo a repetir que son los padres o tutores quienes tienen la ultima palabra, lo que pones no me desmiente, si los padres se niegan el menor puede ser declarado en desamparo y entonces actuar servicios sociales, pero no es automático, te repito que he vivido una experiencia sobre este tema... Madre mía... :palm: :roll:
  1. #137 Sera el tuyo, yo ya te explicado como están las cosas, eres incapaz de explicar tus argumentos sin cagarla, todavía estoy esperando una explicación sobre tu comentario del regimen de internamiento de menores con edad penal, yo no soy quien hace las leyes, el fiscal de menores cuando recibe el expediente o denuncia y comprueba que es un menor de 14 lo manda a servicios sociales y a partir de ahí ya veremos que pasa, pero la privación de libertad no esta entre sus competencias y la ultima palabra siempre la tendrán los padres o tutores, la realidad es esa te guste o no... xD

    Tu desconocimiento de la realidad es alarmante, no me has aportado nada que diga que tengas razón. pero nada de nada... xD :calzador:
  1. #135 ">> son una autoridad judicial?
    ¿Necesitas inventarte lo que no han dicho los demás?
    "

    Tío, que es una pregunta que te hago, ¿ni eso entiendes?

    Te repito que en el enlace que te pongo dice claramente que son los padres quienes se hacen cargo del menor y son ellos quienes tomaran las medidas, además, en el mismo enlace te pone que las autoridades solo pueden tomar medidas educativas...

    "si las capacidades parentales están bien", el Govern solo se ocupa de la reeducación y son los padres los que se hacen cargo del niño"

    Eso también esta en el enlace, en el propio enlace ya te dice que no se pueden tomar medidas de privación de libertad, no solo eres patético si no te crees tus propias fantasías, no has aportado nada, lo único que has hecho es marear y marear, quiero que me explique que tienen que ver las medidas de internamiento de menores de edad penal en este caso, eso si que fue una cagada... xD
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