A no ser que viváis en Marte, probablemente ya sepáis que el nuevo salario mínimo del 2019 para trabajadores de jornada completa es de 900€ mensuales con pagas extra aparte o 1.050€ con pagas extras incluidas. Para cualquier trabajador con relación laboral ordinaria, con cualquier tipo de contrato y de cualquier sector o convenio. El método explicado no sirve exactamente para los trabajadores eventuales o temporeros del campo ni para las empleadas del hogar porque su salario mínimo se calcula de otra forma.
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etiquetas: salario mínimo , smi
Bueno, ahora mismo no los tiene, pero cuando se calcule el IRPF de 2019 (en 2020) sí los tendrá y podrá detectar qué empresas no están cumpliendo la ley, entiendo.
A mi me ha sonado raro de cojones, o el de la asesoría al que se lo ha comentado anda muy perdido, o entendió mal la pregunta o yo ando muy perdido. Porque vamos, yo pensaba que el convenio no puede contravenir la ley y aunque en la tabla del convenio ponga 735 el salario minimo es 900 y eso es lo que debería cobrar, no hace falta que el convenio sea modificado para que lo cobre. Se supone que el salario minimo significa que nadie puede trabajar por menos de eso, aunque el convenio diga misa. Vamos, eso pensaba yo.
No sé puede cobrar menos que el salario mínimo a tiempo completo.
Independientemente de los convenios.
Tendrían que cruzar los datos con la seguridad social que es la que sabe cuánto trabajas
O tu amigo no se ha enterado o los de la asesoría no tienen ni puta idea o no quieren tenerla
No obstante estas cosas se han de comentar a un abogado laboralista no a una asesoria
Pero es que labora ha "olvidado" explicar una cosa (que hace errónea, por ejemplo, la segunda de las opciones que señala en su punto 4, que igual es lo que le ocurre a tu amigo,) el RD 1428/2018 estable que en cómputo anual los trabajadores no pueden percibir menos de esas cantidades (900 € x 14 pagas)
Lo pone bien claro en su artículo 27 el ET "La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel.
Es decir, que quitando los pluses extrasalariales (dietas, kilimetraje..) los demás conceptos salariales se sumarían, y si su cómputo anual supera los 12.600 €, estás cobrando por encima del salario mínimo.
Ejemplo: tu salario es de 850 €/mes...¡oh, está por debajo del smi! Espera..¿cuántas pagas tienes? ¿15? Pues entonces cobrarías al 12.750 €, 150 € por encima del mínimo establecido y, por tanto, esa nómina sería legal.
#10 tienes que comprobar tu salario bruto, no el neto.
#21 ¿por qué no a una asesoría? Menudos prejuicios...
Si no lo tienes, y tienes firma digital en la sede electrónica de la seguridad social puedes sacar tus bases de cotización del año pasado, con eso te puedes hacer una idea aproximada de si tu sueldo supera o no el smi del 2019
Mi empresa, que no es pequeña, este mes teneia que haber actualizado el sueldo a varios cientos de trabajadores por el salario mínimo, y al resto subirles el ipc ya que esta por convenio, pero vaya, se les ha olvidado...que despiste mas tonto han tenido
Esperando estamos a ver que respuesta da el departamento de gestion de personas al sindicato, pero por ahora ni mu.
ahora a pedir la nómina, caras largas y demás movidas.
Numero h - 14 pagas 12 pagas (pagas extras prorrateadas)
40 horas 900 € 1050 €
35 horas 787,5 € 918,75 €
30 horas 675 € 787,5 €
25 horas 562,5 € 656,25 €
20 horas 450 € 525 €
15 horas 337,5 € 393,75 €
10 horas 225 € 262,5 €
5 horas 112,5 € 131,25 €
Recuerdo que si tu convenio no está actualizado al SMI, se actualiza por si solo por que nunca puede ser inferior al SMI. Los pluses tiene que especificar en el convenio si son salariales o extrasalariales (plus transporte, vestuario, dietas...). Por ejemplo, la antigüedad es salarial, pero las horas extras van a parte.
wayalia.es/salario-minimo-empleada-hogar-2019/