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Cómo comprobar que no te pagan menos del salario mínimo del 2019

A no ser que viváis en Marte, probablemente ya sepáis que el nuevo salario mínimo del 2019 para trabajadores de jornada completa es de 900€ mensuales con pagas extra aparte o 1.050€ con pagas extras incluidas. Para cualquier trabajador con relación laboral ordinaria, con cualquier tipo de contrato y de cualquier sector o convenio. El método explicado no sirve exactamente para los trabajadores eventuales o temporeros del campo ni para las empleadas del hogar porque su salario mínimo se calcula de otra forma.

| etiquetas: salario mínimo , smi
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  1. Realmente, tenéis una cosa muy sencilla. Si cobrábais el salario mínimo y vuestro salario no ha subido es de cajón: os están pagando menos del salario mínimo.
  2. #1 Y hay muchísima gente que no estaba en salario mínimo pero que la subida lo supera y podrán subir al nuevo mínimo.
  3. Estos de laboro no estaría de más que dieran la misma información, pero con un tonito más respetuoso con los empresarios, cuya gran mayoría cumplen con sus obligaciones, tanto como la mayoría de los trabajadores.
  4. ¿Por qué no lo comprueba hacienda ya que tiene los datos por el IRPF?

    Bueno, ahora mismo no los tiene, pero cuando se calcule el IRPF de 2019 (en 2020) sí los tendrá y podrá detectar qué empresas no están cumpliendo la ley, entiendo.
  5. Ya ha entrado en vigor esta ley?
  6. #4 Sentido común y cruzar datos? Estás loco o qué!?
  7. #5 Desde el 1 de enero
  8. #3 Prefiero el tono del blog, que comparte la información útil y actualizada de forma gratuita y constante, que el de tu comentario.
  9. #1 Pues conozco a alguien que tiene un contrato en el que figura "salario según convenio" y en el convenio lo que figura es el anterior mínimo. Ha llevado el tema a una asesoría y los de la asesoría (una asesoría que no tiene nada que ver con la empresa para la que trabaja, eh) le han dicho que lo que le han dicho desde la empresa es correcto. Que hasta que no se actualice el convenio con el nuevo salario mínimo, lo cual requiere negociación del convenio, él continuará cobrando lo que figura en el convenio (los 735 vamos).

    A mi me ha sonado raro de cojones, o el de la asesoría al que se lo ha comentado anda muy perdido, o entendió mal la pregunta o yo ando muy perdido. Porque vamos, yo pensaba que el convenio no puede contravenir la ley y aunque en la tabla del convenio ponga 735 el salario minimo es 900 y eso es lo que debería cobrar, no hace falta que el convenio sea modificado para que lo cobre. Se supone que el salario minimo significa que nadie puede trabajar por menos de eso, aunque el convenio diga misa. Vamos, eso pensaba yo.
  10. #12 eso es ilegal.
    No sé puede cobrar menos que el salario mínimo a tiempo completo.
    Independientemente de los convenios.
  11. #4 Hacienda no sabe cuantas horas trabajas, sólo lo que cobras, así que no sabe si tu salario es por trabajar 1 hora al mes o 160.
    Tendrían que cruzar los datos con la seguridad social que es la que sabe cuánto trabajas
  12. #12 Si no me equivoco, el estatuto de los trabajadores (ET) es donde se fija el SMI y es superior a los convenios. Los convenios sólo pueden mejorar el ET, nunca empeorarlo.
  13. #16 Hombre, sin trabajar creo que cobras menos. Si piensas que vas a encontrar otro empleo ya estás tardando.
  14. #12 Creo que te la ha intentado colar concienzudamente.
  15. #3 Si guapi lo que tu digas xD xD xD xD
  16. #12 un convenio no puede empeorar las condiciones del estatuto de los trabajadores. El decreto el SMI no sé si modifica el estatuto pero se entiende que sí.
  17. #12 los convenios solo pueden MEJORAR lo que marca el estatuto
    O tu amigo no se ha enterado o los de la asesoría no tienen ni puta idea o no quieren tenerla
    No obstante estas cosas se han de comentar a un abogado laboralista no a una asesoria
  18. #12 Eso no es cierto, no puede cobrar menos, la subida sería de forma automática.

    Pero es que labora ha "olvidado" explicar una cosa (que hace errónea, por ejemplo, la segunda de las opciones que señala en su punto 4, que igual es lo que le ocurre a tu amigo,) el RD 1428/2018 estable que en cómputo anual los trabajadores no pueden percibir menos de esas cantidades (900 € x 14 pagas)

    Lo pone bien claro en su artículo 27 el ET "La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel.

    Es decir, que quitando los pluses extrasalariales (dietas, kilimetraje..) los demás conceptos salariales se sumarían, y si su cómputo anual supera los 12.600 €, estás cobrando por encima del salario mínimo.

    Ejemplo: tu salario es de 850 €/mes...¡oh, está por debajo del smi! Espera..¿cuántas pagas tienes? ¿15? Pues entonces cobrarías al 12.750 €, 150 € por encima del mínimo establecido y, por tanto, esa nómina sería legal.

    #10 tienes que comprobar tu salario bruto, no el neto.

    #21 ¿por qué no a una asesoría? Menudos prejuicios... :-)
  19. #10 Limpio será lo que sea, pero tú tienes que mirar la base de cotización.
  20. #24 Mira el anual del año pasado (en el certificado de retenciones que te ha tenido que dar -aunque quizña sea un poco pronto- apra la declaración de la renta.)

    Si no lo tienes, y tienes firma digital en la sede electrónica de la seguridad social puedes sacar tus bases de cotización del año pasado, con eso te puedes hacer una idea aproximada de si tu sueldo supera o no el smi del 2019
  21. #3 Osti, pues te dejo mi currículum y se lo das a algunos de esos empresarios honestos que conoces.
    Mi empresa, que no es pequeña, este mes teneia que haber actualizado el sueldo a varios cientos de trabajadores por el salario mínimo, y al resto subirles el ipc ya que esta por convenio, pero vaya, se les ha olvidado...que despiste mas tonto han tenido :shit:
    Esperando estamos a ver que respuesta da el departamento de gestion de personas al sindicato, pero por ahora ni mu.
  22. #23 uno aquí, acaban de pagarme, subida del SMI sí, pero fijo me han tangado con las extras! caguentolaputa :palm:

    ahora a pedir la nómina, caras largas y demás movidas.
  23. #12 Eso no es así. Lo primero es que el salario minimo está por encima de cualquier convenio, aunque la tabla salarial no esté actualizada.
  24. #10 Si tu contrato es de Jornada completa tu salario base deben ser 900€ y si tienes las pagas prorrateadas 1050€. A parte van las horas extras y los pluses. Todo en bruto, tras deducciones es probable que no te suba mucho.
  25. Estas son las tablas salariales del SMI.

    Numero h - 14 pagas  12 pagas (pagas extras prorrateadas)
    40 horas   900 €   1050 €
    35 horas  787,5 €  918,75 €
    30 horas   675 €   787,5 €
    25 horas  562,5 €  656,25 €
    20 horas   450 €   525 €
    15 horas  337,5 €  393,75 €
    10 horas   225 €   262,5 €
    5 horas   112,5 €  131,25 €

    Recuerdo que si tu convenio no está actualizado al SMI, se actualiza por si solo por que nunca puede ser inferior al SMI. Los pluses tiene que especificar en el convenio si son salariales o extrasalariales (plus transporte, vestuario, dietas...). Por ejemplo, la antigüedad es salarial, pero las horas extras van a parte.
  26. #32 queria decir que salarial y horas extras van a parte y no cuentan en el SMI.
  27. A las empleadas de hogar desde hace unos años se le aplica el SMI genérico. En esto se ha equivocado terriblemente.

    wayalia.es/salario-minimo-empleada-hogar-2019/
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