La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la atenuante de dilaciones indebidas, a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. La pena de prisión se sustituye por la pena de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros (en total, 540 euros)
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. En serio pones de ej de que la justicia no es fascista a unos chicos acusados de terrorismo por una pelea en un bar?
No. Eso es asi para sanciones administrativas. Para que puedan meterte una multa sin foto cuando pasas cruzando el coche por una nacional.
La policia no tiene ni deberia tenener presuncion de veracidad en ninguna otra instancia.
podemos.info/wp-content/uploads/2015/05/estatutos_de_podemos.pdf&v
Mañana denunciaré en el juzgado que te vi matar a Manolete
Lo curioso es que le han puesto una mierda de condena no? si es cierto que agredió a la autoridad, que lesiono a un agente, etc. lo vergonzoso sería la mierda de condena que le han puesto no, que barato sale lesionar a un agente, casi es más caro no llevar seguro en el coche, este caso huele a mierda a km, que ganas de arrastrar por el fango algo tan importante como el poder judicial tienen algunos partidos de patriotas.
Leete las primeras líneas. Eso no se cumple en una manifestación asi que no es de aplicación
El policía supuestamente agredido por Alberto Rodríguez: "No me ha reconocido ningún médico forense"
www.meneame.net/story/policia-supuestamente-agredido-alberto-rodriguez
Alberto Rodriguez ha negado la patada. Por lo que es la palabra del diputado contra la del agente.
Además hay pruebas que le respaldan: en los vídeos de la manifestación se ve claramente como, de los presentes, Alberto Rodriguez es de los que más hace para calmar a los exhaltados de su lado. Es imposible demostrar conclusivamente que algo no ha pasado, pero esto es lo más cerca que puedes estar de ello.
Enseñame una condena a un político del PP fundamentada solamente en la palabra de un agente policial, y luego muéstrame cómo en las conversaciones donde supuestamente le corrompían él toma la posición contraria de la que se le acusa y se muestra incorrompible incluso físicamente empujado fuera de su oficina a los que le quieren corromper, y también le defenderé.
Pero.... entonces si no existe el término "pelea de bar" Todas las peleas de bar son susceptibles de ser consideradas terrorismo? O solo las del país Vasco?
www.elindependiente.com/espana/2021/10/07/el-supremo-condena-a-un-mes-
<<dos magistrados consideran que la declaración del agente no fue lo suficientemente clara como para condenar al acusado. Susana Polo y Leopoldo Puente, que consideran que debería ser absuelto, han presentado votos particulares contra la resolución. Consideran que la prueba practicada en el juicio está «muy lejos» de ser suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia.
Los dos magistrados discrepantes indican que la condena se sustenta como prueba única en el testimonio prestado por el policía agredido, que identificó a su agresor en el juicio, pero no ilustró al tribunal sobre las circunstancias en las que se produjo. “Esta extrema parquedad del relato, resulta, a nuestro parecer, muy relevante, en la medida en que mal puede valorarse la fiabilidad en la identificación del agresor, cuando ni siquiera conocemos si el agente dispuso de algún tiempo para reparar en su aspecto (al verle, por ejemplo, llegar de frente) o si los hechos discurrieron de forma súbita y en condiciones inadecuadas para dicho reconocimiento”.
Afirman que en este caso se trata de determinar si puede considerarse probado que Alberto Rodríguez fue la persona que propinó a dicho agente una patada en la rodilla izquierda. “Así lo afirma el agente. Y el acusado lo niega. Es posible que sucediera. No estamos en condiciones de descartarlo. Pero existen también otras múltiples posibilidades, igual o parecidamente probables. Es plausible, por ejemplo, que el agente pudiera haberse equivocado en la identificación. Desconocemos la forma exacta, ya lo hemos dicho, en la que pudo haberse producido la agresión”, subrayan los magistrados en su voto.>>
www.elindependiente.com/espana/2021/10/07/el-supremo-condena-a-un-mes-
Cc #212 yo a lo de arriba lo llamaría "duda razonable"
#194 Le queda el TEDH
No les hagas pensar más.
Pero quiero ver cómo me justifica aquí el amigo la mierda de condena si los cargos eran bien hermosos, como es lógico ni contesta ni se le espera, como siempre...
En mi menéame no quiero personas como tú.
@admin empiezo a estar cansado de insultos.
Y ahora te dejo una reflexión:
www.youtube.com/watch?v=JtJmnDC0yMo
Tampoco yo aspiro a que logres entender, pero a ver si con un diagrama de palitos ayudo. Datos de 2019:
Efectivamente tal como dices si tú presentas pruebas inventadas e inexistentes como ha ocurrido a podemos en numerosas ocasiones no se le condena. Eso es un estado de derecho
Si yo entro a un bar dónde hay una pareja de homosexuales y les increpó y les doy una paliza, no es una pelea de bar es un delito de odio.
Si yo entro un bar dónde hay una persona de color y la insulto y la agredo no es una pelea de bar, es un delito ideológico.
Si yo entro a un bar donde hay dos guardias civiles lanzando consignas proetarras y le doy una paliza no es una pelea del bar, es terrorismo.
Por lo tanto no, "pelea de bar" no es algo que puedas alegar en un juicio... sin embargo, cualquiera de estos agravantes si
La justicia si no es independiente y neutra no es justicia.
Joder que facil es entrar a formar parte de una banda terrorista!
Que si, que todos sabemos que España es el país menos demandado y menos condenado de Europa. Lo que no creo que sepas es que eso son únicamente las condenas del año 2019 y que solo en 2021 España tenía 35 condenas de Estrasburgo bajo vigilancia. Ya que os pasan el argumentario, que os lo pasen bien.
Un vídeo, una foto, una huella... ¿Hay algo o es una #denuncia_falsa?
La "justicia" en España es una tomadura de pelo, no tiene para mi legitimidad.
Y que sepas que está feo aprovechar la edición del mensaje para poner en mi boca palabras que no salieron de mis labios.
Salvo que esperes que los administradores sean amigos de los jueces y juzguen con las mismas pruebas.
¿Qué has querido decir?
Vaya, lo has borrado tras la edición. Ya me has aclarado lo que has querido decir.
Que sepas que Los @admin pueden ver las ediciones anteriores.
Gracias por confirmarlo. Reportado.
Tú, lo de pensar en general y leer en particular, lo llevas un poco regular, ¿verdad?
Pero claro cuando blanqueas una agresión diciendo que fue una simple "pelea de bar" por parte de unos "chavales" ya cualquier agravante parece exagerado, y cuando se miran los procesos judiciales con las gafas ideológicas y no con las gafas de la ley todo te parece injusto.
¿Tienes tú el reglamento publicado por la Comisión de Derechos y Garantías.?
en caso de ser procesado o condenado por las faltas o los delitos que se determinarán en el reglamento que a tal efecto publicará la Comisión de Derechos y Garantías,
¿Tienes el Reglamento dela Comisión de Derechos y Garantías?
2° Busca fuentes fiables
podemos.info/wp-content/uploads/2021/03/2021_03_11_Estatutos_de_Podemo
Para Macnulti 229 que se enfada si le das con los datos en la cara
Aún así el texto que te pegado habla de que el policía esté involucrado en el asunto. ¿Podemos decir que aquí, como receptor de la supuesta agresión, está involucrado o también te vas a inventar una chorrada para rebatirlo?
A esto hay que sumar que el policía no identificó al acusado en el momento de la agresión y dejó bastantes dudas en en ese sentido, tal como dicen los dos magistrados que votaron absolver al acusado porque "mal puede valorarse la fiabilidad en la identificación del agresor". Te lo puse en #118 y viene en la noticia.
Luego acusas a los demás de marear. Mira a ver si le das otra vuelta al asunto, porque lo que has escrito no cuela.
Parece que apareció el Karma
Es que lo dices como si nadie pegase en sitios incorrectos los textos y con las prisas le diera a enviar antes de leer el texto.
Aquí el ciudadano se libra GRACIAS a las cámaras policiales, sino estaría comiéndose una bonita cadena perpetua o una pena de muerte por disparar a agentes de policía, a pesar de que los agentes iban en un vehículo sin identificar disparando sistemáticamente a la gente que no hacía nada (una defensa propia de manual).
Por no hablar de las inexistentes pruebas de dicha agresión...
Indícanos cuál es la prueba en la que se basa esta condena.
Además la autoridad se le entiende que dice la verdad, si no es así sería un delito, si crees que se está cometiendo un delito ya estás tardando en irte a presentar una denuncia.
Y para rematar la típica coletilla de "ya estás tardando en irte a presentar una denuncia", otra falacia más.
Ese es un caso de 2014, y encontraras muchos mas que ratifican eso en años siguientes.