¿Es correcto que los agentes tiren la puerta abajo? A la presidenta de la sala social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Luisa María Gómez, el vídeo le ha puesto "los pelos de punta" y ha recordado a la policía que debe "tener especial cuidado en sus actuaciones". Asimismo, augura que estos hechos acarrearán "serios problemas" a esos agentes.
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etiquetas: policia , allanamiento , domicilio
Que tiren esa puerta, pero no la de los narcopisos o okupas, es para darles de collejas.
Si no te gusta lo que escribo eres libre de no leerlo pero lo de callarme sobra.
Solo intentaba explicar que según a quien le preguntes puede estar o no justificado
Segundo, ojalá se les caiga el pelo a los de la fiesta y, si la policía lo hizo mal, también. Que menos que sepannlas normas si es si trabajo.
Lo que no veo bien es que si te pillan algo mal te salgas de rositas porque otro procedió mal. Cada uno que apechugue con lo suyo.
De lo que no estoy a favor es del comportamiento de la gente que hace una fiesta en los tiempos que corren y encima tienen la actitud de decir, que se jodan los vecinos, y más siendo como dice, estudiante de derecho (o eso he leído).
Los dos tienen culpa, uno por lo que expone #180, la otra por querer joder a todos, y ambos por ser conocedores de la ley (mejor o peor) pero que no son dos que no tienen ni idea de nada.
De hecho la sensación que da es que ni los policias ni los políticos quieren obligar al uso de camaras para permitir que se siga mintiendo impunemente.
Se está violando la inviolabilidad del domicilio, si aceptas como base que no identificarte es suficiente para tirar tu puerta abajo podrían ir pidiendo identificarse en casa aleatorias y entrar en todas aquellas que se negasen (Estilo totalitario ya descarado), es absurdo, pero siendo este pais como es hasta colará en el tribunal de orden público.
¿Cabe la posibilidad de que tirasen la puerta abajo porque ya tenian la orden judicial? Como decía un meneante el otro día, justo en ese momento les dan el OK por telefono y patapún, puerta abajo... Pregunto.
Eso si que da miedo.
El delito flagrante requiere la certeza de que se está cometiendo un delito en el Interior de la vivienda.
Va a estar el tema interesante (espero que llegue al Constitucional). Cuando convirtieron ciertas faltas (como la de desobediencia) en delito, les dieron un entidad penal que no deberían tener, no parece razonable que por negarte a abrir e identificarte cuando la policía llama a tu puerta te la puedan tirar abajo.
Lo que hace la policía es ilegal.
Tan ilegal es, que si ese tipo de actuaciones policiales fuesen legales, no existirían okupas.
Has puesto "El delito o falta carece de entidad suficiente" y tal cual lo he entendido.
chao.
autorización telefónica en este caso , no ha lugar.
www.vozpopuli.com/espana/delegacion-gobierno-sancion-vox.html
Real Decreto 1553/2005, de 23 de diciembre, por el que se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.
Posterior a lo que tú dices y
Artículo 2. Derecho y obligación de obtenerlo.
1. Todos los españoles tendrán derecho a que se les expida el Documento Nacional de Identidad, siendo obligatoria su obtención por los mayores de catorce años residentes en España y para los de igual edad que, residiendo en el extranjero, se trasladen a España por tiempo no inferior a seis meses.
2. Todas las personas obligadas a obtener el Documento Nacional de Identidad lo están también a exhibirlo cuando fueren requeridas para ello por la Autoridad o sus Agentes.
Ahí no especifica que en la vía pública.
tampoco me queda mucha confianza en el raciocinio de la sociedad como conjunto, las elecciones de Madrid probablemente me quiten otro pedacito de la poca que me queda.
Sabes acaso qué hora era cuando llegó la policía?
Cómo una reunión en un domicilio privado se puede considerar ilegal?
Sabes siquiera cuántas personas había en esa casa?
Tienes algún respeto por la ley o directamente te la pasas por el forro como hace #206?
En los últimos días me he hartado de ver comentarios destacados que desbordan un desprecio inaudito hacia el estado de derecho. He recibido, en cambio, puñados de negativos por defenderlo. Así que no me sorprende que comentarios como #218 se estén convirtiendo en la excepción y no en la regla.
Estas cosas deberían ser el centro de la lucha. Cámaras para la policía obligatorias. Tanto para su defensa (si actuaron bien) como para la defensa del detenido.
Y eliminar así chapuzas como la presunción de veracidad, que fue "necesario" en su momento para evitar que se recurriese todo en base a "mi palabra contra la tuya, valen ambas igual, no puedes demostrar nada cerdo policía, no me puedes ni multar, no tienes pruebas".
En cuanto a la violabilidad del domicilio, no identificarte cuando la policía tiene motivos para pedirte esa identificación (una sanción administrativa por estar haciendo algo ilegal, como una fiesta de este tipo) no es lo mismo que tirar tu puerta abajo porque llaman y te piden identificación sin motivo.
Por ejemplo, supongamos que vas en coche a 100km/h por la ciudad (máximo 50km/h) y un poli de tráfico te persigue para multarte, y tu abandonas el coche y huyes a pie porque "eres libre de andar por donde quieras". La policía se identifica y te da el alto, pero tu sigues escapando. En ese caso estas cometiendo un delito, no por los 100km/h, sino por desobedecer a la autoridad. Mas se acercaría a eso.
Otra cosa sería en caso de delito (no de falta admin).
Y ellos lo saben perfectamente (o deberían, sinó ya me dirás pa queé están las opos), así que si lo hacen son unos delincuentes.
otro tema es que se les dé impunidad a los negreros del poder cuando cometen abusos ilegales, pq los quieren contentos por si más tarde los necesitan para apalear los esclavos...
diferencias entre espacio publico y privado, un barrendero publico no tiene que limpiar mi cocina, le pagan por limpiar lo publico y al pitufo se le paga y otorga autoridad para servir en lugares públicos salvo orden expresa de un juez para entrar en lugar privado.
deja de ridiculizarte, que yo ya no te doy mas bola.
estudia o mastúrbate, lo que quieras peo sin molestar.
Una infracción de ese tipo no justifica ni de broma el allanamiento de tu morada, y no solo eso, y corregidme en esto si me equivoco, la policia no puede obligar a nadie a identificarse dentro de su casa, la identificación es en la via pública.
Sin orden judicial la policia JAMÁS puede entrar en tu vivienda salvo que el delito sea tan grave y flagrante que asi lo requiera. Yo espero que se les caiga el pelo, que no pasará pero bueno.
Si vas a recibir a los polícias acreditados con un hacha, al grito de "fiesta, fiesta, no me voy a identificar, cerdos, morid, puercos maderos, Crom, cuenta los muertos!" y te lanzas contra ellos echando espumarajos por la boca, creo que les simplificas el papeleo.
Artículo 16. 2:
Cuando no fuera posible la identificación por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica, […], podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a las dependencias policiales más próximas
El delito se cometió al no identificarse.
Técnicamente por encima es correcto, otra cosa será peleas de abogados y jueces. De momento un Juez dice que es correcto y a lo mejor el siguiente que no.
Sin embargo no un caso análogo a la caricatura que expones.
"Artículo 16. Identificación de personas.
1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como
para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas (...)"
Obviamente. Cae de cajón. ¿cómo hace si no? ¿a quién multas?
Es decir, resumiendo, a favor de la policía queda:
- Había posible sanción administrativa
- La policía puede pedirte identificación en tu domicilio en casos como una infracción administrativa.
- Hubo delito por parte de la persona que no se quiso identificar ante una policía que acreditó su número de placa
A favor de los juerguistas quedaría la defensa de:
- La policía se extralimitó porque "no identificarse" aunque sea delito, no es un delito flagrante en el sentido de que hay tanta urgencia por entrar como para echar la puerta abajo en vez de pedir una orden y sitiar el domicilio.
Desde mi punto de vista, espero que le den la razón a la policía, porque de lo contrario, serían impracticables las sanciones administrativas por fiestas ilegales. Si la policía te va a multar, hay que obedecer en el tema de identificarse.
La duda es si eso es suficiente para echar la puerta abajo.
La duda es la forma en la que entraron.
Artículo 16. Identificación de personas.
1. En el cumplimiento de sus funciones de indagación y prevención delictiva, así como para la sanción de infracciones penales y administrativas, los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir la identificación de las personas en los siguientes supuestos:
a) Cuando existan indicios de que han podido participar en la comisión de una infracción.
b) Cuando, en atención a las circunstancias concurrentes, se considere razonablemente necesario que acrediten su identidad para prevenir la comisión de un delito.
En estos supuestos, los agentes podrán realizar las comprobaciones necesarias en la vía pública o en el lugar donde se hubiese hecho el requerimiento, incluida la identificación de las personas cuyo rostro no sea visible total o parcialmente por utilizar cualquier tipo de prenda u objeto que lo cubra, impidiendo o dificultando la identificación, cuando fuere preciso a los efectos indicados.
En la práctica de la identificación se respetarán estrictamente los principios de proporcionalidad, igualdad de trato y no discriminación por razón de nacimiento, nacionalidad, origen racial o étnico, sexo, religión o creencias, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
2. Cuando no fuera posible la identificación por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica, o si la persona se negase a identificarse, los agentes, para impedir la comisión de un delito o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a las dependencias policiales más próximas en las que se disponga de los medios adecuados para la práctica de esta diligencia, a los solos efectos de su identificación y por el tiempo estrictamente necesario, que en ningún caso podrá superar las seis horas.
La persona a la que se solicite que se identifique será informada de modo inmediato y comprensible de las razones de dicha solicitud, así como, en su caso, del requerimiento para que acompañe a los agentes a las dependencias policiales.
3. En las dependencias a que se hace referencia en el apartado 2 se llevará un libro-registro en el que sólo se practicarán asientos relacionados con la seguridad ciudadana. Constarán en él las diligencias de identificación practicadas, así como los motivos, circunstancias y duración de las mismas, y sólo podrán ser comunicados sus datos a la autoridad judicial competente y al Ministerio Fiscal. El órgano competente de la Administración remitirá mensualmente al Ministerio Fiscal extracto de las diligencias de identificación con expresión del tiempo utilizado en cada una. Los asientos de este libro-registro se cancelarán de oficio a los tres años.
4. A las personas desplazadas a dependencias policiales a efectos de identificación, se les deberá expedir a su salida un volante acreditativo del tiempo de permanencia en ellas, la causa y la identidad de los agentes actuantes.
5. En los casos de resistencia o negativa a identificarse o a colaborar en las comprobaciones o prácticas de identificación, se estará a lo dispuesto en el Código Penal, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y, en su caso, en esta Ley.
Que no se suela hacer porque no está cristalinamente marcado en la ley, no quiere decir que sea ilegal. Es una actuación delicada, de la cual apenas hay antecedentes legales, pero sobre el papel no es ni mucho menos ilegal.
Lo desproporcionado habría sido usar granadas para tirar la puerta, pero la forma más discreta que tienen de abrirla de inmediato es usar un ariete.
Cc #120
En estos casos solo hay dos acciones posibles: o haces lo que han hecho, o dejas que hagan lo que les salga de los huevos con total impunidad. O se está a favor de lo uno o de lo otro, no hay más.
Por cierto he leído por ahí que los agentes alegan en su escrito sobre la actuación que portaban cámaras corporales y que pueden aportar imágenes. Estos no han actuado así sin saber lo que hacían, lo más fácil para ellos habría sido no hacer nada.
El no querer enseñar el DNI llevándolo encima es un delito de desobediencia que incluye hasta penas de prisión
Y añado que, dado el tamaño que ha alcanzado este tema, como castiguen a esos agentes de cualquier modo ya podemos todo el mundo despedirnos de que se castigue cualquier delito o infracción administrativa que ocurra en un domicilio... Preveo completa inacción policial en cuanto haya una puerta de por medio, y será completamente entendible.
Cc #151
Otra vez yo estaba de control de acceso a un concierto y y un poli me enseñó la placa 1 segundo y quiso pasar sí o sí. Lo frené y se puso como una moto, llamé una azafata a que lo acompañara 8para asegurarme d q no era un jeta y lo dejé pasar, pero se puso como una moto, a punto de agredirme.
Al dia siguiente salió un artículo (en El punt Diari, creo) explicando la movida y la agresividad de ese poli, que results q era el jefe de poli nacional de Girona, pero yo lógicamente no tenía porqué saberlo). El periodista era el tipo q iba justo detrás i vió el percal.
Hace un par de años okupé un piso en un bloque de viviendas en estado de abandono (cosa que no es delito ni usurpación ni nada). Todos los pisos tenían las puertas rebentadas y muchos desperfectos, y un montón de comida pudriéndose en las cocinas abandonadas. Lo había denunciado al ayuntamiento, esperé un mes y nadie hizo nada. Cuando vinieron empleados del banco propietario los dejé entrar, y a los 1eros mosso q vinieron, educados, también (fliparon de la limpieza q hice, les enseñé fotos). Pero luego vinieron un par de mosso "listos", volvieron a pedirme q me identificara, y cuando abrí la puerta del bloque para ir a buscar el carné embistieron a lo brutos. Miraron todo (excepto mi piso okupado), muy agresivos, y antes de marcharse se negaron a que les hiciera una foto y darme su nº para identificarlos.
Hay polis majos, correctos, legales... y los hay que son matones hijosdeputa.
Finalmente, también hay delincuentes que se hacen pasar por policías para robar.
No sé si estos se identificaron o no, pero una falta administrativa no les permite allanar domicilios: se están saltando la ley, por tanto parecen cualquier cosa menos agentes de la ley, y tienes derecho a defenderte contra agresores que irrumpen en tu casa.
Que quieres evitarte la bronca ceder a su intimidación y hacer cualquier cosa q te manden? Pues vale, pero eso no tiene nada q ver con la ley y el orden, sinó con la intimidación y el miedo.
Y si las leyes no son nada prácticas, están pensadas con el culo y demás, eso es culpa de los legisladores, los polis no pueden ir inventándoselas por sus huevos morenos... porque pasan a ser matones y criminales.
PD: Rebaja el tono que aquí el único catedrático eres tú, pero catedrático en bocachanclas.
Te digo yo que hay miles de antecedentes idénticos. Es una situación que se ha repetido infinidad de veces en okupas.
El allamamiento de morada forma parte del capítulo 1 del curso de buenas prácticas del okupa. Si lo piensas, es lógico.
ni falta hace que te lo haga
lol, lo pongo en mayúsculas para que quede claro que no les van a tocar un huevo
No sé qué dirá "la ley", pero por lo que no tengo respeto alguno es por una pandilla de mamarrachos como los de la noticia. Si el "estado de derecho" no llega hasta ahí y alguno quiere tomarse la justicia por su mano, no seré yo el que lo critique. Que en este país lo que sobran son jetas que se creen con derecho a hacer lo que les dé la gana.
Aunque no sean muy listos, no creo que pensasen que esperar 15 minutos a esa autorización fuese a suponer un peligro para nadie. Más aun pudiendose quedar en la puerta para identificarlos si intentaban huir.
Creo que el vídeo más que nada es un testimonio de un ridículo absoluto, por desproporcionado y exagerado. No soy jurista, simplemente hablo desde el sentido común: si no hay urgencia (peligro, posible destrucción de pruebas etc), tirar una puerta abajo sin autorización del juez de guardia no tiene ningún sentido.
Estás en tu derecho de respetar o de despreciar lo que te salga del nabo. Tomarse la justicia por su mano... en el caso de una reunión en un domicilio privado? Ni que fuese una violación o un asesinato que se colase por una rendija del sistema judicial. Supongo que para ti, mínimo pena de muerte a estos pijolis del barrio de Salamanca, no?
Jetas o no, esos chavales no es que se creyesen con derecho a estar en ese piso. ES QUE ESTÁN EN SU DERECHO de estar en ese piso. Ahí la diferencia y ahí está el problema que estáis teniendo muchos durante esta puta pandemia. Lo que no os gusta se convierte inmediatamente en ilegal por vuestros santos cojones.
O mejor dicho, que el delito ¿es flagrante?
a) Inmediatez, es decir, que la acción delictiva se esté desarrollando o se acabe de realizar. [OK]
b) Relación directa del delincuente con el objeto, instrumentos o efectos del delito. [OK]
c) Percepción directa, no meramente presuntiva, de la situación delictiva. [OK]
d) Necesidad urgente de la intervención para evitar la consumación o agotamiento del delito, o la desaparición de los efectos del mismo. [Dudoso]
Pero, entonces, si "d" no es válido, llegamos al absurdo de que puedes cometer un delito y tener a una cuadrilla de policía 6h-7h puteada a la salida, mientras desobedecen durante toda la noche a la policía.
Personalmente entiendo que de un modo u otro (por orden judicial o por echar la puerta abajo) ante esta situación de cometer una infracción y evidente desobediencia y puteo, la policía debe poder entrar.
Espero que lo sea, porque aquí los malos son los que daban la fiesta.
- Eliminar la presunción de veracidad del policía (para eso tiene la cámara)
- Derecho reconocido a grabar a la policía y entregar los vídeos al juez (no publicarlos, pero si usarlos como prueba)
Así que, haya pandemia o no, estado de alarma o no, ése es el punto clave de esta noticia. A menos, claro está, que los vecinos molestos e irrespetuosos que te encuentras en cualquier rincón de España, de Europa y del Mundo se conviertan en noticia cada vez que dan por saco y yo no me haya enterado...
Porque si es así... a los próximos carnavales me voy a disfrazar de policía, si me piden que me identifique, me inventaré un número aleatorio, y venga a derribar las puertas de los vecinos a los que les tenga tirria.
hay 3 supuestos para identificar a alguien
Sí, uno de ellos es para sancionar una infracción administrativa.
Por que te crees que van con órdenes y mil historias a pisos que hasta el más tonto sabe que hay droga ?
Típica frase de boina y palillo en boca, porque no tiene NADA que ver con la situación de la noticia, menuda tontería...
Entonces no tendrás problema en citarme jurisprudencia.
Ahora resulta que los okupas no son unos simples delincuentes, sino unas personas cultísimas en derecho. Para mear y no echar gota