El Supremo plantea a Alemania entregar a Puigdemont por sedición y no rebelión. Llarena responde así al tribunal alemán que lleva la causa del expresidente catalán y que determinó que no existió violencia suficiente en la crisis catalana para hablar de rebelión
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etiquetas: tribunal supremo , llarena , puigdemont
Pero oye, no se están inventando nada. Como la "violencia", que meten bajo el mismo paraguas desobediencia civil, insultos, etc...
Me da que se aproxima otro ridículo del amigo Llarena.
Me gustaría que lo aclarase algún jurista.
Pero ya sabemos que sabes más tú
Lo que no me cuadra todavía es cómo no le has quitado ya el puesto
Hurto es la versión sin violencia del robo. Abuso sexual es la versión sin violencia de agresión sexual. Asesinato es la versión dolosa de homicidio. Y así.
Que nadie sabe de nada, excepto si le dan a uno la razón, que entonces son expertos.
Y ya veremos cómo os va cuando se acabe la impunidad de los del estado de derechas
No, creo que ni así podría hacer un ridículo superior al que ha hecho hasta ahora.
Y dos bic naranja.
Vamos por partes:
a) organizar un referendum no es delito penal, por lo cual no puede pedir la extradición por él. (2)
b) declarar una DUI podría ser delito... discutible, pero... ¿"tumultuario"?
No creo que ni Maruhenda pueda argumentar que una persona sola en el atril del parlamento sea un "tumulto"...
Los alemanes van a continuar flipando...
Luego nos extrañarán cosas como:
www.meneame.net/story/diario-berlin-deja-vuelta-media-imagen-rajoy-ale
(1) noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.l2t22.html
Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.
(2) www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-10621
Así, el ejercicio de las potestades de convocar o promover consultas por quien no las tiene legalmente atribuidas es perfectamente controlable por vías diferentes a la penal.
Y olvidas que la sedicion es un delito de tentativa, no hace falta conseguir la secesion par ser reo de sedicion
tumulto
Del lat. tumultus.
1. m. Motín, confusión, alboroto producido por una multitud.
Una multitud de dos? en serio?
Pero, a parte de eso, la DUI la hizo el solo en el atril... ¿como le van a acusar de tumulto en un atril?
Se nota mucho en indepes, la verdad. Y a la CE me remito
O a caso está Felipe González en prisión por el GAL? Barrionuevo pisó la celda porque el trámite de indultarlo no se podía hacer online.
Y de los del 23F, ya me gustaría ver algo parecido con los presos políticos catalanes, que llevan cumplida más prisión sin condena que la que le cayó a los guardias civiles del 23F.
Por cierto, uno de esos de la GC del 23F es, curiosamente, el responsable del operativo de la guardia civil en Catalunya el primero de octubre.
Qué curioso....
de nada
Ademas que multitud no falto en las calles verdad?? Ni uso de los mossos para el fin de la secescion verdad?
Ademas con una declaración grabada ante las cámaras. Verde y en botella
Sí... y en mi panadería hiceron una oferta de croasants... pero él no es el responsable de ninguna de las dos cosas.
Ni uso de los mossos para el fin de la secescion verdad?
Eso si está probado que no lo hizo. Por la guardia civil! (que se coló pensando que enseñando sus notas quedaría mal porque no tenía poder para forzar a los mossos a actuar... y después se dieron cuenta que eso le exculpaba! Fue para hacer la ola!
www.eldiario.es/zonacritica/Apuntes-complementarios-vida-Antonio-Garci
Es éste?...que joya de personaje!!!...lee, lee....
Y el origen de las mismas, es una difamacion reconocida hasta por el departamento de estado americano. Informate mejor.
www.google.es/search?source=hp&ei=unD1WsrFJMGtsAHoqKTABA&q=gar
Si apenas te interesa difamar, no siendo que lo que dice ese tio sea cierto pues adelante difama
Pero mi pregunta se refería más a la extradición, ¿Es correcto intentar juzgar por un nivel menor de un delito, o es obligatorio juzgar por el mayor? Entiendo que por una parte se purgan las responsabilidades mejor si se juzga a pesar de las limitaciones, pero también podría suponer una intromisión en el proceso y liar el asunto si más tarde se le pasase a poder condenar por el delito en su extensión mayor.
Sobre el caso del etarra, dos cosas: uno, el cargo no era ejecutivo, a los políticos independentistas en prisión provisional (incluyendo a Sánchez) también les han dejado ser diputados y delegar su voto. Y dos, que el cargo que tomó no está relacionado con la posibilidad de perseveración en el delito en el caso del etarra, pero Sánchez sí pretende usar el cargo para ejecutar la separación/sedición/desobediencia/agitación.
En cuanto que al ser un puesto ejecutivo eso supone una diferencia, la verdad es que no lo controlo esa normativa y no sabría decirtelo.
Posdata: me gusta tu tono constructivo, es difícil de ver en algunas conversaciones en meneame.