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Mis inquilinos se marcharon y ya no puedo cobrarles la factura de la luz

«¿Cómo les reclamo yo el dinero si ya se han marchado?», se queja María. Ahora deberá pagarlas ella. Pero tampoco sabe cuándo: «He venido aquí varias veces y solo me dicen que lo sienten, pero que hubo un error en toda España». La pasada primavera todas las compañías eléctricas reprogramaron sus contadores para adaptarlos al nuevo sistema de tramos que entró en vigor el 1 de junio. Los de Unión Fenosa de Distribución (UFS), filial de Naturgy y principal distribuidora de Galicia, presentaron problemas técnicos, de ahí los retrasos.

| etiquetas: lectura contadores , naturgy
  1. ¿Igual habiendo puesto de titulares del suministro a los inquilinos desde el primer momento?
  2. #1 Y eso que soluciona ? Los inquilinos pueden seguir negandose a pagar esos recibos ya que a quien le van cortan la luz es al piso del propietario.
  3. La tragedia. Acto MMMCDLXIV.
  4. #2 Al menos el propietario no se hará cargo del pufo del inquilino
  5. #2 Hasta donde yo recuerdo, se lo cortan al titular del contrato de suministro, no al propietario.
    Si el titular cambia, nuevo inquilino, el suministro de restablece.
    Y la deuda va endosada al titular del contrato.
    Hay muchos propietarios que no cambian el titular del contrato porque:
    - el alquiler es en negro sin pagar impuestos y eso les dejarais de cara a Hacienda
    - creen que pueden cortar la luz al inquilino si este deja de pagar el alquiler
    - dejadez en conocer los problemas del alquiler y sus remedios antes de que ocurra.
  6. #1 Efectivamente, es la puñetera manía que tienen muchos propietarios de mantener a su nombre los contratos de suministros cuando el cambio es una sencilla gestión que lleva minutos. Cualquiera diría que los inquilinos pueden arrancar el cobre de las paredes si pone el suministro de electricidad a su nombre. Ahora que pringue.
  7. #2 Soluciona que la deuda estaría a nombre de los inquilinos así que la comercializadora tendría que reclamarsela a ellos y tomar medidas contra ellos.
  8. #1 Pues probablemente tampoco. Según leo es una refacturación por error, y le estan enviando la factura al titular ACTUAL no al que tenia el contador a su nombre hace unos meses. Si Unión FEnosa no pudo leer el contador mientras estaban los inquilinos...ahora le llegan todos los kilovatios consumidos en una única factura al propietario.
  9. #2 aqui hay 2 cosas, el codigo de punto de suministro (del propietario) y el contrato de suministro, que como dice #1, lo normal es que lo haga el titular. La comercializadora puede cortar el suministro para ese contrato y luego reclamar la deuda al titular (inquilino) pero debe poderse iniciar un nuevo contrato con otro titular sin mayor inconveniente
  10. #8 con los contadores de lectura remota no deberia pasar.. y si no, con los contadores viejos siempre queda el viejo modo de hcer una lectura parcial... en cuanto te dan llaves, foto al contador, llamada a la empresa para pedir una estimación de factura con la lectura que sea y ese dinero se pilla de la fianza.. la factura luego puede ir un par de euros arriba o abajo, pero sera muy aproximada.
  11. #6 minutos??? Es.mas facil encontrar la atlantida que cambiar la titularidad de un contrato de una electrica
  12. #11 No cuesta demasiado, la verdad. Yo he tenido varios inquilinos hace algunos años y siempre he cambiado la titularidad de los suministros, sin problemas.

    De hecho, uno de los inquilinos "pinchó" la luz y Endesa le descubrió. La multa y deuda, se las reclamaron a ellos, no a mí.
  13. #11 Fuente? o es un invent
  14. #1 Al final lo consigues pero a compañía eléctrica te va a poner mil pegas y te va a volver loco al teléfono, al menos en mi caso. Las compañías prefieren que el titular siga siendo el propietario, saben que hay menos riesgo de impago.
  15. #11 No es verdad: yo cambie la titularidad de luz y gas en un plis cuando vivia de alquiler. La que era complicada era la del agua, luego lo simplificaron y ahora tambien se cambia rapido
  16. #11 yo tardé 10 minutos y todo por teléfono.
  17. Para estos casos podríamos inventar un depósito que deja el inquilino cuando firma un contrato de alquiler y que se devolviera cuando el contrato finalice, si todo está en orden.
    ah no espera, que ya existe! que se llama fianza!
  18. #13 fuente irse a vivir a una casa de alquiler y querer cambiarlo , el titular el.constructor de la casa fallecido, los dueños los compradores de la casa y yo el.inquilino, y no hubo huevos a cambiarlo.
  19. #11 Como chiste está bien pero yo lo he hecho varias veces sin problema ninguno. Contrato de arrendamiento y padrón mediante, claro está.
  20. #18 Evidentemente si el titular de la instalación esta muerto, cambiarlo es un poco mas complicado. Pero evidentemente ese caso no aplica el 99% de las veces. Algunos decís unas cosas....
    Para la próxima, para cambiarlo simplemente hay que presentar los papeles de defunción
  21. #18 Da igual que el propietario esté muerto o en Nueva Zelanda. La titularidad del contrato la hace el nuevo titular con el contrato de arrendamiento en vigor. Sólo se me ocurre que los nuevos propietarios quisieran hacer antes el cambio de titularidad por fallecimiento y después el del arrendamiento, pero me estás hablando de un caso enrevesado, no del trámite habitual.
  22. #21 Era una tontería que dijo para hablar de su libro que no tiene nada que ver con lo que ocurre el 99% de las veces
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