Los ocupantes del Castillo de Corbanera se han quedado con la propiedad de esta fortificación de las guerras carlistas, declarada Bien de Interés Cultural (BIC), después de ejercer como dueños durante más de 30 años. Un informe de la Universidad de Cantabria ha dictaminado que los ocupantes han ejercido una figura denominada usucapión que otorga la propiedad si se ejerce como dueño de un bien de forma pacífica durante un período superior a tres décadas.
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Lo quería poner..
Puede alguien confirmarme si me estoy equivocando?
Cuando discuto con algún liberal/conservador sobre la pertinencia de la propiedad privada tal como la entiende la mayoría y saco la carta de la usucapión, directamente se les pone cara de "se lo está inventando".
Realmente es la plasmación en la ley del derecho de uso en contraposición a la propiedad privada. Hasta cuando Franco lo entendían, pero a día de hoy muchos prefieren ver cómo se caen sus casas convertidas en escombros antes de que las pueda utilizar/okupar alguien.
Esto lleva muchos años pasandose la pelota.
Lo gracioso es que como no esta en el Sardinero, al PP se la suda.
www.lainformacion.com/economia-negocios-y-finanzas/lista-completa-y-mu
Como siempre, al final parece que solo pagamos los tontos de siempre.
Se prescriben también el dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles por su posesión no interrumpida durante treinta años, sin necesidad de título ni de buena fe, y sin distinción entre presentes y ausentes, salvo la excepción determinada en el artículo 539.
Lo que viene a ser que si dejas que alguien viva en tu propiedad y no interpones ninguna acción en 30 años, pues se la queda. Y me parece bien.
El dictamen sobre la titularidad de la fortificación de Corbanera del año 1874 situado en Monte establece en sus conclusiones que la titularidad del bien es privada y, por lo tanto, la comunidad autónoma de Cantabria está obligada a ejercer todas las funciones que la legislación del ramo le asigna a propósito de los inmuebles formalmente declarados de interés cultural (BIC).
La información disponible en el Catastro recoge una inscripción de una propiedad particular de uso residencial construida en 1950 y que afecta a una vivienda y a un almacén del interior del castillo. [...]
En la actualidad (por 2012) en el Registro de la propiedad nº 5, al que corresponde esta parte de Santander, no figura ninguna finca registrada en la dirección calle Corbanera, nº 156. Sin embargo en el catastro aparece (un) titular de la finca del castillo de la Corbanera”..
Eso no quiere decir que la titularidad no se pueda discutir ya que catastro no otorga titularidad pero la asume y sus datos tienen presunción de veracidad, aunque con justificación pueden ser rectificados.
Para rematar, el único derecho real que es obligatorio inscribir es la hipoteca (al menos así era cuando yo estudiaba), por lo que no es obligatorio inscribir la propiedad de un inmueble en el registro para asumir la titularidad.
Por lo menos quién vive en él entiendo que lo cuidara ya que es su casa.
Por todo esto la gente que sabe derecho suele decir que los bienes públicos no se pueden adquirir por usucapión.
Me alegro por ellos, ahora tiene una mejor utilidad que para la que incluso fue diseñada.
Y la cosa es la siguiente hay propiedades demaniales y eso siempre será del estado a menos que ellos digan que ya no y digan que esa propiedad deja de ser demanial. Y sino es así el usocapion nunca sera afectivo.
Ahora, si la propiedad es pública pero no es demanial (la gran mayoría de cosas) si en 30 años no haces nada por defender tu propiedad o notificarles que se fueran... El usocapion hace efecto.
Eso no quita que podamos sacar las putas horcas y hacer una turba con los políticos que han permitido que nos roben patrimonio público.
Tu puedes tener un bien de propiedad pública y ser patrimonial. Y se puede embargar, vender, ceder, donarlos etc...
Y ya leí por ahí que si es público no aplica la usucapión, pero una cosa son las cuestiones legales y otras las morales, y desde este último punto de vista, lo mismo me da que sea público que privado: es un bien abandonado.
En primer lugar, debe ser en concepto de dueño. Esto conlleva que no compute el tiempo de posesión tolerada o autorizada por el propietario.
www.conceptosjuridicos.com/usucapion/#:~:text=La usucapión o prescrip.
Qué país, chico. Qué país...
Hablo sin saber pero creo que el patrimonio cultural propiedad de la administración también es demanial, el tema es si en este caso se puede considerar patrimonio antes de declararse BIC, si se puede hacer de forma retroactiva, etc.
Si montas coto privado de moluscos y granja ecologica. Creo que el impuesto IBI te sale a cobrar.
Lo dicho que se lo endosa a otro y no quiere que se lo endosen al privado.
Me da que el privado, en este caso, es amigo de la famiglia. (El PP gobierna en Santander desde antes de Franco casi y son los mismos que con Franco o sus hijos)
En el caso de la doma competitiva de caracol hispano lo más probable es que te obligasen formar parte de la federación de ciclismo o cualquier cosa que se les ocurra. Evidentemente puedes confiar en que la federación de ciclismo te apoye en tu deporte y ejercerán amigablemente y sin trabas su cometido.
Además, puesto que estaba adscrito a un servicio público, cuando el Estado lo adquirió fue como bien demanial o de dominio público, y los bienes demaniales son imprescriptibles, con lo que no pueden ganarse por usucapión, así que el tiempo que los herederos del tirano puedan haber actuado como dueños resulta irrelevante.
Lo que caracteriza al comunismo no es la abolición de la propiedad en general, sino la abolición del régimen de propiedad de la burguesía, de esta moderna institución de la propiedad privada burguesa, expresión última y la más acabada de ese régimen de producción y apropiación de lo producido que reposa sobre el antagonismo de dos clases, sobre la explotación de unos hombres por otros.
Así entendida, sí pueden los comunistas resumir su teoría en esa fórmula: abolición de la propiedad privada.
hala, ahí te quedas con tu ignorancia
Si es que en tu propio comentario queda clarinete: Lo que caracteriza al comunismo NO es la abolicion de la propiedad en general