La fiscal Isabel Rodríguez, expresa que lo que consta en la sentencia significa única y exclusivamente que durante el tiempo de un mes y quince días que se fije (…) el señor Rodríguez no podrá presentarse a cargos públicos. Ni más, ni menos», remarca. El catedrático de derecho Pérez Royo manifestó que lo que se hizo con Alberto Rodríguez es una «salvajada jurídica, una monstruosidad», porque el Tribunal Supremo no condenó al diputado a la inhabilitación.
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Y el Rey de vacaciones en Dubai.
Incluso se puede sostener que que ningún día, porque no hubo privación de libertad.
Y en el caso de duda, lo más favorable al reo.
Esto traerá muchas vueltas...ahora le toca a la junta electoral (que a bien seguro utilizara la misma formula para salirse por la tangente) y luego el TC que en teoría lo debe fundamentar ....si no a buscar justicia de verdad en la UE.
País de pandereta.
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Aunque lo más grave del asunto de Alberto Rodríguez es la justificación de la condena en si contra la propia jurisprudencia y los principios básicos del derecho de defensa.