También plantea la modificación del artículo 56 de la Constitución para limitar la inviolabilidad del Rey y circunscribirla a sus funciones institucionales; así como del artículo 8 para eliminar la atribución a las Fuerzas Armadas de la función de "garantizar el ordenamiento constitucional y la integridad territorial de España", porque en una "democracia ambas cosas se tutelan por los tribunales de justicia". Otra de las reformas que propondrá es la eliminación del artículo 155 que permite intervenir las autonomías, porque la Constitución ya..
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etiquetas: pnv , reforma constitucional , derecho a decidir , derogar art.155
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O primero se modifica el artículo X y ya no pasa nada.
Mientras, eso que pone en la constitución: “La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado” es papel mojado. Estamos en 2024, ya es hora de exigir que se cumpla el Artículo 1 íntegramente.
Muy a favor de quitar el tributo militar anual, eufemísticamente llamado cupo, impuesto manu militari por orden de Madrid en 1878.
Aunque hay que tener en cuenta que cuando el penequinto habla de foral, quiere decir floral. Lo que viene siendo un adorno.
1.3 La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
Estás seguro de que quieres exigir que se cumpla íntegramente?
Pero, me has entendido de sobra que la parte que no se cumple es la otra
Osea que independiente que yo no quiero monarquía si la mayoría de los ciudadanos de este país quieren ese sistema, yo firmaba ahora mismo monarquía si a cambio de tener un mecanismo legal que nos permita defendernos ante los grandes fondos de inversión, multinacionales y la corrupción e intereses en contra de la población.
Puedes votar a quien quieras que yo quiero que tu vivas de puta madre y que todos vivamos de puta madre. Discuto mucho y soy peleón pero vivo rodeado con gente de todo tipo de ideologías (muchísimos mas de derechas ) y para sacar las cosas adelante tenemos que trabajar juntos. Es de cajón, la polarización que se fomenta no nos beneficia a los obreros y clases medias bajas.
Depende, 3/5 si no es de los dos primeros. Tambien vale mayoría absoluta en el Senado y dos tercios en el Congreso .... Jodido de todas formas,
Artículo 167. 1.
Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria de Diputados y Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado.
2. De no lograrse la aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá aprobar la reforma.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Artículo 168.
1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.
2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.
- Que no quieras que la enmienda inicial se aprueba. Es decir, el PNV estaría en contra de sustituir el término "disminuido".
- Postureo. Dejar la política y pasar a una performance circense.
Me decanto por la segunda.
Vamos tarde a ilegalizar a esta caterva.
Y eso lo dicen meses después de pedir la "desjudicialización del proces", sacar de los tribunales las violaciones del ordenamiento constitucional e integridad territorial realizados por los independentistas.
¿En qué quedamos? ¿Tribunales sí o tribunales no?
¿Y qué pasa cuando los condenados se niegan a acatar las sentencias y medidas cautelares, como ya pasó en Cataluña?