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Entra en vigor una nueva regulación para las criptomonedas en España: cómo afecta y qué obligaciones se añaden
Tal y como describió el gobierno en el momento de su aprobación, esta nueva ley establece entre otras medidas la obligación de "informar sobre saldos y titulares de las monedas en custodia". Es decir, la nueva normativa que ahora entra en vigor afectará directamente a los contribuyentes que posean Bitcoin u otras criptomonedas
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Hay medios1 que defienden esa casilla, la 389, otros2 defienden la 1631 (sección: "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisión de otros elementos patrimoniales").
No hay consenso al respecto.
1 www.elperiodico.com/es/activos/20210317/criptomonedas-declaracion-rent
2 www.larazon.es/economia/20210407/77nlnbsjmvg7hkx4pxyv4b4hlm.html
Eso no es "decirlo de otro modo" eso es decir algo que es falso. Si alguien tiene criptomonedas en un monedero propio no está obligado a declararlas a menos que cumpla los requisitos para tener que hacer la declaración de patrimonio.
Me recuerda el formulario de inmigración al entrar en Estados Unidos, que te preguntan un montón de cosas solamente para pillarte luego.
Otro motivo para tenerlas en tu monedero.
Sin pararme a pensar demasiado en detalles técnicos, establecer una regulación me parece factible y necesario.
ej: www.elindependiente.com/economia/2019/07/19/un-joven-soriano-gana-bata
La solución: Hacerlo por fuera
Información sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario o autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir monedas virtuales".
Ese es el enfoque habitual ya que quién custodia no tiene incentivos para mentir al estado, no gana nada ocultando que su cliente es propietario de ciertas criptomonedas. Es más fácil obtener la información por la vía de los intermediarios. Por eso la banca es el informador del estado y por eso se quiere ir eliminando el dinero en efectivo, para que todo pase por la banca.
-Si tienes bienes en el extranjero (por más de 50000 euros), tienes que cumplimentar el formulario 720, que es informativo.
-Si tienes inversiones en el extranjero (sin cuantía mínima), tienes que cumplimentar el formulario D6, que también es informativo.
-Una vez vendes, tienes que incluirlo en la declaración (no sé exactamente qué casilla)
Lo que no sabría decir es si tener criptos en un monedero propio se considera "el extranjero". Si es así, a priori parece que existe la obligación de informarlas, y si no, entonces simplemente pagarás impuestos el día que las vendas.
Alguien podría tener perfectamente una ganancia patrimonial absurdamente alta en btc y ser pobre en bienes tradicionales, por lo que no podría pagar sus impuestos a un organismo que no acepta bitcoins como método de pago.
Además basta con mover el dinero a otras criptos para eludir el control, como Monero o Dash, por lo que sería prácticamente imposible atribuir un bien intangible a una persona física.
Si quieren hacer algo útil, deberían empezar a considerar a los exchangers como bancos, y obligarles a seguir la misma legislación.
Precisamente el artículo que he citado al referirse explícitamente a "custodiadas por personas o entidades" está aclarando que si no existe tal custodia no existe la obligación de declararlas, de lo que se deduce que no se considera en el extranjero las que están en monederos propios.
A los que creen que se las pueden gardar en el pendrive, que sea por que tienen poco dinero por que al final eso lo tienes que gastar y o te lo tomas con mucha calma, o al final te pillan. Mejor declarlo y san se acabó
Opino lo que #5
En principio no es tanto para controlar, sino para cuando te pillen por otra cosa, te suman ese delito.
Es como lo de pagar impuestos por hacer regalos. ¿Quién controla eso? Nadie. Pero si pillan a alguien con dinero negro y se escusa en que fue un regalo, lo crujen.
#11 Un exdirector de la CIA opina como #10
cryptoforinnovation.org/resources/Analysis_of_Bitcoin_in_Illicit_Finan
Puede vender btc u otros bienes para pagar impuestos.
Lo mismo ocurre si cambias una casa por otra, puedes no haber desembolsado dinero en ello pero los impuestos debes pagarlos no en habitaciones si no en euros.
Si quieren hacer algo útil, deberían empezar a considerar a los exchangers como bancos, y obligarles a seguir la misma legislación.
Esta ley va en esa línea, les obliga a informar de titulares y saldos. Como a los bancos.
En mi opinión, una regularización efectiva de las criptomonedas implica eliminar este pseudonimato, realizando esta asociación entre identificador y entidad, y monitorizando las transacciones, de aquellas carteras que quieran pertenecer al curso legal (e ilegalizando las que permanezcan "en negro" por supuesto). Incluso si sólo una parte de las carteras deciden regularizarse, el hecho de no poder realizar transacciones con cuentas irregulares, o poder identificar a sus poseedores, incentivaría la regularización y facilitaría la persecución de los infractores.
Los billetes de papel-moneda tienen número de serie. Nadie se plantea monitorizar el cambio de manos de esos billetes. No veo por qué con criptomonedas debería ser distinto.
Las obligaciones de declarar siguen siendo las mismas.
!Trasposo!
Yo conocí a una persona que lo hacía. Eso sí, era su trabajo
¿Cómo se podría comprobar?
Por otro lado, al considerarte un custodio de un activo financiero, es posible que la ley te obligue a declararlo de otra manera (aunque no tengo ni idea, la verdad)
Lo cual está excluido:
[...] custodiadas por personas o entidades que proporcionan servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros [...]
Si hay maneras de verificar cuánto dinero tiene cada persona sin identificar sus carteras, estoy plenamente a favor de explorarlas.
bitcoinmagazine.com/.amp/guides/what-are-bitcoin-mixers
Y en cualquier caso, si eres custodio de tu propio wallet, tal vez (sólo tal vez) la ley te obliga a declararlo, lo desconozco.
"Quiere decir que cuando el dinero se recibe, de la fuente que sea, entra en una bolsa general y no se diferencia de donde proviene. Los euros son los mismos sin importar su provenencia."
www.elblogsalmon.com/entorno/que-quiere-decir-que-el-dinero-es-fungibl
Un ejemplo muy usado son los tainted coins.
Yo puedo guardar mi dinero como quiera mientras no haga un uso ilegal de él. No entiendo porque deberían ser ilegales si no estás cometiendo ningún delito.
Tú puedes intercambiar un Bitcoin por otro Bitcoin sin problema, y para eso da igual que Hacienda sepa o no que eres tú quien lo hace. Su valor, en efecto, no varía dependiendo de donde provenga. Eso no significa que no podamos conocer de donde proviene, con el objetivo de aplicar los impuestos correspondientes a posteriori.
Pero no, mejor votar negativo a #49 por decir una verdad como un templo.
Hacienda puede hacer algo mientras tengas que pagar por un banco para convertir a euros, pero con una economía funcionando totalmente en bitcoin, esto es simplemente imposible.
El pasado día 2 estuve en Ginebra. Y confío en el intercambio automático de información financiera lo mismo que en la existencia de las armas de destrucción masiva de Aznar.
Pues confía en lo que quieras, pero yo me comí bastante papeleo en 2017-2018 y conozco a más de uno al que le llevó meses asegurarse de que todo estaba en orden antes del fin del período de transición. Pero bueno, si el día 2 de julio estuviste en Ginebra, entonces todo cambia...
O sea, si haces algo sospechoso y te investigan, les pedirán tus datos al exchange. Normalmente saben con cuál exchange operan porque hay operaciones desde o hacia tu banco desde sus cuentas bancarias.
Sin embargo, estoy bastante seguro que existe un nivel de opacidad superior a eso (evidentemente, no accesible a cualquiera) que va a proteger aún a grandes (o grandísimos y gigantescos) capitales.
Por ejemplo, no creo que el mecanismo de intercambio vaya a destapar a grandes mafias o mega magnates.
Lo de haber estado recientemente en Ginebra es porque la densidad de bancos por metro cuadrado en el centro sigue siendo algo tremendo, y estoy convencido de que no van a renunciar a la totalidad de su privilegios.
Por tanto, estaría completamente a favor de medidas como las que he comentado, que regularizaran las criptomonedas a cambio de eliminar su potencial para realizar trámites en negro.
Sobre el gran fraude, no hace falta irse a Ginebra. El gran fraude funciona gracias a Ginebra, a Madrid, a Londres, a París, a Nueva York y a cualquier otra capital donde haya grandes empresas y fortunas. Pero nada, seguid con el mantra de Suiza como paraíso fiscal como si siguiesen llegando paisanos con maletines llenos de billetes a la antigua.
Pero coincido contigo en que hay que ahorrar energía hoy en día, y no solo las criptos estan cambiando el modo de minar, como ethereum, si no que creo que habria que prohibir el gaming, millones de personas jugando a muñequitos inutiles y quemando sobre 350wattios cada uno! Y cada día!
No pensaba que era para ponerse así
La regulación que tú propones es técnicamente imposible, están diseñadas para que eso no ocurra. Seguramente se verán intentos por parte de gobiernos para crear criptomonedas legales, censurables, rastreables, etc. Mi pronóstico es que la gente no las usará por las obvias desventajas, al menos mientras haya alternativas.
Al final voy a acabar teniendo que darle la razón a los que se oponían firmemente a las imposiciones de EEUU y la UE.
La mayoría de los que trabajan, o apuestan, o juegan con criptos (si ganan) ven lógico pagar, el problema es que la exigencias son un viacrucis, prácticamente imposible y las penalizaciones por errores u omisiones son brutalmente exageradas.
Otra ley más (y otra, y otra, y otra) redactada por ignorantes que quieren atar y amordazar a todos los españoles.
¿NO son capaces de hacer una ley que NO parezca una venganza y que NO presuma que cualquiera que se salga del esquema trabajador-nómina es un delincuente, blanqueador de dinero, terrorista ???
Ley de prevención del blanqueo de dinero y terrorismo. Manda huev ....
Criminalizan al ciudadano, lo insultan y se quedan tan panchos.
Esta gente NO quiere sacar un rendimiento fiscal, lo que pretenden es prohibir una actividad.
Esperemos que Europa los coloque en su sitio.
Soy experto en fiscalidad sensata y efectiva y esto NO lo es.
.
Lo que propongo es que, si las criptomonedas se regularizan como moneda de curso legal, las carteras que estén incluídas en esta legalidad (que puedan realizar transacciones legalmente dentro del sistema) estén asociadas a personas o entidades físicas. Esta asociación sí podría estar centralizada sin que ello afectara para nada a la descentralización del sistema blockchain de las transacciones, ya que sólo se usaría para propósitos administrativos (y para que negocios legales pudieran consultar en el acto si la cartera del individuo o entidad con quien van a ejecutar una transacción está regularizada o no).
Para mí es sencillo: las criptomonedas nunca van a ser ampliamente usadas como monedas de curso legal mientras no sean compatibles con la sociedad actual (y en la sociedad actual necesitamos saber donde va y de donde viene el dinero).
Si una criptomoneda no es p2p, descentralizada, con transacciones inmutables, resistente a la censura, etc (vamos, efectivo digital), deja de ser una criptomoneda.
La opción que tú comentas es complicada ya que este supuesto registro de carteras legales debería ser internacional y además supone una privacidad incluso peor que la que tenemos ahora, así que la gente podría decidir ignorar el mercado legal por completo.
En fin, son tiempos interesantes.
Esto ya me lo dijiste y ya te respondí con ejemplos numéricos:
Para por ejemplo un patrimonio de 5 millones de euros el impuesto de patrimonio sale a unos 90 mil euros en el peor de los casos.
Para 1 millón de euros sale a unos 3 mil euros.
Si a alguien que declara 5 millones de patrimonio la cotización de bitcoin le provoca que esos 90 mil euros a pagar sean un problema posiblemente haya asumido unos riesgos desmesurados. Lo mismo con los 3 mil euros para quien declare un patrimonio de 1 millón de euros.
He usado esta calculadora para las cifras: inviertoyahorro.com/calculadoras/patrimoniofca.html
Es la misma respuesta que ya te di aquí: www.meneame.net/c/31936157
IRPF, no patrimonio.
45% por encima de 60000€
En el IRPF la valoración se hace en la fecha en la que dejas de tener ese bien, cuando lo vendes o lo cambias, es la fecha de transmisión.
45% por encima de 60000€
Si te refieres a una venta quien vende debe estar informado de los impuestos que tiene que pagar y debe saber que parte de esos 60.000€ meramente los está custodiando hasta poderlos entregar a Hacienda.
Yo considero el desenlace más probable que algunos estados crearán sus propias criptomonedas, otros usarán las existentes a través de regularizaciones como las que comento, y otros directamente evitarán enteramente el uso de éstas. El futuro raramente es monolítico.
Del envío:
Obligación a presentar el 720 en la Renta
...
La nueva normativa establece las obligaciones, pero todavía no se han definido todos los parámetros, por ejemplo el importe mínimo a partir del cual debemos informar. ¿Cuándo llegará esta modificación? "Será rápido, aunque es algo importante, pues va a determinar importe (50.000 euros o mas o cualquier cantidad) y el momento en que se hace el cálculo (si un periodo como un trimestre o sólo el 31 del diciembre)", explica Maeztu. "Supongo que para septiembre u octubre lo tendrán", concluye el experto.
...
Es posible que solo sea informativo y solo se pague patrimonio, no lo se.
Para la compra/venta el tipo máximo es el 26% (era el 23% y lo han subido): www.invertirenbolsa.info/Fiscalidad-acciones/fiscalidad-venta-de-accio
Alguien que tiene como negocio minar criptomonedas debe estar plenamente informado de los impuestos que debe pagar por esa actividad profesional y debería disponer del capital para pagar todos los impuestos en cuanto el estado se los reclama.
Y solo afecta a las criptomonedas que estén custodiadas por terceros que sean extranjeros.