El Tribunal de Justicia de la Unión Europea fallará en octubre sobre la situación de los empleados públicos interinos y temporales en España, que denuncian discriminación respecto a sus compañeros funcionarios. La sentencia será transcendental, ya que la Justicia española ha planteado al TJUE que, si efectivamente existe discriminación, estos interinos sean reconvertidos automáticamente en funcionarios. No tanto como un premio para ellos como una sanción para la Administración por incumplir una directiva que tiene ya 18 años de vida.
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etiquetas: empleados públicos , interinos , precariedad
La interinos no han hecho nada mal, y se han acogido a las circunstancias.
Quien lo ha hecho mal han sido los sucesivos gobiernos, y la sanción me parece correcta.
Por cierto, muy bonito ver a mucho funcionario de examen echando espuma por la boca contra sus compañeros interinos como si la culpa de su interinidad fuese suya y no de la administración que es una puta chapuza desde hace décadas.
De alguna forma hay que solucionar la situación.
Lo coherente es indemnización y a sacar 800.000 nuevas plazas para oposiciones. Segurísimo que por puntos de experiencia muchos volverán a entrar pero que los que entren nuevos estarán mejor preparados y los que no se han formado en décadas ya pueden empezar a experimentar cómo funciona la empresa privada... Hay mucho dinosaurio que no sabe usar ni sus herramientas de trabajo.
En la administración de justicia, que es donde yo trabajo, según las últimas bases puedes ser interino aun con la última convocatoria suspendida.
Cuanto más tiempo lleves más laxo era el sistema para entrar. Es más, hay interinos que entraron en los 90's entregando un cv al juez, en mi juzgado hay uno. Son estos los que parece que van a convertir en funcionarios, ya me dirás si es justo.
Un puesto de trabajo temporal, es tuyo, mientras se cumpla la temporalidad.
*Nótese que en mis palabras, repetición de las que figuran en el artículo, pone "sale tu plaza" y no pone "sale tu plaza de interino". De toda la vida di por hecho que cuando se dice "tu plaza" o "una plaza" sobreentendíamos en este contexto que se trata de una plaza da de funcionario. Que cuando alguien recibie una interinidad no dice "saqué una plaza".
Pase lo que pase se va a cometer una injusticia porque hay miles de casos distintos. Gente que lleva aprobando años y que no entra fijo porque no sacan más plazas para perpetuar el.sistema.de listas. Funcionarios en puestos de responsabilidad a los que solo les dejaron ser interinos para tenerlos controlados, gente que se apuntó a una lista al terminar de estudiar y que entro sin méritos porque no renovaron la.lista.en cinco años y ahí sigue.
Hay miles casos, hay literalmente de todo, y por eso, se haga lo que se haga, será una injusticia con unos u otros.
Pero lo peor no es eso, lo peor es que la administración va a seguir igual. No me importaría que hicieran fijos a los 800.000 mañana si se acabase el sistema de usar las listas como un fraude, pero lo peor es que la administración va a seguir igual y diga lo que diga Europa se van a seguir convocando plazas de menos y usando interinos para necesidades fijas, se van a seguir haciendo interinajes por programas para falsos programas y en otros 20 años estaremos otra vez con un millón de interinos y el mismo debate.
Los puestos de trabajo no son tuyos/míos, son de la empresa/admón y nosotros los ocupamos, pero no los poseemos ni somos sus propietarios.
No estoy diciendo que sean malas simplemente que no crean dinero.
Yo recuerdo un juicio que un ayuntamiento en el que estaba perdió. Se habia contratado ilegalmente a una persona y se condenaba al ayuntamiento a hacerla indefinida no fija.
Aquel día fueron a comer para celebrarlo la demandante, el alcalde y la jefa del departamento que la había contratado.
Los sistemas de sanción a empresas no sirven para la administración xq el que paga no es el culpable.
Casi todas las administraciones van cubriendo plazas durante años y décadas a base de interinos, porque crear plazas de funcionario les sale más caro. Luego a llorar cuando los tribunales dicen que obviamente no puedes tener trabajadores de temporales toda la vida. Por supuesto que habrá casos en los que se haga así queriendo para enchufar, pero en general no convocan plazas por dinero puro y duro, igual que la privada.
Pasó cómo en el fútbol español(hace más de seis años), aquella liga que se debería haber quedado en 18 equipos por incumplimientos en despachos pero las aficiones de Celta y Sevilla protestaron en la calle y decidieron los jefes del fútbol que en Primera habría una liga de 22 equipos.
Por eso hoy día hay una liga de 22 equipos en segunda división, lo que han hecho es esconderlo bajo la alfombra porque en Segunda no importa tanto y que se fastidien los aficionados de Segunda con partidos en Agosto, en Mayo, en lunes y en viernes...
Esto se parece mucho y puede colear muchísimos años.
¿Tiene que joderse él/ella por culpa de la única forma de discriminación generalizada y apoyada públicamente que es ANTIGÜEDAD/EDAD?
¿Deberán ellos dejarte sin pensión cuando tú te hayas jubilado después de todos los palos en sus ruedas que les hayas conseguido poner o hayas solicitado?
Yo creo que la solución es que la Administración esté forzada a sacar una plaza a oposición si lleva más de dos años ocupada por un interino, y habríamos evitado esta situación. Ahora ya no existe una solución ideal y totalmente justa para esos 800 mil interinos.
Y quienes me atendieron eran funcionarios y la madre de mi amigo es (o era, ua se jubiló) funcionaria también.
www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica/institutodead
Yo al que no ha aprobado el segundo examen no creo que deban darle plaza... pero sí vería bien que hicieran funcionarios a los aprobados sin plaza. Después de todo, han aprobado.
A los que no han aprobado el segundo examen, entiendo que no se les facilite la cosa, así como a los que han entrado por bolsa de trabajo. Pero de los aprobados sin plaza sí veo bien que a los X años de experiencia puedan acceder a una plaza, han aprobado el examen.
Sabías que Amancio Ortega recoge las cacas de su perro? Si es que cómo no quererlo!
www.laopinioncoruna.es/coruna/2018/08/23/amancio-ortega-agacha-calles-
Lo que ignoráis los vasallitos vocacionales que llaméis ortos forrados en oro para saciar vuestra pueril necesidad de protección paternal es que para ellos (conocedores al contrario que vosotros de lo que han hecho para llegar a donde están) resultáis, si cabe, aún más ridículos que para el resto.
Si Amancio Ortega pasó de vender batas en una tienda de Coruña a ser uno de los hombres más ricos del mundo fue sólo gracias a su dieta rica en chusma suplicante de esa con lo mira con devoción y lo llama don Amancio. Es su desayuno.
Así que... dame mucho estado de bienestar y que te coman con patatas tus Amancios.
Y eso lo has descubierto tú solito o alguien te tuvo que explicar que tu pediatra también comía?
Y sólo si necesitan hacer explícita su situación dirán "mi plaza de interino" o "mi plaza en propiedad".
Sería tan ridículo alguien que se refiriese siempre a su trabajo como "mi plaza de interino" como otro que fuese por ahí hablando del suyo como "mi puesto fijo".
Vamos, que qué menos que darles las gracias por magnificencia que demuestran permitiéndome llevar a cabo MI, perdón, SU trabajo.
Madremía el vasallaje...
No tiene por qué. El Estatuto de Empleado Público establece muy claro cuáles son los supuestos para una plaza de interinidad. En muchos casos ha ocurrido que el contrato es fraude de Ley, es decir, no se justifica la interinidad para nada. Es decir, no se trata de que se haya retrasado la convocatoria de plaza fija, sino que en su origen el puesto no se puede ocupar por un interino. En estos casos, no cabe sacar convocatoria adicional, ya que la hubo y el interino pasó las pruebas. Lo que ocurre es que el contrato no se ajusta a derecho. Tenía que haber sido una plaza fija desde el principio. Lo correcto sería corregir el contrato, es decir, convertirlo en fijo. Otros casos no serán así por lo que hay que mirar uno por uno.
Hay multitud de casos en los que el contrato en sí no se ajusta a derecho. No se trata de que no hayan sacado la plaza fija, sino que no cabía una plaza de interino. Hay que mirar caso por caso.
Y lo que dice la justicia va a misa
Ajo y agua.
ya me contarás la manera de alimentar al monstruo
A ver...
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No sé...
Técnicos de Hacienda recuerdan que más del 71% de la evasión fiscal la cometen las grandes fortunas y las grandes empresas
Pues no caigo, oye.
Si tú te vas de una empresa eso no quiere decir que el puesto de trabajo que ocupabas desaparezca, lo que sí ocurriría si fuera tuyo, puesto que se "iría" contigo. Como bien dices, lo que se extingue es la relación contractual, no el trabajo.
No es vallasaje, es sentido común que tú OCUPAS ese puesto de trabajo, no que POSEES ese puesto de trabajo.
En la barra del bar usamos el lenguaje de una forma más distendida, pero si te metes en términos jurídicos y legales, la cosa cambia.
Más sencillo: si los puestos de trabajo que ocupamos son nuestros (de los trabajadores), ¿cómo es que nos los pueden quitar?
En primer lugar, yo en ningún momento he defendido la idea de que alguna de las partes "poseyese" el puesto trabajo.
En segundo lugar, a pesar de que menciones "términos jurídicos y legales" como si hubieses citado alguna normativa que refrendase esa cuanto menos peculiar interpretación, me temo que no existe ninguna definición legal de "puesto de trabajo". Lo cual tiene bastante lógica si tenemos en cuenta que el uso genérico de "puesto de trabajo" no es más que una metáfora del "puesto de trabajo" literal, que es el espacio físico concreto que ocupan algunos trabajadores (como podría ser el de un operario en una cadena de montaje), y que a pesar de no contar con una definición legal su definición extensional hace referencia al conjunto de labores de un trabajador y no a la voluntad previa de la empresa de contratarlo.
De hecho, y aunque es tristemente significativo que aún hoy muchos sigan entendiendo las relaciones laborales en términos de posesión, nunca oirás a un empresario hablar de "su" puesto de trabajo cuando se refiere al puesto de trabajo de un empleado, sino en todo caso cuando se refiere a sus propias labores en la empresa.
Y sumando a esto:
- El hecho de que el puesto de trabajo no existe sin la figura del trabajador, pero sí sin la de la empresa,
- Que tu argumento circunstancial de que mañana un puesto de trabajo podría ser ocupado por otro trabajador olvida mencionar que también podría darse el caso de que el trabajador permaneciese y la que ocupase la otra parte contractual fuese otra empresa,
- Y que el significado habitual del concepto "mi puesto de trabajo", fuera de ese perturbador marco de posesión inamovible que queréis ver algunos, no es más que "el conjunto de labores que desempeño en mi trabajo" (¿o tampoco podría decir "mi trabajo"?)...
Huelga concluir que además de ser una expresión habitual es grámatica y legalmente correcta.
Sí existe una definición legal de "puesto de trabajo" La puedes encontrar en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (art. 26), aunque es la única norma que hace referencia de modo concreto a ese concepto. En sentencias de los tribunales te ajustan más el concepto. Si tienes interés en internet tienes muchas.
En segundo lugar, llevas todo el rato diciendo que el puesto de trabajo es TUYO, que es lo que otros y yo decimos que nones, que tú sólo lo ocupas y desarrollas la labor intrínseca a ese puesto de trabajo, pero que la existencia del mismo es independiente que lo ocupes tú u otra persona.
Los empresarios claro que no hablan de "su" puesto de trabajo, pero sí de su empresa y sus trabajadores, y ahí están englobando todo. Que yo sepa son ellos quienes deciden los puestos de trabajo que necesita la empresa, no los trabajadores que los ocupan.
" el puesto de trabajo no existe sin la figura del trabajador, pero sí sin la de la empresa" esto no hay ni por dónde agarrarlo, porquye según tú no existen los puestos de trabajo vacantes, ¿no? ¿se diluyen en el espacio y el tiempo cuando el trabajador está de vacaciones, de baja, se está haciendo la selección, etc, etc...?
Y el significado habitual sí es como dices, eso no te lo he discutido, el problema viene en que piensas, y así has ido defendiento todo el rato, es que como ya ocupas ese puesto por una interinidad, eso quiere decir que ya es de tu propiedad, que es el eje de la discusión. Y no, tú lo ocupas interinamente, y el propio significado de esa palabra quiere decir que lo ocupas de forma temporal hasta que alguien (tú u otro) obtenga la plaza de forma definitiva. Ergo no puede ser tuyo por cuanto puedes ser sustituido en cualquier momento.
Y sí, como expresión habitual ya te he dicho (en la barra del bar, fue mi expresión) que es gramaticalmente correcta. Legalmente no.
Y aquí acabo, que paso de este tipo de discusiones bizantinas. Si crees que el puesto es tuyo mejor para ti. Chao.
según tú no existen los puestos de trabajo vacantes,
piensas, y así has ido defendiento todo el rato, es que como ya ocupas ese puesto por una interinidad, eso quiere decir que ya es de tu propiedad, que es el eje de la discusión.