Los bancos encuentran un "atajo" para quedarse con los pisos embargados desde 1 euro. Las escrituras podrían tener este "agujero negro". "Salvajada legal", así califican algunos expertos el nuevo camino elegido por algunos bancos para expulsar a los propietarios que no pagan su hipoteca y que bajo el sistema actual tardan meses en conseguirlo. Se trata de utlizar subastas extrajudiciales en notarios para recuperar pisos.
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etiquetas: hipoteca , hipotecas , bancos , embargo , notario , crisis , banco , subasta
A continuación copio un correo que me ha llegado.
No soy abogado y por tanto no sé que posibilidades tendrá,
pero si le vale a alguien bienvenido sea.
Medidas legales contra los desahucios
El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho
banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco
"cree oportuno" y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo
que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del
50% de su valor. Continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo
revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de
margen....... Una gran ESTAFA.
Hat un "modelo legal", que un banco JAMÁS te va a
contar....
Método por el cual, se pierde de igual manera la "propiedad", pero no te
pueden echar de tu casa con tanta facilidad......
En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa,…...
¿Quien escoge al Notario? Pues eso, déanse por "atajados".
menudo agujero negro!!!
Y no me refiero solo a la plataforma de afectados por la hipoteca, si no a todas las personas que han comprado un piso entre el 2000 y el 2011 por ejemplo y estan pagando precios inflados.
¿Por qué esa absurda redacción de idealista.com?
En El País: ccaa.elpais.com/ccaa/2012/01/14/catalunya/1326568851_136234.html
no hay quien les entienda...
A continuación copio un correo que me ha llegado.
No soy abogado y por tanto no sé que posibilidades tendrá,
pero si le vale a alguien bienvenido sea.
Medidas legales contra los desahucios
El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho
banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco
"cree oportuno" y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo
que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del
50% de su valor. Continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo
revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de
margen....... Una gran ESTAFA.
Hat un "modelo legal", que un banco JAMÁS te va a
contar....
Método por el cual, se pierde de igual manera la "propiedad", pero no te
pueden echar de tu casa con tanta facilidad......
En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le
hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se
pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración "indefinida"/50 años,
100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de
alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el
Registro de la Propiedad.
En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del
hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.
Resultado del embargo: la "titularidad de la propiedad" cambia, a nombre
del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra,
perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero,
tendremos que pagar a nuestro nuevo "casero" por nuestro expiso 10€ al mes
y de por vida...... Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las
buscamos........ Aquí teneis un gran arma, cuando "legalmente".
Medidas de guerra para un tiempo de
guerra.....
Lo dicho, con que tan solo a UNA persona le valga, me daré por satisfecho.
Para ir pillando ideas
Muy importante es que conste una fianza y que esta sea depositada en el organismo correspondiente.
La fianza obligatoria es de una mensualidad.
A ver si alguien nos puede dar alguna opinión legal.
Pero que coño es esto de quitarle nada a nadie sin que medie un juez!!!!
Edit:
"Ley arrendamientos urbanos
Artículo 10. Prórroga del contrato.
Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.
Por otro lado si vives de alquiler y el piso es embargado, aunque tenga esa clausula, el banco no puede hacer uso de ella, no es una persona física.
Los muy hijos de puta lo tienen todo atadito. Hasta ahora la mejor solución ha resultado ser la ocupación posterior al deshaucio.
En mi opinión todo esto está muy bien pero...
...dejadme, que yo prefiera
la hoguera, la hoguera, la hoguera.
La hoguera tiene un "qué sé yo"
que sólo lo tiene la hoguera.
Esto es de la noticia de El País y habla de Banca Cívica. Este no era uno de esos nuevos bancos chupiguays que hacen las cosas bien? Yo solo pregunto porque me parece que no te puedes fiar de nada ni nadie.
Ellos seguirán cobrando, que es lo que desean
El banco embarga la vivienda familiar y dependiendo del precio que dicho banco consiga en la subasta, el embargado sigue debiendo lo que el banco "cree oportuno" y de por vida. Cuando las subastas quedan vacías (que es lo que está pasando como norma) el banco se queda con la propiedad a menos del 50% de su valor. Continuando con el reclamo del 100% al embargado y pudiendo revender esa propiedad por el precio que ellos estimen oportuno con un 50% de margen....... Una gran estafa vaya.
Hoy os vamos a explicar un "modelo legal", que un banco no te va a contar, pero nosotros si que lo vamos a hacer....
Método por el cual, se pierde de igual manera la "propiedad", pero, no te pueden echar de tu casa......
En cuanto una persona ve que no va a poder pagar su casa, automáticamente le hace un contrato de alquiler a su mujer/suegra/hijo/hermano o a quién se pueda, por el valor de 1€, 5€ o 10€, con una duración "indefinida"/50 años, 100 años. Cantidad únicamente simbólica. El contrato debe estar a nombre de alguien que no figure en la hipoteca. El contrato debe estar pasado por el
registro de la propiedad.
En el momento del embargo, la propiedad figura en el registro a nombre del hipotecado, pero figura como una propiedad con inquilinos.
Resultado del embargo, la "titularidad de la propiedad" cambia, a nombre del banco. El domicilio continúa teniendo inquilinos. Con esta maniobra, perderíamos la propiedad, continuaríamos debiendo la hipoteca, pero, tendremos que pagar a nuestro nuevo "casero" por nuestro expiso 10¤ al mes y de por vida...... Ya que ellos, no dan soluciones, nosotros las buscamos........ Aquí teneis un gran arma, cuando "legalmente" no pueda seguir usándose, buscaremos más. Medidas de guerra para un tiempo de guerra....
Generalmente lo que ocurre en la compra/venta de viviendas es que en el mismo acto se reunen los vendedores, los compradores alguien del banco que tenía la hipoteca anterior y alguien del banco que concede la nueva y en ese mismo acto de compra/venta se liquida la hipoteca que hubiese.
Supongo que habrá otras alternativas menos corrientes para situaciones extrañas.
Si cada vez que se ha dicho esta frase en Meneame se hubiese llevado a cabo no quedaría nadie en España que pudiese llevar sombrero.
(Botín y Camps están aterrados por los comentarios que leen en Internet¬¬)
El día que lo pongáis en marcha contaréis con mi apoyo, pero seguir quejándose por aquí me parece una auténtica gilipollez.
PD: eso si, poner la palabra "guillotina" en cualquier comentario asegura de media unos 20 positivos.
Saludos
La duda que tengo es que el proceso es similar a cuando el banco subasta tu casa y alguien la compra, el nuevo comprador no tiene ninguna relación con la hipoteca previa que tenia el inmueble y el hipotecado seguirá teniendo que hacer frente al dinero que quede por pagar de hipoteca aunque ya no tenga la propiedad de la misma.
Supongo que es lo mismo que si no tienes seguro y tu casa hipotecada se quema ... el banco se desentiende de la casa y va contra todo el patrimonio existente del hipotecado.
Los cabrones usaron ese nombre para limpiarse la imagen, pero que no te confundan
1)Tenian un lider (Camille Desmoulins)
2)Eran miles de ciudadanos para aquella epoca(10.000 aprox)
3) Habia una situacion de hambre y carestía muy superior a la acontecida en españa(de momento)
4) No tenian nada que perder(aparte de la vida) estaban en una situacion de hambre y miseria altisima,y creian que los culpables de todo ello eran los especuladores(os suena)
5)Tenian un regimiento de soldados afines a su causa
6) Tenian un objetivo final
Aunque hay coincidencias en algunos puntos, hay otros a los que todavia no hemos llegado,hasta que eso no se produzca no espereis una "toma de la bastilla" porque no se va a producir, otra cosa es que halla revueltas populares y desorden urbano, pero no van a "rodar cabezas".
Estaría bien ver todo lleno de guillotinas chiquititas como "toque" de de antencion, porque el momento de usarlas de verdad está próximo...
- Si no me equivoco el precio por el que se tendría que quedar el banco la finca es como mínimo el 60% del valor de tasación, no el 50, y está obligado a quedárselo si no hay postores que superen ese importe, por lo que una parte importante de la deuda ya queda saldada con la subasta.
- La mayoría de bancos ponen en su escritura de hipoteca una cláusula que obliga al propietario a informar al banco del estado de ocupación de la finca, es decir, si lo alquila a terceros, si está vacío o si lo ocupa la propiedad. No sé hasta qué punto sería considerado fraude el hacer el contrato de alquiler y no informarlo al banco. Igualmente no sé si el banco se podría oponer a ese alquiler en caso de estar en vía de reclamación de recibos vencidos.
- El banco no seguirá reclamando el 100% del importe porque si se adjudica la finca en subasta ha cobrado parte de la deuda, y solo podrá seguir reclamando el resto más costas y demás, pero nunca el 100%.
- #31 Un contrato de venta que no haya pasado por notaría no serviría para nada, creo. En cuanto al precio, hay uno mínimo por el que hay que escriturar y que más vale que cumplas porque, una de dos, o el notario no te dejará firmar, o te caerá un multazo del copón.
En lo referente al artículo, nada sorprende. Siempre los protegidos son los poderosos. Viva la democracia.
En una venta corriente el notario juega un papel, informa al comprador de las cargas que pueda haber sobre el inmueble (hipotecas y deudas de otro tipo) y o bien el comprador mediante el contrato se hace cargo o el vendedor las liquida o no hay tu tía. (O no debería, por que aquí mismo, en menéame salió el caso de una mujer a la que por lo visto entre el banco y el notario le hicieron la pirula y con el dinero que dió el vendedor liquidaron una deuda personal de éste).
En una subasta, la deuda la sigue teniendo el anterior propietario, con lo que saque de la subasta se liquida lo que se pueda, y si sobra es para él. El problema actualmente es que con lo que se saca no da para algunas deudas.
1)Tenian un lider (Camille Desmoulins)
Cualquier cosa que suene ahora a lider a todo el movimiento del 15M no le gusta. Esta es una de las principales razones a mi parecer por lo que este movimiento no llegará muy lejos. (Aunque por lo menos ha puesto los cimientos de algo que puede ser aprovechado mas adelante).
2)Eran miles de ciudadanos para aquella epoca(10.000 aprox)
Ahora son millones.
3) Habia una situacion de hambre y carestía muy superior a la acontecida en españa(de momento)
Como bien dices, de momento. Y no es que pinte muy bien la cosa, porque por ahora se va tirando gracias a lo de años anteriores, pero esto ya se acaba.
4) No tenian nada que perder(aparte de la vida) estaban en una situacion de hambre y miseria altisima,y creian que los culpables de todo ello eran los especuladores(os suena)
Lo mismito que ahora.
5)Tenian un regimiento de soldados afines a su causa
Eso es lo que falta
Este es el punto que a mi me parece más relevante. Ninguna revolución ha triunfado sin la fuerza. Se está intentando hacer una revolución con buenrollismo y no violencia al estilo Gandhi (lo cual si fuera posible me parecería lo mejor que le podría pasar a este país). Pero me parece que la gente olvida (o no sabe) que la revolución de la India tuvo éxito cuando se produjo la muerte de Gandhi y empezaron a hostias. Triste, pero es así.
6) Tenian un objetivo final
Aquí también se tiene uno principal. Luego ya hay muchos otros secundarios que son en los que la gente tendría que ponerse de acuerdo.
A los dueños no les molesta que los perros ladren porque se pueden poner tapones o subir la música. Lo único que les molesta es que les muerdan.
#57 si el inquilino quiere será de un año, pero si el inquilino quiere estar más años, la propiedad no puede hacer nada en absoluto.
Sólo el inquilino puede rescindir el contrato en una anualidad antes de los 5 años, la propiedad debe aguantar los 5 años, sí o sí.
O sea que no puede pararse una hipoteca por la dación que no acaba de saldar la deuda, pero sí que pueden ellos dejar de pagar el 74'99999999 de su valor.
Cuando el banco compra un piso en subasta, lo hace para sacar unos beneficios de la jugada. No me pueden decir que lo venderán por dos euros (doblando lo que ellos habían invertido), lo harán por cientos de miles, como mínimo. Si al saldo de la operación sale una cantidad superior o igual a la deuda de la hipoteca por pagar, tendrían que resarcirla sin otro derecho que el de cobrar la comisión por la operación y sus gastos derivados. Esto sería JUSTICIA, lo otro, sólo LEY.
¿Nadie ha pensado que cualquier juez detectará que un contrato de alquiler a alguien cercano está hecho a mala fe y que seguramente sea anulable?
Sería algo demasiado parecido al alzamiento de bienes: delito socioeconómico que consiste en cualquier acción de un deudor dirigida a la sustracción u ocultación, de todo o parte de su patrimonio, dirigida a que el acreedor encuentre dificultades para hallar elementos patrimoniales con el que poder cubrir su deuda.
Creo que eso no es posible sin el permiso del banco.
Pero bueno, mejor sustituir familiar por empresa sociedad anónima cuyos propietarios no tengan que responder con su patrimonio por los problemas que ocasione la empresa. Y ya que tienes esa empresa ... pues te pides unos créditos para 3 pisitos que te autoalquilas a bajo precio y de forma indefinida. Luego das a la empresa en concurso de acreedores y que busquen el dinero ...
Igualmente el truco de ocupar el piso después de ser deshauciado solo sirve para ganar tiempo, al final te echarán a la calle. También acabarás aumentando la deuda con el banco, al pagar daños y costas.
Lo q me gustaría es q alguien analice en serio el contenido del artículo, esas subastas a través de notario, q son un escándalo. No está claro cómo va a poder el banco subastar el piso q es propiedad del hipotecado, sin pasar por la ejecución de deudas judicial. No puede ser q el banco le diga al notario q el hipotecado es un moroso q no paga, y el notario realice la subasta sin más, el banco podría estar mintiendo.
Lo q tendría q pasar es lo mismo q con los trucos citados, el banco tendrá q anular la subasta, devolver la casa al hipotecado, y pagarle los daños y costas ocasionados.
#13: lo que propones no es buena idea. En el juicio el contrato de alquiler no valdría de nada, porque como sospecha #75, el juez lo anulará por considerarlo un contrato simulado. Esto ocurrirá tanto por el bajo precio del alquiler como por el parentesco o amistad. Es más, incluso podría considerarse un delito de alzamiento de bienes (delito => posible pena de cárcel), así que ojito con ello.
#32: se puede vender un inmueble hipotecado por 0€, pero la hipoteca prevalece si no se cancela (pagando la deuda, claro). Y en cuanto se deje de pagar, el banco subasta.
#48: Cuando se deja de pagar al banco, éste subasta el inmueble. Si no saca dinero suficiente para cubrir deuda + intereses + costas, va a por el resto del patrimonio del que firmara la hipoteca correspondiente, que casi siempre es el que fuera dueño del inmueble. Ej: Pepito tiene una casa con su hipoteca, y se la vende a su amigo Juanito por 20.000€ pero sin subrogarse la hipoteca. Pepito deja de pagar, y el banco subasta la casa ahora de Juanito. Si cubre los gastos, Juanito se queda con el resto que sobre en la subasta. Si no los cubre, Juanito pierde la casa a cambio de nada y el banco va a por el resto de los bienes de Pepito hasta que cobre lo que se le debe.
#78: Sólo puede autorizar la cancelación de la carga hipotecaria quien la creara (el banco, vamos). Y el banco sólo lo hará cuando haya cobrado su deuda. Por no hablar del contrato simulado que he comentado antes, con todo lo que implica.
Recordad chicos, no intentéis hacer estas estafas sin la supervisión de un buen abogado.
Vamos a ver: esto es la misma situación que la edad media, donde había nobles, condes, duques que tenían una serie de derechos muy por encima del resto de los mortales. Que en teoría podía ser todo el mundo, pero en la práctica no, pasaba de padres a hijos, necesitaba permisos reales, caerle bien a alguien, que te nombrasen, que dios quisiera...
Ahora no son condes ni duques. Son políticos, banqueros y grandes fortunas. Con sus grandes empresas, sus fichas bancarias y sus SICAVs tienen una serie de derechos que son muy distintos y mucho más beneficiosos que los que tenemos los ciudadanos: pueden pagar muchos menos impuestos, pueden defraudar porque hacienda no les persigue, se les tiene en cuenta en cada una de las decisiones del país, se les presta dinero al 1% en el BCE y se le dan intereses del 5% en la ventanilla de al lado...
Son unos privilegios que ríase Vd. de los medievales.
En teoría cualquiera puede llegar a ser una gran fortuna. En la práctica no.
Esto es un régimen medieval. Nos dicen que es una democracia porque nos dejan votar cada 4 años. Pero en realidad no elegimos nada. ¿ O no ? Se vote lo que se vote, todos sabemos como va a estar España dentro de cinco años: los ricos con más dinero y más privilegios y el resto igual de achuchados que ahora o puede que incluso un poco más... y miles de personas de más de 50 años ya jodidos en el paro porque está claro que se van a perder puestos de trabajo y nadie va a mover un dedo para ayudarlos... miles de personas sin casas y con deudas para toda la vida por lo mismo...etc.
Esto no es igualdad. Nos repiten continuamente que sí... quien quiera creérselo que lo crea. A mi me gustaría poderlo creer, pero es que cada vez me cuesta más.
Pregúntale a google.
así, la ejecución extrajudicial de la hipoteca es un proceso conveniente para la entidad sólo cuando el inmueble esté en buen estado y ésta no prevea complicaciones durante el proceso
Esto es, ese tipo de ejecución es buena para el banco siempre y cuando pueda engañar a su víctima. Los carroñeros eligen a las presas más indefensas
Ya ha salido en esta noticia www.meneame.net/story/treta-legal-van-desahuciar
En todo caso, si el contrato colara, que no creo, el banco estaría obligado a respetarlo 5 años desde el inicio del alquiler, no de por vida.