El juez instructor del caso Nóos, José Castro, proclama en su auto de apertura de juicio oral, en el que ha acordado sentar en el banquillo a la Infanta...
#4 Sr. Castro, a sus pies! Sangre que usted necesite, litros que yo le diese (no se si esto es gramaticalmente correcto pero no sabía decirlo de otra manera)
Sr. Castro, a sus pies! Sangre que usted necesite, litros que yo le diese (no se si esto es gramaticalmente correcto pero no sabía decirlo de otra manera)
En todo caso, creo que centrar la investigación del Caso Noos en el aspecto fiscal es quedarnos con la punta del iceberg. Lo que hay que investigar es de dónde procede ese dinero, qué responsables se lo dieron a Urdangarín & Familiy, y sobre todo, a cambio de qué. Porque no creo que se lo regalaran por la cara bonita, sino que esperarían algo a cambio, y tratándose del yerno y la hija del Rey, cabe sospechar que se daba algún tipo de contraprestación por su parte.
#8 Otra vez el Sr. Grohl... A ver Grohl, mira que menéame es grande y no pienso darte pie y ponerte un ping-pong de improperios en bandeja. Bastante tienes con lo que tienes. Que tengas un buen día.
No obstante, en este caso Hacienda siempre ha sostenido, junto a la Fiscalía Anticorrupción, que la hermana del Rey Felipe VI no ha incurrido en responsabilidad penal alguna, por lo que sólo es Manos Limpias la que reclama pena de cárcel para la Duquesa, más en concreto ocho años de cárcel
Claro que si, o es que alguien se cree la escusa de que ella no sabia nada. Si es la infanta lista la tonta es la otra. Al banquillo como iría cualquier ciudadano de a pie si hiciera lo mismo. Sino probad a defraudar a hacienda y le decis al jues que es que tu no sabias nada que era tu mujer o tu marido, haber que te pasa.
#2 Intentarlo, ya llevan tiempo intentándolo. Hasta uno de los Padres de la Constitución, ahora convertido en abogado de defensor de la Infanta, está queriendo imponerse al juez, al amparo de su "prestigio legislador" en el parto de nuestra inamovible Constitución.
Más bien sería, lo que "tú defraudas es dinero que los políticos no dilapidan, y que entra en la economía en forma de inversión o consumo, beneficiando a todos".
El mayor fraude que existe es el cobro de impuestos. El estado debería tener gravado a fuego en la Constitución la rebaja de impuestos como objetivo básico.
#23 Fíjate bien en mi frase. Lo hace porque es su trabajo. Lo hace con toda tranquilidad porque sabe que no lo pueden joder (que es lo que están dando a entender los usuarios a los que contesto). Si crees que por ser juez y ser su trabajo no debería estar nervioso, revisa los problemas que han tenido Garzón, Silva, Bermúdez, Alaya, Pilar de Lara, Ruz y todo juez que le haya querido meter mano al poder político.
#25 No te hundiremos a negativos por el comentario, sino porque no te has leído la noticia. El juez nombra esos eslóganes de la Agencia Tributaria para justificar que el delito fiscal afecta a todos y por tanto una asociación (en este caso parece ser que Manos Limpias, vergüenza debería darnos) puede presentarse como perjudicada.
Cierto es que por el titular parece que se lo haya dicho a la Infanta, pero no es así.
#25 Es muy simple el motivo: Lo que viene a decir es que de esta manera el perjudicado del delito no es solo Hacienda, sino todos. Así tendrá validez la acusación popular.
Esta bien la frase, pero siendo coherente Castro debería haberle metido pena de cárcel, no sólo fianza. Porque al final la fianza también la pagaremos todos.
Pero la verdad es que no sé hasta que punto tiene peso lo que estableció el Fiscal. Y si el juez Castro podía condenarla a prisión o no, ignorando al Fiscal del Estado.
#31 Aun no la han juzgado. Seguimos en un estado de derecho y no se le puede aplicar prision preventiva a alguien por un delito fiscal, especialmente cuando el riesgo de fuga es nulo.
DESPUES del juicio, es otra historia. Aunque sean 2 años y un dia.
#33 Joer es lo que estaba mirando cuando se me acabo el tiempo de edición. Hace unas semanas llegó a portada que a Urdangarían le tocaban casi 30 años de cárcel y que ella se libraba, pero eso debió de ser solo lo que imponía el fiscal.
Y estaba intentando ver hasta que punto un juez se puede pasar por los huevos lo que dice es fiscal general del Estado y condenarla a prisión.
Pero si, tienes razón que no era sentencia firme lo de la otra noticia, y todavía hay posibilidades de verla entre rejas.
#36 Lo peor es que tiene que decir esto porque el abogado defensor ha instado a que se aplique la doctrina Botín; si quien pone la demanda no está directamente afectado es el fiscal defensor el que lleva la acusación y si éste no presenta acusación no hay delito que juzgar. es.wikipedia.org/wiki/Acusación_popular#Excepciones_a_la_acci.C3.B3n_
Defraudar dinero público debería ser un crímen contra la humanidad.
65 millones defraudados: cuántos medicamentos, educación, servicios sociales y públicos ha costado que estos cerdos reales nos roben; cuántas muertes, devaulación de las condiciones de vida de los españoles, sufrimiento, etc.
Yo creo que si en algún momento hay un gobierno decente en España deberían rodar algunas cabezas en Hacienda y "fiscalía" (traducido, abogacía defensora de la casta), porque el pitorreo a la ciudadanía es monumental.
Cómo se le ve el plumero al fiscal defensor, que se dedica a clamar por la aplicación de la doctrina botín diciendo que la ley debe ser igual para todos, pidiendo unidad de criterio judicial, tanto para botín como para la infanta. Castro a puesto el dedo en la llaga al advertirle de que en este mismo caso hay 5 personas más a las que no acusa nadie salvo manos limpias y a las cuales el fiscal no se ha opuesto a que sean juzgados, dejándolos a su suerte sin importarle esa supuesta igualdad de todos ante la ley
Pero el juez Castro, al desestimar la aplicación de la denominada doctrina Botín, va más allá, calificando la actuación de Horrach como “singular”: “Me refiero a doña Cristina Federica de Borbón y Grecia y a doña Ana María Tejeiro Losada pues que son las únicas respecto de las que el Ministerio Fiscal extrae de esa falta de comunión la conclusión de que la representación procesal del Sindicato Manos Limpias carecería de legitimación para el pretendido ejercicio en tanto esa posibilidad le estaría vedada a la pretendiente en razón de que el título bajo el cual está personada es el de acusadora popular”.
En este sentido, en el auto Castro asegura no llegar a comprender por qué la misma petición que plantea el fiscal respecto de la infanta y de Ana María Tejeiro Losada no la hace extensiva a los acusados Miguel Tejeiro Losada, Salvador Trinxet Llorca, Alfonso Grau Alonso, Gerardo Corral Cuadrado y Miguel de la Villa Polo, “que se encuentran rigurosamente en la misma situación procesal, de los que en esta concreta cuestión se desentiende y deja abandonados a su exclusiva suerte, sin su especial apoyo y al margen de esa pretensión de promoción y garantía de unidad de criterio en la correcta aplicación del artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
“Como se desconocen las razones de esa diferencia de trato, este Juzgado habrá de sortearla haciendo extensivos a todos ellos los resultados que extraiga del análisis de la cuestión planteada”, completa Castro en su auto de apertura de juicio oral.
#44 Pues aquí algunos preocupados porque el juez no ha sido todo lo pelota que debiera en el tratamiento a sus ilustrísimas y chorizísimas altezas reales que se rieron y se siguen riendo en nuestra cara.
#25 Esos comentarios están fundamentados en pruebas reales. Pero además eso se dice en otras sentencias, pero con argot jurídico, con lo cual la gente no se entera de las mismas. Sin embargo, lo que ha hecho el Sr Castro es hablar con lenguaje normal y corriente. Por cierto, como debería ser siempre, y no sólo en sentencias sino en artículos de derecho, jurídicos y relacionados.
#50 “Como se desconocen las razones de esa diferencia de trato, este Juzgado habrá de sortearla haciendo extensivos a todos ellos los resultados que extraiga del análisis de la cuestión planteada” Y esto se llama: ejercicio de la Tutela Judicial Efectiva por parte de un magistrado. Enorme!! la lección que le da al fiscal.
#4 Creo que sería gramaticalmente correcto (aunque en un uso un poco arcaico del español) decirlo "Sangre que usted NECESITARE, litros que yo le DIERE), pero que alguien me corrija si estoy equivocado.
#59 que yo sepa a la falange por muy de la dictadura que fuera no le gustaban (y supongo que le siguen sin gustar) los Borbones. Cuando trajeron al padre de este manifestaban cosas como "Fuera borbon&%, fuera idiotas"
Y es que lo cortés no quita lo valiente o algo así
Valiente sistema de mierda si, al final, es gracias a Manos limpias y a un juez a punto de jubilarse que se la pela las presiones el que una presunta choriza, por muy princesita que sea, siente el culo en el banquillo de los acusados.
#13 Por contextualizar, no son palabras textuales del juez sino una cita a las campañas institucionales contra el frande, citadas con el fin de argumentar que el bien jurídico que se protege en el fraude fiscal, no puede supeditarse a una acusación particular de la AEAT. Lo cual, si estoy en lo cierto, es clave para la no aplicación de la doctrina Botín en este caso.
El 30 de junio de 2.005 se concierta un Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Secretaría de Estado de Justicia en materia de prevención y lucha contra el fraude fiscal y, fruto de ese Convenio, en diciembre del año siguiente se elabora lo que es dado en llamar Primer Informe del Observatorio Administrativo que hace su presentación con las siguientes citas: “Los incumplimientos fiscales, no sólo perjudican los intereses de la Hacienda Pública y con ello los de la mayoría de los ciudadanos, que cumplen sus obligaciones fiscales, sino que también introducen un factor de competencia desleal en el sector en que se producen y, en resumen, en la economía española... el fraude fiscal, expresión de una profunda insolidaridad social... El bien jurídico protegido no es sólo el Erario público entendido como el patrimonio de la Hacienda Pública, sino los valores constitucionales consagrados en el artículo 31.1 CE, incluido el justo reparto de la carga tributaria y el deber de lealtad de los ciudadanos con la Administración Pública propia de un Estado social y democrático de Derecho”.
A pesar de tan contundente cita, consciente la Administración Tributaria de que estos principios no calarían fácilmente en el cuerpo social, se decidió a llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación Tributaria entre las que habrá de ser resaltada, por ser un clásico del que se ha hecho un prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que “Hacienda somos todos” y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: “Lo que tú defraudas, lo pagamos todos”
Esto fuerza a plantearse la naturaleza del delito contra la Hacienda Pública como atentado a un bien jurídico colectivo de interés general y que por tanto no vulnera un bien jurídico individual, que pudiera ser propio y exclusivo de la AEAT.
#64 Este antes de estar a punto de jubilarse era igual por lo que cuentan de él.
Tiene un par de cojones el tío, ya podrían aprender otros, si hay indicios de delito, pa lante con todas las consecuencias. Luego en el juicio con el sistema garantista que tenemos y siendo hija de quien es, si la condenan es que es ya subnormal rematada a parte de por lo que se ve una presunta choriza.
#25 Efectivamente te frien y no, no estan fuera de lugar, la ironia bien utilizada y para desmontar argumentos torticeros es lo mejor. "Lo que tu defraudas Cristina, lo pagamos todos"
Gran verdad.
El coronel que insultó al Rey: España es "una cloaca llena de corruptos"
www.meneame.net/story/coronel-insulto-rey-espana-cloaca-llena-corrupto
Gracias Manos Limpias por vuestra labor.
Cierto es que por el titular parece que se lo haya dicho a la Infanta, pero no es así.
Lo que viene a decir es que de esta manera el perjudicado del delito no es solo Hacienda, sino todos. Así tendrá validez la acusación popular.
No son palabras "de opinión".
Pero la verdad es que no sé hasta que punto tiene peso lo que estableció el Fiscal. Y si el juez Castro podía condenarla a prisión o no, ignorando al Fiscal del Estado.
DESPUES del juicio, es otra historia. Aunque sean 2 años y un dia.
Y estaba intentando ver hasta que punto un juez se puede pasar por los huevos lo que dice es fiscal general del Estado y condenarla a prisión.
Pero si, tienes razón que no era sentencia firme lo de la otra noticia, y todavía hay posibilidades de verla entre rejas.
juez castro.... gracias ♥
defensorel que lleva la acusación y si éste no presenta acusación no hay delito que juzgar. es.wikipedia.org/wiki/Acusación_popular#Excepciones_a_la_acci.C3.B3n_65 millones defraudados: cuántos medicamentos, educación, servicios sociales y públicos ha costado que estos cerdos reales nos roben; cuántas muertes, devaulación de las condiciones de vida de los españoles, sufrimiento, etc.
Pero el juez Castro, al desestimar la aplicación de la denominada doctrina Botín, va más allá, calificando la actuación de Horrach como “singular”: “Me refiero a doña Cristina Federica de Borbón y Grecia y a doña Ana María Tejeiro Losada pues que son las únicas respecto de las que el Ministerio Fiscal extrae de esa falta de comunión la conclusión de que la representación procesal del Sindicato Manos Limpias carecería de legitimación para el pretendido ejercicio en tanto esa posibilidad le estaría vedada a la pretendiente en razón de que el título bajo el cual está personada es el de acusadora popular”.
En este sentido, en el auto Castro asegura no llegar a comprender por qué la misma petición que plantea el fiscal respecto de la infanta y de Ana María Tejeiro Losada no la hace extensiva a los acusados Miguel Tejeiro Losada, Salvador Trinxet Llorca, Alfonso Grau Alonso, Gerardo Corral Cuadrado y Miguel de la Villa Polo, “que se encuentran rigurosamente en la misma situación procesal, de los que en esta concreta cuestión se desentiende y deja abandonados a su exclusiva suerte, sin su especial apoyo y al margen de esa pretensión de promoción y garantía de unidad de criterio en la correcta aplicación del artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
“Como se desconocen las razones de esa diferencia de trato, este Juzgado habrá de sortearla haciendo extensivos a todos ellos los resultados que extraiga del análisis de la cuestión planteada”, completa Castro en su auto de apertura de juicio oral.
Salu2
Y es que lo cortés no quita lo valiente o algo así
El 30 de junio de 2.005 se concierta un Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Secretaría de Estado de Justicia en materia de prevención y lucha contra el fraude fiscal y, fruto de ese Convenio, en diciembre del año siguiente se elabora lo que es dado en llamar Primer Informe del Observatorio Administrativo que hace su presentación con las siguientes citas: “Los incumplimientos fiscales, no sólo perjudican los intereses de la Hacienda Pública y con ello los de la mayoría de los ciudadanos, que cumplen sus obligaciones fiscales, sino que también introducen un factor de competencia desleal en el sector en que se producen y, en resumen, en la economía española... el fraude fiscal, expresión de una profunda insolidaridad social... El bien jurídico protegido no es sólo el Erario público entendido como el patrimonio de la Hacienda Pública, sino los valores constitucionales consagrados en el artículo 31.1 CE, incluido el justo reparto de la carga tributaria y el deber de lealtad de los ciudadanos con la Administración Pública propia de un Estado social y democrático de Derecho”.
A pesar de tan contundente cita, consciente la Administración Tributaria de que estos principios no calarían fácilmente en el cuerpo social, se decidió a llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación Tributaria entre las que habrá de ser resaltada, por ser un clásico del que se ha hecho un prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que “Hacienda somos todos” y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: “Lo que tú defraudas, lo pagamos todos”
Esto fuerza a plantearse la naturaleza del delito contra la Hacienda Pública como atentado a un bien jurídico colectivo de interés general y que por tanto no vulnera un bien jurídico individual, que pudiera ser propio y exclusivo de la AEAT.
Tiene un par de cojones el tío, ya podrían aprender otros, si hay indicios de delito, pa lante con todas las consecuencias. Luego en el juicio con el sistema garantista que tenemos y siendo hija de quien es, si la condenan es que es ya subnormal rematada a parte de por lo que se ve una presunta choriza.