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Los asesores fiscales advierten de que el nuevo valor de referencia inmobiliario perjudicará a los que compren su vivienda a un precio competitivo
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etiquetas: catastrazo , impuesto , sucesiones
Te jodes.
¿Nadie más empieza a estar SUPERMOSCA con los planes para desincentivar la compra de vivienda por parte de particulares residentes en ella? Y que nadie me venga con que la meta es mover a la población hacia un mercado de alquiler, porque esas casas en alquiler serán propiedad de alguien. Solo que no serás tú.
Nos están empobreciendo.
Por otro lado, viendo los valores catastrales y los valores de compra-venta, la diferencia es abismal...
Luz, carburantes, autovías, IBI, transmisiones, plásticos de un solo uso, seguros… cosas que sin duda solo pagan los ricos.
Eso sí: los importes siempre se mueven dentro de unos márgenes fijados por el estado, por tanto, no hay absoluta libertad sino, simplemente, un poco de margen de maniobra. Dependiendo de cada territorio, el impuesto tendrá un valor u otro y, es por este motivo, que el indicador que se tiene en cuenta para calcular el IBI es el valor catastral del inmueble."
En mi caso el año pasado hacienda reviso a la baja el valor catastral de mi vivienda, serian unos 100€ menos a pagar, automáticamente el ayuntamiento subió el porcentaje, entre 0,4% y 1,3%. potestad del ayuntamiento. Resumiendo IBI anterior 450€, con la bajada de hacienda 350€, subida del % del ayuntamiento resultado 475€ a pagar este año.
Lo que pagas de IBI es el resultado de lo que pongan los ayuntamientos.
Pero para Marhuenda la culpa es del coletas.
Yo compré mi vivienda al final de la crisis. El hostión afortunadamente me pasó de lejos y pude beneficiarme de unos precios que nunca hubiera soñado, aunque me costó muchísimo esfuerzo y tirarme cuatro años mirando ofertas con lupa. Sin crisis, de hecho, dudo que ahora mismo tuviera piso en propiedad.
No son los años de vino y rosas en los que la gente compraba pisos para especular. Comprar ahora una casa implica un esfuerzo bestial. Este tipo de medidas desincentivan la compra apaleando al pobre desgraciado que ha podido juntar lo suficiente para que le den un préstamo.
Hay ISD que son progresivos y justos, como el de Baleares, hay que son un atraco injustificado y hay que dejan exentas negocios jurídicos mortis causa que si demuestran una sobrada capacidad económica y que deberían tributar. Así que dependerá de cada caso, yo defiendo que se pague ISD, pero no según qué robos ni según qué regalos.
Tras la reforma, los barrios rurales pagan mucho más y en el centro un poco menos. Pero eso es precisamente porque los ayuntamientos tienen las manos bastante atadas. Intentan compensar, pero ya no pueden confeccionar un IBI a la carta como pasaba antes, que fue motivo de endeudamiento municipal en algunos casos.
Ayuntamiento 1 100.000€ , 0,4% pagaras 400€
Ayuntamiento 2 100.000€ , 1.3% pagaras 1300€
Algunos me dijeron que estaba mintiendo porque el ISD no existe en algunas comunidades, y tampoco es cierto: se bonifica en algunas comunidades en ciertos casos (de padres a hijos). Pero entre hermanos se paga casi todo (un 85%). Si tienes la desgracia de que muera un hermano y seas el heredero, se paga y mucho. Si tienes la mala suerte de que tu hermano era propietario de una ruina, o una vivienda en condiciones inhabitables cercana al derribo, vas a tener que pagar, y mucho, por el valor catastral, aunque ese inmueble sea una basura de la que es imposible sacar ningún provecho. Esto para quien no tiene dinero.
Sin embargo, si alguien con pasta recibe un olivar de 3000 hectáreas en Jaén o un bloque de viviendas, no va a haber problema en que un banco le preste el dinero para pagar los impuestos de unos inmuebles que se venden fácilmente y dan beneficio.
El impuesto debería ser proporcional a las rentas del heredero.
La mayor alza no se produjo por la parte variable que queda en manos de los ayuntamientos, sino porque en barrios enteros vieron alzas catastrales enormes y una finca con un valor de 30.000 euros pasó a costar 150.000, por ejemplo. Ahí los ayuntamientos tienen poco que afinar.
En cualquier caso y según leo en la noticia del meneo, lo que planea el PSOE no es tocar el IBI, sino el valor de referencia inmobiliario, que fue una variable de Montoro que no llegó a materializarse cuando la planteó en 2018 por su enorme impopularidad.
Así, base imponible de los impuestos de Sucesiones y Donaciones y de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados pasará de ser el valor real al valor de mercado, que en el caso de los inmuebles se asimila al valor de referencia calculado por el Catastro. Este valor de referencia es distinto del valor catastral –que es el que se utiliza, por ejemplo, para el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI), que no se verá modificado– y de nueva creación, ya que aunque estaba previsto en los Presupuestos de 2018 nunca llegó a materializarse.
Vamos, que va a hacer suya la política de Montoro de presuponer que todo el que compra por debajo del precio que estime el gobierno es un defraudador y habrá que crugirlo.
Este valor de referencia es distinto del valor catastral –que es el que se utiliza, por ejemplo, para el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI), que no se verá modificado– y de nueva creación
¿O crees que Madrid es España, como la Ayuso?
El IBI te dice el propio artículo que no se ve afectado porque valora otro aspecto del bien, y la plusvalía tampoco porque se casa en precio de precio de venta-precio de compra- depreciación
Los Registros de la Propiedad no fijan valores, Los fijan las haciendas. Y debe ser así porque los Registros se pagan mediante aranceles y habría un claro conflicto de intereses si el que te cobra según valor puede modificar ese valor. En todo caso sería hacienda quien informa al RP, cosa que, tramitando escrituras desde el año 2006, no he visto nunca. Tampoco a los notarios que cobran según aranceles muy similares.
Con plusvalía estás confundiendo la plusvalía de IRPF con la “plusvalía municipal”, que realmente se llama Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). La plusvalía municipal tributa en función de los años completos de tenencia, con un mínimo de uno y un máximo de veinte, en función del valor catastral del suelo (valor catastral = valor catastral del suelo + valor catastral de la edificación, si la hay, u otros derechos como el de vuelo), aunque hay sentencias recientes que vinculan el pago del IIVTNU a que haya habido ganancia entre transmisiones, pero eso solo sirve para la sujeción o no al impuesto, no a su método de cálculo.
El registro de propiedad no fija los valores pero es el que comprueba y envía la propuesta de comprobación de valor según los criterios de cada CCAA para su cálculo (te puedo enseñar mis recetas y mis recursos)
La plusvalía del IRPF, que es de la que hablo porque es la que más "duele", se calcula como digo.
Tampoco se le puede pasar por la cabeza a un no rico, reformar la casa en cuanto ahorre algo para poder luego venderla y lograr ser algo menos pobre.
De tu segundo párrafo, pues me extraña mucho que sea así, porque en Baleares es siempre la ATIB la que hace las comprobaciones de valores. ¿Será por leyes autonómicas y estatuto de autonomía? Pues la verdad es que no lo sé, pero me pica la curiosidad. He recurrido no menos de 50 comprobaciones de valores y siempre a la ATIB, y no me consta que el RP se meta en eso.
Si es cierto que la plusvalía de IRPF y el IIVTNU no tienen mucho que ver en cómo se calculan, hablamos de cosas distintas.
Pd: como curiosidad, en que autonomía trabajas ?
Sobre lo de Valor Real = Valor Declarado EXCEPTO SI Valor Declarado < Valor Comprobado me ha hecho baste gracia (ya se que es cierto)
De momento llegue con el recurso al TEAR y me lo apreciaron parcialmente anulando todas las actuaciones hasta ese momento por lo que la Oficina Liquidadora tiene que empezar de 0 (y los plazos corren)
Esta página me fue de mucha ayuda.
www.liquidacionescomplementarias.es/Consultas/asunto/acabas-de-recibir