No supondría más que una multa, una sanción administrativa y, de hecho, no supone que la responsabilidad del accidente sea de Cristina Cifuentes, ni exime de responsabilidad al contrario, en el caso de que el siniestro hubiera sido culpa suya. Sin embargo, no llevar la documentación en regla sí permite a la compañía aseguradora negarse a hacerse cargo de los daños.
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etiquetas: cifuentes , accidente , carril prohibido
Que pena me da.
Que pena me da.
Tienen patente de corso y lo saben. Aunque esta vez mira ... una pena que tenga que ser el destino quien los ponga en su sitio, estaría mejor que el pueblo fuese quien los ajusticiase.
* lo llevaba?
#9 Si, pero a la media España que no la lleva, cuando la pillan, se les cae el pelo a base de multazos. A esta ya veremos como nadie dice nada.
HIJA DE LA GRAN PUTA.
esradio.libertaddigital.com/2012-02-16/cristina-cifuentes-se-anuncia-u
Yo digo ¡JA!
NO PPSOE
If you know what I mean...
Ya veremos.
Lo otro de que es un ciclomotor y sólo se permite a motocicletas me parece de traca y sin ningún sentido. Criticarla por esto me parece pasarse. Lo triste es que esto sí que lo usara la compañía de seguros del contrario para eximirse de culpa, y seamos honestos. Si esto le pasara a un ciudadano anónimo y no a Cifuentes, clamaríamos por la injusticia.
Sería distinto si se hubiera caído ella sola por lluvia, en cualquier caso los seguros de moto casi nunca incluyen daños propios.
Ahora llega ¿quién es la DGT para decirme por qué carril puedo circular y qué documentación debo llevar?
Con estos del PP nos podemos hartar de reír (por no llorar)
Esa instrucción especifica que -según el Reglamento General de Vehículos- se debe entender motocicleta “como el vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor de cilindrada superior a 50 cc, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/hora" La neos esta construida con una velocidad maxima de 68 km/h.
Los ciclomotores tampoco pueden circular por vias rápidas, autovias y autopistas.
Read more: www.rastreator.com/seguros-de-coche/guias/cobertura-seguro-conductor-q
En este caso no se si el seguro del otro conductor se tiene que hacer cargo de los gastos aunque no tenga la itv en regla.
#45 La multa son 300€, 150€ si la pagas antes de 30 días.
Y lo explica en la propia noticia, quizá si la leyeses
Si alguien tiene acceso al último parte mecánico, que nos informe. Gracias.
Y sin embargo, estoy muy lejos de muchos de los comentarios que hay aquí. La ITV de las motos, en particular de los ciclomotores, es un auténtico dolor de cabeza pasarla y es normal que algún año se te despiste unas semanas. Lo del carril-bus prohibido para ciclomotores no lo sabe nadie. Nadie. De hecho la policía no te dice nada si vas por ese carril delante de ellos.
Ojalá que todos fuéramos como vosotros, que siempre lleváis todo en regla, que nunca vais a 51 km/h en la ciudad y que jamás os habéis pasado un semáforo en rojo. Os detenéis totalmente en cada stop y jamás pisáis una raya contínua. Oh, qué maravilla.
Ah, que la ideología influye... Perdón.
En fin, la libertad según cada uno.
Esto es función de la policía local, por lo que depende de la ciudad, pero aqui por ejemplo todos los días hay controles, cada vez en un punto diferente, y si te pillan sin ITV (o sin seguro) además del multazo inmovilizan el vehículo. Por lo que si le sumas la grua al multazo se te va el mes rápidamente...
Ah bueno, y además de los controles tenemos al multa-car dando vueltas, aunque ahí lo de la ITV no lo veo tan claro...
De hecho, hace unos cuantos años me querían multar por no llevar puesta la pegatina en la moto, cuando desde la misma ITV me comentaron que no era necesario (además solo tenían pegatina para el cristal, que fue la que me dieron). Tuve que sacar de los papeles la pegatina y ya cuando vieron que era tonteria pegarla al revés me dejaron en paz. Lo que sea para sacarte el dinero
Pd. Ahora se ve que si es obligatorio, de hecho me lo advirtieron en la ITV.
Si estuviésemos en los años 80, todavía..
Porque yo vivo en una ciudad poblado (50.000 habitantes) y me han llegado a parar porque al consultar la matrícula no les aparecía la ITV como vigente debido a que ese año la pasé en una provincia que no pertenecía a mi comunidad autónoma.
Que a ti no te paren, no significa que no comprueben tu ITV, que de hecho lo harán y si el ordenador no les avisa de que la tienes caducada, no te andan parando, pero tú deja que caduque un par de semanas y verás lo que tardan en darte la receta.
Es preciso distinguir entre:
ciclomotores de dos y tres ruedas: vehículos provistos de un
motor de cilindrada no superior a 50 centímetros cúbicos y con
una velocidad máxima por construcción no superior a 45 Km /h.
Otra cosa es que tu quieras ponerle un tubarro tooo wapo, con carburador del 16 y demás, para que corra mas, pero eso además está prohibido.
En España son vehículos que no pueden sobrepasar los 45 km/h por construcción ni permiso"
La Yamaha neos, aunque por construcción pueda alcanzar los 68km/h se sigue considerando como ciclomotor, por lo que no podria circular por ese carril.
#64 Hay ciclomotores que "de serie" superan los 45km/h, y la neos lo hace. Lo que pasa es que en teoria, aunque se pueda, la persona que conduce no debe superar esos 45km/h
Pero vamos, que lo de que puedan circular motocicletas y no ciclomotores es de risa, sobre todo porque hay ciclomotores que van casi mejor que algunas motocicletas.
Ahora resulta que el accidente ocurrió por pasarse por el arco del triunfo varias normas de circulación.
Sinceramente. Que se joda. Que estoy hasta la polla de buenismos y correcciones políticas de los cojones.
Hale, ya podeis votarme negativo.
Se debe entender la motocicleta como vehículo de dos o tres ruedas provisto de un motor de cilindrada superior a 50 cc, si es de combustión interna, y/o con una velocidad máxima por construcción superior a 45 km/hora, de acuerdo con la definición que ofrece el Anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
Si la velocidad de la Yamaha Neos supera los 45km/h sería una motocicleta, con la ley en la mano.
#64 Entiendo que la Yamaha Neos supera los 45km/h de fábrica. Por tanto sería motocicleta.
Según el texto de la ordenanza, se podría ir con dicho vehículo por dicho carril.
Según el texto de la ordenanza, seguirías sin poder ir por ese carril, salvo que puedas demostrar que dicho vehículo supera la velocidad. Y eso lo demuestras con ITV y ficha técnica como he explicado anteriormente.
Y no tiene ni la ITV.
#78 Suelen ser los mismos, así que daría un poco igual el tema del fabricantes.
Me suena a cagada al escribir el texto legal, pero vamos, que viendo las cagadas sobre llamar a la moto de Cifuentes motocicleta o ciclomotor según lo que leyeses los primeros días, tampoco me extraña, parece que es complicado investigar un mínimo.
Sentido no tiene mucho, de hecho a mí me arrancan las pegatinas muchos ciclomotores en ciudad y llevo una motocicleta, de 125, pero motocicleta, así que imagina cómo van.
A mi suegro lo echaron patrás por las ruedas y el " tiene 20 días" lo entendió como tiene 20 días para cambiarlos y no como tiene usted 20 días para llevar YA el coche a que le cambien las ruedas y volver echando viruta a por la pegatina.
Anduvo circulando alegremente ( porque tenía 20 días) hasta que un día aparcó en doble fila para sacar pasta en el cajero con tan mala suerte que los pitufillos pasaron por allí, le cascaron la multa por la ITV y encima les tuvo que dar las gracias de que no le multaran por cada rueda que llevaba en mal estado.
Así nos luce el pelo en España....
Grasias de antebraso
Los ciclomotores tienen pedales practicables. (yo tuve varias hace más de 20 años)
Las motocicletas actuales de 50cc no tienen pedales practicables luego NO son ciclomotores. Luego la Cifu, no circulaba con un ciclomotor, sino, en todo caso, con una motocicleta de tipo scooter de 50cc.
Un Scooter es un tipo de motocicleta.
El término "ciclomotor" ya está algo obsoleto. Hace casi una década que no se venden motos con pedales practicables. Por ejemplo, hace años estaba prohibido el uso de ciclomotores por la M-30 porque no podían pasar (legalmente) de 40 kmh. Hoy por hoy, está prohibido que circulen por la M-30 motos de cilindrada inferior a 125cc.
Por otro lado... yo rara vez uso los carriles bus cuando uso mi scooter. Dan bastante miedito
Y si no son ciclomotores como tu dices, avisa a la DGT, que sigue considerándolos ciclomotores, aunque no lleven pedales.
aplch.dgt.es/PEVI//documentos/catalogo_recursos/didacticos/did_adultas
Una delegada del Gobierno no se estampa contra la parte trasera por mucho que haya girado sin verle, a una delegada le golpean con la parte trasera.
leer #24
Ellos son de otra casta, están por encima de la ley (si no a ver quién es el Juez que se atreve a imputarles que dura menos que las noticias de corrupción política en los telediarios de TVE).
#93 Goto #73 Al final lo que cuenta es lo que ponga en los papeles. Como vehiculo industrial. Un R Clio puede ser industrial y una furgoneta grande no serlo si al matricularlo lo indicas de una forma u otra.
De todas formas pienso que simplmente se han olvidado de los ciclomotores. La unica razon logica para impedir su uso puede ser que al no alcanzar la velocidad maxima, ni tener el repris suficiente entorpezca a los demas vehiculos y en algunos carriles bus, no te puedes salir para adelantar.
#84 en algunas motos es muy facil destrucarlas, porque por diseño dan mas potencia, pero para homologarlo tiene que tener menos potencia. Si se lo quitas ya tienes más potencia. Si no da mas potencia por diseño, ya es mas complicado.
Para reducir la potencia se usa una restriccion enla entrada de aire. Como ves algo muy simple. Tiene un precinto para que no lo quiten y lo pongan cuando les da la gana.
En serio, en este país ¿qué cojones pasa? .