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El Colegio de Abogados de Barcelona propone desalojar a ocupas en 48 horas si no se prueba vínculo con el pis

La abogacía barcelonesa plantea así una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para brindar una solución 'rápida y ágil' a la ocupación de inmuebles

| etiquetas: abogacía barcelonesa plantea , modificación , ley , enjuiciamiento criminal , brinda
  1. Eso, eso, si no están meando a la puta calle.
  2. Sería lo lógico y normal. Si alguien denuncia que le han ocupado una propiedad privada es llegar la policía preguntar ¿tienen usted contrato de alquiler o de compra venta o algo que acredite que vive usted aquí desde hace al menos 6 meses? No, salga o lo echamos a porrazos. Si, pues señor vaya al juzgado está tienen documento. Ale listo.
  3. Pero, ¿no habíamos quedado en que la segunda vivienda tampoco se puede usurpar, que es allanamiento?

    Porque, de tanto repetirlo, parece que la ficción se convierte en realidad.
  4. ¿Qué es probar un vínculo?
  5. Me parece una medida muy sencilla de probar y aplicar.
    Se le pide al ocupa que enseñe un contrato de arrendamiento firmado por el dueño legítimo del piso.
    Se le pide que enseñe el justificante de haber realizado el ingreso en el banco de la fianza y el mes en curso en la cuenta del propietario.
  6. #1 si no meas bien meado sobre un inmueble, no puedes considerarlo tuyo.

    Pasa lo mismo con las parejas.
  7. 48 horas para irte de vacaciones. Si te vas mas días y entran en tu casa pierdes tus derechos de propietario, fantástico.
  8. #7 En que cine la ponen?
  9. #6 Claro, lo que se ha hecho siempre para marcar el territorio.
  10. #7 La comprensión lectora bien.
  11. #9 estamos a principios, pero da igual, te has ganado mi voto al comentario del mes xD
  12. #5 Y se le pide al dueño los papeles del piso, no vaya a ser que se esté alquilando a quien no es...
  13. #11 No lo había leido. Disculpas. Es que estoy de las dichosas "48 horas" hasta la coronilla. Lo que exigen es que una vez el propietario denuncie, el juzgado responda en "48 horas". Como no pongan más juzgados ....
  14. #8 Imposible, aquí dicen que es una minimisima cantidad, nada representativa y poco menos que aceptable.
  15. #3 No me he leído la notica (¿pa qué?), pero a lo mejor es que se refiere a los pisos heredados de la abuela que la gente mantiene vacíos durante años para que lo usen los hijos cuando sean mayores. O para cuando vengan tiempos mejores y dar el pelotazo.

    Con "segunda residencia" creo que se refieren a los típicos pisos de veraneo.
  16. #2 Y si alquilas un piso llevas una semana y el dueño dice que te pires? Como no son 6 meses echas al inquilino? Porque si lo aprueban me voy a forrar alquilando y lanzando gente mientras me quedo con la fianza y el primer mes.

    De los alquileres vacacionales ya ni hablo.
  17. #4 Lo que dicen #5 y #13.
  18. #4 Tal como está la legislación española decir que tienes un contrato verbal, o tener un contrato firmado con alguien que te ha “realquilado” el piso, y ahora a localizar a esa persona y ver si esa si tiene vínculo, y hay unas cuantas más, me encantan estas soluciones que intentan no abordar el problema real que tenemos en España, que es que todo dios alquila en negro.
  19. #21 #5 #13 xD No es a eso a lo que se refiere un vinculo. Realmente la noticia no dice nada, porque sigue funcionando como está funcionando hasta ahora. Si el ocupa lleva más de 2 días viviendo en la vivienda, ya se considera un vinculo.
  20. #5 En España existe la figura legal del contrato verbal, y también puedes presentar un contrato con un tercero, ya que en este país es legal realquilar, ahora localiza a ese tercero para ver si tiene vínculo legal, y se me ocurren un par de historias más que pueden argumentar, en este país menos atajar el problema real, todo lo que sean parches es lo que nos mola.

    Por cierto, miles de caseros de este país cobran en mano, porque como es lógico así no quieren “problemillas” con hacienda.
  21. #22 Pues que se persiga el alquiler en negro. Que no tiene nada que ver con la ocupación ilegal.
  22. #25 Si tiene que ver, es lo que usan los ocupas para quedarse en tu vivienda, si eso no existe o todos los alquileres son legales por ley y están registrados la policía tendría una base de datos donde consultar si habla con un inquilino o un allanador.

    Todos los ocupas usan ese vacío legal para ocupar tu vivienda, no dicen que se han metido allí por el morro, dicen que son inquilinos, por eso cambian la cerradura, por eso llenan la nevera, porque cuando llega la policía le dicen que están alquilados y la policía no puede dirimir si hay un contrato privado, lo puede intuir, pero es un juez el que tiene que verificar eso, y aquí te vas a dos años por los retrasos en el sistema legal.

    Claro que tiene que ver, es la esencia del problema.
  23. #20 pues si no tienes contrato ni ninguna forma de acreditar que te lo ha alquilado pues si a la calle. Mira así a lo mejor la gente deja de pagar en negro los alquileres
  24. #27 No funciona así, el contrato verbal es legal, y de momento y según nuestra legislación el único que puede dirimir sobre un contrato es un juez, no un policía, las ocupaciones acaban cuando llegan a juicio siempre, el problema es que tardan un cojon en llegar a juicio.

    El que tiene que acreditar que el supuesto alquiler es falso es el denunciante, ya que existe presunción de inocencia, no es complicado una vez llegas a juicio.

    Acreditar que te lo ha alquilado es tan simple como decir que lo ha hecho, tener las llaves de la casa y un mínimo de apariencia de que vives allí, nevera llena, ropa, etc.

    Igual lo que se debería de hacer es legislar para que nadie pudiese alquilar en negro y no echar a gente que ha tenido que tragar con un alquiler en negro, porque hay zonas que no encuentras un casero que te pase el contrato por la cámara de comercio ni alquilando el bajo de un puente.
  25. Habrá que marcar el territorio pues :-D
  26. #23 Pero depende qué vivienda. Si es tu primera o segunda residencia da lo mismo si han pasado 48h o una semana, es allanamiento de morada y echan a los que han entrado de forma rápida. Otra cosa es un piso vacío.
  27. #13 Eso es facil de ver, te vas al registro de la propiedad y pides una nota simple ( 3€ ).
    Con eso se puede saber si quién te lo está alquilando es el legitimo dueño.
  28. #24 En el contrato de alquiler se puede establecer como clausula que el inquilino no puede realquilar, en ese caso tiene derecho al uso y disfrute pero no podría realquilarlo por no ser dueño.
    En cuanto al contrato verbal no creo que nadie se arriesgue a alquilar una vivienda con un contrato de boquilla.
    En cualquier caso quién tendría que demostrar que está alquilado con todas las garantías y derechos es el inquilino no el propietario y si no lo puede demostrar a la puta calle.
  29. #31 Sí qué es fácil, sí... y lo fácil que sería tener que formalizar en dicho registro el alquiler de dicha propiedad. Se solucionarían varios problemas de golpe.
  30. #32 El contrato de alquiler verbal es legal, y si tienes dudas de lo que la gente es capaz de pactar de boquilla te cuento que ahora tengo yo que arreglar un intercambio de terreno que el anterior propietario pacto de boquilla con el vecino el cual falleció recientemente.

    No importa lo que a ti te parezca o no, la realidad es que es legal y por tanto su incumplimiento o existencia en caso de discrepancia la tiene que dirimir un juez.

    Respecto a lo de realquilar, te recuerdo que el ocupa no tiene nada, simplemente argumenta eso, vamos estás poniendo una cláusula en un contrato que nunca ha existido, vamos que tu argumento no tiene sentido.

    Te voy a recordar como funciona la ley, salvo en un caso concreto al que seguro que te opones frontalmente (ley de violencia de género), si yo denuncio el peso de demostrar la acusación cae sobre mi, no sobre la persona denunciada, por tanto si acusas a alguien de ocupar tu casa tú debes demostrarlo.

    Como se puede alquilar mediante contrato privado, verbal o por escrito, la policía, que no tiene capacidad para dirimir sobre contratos entre particulares, deberá mandar el caso al juzgado para que el juez decida, cómo es normal antes del juicio el ocupa se pirara y recuperarás tu vivienda, si todo el mundo estuviese obligado a declarar el alquiler la policía contaría con una base de datos con la que trabajar y se terminaría el “estoy alquilado” que es lo que argumentan el 100% de los ocupas.

    De hecho funciona como tú dices, el casero denuncia, llega al juez, el puede demostrar que nunca le han pagado, que no hay contrato, que le usurparon la vivienda y el ocupa no puede demostrar nada, como es lógico, y se va a la puta calle.

    Por tanto, o aceleras los procesos judiciales y descongestionas el sistema, de forma que al ocupa no le merezcan la pena los plazos, o obligas a que todo el mundo pase por el aro y por hacienda o empiezas a inventar cosas como esta de cara a la galería que yo creo que no van a llegar muy lejos, porque siguen siendo un queso de groullere.
  31. #26 parece que la esencia del problema es la falta de medios y eficacia del sistema judicial. Y de eso nadie habla porque a casi nadie le interesa.
  32. #34 No he dicho en ningún momento que el contrato verbal no sea legal.
    Lo de la clausula de alquiler lo he dicho porque nadie puede alquilar una propiedad si no es el dueño. Evidentemente un ocupa no tiene contrato y un inquilino que tuviese un contrato legal no puede hacerlo por no ser el dueño.

    Claro que hay métodos para acabar con la ocupación y el alquiler en negro pero no le interesa ni al estado ni a muchos particulares.
    Conozco como funciona la ley y tu comentario está muy bien argumentado.
  33. #36 En España realquilar es legal salvo que se incluya en el contrato,( la mayoría de los contratos estándar y que te bajas para alquilar en negro incluyen esa cláusula por defecto) de hecho miles de personas realquilan habitaciones, como es legal, cuando llega la policía se encuentra gente que tiene un contrato de alquiler con el tío que allanó la casa y cambió la cerradura, es más, tienen hasta los recibí de los pagos.

    En tu segundo párrafo es donde vamos al meollo del tema, que no interesa, que sería fácil, de echo ya existe el sistema que es pasarlo por la cámara de comercio, pero es opcional, y ahora a ver quién le echa cojones y lo hace obligatorio, jodiendo a dueños e inquilinos, en las siguientes elecciones no le votan ni los suyos.
  34. #35 O eso o te cargas los alquileres en negro, lo que prefieras, pero ya te digo yo que no hay cojones, el que lo haga no vuelve a salir.

    Vamos para una cosa no hay cojones y para la otra no hay pasta, básicamente.
  35. #38 los alquileres en negro poco tienen que ver con la ocupación de vivienda.
    Si quieres reducir las cifras de ocupación facilita el acceso a la vivienda y haz que los juzgados funcionen.
    La evasión fiscal en los arrendamientos es algo tangencial
  36. #39 Los alquileres en negro es lo único que permite a día de hoy que alguien ocupe una vivienda, todos, absolutamente todos los que ocupan una vivienda cambian la cerradura al entrar e intentan aparentar que llevan algún tiempo viviendo allí para que al llegar la policía puedan afirmar que están de alquiler.

    Lo de que tiene poco que ver... tu pon todos los alquileres en A por obligación y declara nulos los contratos privados, cuando la policía llegue a una casa y compruebe en la base de datos de la cámara de comercio que esa persona no es un inquilino vas a ver cómo los sacan directamente y les meten una denuncia por allanamiento de morada.

    Tienes esa opción o que el juzgado actúe, por cierto actúa para dirimir si esa persona es un inquilino o un ocupa (fíjate si tiene poco que ver el alquiler en negro) , con mayor rapidez haciendo que al ocupa no le merezca la pena ocupar una casa porque al mes o tres meses lo van a sacar.
  37. #40 con todo respeto, no es cierto en absoluto, y te explico las razones.
    Que se tribute o no es indiferente. Mezclas todo sin que tenga ninguna relación.
    Una cosa es el cumplimiento de las obligaciones fiscales y otra la forma de un contrato....
    En muchos casos cambian la cerradura porque la ham roto para entrar aunque dicen que la casa ya estaba abierta y han puesto la cerradura por seguridad. Te crees que una cerradura acredita un titulo de posesión?
    Aunque no tengan contrato escrito, sea en documento privado o público, la policía no puede entrar y echarles sin orden judicial. Y mezclar con la forma del contrato la comisión de un delito de allanamiento es de traca.
    Esta confusión general demuestra tal falta de conocimientos jurídicos sobre el tema que no se cómo te aventuras a sentar cátedra en la materia como tratas de hacer en tus comentarios.
    Por ultimo aclarar que el juzgado de instrucción se limita a dirimir si hay o no delito, que no es lo mismo que decidir si es inquilino u ocupa....no todo es blanco o negro. No cualquier ocupación es delito de usurpación, a veces se archivan antes de juicio o se absuelve en sentencia tras la celebración de la vista.
    En fin, que no hbalo desde la barra del bar, conozco la materia en profundidad y en base a la experiencia de años puedo permitirme discrepar totalmente con tu punto de vista y reafirmarme en mis mensajes anteriores.
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