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La abogacía barcelonesa plantea así una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para brindar una solución 'rápida y ágil' a la ocupación de inmuebles
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etiquetas: abogacía barcelonesa plantea , modificación , ley , enjuiciamiento criminal , brinda
Porque, de tanto repetirlo, parece que la ficción se convierte en realidad.
Se le pide al ocupa que enseñe un contrato de arrendamiento firmado por el dueño legítimo del piso.
Se le pide que enseñe el justificante de haber realizado el ingreso en el banco de la fianza y el mes en curso en la cuenta del propietario.
Pasa lo mismo con las parejas.
Con "segunda residencia" creo que se refieren a los típicos pisos de veraneo.
De los alquileres vacacionales ya ni hablo.
Por cierto, miles de caseros de este país cobran en mano, porque como es lógico así no quieren “problemillas” con hacienda.
Todos los ocupas usan ese vacío legal para ocupar tu vivienda, no dicen que se han metido allí por el morro, dicen que son inquilinos, por eso cambian la cerradura, por eso llenan la nevera, porque cuando llega la policía le dicen que están alquilados y la policía no puede dirimir si hay un contrato privado, lo puede intuir, pero es un juez el que tiene que verificar eso, y aquí te vas a dos años por los retrasos en el sistema legal.
Claro que tiene que ver, es la esencia del problema.
El que tiene que acreditar que el supuesto alquiler es falso es el denunciante, ya que existe presunción de inocencia, no es complicado una vez llegas a juicio.
Acreditar que te lo ha alquilado es tan simple como decir que lo ha hecho, tener las llaves de la casa y un mínimo de apariencia de que vives allí, nevera llena, ropa, etc.
Igual lo que se debería de hacer es legislar para que nadie pudiese alquilar en negro y no echar a gente que ha tenido que tragar con un alquiler en negro, porque hay zonas que no encuentras un casero que te pase el contrato por la cámara de comercio ni alquilando el bajo de un puente.
Con eso se puede saber si quién te lo está alquilando es el legitimo dueño.
En cuanto al contrato verbal no creo que nadie se arriesgue a alquilar una vivienda con un contrato de boquilla.
En cualquier caso quién tendría que demostrar que está alquilado con todas las garantías y derechos es el inquilino no el propietario y si no lo puede demostrar a la puta calle.
No importa lo que a ti te parezca o no, la realidad es que es legal y por tanto su incumplimiento o existencia en caso de discrepancia la tiene que dirimir un juez.
Respecto a lo de realquilar, te recuerdo que el ocupa no tiene nada, simplemente argumenta eso, vamos estás poniendo una cláusula en un contrato que nunca ha existido, vamos que tu argumento no tiene sentido.
Te voy a recordar como funciona la ley, salvo en un caso concreto al que seguro que te opones frontalmente (ley de violencia de género), si yo denuncio el peso de demostrar la acusación cae sobre mi, no sobre la persona denunciada, por tanto si acusas a alguien de ocupar tu casa tú debes demostrarlo.
Como se puede alquilar mediante contrato privado, verbal o por escrito, la policía, que no tiene capacidad para dirimir sobre contratos entre particulares, deberá mandar el caso al juzgado para que el juez decida, cómo es normal antes del juicio el ocupa se pirara y recuperarás tu vivienda, si todo el mundo estuviese obligado a declarar el alquiler la policía contaría con una base de datos con la que trabajar y se terminaría el “estoy alquilado” que es lo que argumentan el 100% de los ocupas.
De hecho funciona como tú dices, el casero denuncia, llega al juez, el puede demostrar que nunca le han pagado, que no hay contrato, que le usurparon la vivienda y el ocupa no puede demostrar nada, como es lógico, y se va a la puta calle.
Por tanto, o aceleras los procesos judiciales y descongestionas el sistema, de forma que al ocupa no le merezcan la pena los plazos, o obligas a que todo el mundo pase por el aro y por hacienda o empiezas a inventar cosas como esta de cara a la galería que yo creo que no van a llegar muy lejos, porque siguen siendo un queso de groullere.
Lo de la clausula de alquiler lo he dicho porque nadie puede alquilar una propiedad si no es el dueño. Evidentemente un ocupa no tiene contrato y un inquilino que tuviese un contrato legal no puede hacerlo por no ser el dueño.
Claro que hay métodos para acabar con la ocupación y el alquiler en negro pero no le interesa ni al estado ni a muchos particulares.
Conozco como funciona la ley y tu comentario está muy bien argumentado.
En tu segundo párrafo es donde vamos al meollo del tema, que no interesa, que sería fácil, de echo ya existe el sistema que es pasarlo por la cámara de comercio, pero es opcional, y ahora a ver quién le echa cojones y lo hace obligatorio, jodiendo a dueños e inquilinos, en las siguientes elecciones no le votan ni los suyos.
Vamos para una cosa no hay cojones y para la otra no hay pasta, básicamente.
Si quieres reducir las cifras de ocupación facilita el acceso a la vivienda y haz que los juzgados funcionen.
La evasión fiscal en los arrendamientos es algo tangencial
Lo de que tiene poco que ver... tu pon todos los alquileres en A por obligación y declara nulos los contratos privados, cuando la policía llegue a una casa y compruebe en la base de datos de la cámara de comercio que esa persona no es un inquilino vas a ver cómo los sacan directamente y les meten una denuncia por allanamiento de morada.
Tienes esa opción o que el juzgado actúe, por cierto actúa para dirimir si esa persona es un inquilino o un ocupa (fíjate si tiene poco que ver el alquiler en negro) , con mayor rapidez haciendo que al ocupa no le merezca la pena ocupar una casa porque al mes o tres meses lo van a sacar.
Que se tribute o no es indiferente. Mezclas todo sin que tenga ninguna relación.
Una cosa es el cumplimiento de las obligaciones fiscales y otra la forma de un contrato....
En muchos casos cambian la cerradura porque la ham roto para entrar aunque dicen que la casa ya estaba abierta y han puesto la cerradura por seguridad. Te crees que una cerradura acredita un titulo de posesión?
Aunque no tengan contrato escrito, sea en documento privado o público, la policía no puede entrar y echarles sin orden judicial. Y mezclar con la forma del contrato la comisión de un delito de allanamiento es de traca.
Esta confusión general demuestra tal falta de conocimientos jurídicos sobre el tema que no se cómo te aventuras a sentar cátedra en la materia como tratas de hacer en tus comentarios.
Por ultimo aclarar que el juzgado de instrucción se limita a dirimir si hay o no delito, que no es lo mismo que decidir si es inquilino u ocupa....no todo es blanco o negro. No cualquier ocupación es delito de usurpación, a veces se archivan antes de juicio o se absuelve en sentencia tras la celebración de la vista.
En fin, que no hbalo desde la barra del bar, conozco la materia en profundidad y en base a la experiencia de años puedo permitirme discrepar totalmente con tu punto de vista y reafirmarme en mis mensajes anteriores.