De esta forma se elimina este privilegio, que data de 1946 y que permitía a la iglesia inmatricular bienes tal como pueden hacer las administraciones públicas (Estado, CCAA y Ayuntamientos). Un ejemplo de la inmatriculación de bienes por parte de la institución eclesiástica ha sido la titularidad de la mezquita de Córdoba, que se registró a su nombre en 2006 como catedral de Córdoba.
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etiquetas: iglesia , congreso
Atentos a los próximos días, van a inmatricular hasta el kiosko de la ONCE.
A mí particularmente ya no me vale con el "laicismo de estado": hay que reponer lo que han robado.
Hay que recodar, que esta ley la retoco Aznar en 1998 y el articulo no hace referencia alguna.
Ya existía, pero el bigotes la modifico según los gustos de la Conferencia Episcopal:
"El cambio de hace 16 años permitió que la Iglesia registrase como suya cualquier propiedad que careciese de dueño legal, sin tener que rendir cuentas ni pedir permiso a la Administración. Los únicos requisitos eran que ésta abonase una cantidad de entre 20 y 30 euros por el trámite y que un arzobispo diese fe de que el inmueble pertenecía a la Iglesia. Esto es, la modificación de Aznar equiparó la voz del clérigo a la de la Administración."
www.lamarea.com/2014/04/12/la-iglesia-pierde-el-privilegio-que-le-dio-
Eso no quiere decir que me parezca bien lo de las inmatriculaciones. Pero ahora se debe expropiar.
Cc/ #10
Saludos.
Algo así justifica de sobra una medida fuera de lo normal. Especialmente cuando se ha utilizado incluso con edificios de interés histórico y cultural que son patrimonio del país.
Eso no se puede tolerar, y justificaría de sobra una medida retroactiva, o una expropiación.
La democracia necesita un repaso.
Y ojo, esto no es anular la inmatriculación, sino declararla nula, como los matrimonios, que no se anulan sino se declaran nulos.
Es decir, no se quita a la Iglesia, sino que se corrige el error de la inmatriculación. Y pese a todo, yo no veo problema en que una iglesia sea de propiedad pública y se ceda a la Iglesia para usos culturales (rezar). Es como quién tiene un polideportivo y lo cede a dos equipos para que jueguen.
Y ojo, esto va para todos los meneantes, está hablando de bienes esta ley no de fincas inmuebles, de las que, sin más aclaración, la Iglesia seguiría "protegida" en su inmatriculación.
Pero el tema relevante es: ¿sabe alguien aquí lo que es una inmatriculación y cuál sería la diferencia entre que una propiedad esté o no inmatriculada?
Yo sin embargo, te puedo poner centenares de bienes usurpados -es decir, robados- a la Iglesia por las instituciones civiles.
Ademas que "antes de la inmatriculación" sí hay montones de "papeles", en la inmensa mayoría de los casos.
Si la justificacion para que pudieran inmatricular era que la iglesia era una institucion con una larga historia y tenia un conocimiento especial, sera que esta documentado en sus escritos que tal o cual propiedad era de la iglesia antaño.
lo que no puede ser es que algo se inmatricule porque al señor obispo "le parece" que eso es de la iglesia, si hay que basarse en un supuesto conocimiento de siglos este se habra transmitido por escrito de generacion en generacion y existiran documentos antiguos.
Sin documentos -> anulacion de la inmatriculacion, asi se quedan con las que les corresponda pero no se quedan con las que no sean suyas.
Y toda tu respuesta es votar negativo a la pregunta que eres incapaz de responder.
Y hombre, tocarse los huevecillos es lanzar acusaciones que luego se es incapaz de sostener, no desenmascararlas, que es emplear el tiempo fructíferamente.
Por cierto, yo no soy cura. Lo digo porque hay cientos de personajes ingenuos en menéame que se creen que un nick refleja la realidad de su propietario. Por si es tu caso.
Ilústrame.
Hay cientos:
m.publico.es/espana/248706/salvados-destapa-negocios-inmobiliarios-igl
Pero el destino de esos bienes no fue su nacionalización, sino su venta al mejor postor.
Madoz expropió todos los bienes de propios (municipales) y comunales (de todos los vecinos) de los pueblos de España, privándoles por un lado de sus principales fuentes de ingresos y por otro, echando de ellos a una ingente masa de labradores y empleados del campo que vivían arrendados allí, que nutrieron el proletariado que luego fue a las ciudades.
Fíjate tú.
Solamente la misma cantinela que confunde inmatricular con adueñarse, sin detallar ningún ejemplo concreto de "apropiación" o "robo".
Así que la pregunta sigue sin contestar.
Vergüenza lo que ha hecho la iglesia expropiando cientos de lugares públicos.
Es muy fácil, en serio, no te pido miles de ejemplos, sino sólo uno.
De todos modos algun abogado podra elaborarlo mejor
Robar conjugar ⇒
tr. Apropiarse de algo ajeno contra la voluntad de su dueño,generalmente utilizando la violencia:
le robaron el bolso con el método del tirón.
Atraer fuertemente algo no material:
robar el corazón.
Tomar una parte de un todo:
con la obra le robaremos unos metros al pasillo.
En ciertos juegos de cartas,tomar naipes del mazo,o fichas en el juego del dominó:
he robado un comodín.
m.publico.es/espana/440231/pueblos-piden-al-clero-devolucion
La diferencia es que la Iglesia seguiría siendo dueña igual de esos bienes, estén inmatriculados o no, porque inmatricular no es más que inscribir algo en el Registro de la Propiedad por primera vez. La inmatriculación o no en el Registro no otorga derechos a nadie, contra lo que tú crees, sino que simplemente otorga protección registral.
La Iglesia no podía inmatricular nada antes de 1997 porque al no ser la Iglesia una persona jurídica la Ley no le permitía inmatricular como sí podía hacerlo todo el mundo, pero a partir de esa fecha se le permitió hacer lo mismo que pueden hacer el Estado, la provincia o el municipio, y no veo a nadie aquí que se queje del robo a gran escala que cometen el Estado la provincia o el municipio.
www.andalucesdiario.es/ciudadanxs/mezquita-cordoba-sera-propiedad-eter
elpais.com/m/diario/2011/07/11/sociedad/1310335203_850215.html
Se redacta un titular con "miles" de casos de supuestos robos para no tener que dar detalles de sólo uno.
Por cierto, la "franquista" Ley Hipotecaria de 1946 no otorgó ninguna facilidad a la Iglesia, que no podía inscribir ningún bien hasta 1997, y desde luego no sólo regula el tema de las inmatriculaciones, sino que todo el sistema registral español se basa en él. ¿Para cuándo un artículo de Público sobre el escándalo de todas las inscripciones registrales de España basadas en la Ley Hipotecaria?
www.meneame.net/story/salvados-dios-pague/best-comments
Si la Iglesia ha robado la Catedral de Córdoba, según tú, ¿quién era el titular registral anterior?
¿Vas a tener la santa cara dura de ir diciendo eso a la gente?
Y no es una mezquita, es una Catedral desde hace ocho siglos.
La Mezquita-catedral de Córdoba,[1] [2] antes «Santa María Madre de Dios» o «Gran Mezquita de Córdoba», actualmente conocida como la Catedral de la Asunción de Nuestra Señora de forma eclesiástica, o simplemente Mezquita de Córdoba de forma general, es un edificio de la ciudad de Córdoba, España. Se trata de uno de los monumentos más importantes de la arquitectura islámica en España, así como del más emblemático ejemplo de arte omeya hispanomusulmán. Desde el siglo XIII y hasta la actualidad es un templo católico, la iglesia catedral de la diócesis de Córdoba. Está declarado Patrimonio Cultural de la Humanidad como parte del centro histórico de la ciudad.[3]
Se empezó a construir como mezquita en el año 785, tras la invasión musulmana de la península Ibérica, en el lugar que ocupaba la basílica visigótica de San Vicente Mártir, el templo cristiano más importante de la ciudad, construido a su vez sobre un templo romano dedicado a Jano. El edificio fue objeto de ampliaciones durante el Emirato de Córdoba y el Califato de Córdoba. En 1238, tras la Reconquista, se llevó a cabo su consagración como catedral con la ordenación episcopal de su primer obispo, Lope de Fitero.[4] En 1523 se realizó la mayor alteración del monumento con la construcción de una basílica cruciforme renacentista de estilo plateresco en el centro del edificio musulmán. Hoy todo el conjunto constituye el monumento más importante de Córdoba, y también de toda la arquitectura andalusí, junto con la Alhambra.
Con 23 400 metros cuadrados, fue la segunda mezquita más grande del mundo en superficie, por detrás de la Mezquita de La Meca, siendo sólo alcanzada posteriormente por la Mezquita Azul (Estambul, 1588). Una de sus principales características es que su muro de la qibla no fue orientado hacia La Meca, sino 51º grados más hacia el sur, algo habitual en las mezquitas de Al-Ándalus.
El edificio alberga el cabildo catedralicio de la Diócesis de Córdoba y es propiedad de ésta, además está prohibido cualquier culto colectivo o rezo organizado no católico.[5] Está declarado Bien de interés cultural en la categoría de monumento[2] y es también uno de los espacios turísticos más visitados de España y se le ha considerado el primero de los 12 Tesoros de España.[6] Ha sido premiado como el mejor sitio de interés turístico de Europa y sexto del mundo según un concurso de TripAdvisor.
Si en el mismo mensaje ése que pones dice que es propiedad de la Diócesis de Córdoba...
El día en que la iglesia empieza a pagar el Ibi y no reciba ninguna ayuda del Estado después de que este se declare estado aconfesional, la historia y la cultura serán devueltas al pueblo de donde fueron extraídas.
Pueblo (del latín populus) es el conjunto de personas de una nación, aunque también puede entenderse como el de parte de un país, el de una región o el de una localidad, o incluso asimilarse al mismo concepto de país o de localidad (especialmente para una población rural).