Meses difundiendo fotos de personas que aún no habían sido juzgadas, difundiendo sus conversaciones de Whatsapp, difundiendo hasta sus datos personales, y no por un tweet, sino en medios de comunicación de masas, y no pasa nada.
Se difunden unos audios donde no se puede identificar a nadie, y lo único que se oye es a una chica diciendo que se va a inventar acusaciones, y de repente a algunos les entra una preocupación bárbara por la privacidad.
"Notifíquese la presente sentencia personalmente a los acusados y a las
demás partes, con el apercibimiento de que la misma no es firme,
cabiendo interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, en virtud de lo previsto en el artículo 846, ter
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "
Difundir audios de una menor amenazando con inventarse cosas??!! Anda anda, que no haya precedentes para que la próxima vayan a juicio con la camiseta de "dije si, pero a las dos semanas pensé que mejor no"
Cada vez entiendo menos las cosas.
Se pueden difundir los WhatsApps, audios, identidades y retratos de los acusados incluso antes de haber sentencia pero es delito hacer lo mismo con la acusación.
#15 ¿Por qué no buscas en Google antes de hacer afirmaciones a lo loco?
Sentencia firme es que ya no puede ser recurrida.
Las resoluciones que son realmente definitivas son las resoluciones firmes. Contra ellas no cabe recurso alguno, ya sea porque la ley no lo prevé o porque ya ha transcurrido el plazo establecido y ninguna de las partes lo ha presentado.
#16#18#22 Repito comentario: Habrá que ver si lo que dicen medios como Público es verdad o no. Lo que si es cierto es que esos audios son un indicio muy grave de la muy posible prevaricación de ese grupo de jueces.
Mientras tanto seguiremos difundiéndolos (a riesgo propio) y comentándolos. La sentencia parece a todas luces una barbaridad y el escrutinio es legítimo y bien merecido. Somos muchos los que pensamos que ha habido prevaricación. Que se investigue hasta las últimas consecuencias. www.youtube.com/watch?v=k9yXWgtVaPU
#97 Y apunta porque este comentario es el destacado de la noticia. Parece ser que la gente justifica la difusión de los audios de una niña que ha sufrido una violación en grupo, simplemente porque se habían difundido con anterioridad.
Ni siquiera les chirría que lo hayan hecho políticos, es decir, supuestos representantes del pueblo.
Son resoluciones firmes aquéllas contra las que no cabe recurso alguno bien por no preverlo la ley, bien porque, estando previsto, ha transcurrido el plazo legalmente fijado sin que ninguna de las partes lo haya presentado.
Te lo enseñan en Procesal I (Introducción al Derecho Procesal), asignatura de primero de carrera.
Si una sentencia ea susceptible de recurso no es firme.
Ni lo más elemental lográis comprender y estáis aquí hablando de lo clara que es la sentencia y lo buena que es la doctrina del Supremo; que es, básicamente, como no poder diferenciar venas de arterias y querer operar a corazón abierto y que salga bien. Que atrevida es la ignorancia.
#4 A Mondongo no hace falta meterlo en ningún sitio que tengamos que pagar todos los españoles. Basta con deportarlo a su país, porque aquí ya tenemos bastantes fachas, no necesitamos que nos traigan más de fuera.
#61 la "chica" tiene 15 años y os pongáis como os pongáis esta gente conocía su edad (hecho probado). tengo una sobrina de 15 años y si se protege a los chavales a esa edad es porque tienen una personalidad EN FORMACIÓN y son profundamente frágiles a manipulaciones de cualquier tipo. Da absolutamente igual lo que vosotros penséis sobre una cría de 15 años, afortunadamente la ley es tajante a este respeto.
Si eres incapaz de distinguir entre el bien y el mal, para eso está la trena, para que aprendas. Que les cunda a los 3.
#97 Por esa regla de tres que comentas, cualquier television que saque a un crio con el rostro difuminado estaría también cometiendo un delito. Con esos audios NO SE IDENTIFICA A NADIE. Yo no conozco a la chica, y oyendo esos audios TAMPOCO LA CONOZCO.
El único problema que hay aquí es que esa prueba deja un poco mal a ciertos personajes de toga.
#22Meses difundiendo fotos de personas que aún no habían sido juzgadas, difundiendo sus conversaciones de Whatsapp, difundiendo hasta sus datos personales, y no por un tweet, sino en medios de comunicación de masas, y no pasa nada.
Son adultos y relativamente conocidos. La ley en España dice que en general la información general tiene prioridad sobre el derecho a la intimidad de gente conocida. Una cosa es que no puedas meter un teleobjetivo en el dormitorio de nadie por muy conocido que sea. Otra cosa es que no se pueda decir "a estos 3 jugadores les investiga la poli y el juez".
Se difunden unos audios donde no se puede identificar a nadie, y lo único que se oye es a una chica diciendo que se va a inventar acusaciones, y de repente a algunos les entra una preocupación bárbara por la privacidad.
No es una "chica". Es una menor y anónima. Si no ves la diferencia, consulta a un abogado.
#22 y lo más importante, le han dado veracidad a los audios. Yo creía que eran inventados para intentar joder a la chica porque me parecía imposible que fuera así...
#19 ¿Conoces el sarcasmo? ¿Ves la ironía en que un inmigrante que milita en un partido que pide que los inmigrantes que cometan delitos sea deportado haya podido cometer un delito?
#83 Para una cosa, la palabra de un menor no vale porque no es consciente de las consecuencias y porque es fácilmente manipulable. Para la otra sí vale aunque no sea consciente de las consecuencias y sea fácilmente manipulable. Es una paradoja clásica de teoría del derecho. La respuesta de los legisladores es legislar lo que suena bien de cara al ciudadano sin formación legal, no legislar de una forma que tenga sentido.
Otro caso, si atropellas a alguien, ir drogado es agravante; sin embargo si es un homicido es atenuante.
#32 El registro sonoro (en este caso un audio de whatsapp) se considera un dato de carácter personal e identificable bajo la LOPD, por lo tanto, si es un delito.
Lo puse por un comentario antes, pero si, hay diferencia entre transcripción y la fuente original.
Me pregunto que diferencia hay entre publicar los audios de publicar una transcripcion letra por letra de los audios, (y afirmando que son de una fuente veridica y contrastada). Como hicieron todos los noticieros y periodicos anteriormente.
La informacion es la misma. Nadie ha publicado nada nuevo, es solamente la verificación de una informacion que todo el mundo tenía ya.
#24 O sea, todo el que no pinese como tú, hay que expulsarlo. En cambio dos insultos en una frase son un ejemplo de buen meneante (alimañas y defensores de violadores).
#35 Los que luchan contra los que son, son unos traidores. Si eres un inmigrante y no solo militas, sino que eres cara visible de un partido, racista, antiinmigración y que cree que los inmigrantes (ya sean legales o no) son personas de segunda, que quieres que te diga, si eres un Tio Tom.
#44 Algo de especial tiene que tener para que no sea "otro inmigrante que viene a robar" para los de VOX. ¿Es rico? ¿Su familia es importante? O igual solo es el tonto útil de VOX para "demostrar" que no son racistas...
#2
[Ussía] - Yo venía a declarar, con la venia de usía
[Juez] - Ussía, no tiene la venia.
[Ussía] - ah, venía a declarar
[Adriana Abenia] - Yo no declaro nada
#10 La sentencia no es firme ni de cerca. La sentencia adquiere firmeza cuando contra ella no cabe recurso alguno, bien sea por finalización del recorrido recursivo, por expiración del plazo legalmente establecido o por renuncia expresa de las partes legitimadas para recurrir. Si que te enteras tu también.
#67 Yo te lo explico: en esta ocasión es una caza de brujas. Esas tres personas incomodan mucho a lo politicamente correcto, entonces van a por ellos. En este país se está llegando a una situación bastante preocupante cuando te sales del redil.
#18 La verdad es que 3 tíos se han acostado con una chica menor de 16 años.
Siendo menor de 16, la ley dice que no tiene madurez como para dar consentimiento sexual. Ergo, ha sido violada.
#108" Con esos audios NO SE IDENTIFICA A NADIE. Yo no conozco a la chica, y oyendo esos audios TAMPOCO LA CONOZCO. "
El registro sonoro (en este caso un audio de whatsapp) se considera un dato de carácter personal e identificable bajo la LOPD, por lo tanto, si es un delito.
#62 Sí, casi correcto, pero sólo uno se acostó con la menor y el juez no lo consideró delito.
Es cierto que legalmente hubo abuso y se deberían aplicar condenas previstas, pero lo de cooperación necesaria es simplemente absurdo. Una chica que sale de la habitación porque le apagan las luces, y luego vuelve a entrar en la misma habitación con las luces apagadas, donde hay 3 varones con los que lleva días insinuándose, de hacer tríos, etc, y en lugar de encender las luces, se queda sentadita a oscuras... tu me dirás si no fue ella quien cooperó. Bien podría haberse ido antes de entrar en la habitación a oscuras o simplemente, encender las luces.
Spanishrevolution, por qué se menea este panfleto? Errónea y a otra cosa, esto de noticia no tiene nada. Pura propaganda ideológica, no hay ni que detenerse a discutir.
#118 Totalmente de acuerdo. Hay gente normal que no va a pasar por un juicio de abusos a menores, porque no están mal de la cabeza. Sólo les falta llamar putas a las niñas violadas
#28 No acabo de ver la relación o el paralelismo entre declarar en un juicio y consentir relaciones sexuales, podrías elaborar un poco más donde se supone que está la contradicción?
¿Lo has deducido con el mismo conocimiento legal que te dice que la sentencia es recurrible y firme a la vez? ¿Eres el autor de La Sentencia de Schrödinger?
#62 Pruebas que ellos supieran que tenia menos de 16 - ninguna.
Pruebas de que ellos creyeran que tenia 16 - si, mensajes entre ellos indicando que ella tenia 16.
Asi que NO, con las pruebas que indica la propia sentencia da que pensar que ellos no sabian que estaban con una menor de 16 en ese momento. Pero al juez eso se le trae al pairo.
#90 con 16 y 17 también es menor de edad y sin embargo no me lo citarías. Además, si tuviera edad de consentimiento, es decir, si los hechos hubieran ocurrido un mes más tarde, la acusación sería de violación y la condena prácticamente la misma.
Se difunden unos audios donde no se puede identificar a nadie, y lo único que se oye es a una chica diciendo que se va a inventar acusaciones, y de repente a algunos les entra una preocupación bárbara por la privacidad.
La sentencia no es firme. Joe.. si que están enterados estos de spanishrevolution.
que nadie se entere qué ha pasado
que una chica chupó 3 mingas
pero las feministas dicen que la han violado
Los jueces han condenado
a chavales a 38 años de prisión
aunque la sentencia diga que ella era inmadura
usaron como única prueba su declaración.
"Notifíquese la presente sentencia personalmente a los acusados y a las
demás partes, con el apercibimiento de que la misma no es firme,
cabiendo interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de
Justicia de Castilla y León, en virtud de lo previsto en el artículo 846, ter
de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "
que ahora defienden las feministas
en Portugal o Francia no hubiera sido delito
que una 15añera les chupase el pito.
Multa de hasta 20 millones y 5 años de cárcel por difundir los audios de la víctima de la Arandina.
Se pueden difundir los WhatsApps, audios, identidades y retratos de los acusados incluso antes de haber sentencia pero es delito hacer lo mismo con la acusación.
Alucino.
Sentencia firme es que ya no puede ser recurrida.
Las resoluciones que son realmente definitivas son las resoluciones firmes. Contra ellas no cabe recurso alguno, ya sea porque la ley no lo prevé o porque ya ha transcurrido el plazo establecido y ninguna de las partes lo ha presentado.
javiersancho.es/2015/10/07/sentencia-definitiva-o-firme-en-que-se-dife
[Ussía] - Con la venia de usía...
[Juez] - Ussía, no tiene la venia.
Mientras tanto seguiremos difundiéndolos (a riesgo propio) y comentándolos. La sentencia parece a todas luces una barbaridad y el escrutinio es legítimo y bien merecido. Somos muchos los que pensamos que ha habido prevaricación. Que se investigue hasta las últimas consecuencias.
www.youtube.com/watch?v=k9yXWgtVaPU
Ni siquiera les chirría que lo hayan hecho políticos, es decir, supuestos representantes del pueblo.
Así nos va.
#FreeAssange
Son resoluciones firmes aquéllas contra las que no cabe recurso alguno bien por no preverlo la ley, bien porque, estando previsto, ha transcurrido el plazo legalmente fijado sin que ninguna de las partes lo haya presentado.
Te lo enseñan en Procesal I (Introducción al Derecho Procesal), asignatura de primero de carrera.
Si una sentencia ea susceptible de recurso no es firme.
Ni lo más elemental lográis comprender y estáis aquí hablando de lo clara que es la sentencia y lo buena que es la doctrina del Supremo; que es, básicamente, como no poder diferenciar venas de arterias y querer operar a corazón abierto y que salga bien. Que atrevida es la ignorancia.
#MondongoDeportación
Si eres incapaz de distinguir entre el bien y el mal, para eso está la trena, para que aprendas. Que les cunda a los 3.
El único problema que hay aquí es que esa prueba deja un poco mal a ciertos personajes de toga.
Son adultos y relativamente conocidos. La ley en España dice que en general la información general tiene prioridad sobre el derecho a la intimidad de gente conocida. Una cosa es que no puedas meter un teleobjetivo en el dormitorio de nadie por muy conocido que sea. Otra cosa es que no se pueda decir "a estos 3 jugadores les investiga la poli y el juez".
Se difunden unos audios donde no se puede identificar a nadie, y lo único que se oye es a una chica diciendo que se va a inventar acusaciones, y de repente a algunos les entra una preocupación bárbara por la privacidad.
No es una "chica". Es una menor y anónima. Si no ves la diferencia, consulta a un abogado.
Otro caso, si atropellas a alguien, ir drogado es agravante; sin embargo si es un homicido es atenuante.
Lo puse por un comentario antes, pero si, hay diferencia entre transcripción y la fuente original.
La informacion es la misma. Nadie ha publicado nada nuevo, es solamente la verificación de una informacion que todo el mundo tenía ya.
que nadie se entere qué ha pasado
que una menor cayó en celada
de 3 maromos de tal delito avisados.
Los jueces han condenado
a 3 adultos a 38 años de prisión
porque la sentencia dice que ella era inmadura
y ellos se aprovecharon de esa situación
FTFY.
/Que asco dais algunos, atacando a menores en defensa de violadores condenados.
[Cristina seguí] - señoría, si aun no he empezado
Los mismos: su declaración es prueba irrefutable en un juicio
Si no entiendes el problema, consulta a un profesor de primaria.
Todo vale para defenderlos a ellos y culparla a ella.
¿De donde viene esta gente?
[Ussía] - Yo venía a declarar, con la venia de usía
[Juez] - Ussía, no tiene la venia.
[Ussía] - ah, venía a declarar
[Adriana Abenia] - Yo no declaro nada
Siendo menor de 16, la ley dice que no tiene madurez como para dar consentimiento sexual. Ergo, ha sido violada.
El registro sonoro (en este caso un audio de whatsapp) se considera un dato de carácter personal e identificable bajo la LOPD, por lo tanto, si es un delito.
De nada, personaje de toga
PD: yo también soy inmigrante
Una chicaUna menor. De alguna forma se te escapa ese pequeño pero importante detalle repetidamente.
Es cierto que legalmente hubo abuso y se deberían aplicar condenas previstas, pero lo de cooperación necesaria es simplemente absurdo. Una chica que sale de la habitación porque le apagan las luces, y luego vuelve a entrar en la misma habitación con las luces apagadas, donde hay 3 varones con los que lleva días insinuándose, de hacer tríos, etc, y en lugar de encender las luces, se queda sentadita a oscuras... tu me dirás si no fue ella quien cooperó. Bien podría haberse ido antes de entrar en la habitación a oscuras o simplemente, encender las luces.
La fiscalía actúa de oficio siempre que hay una menor implicada o cuando considera que debe actuar de oficio, no hay más.
usaron como única prueba su declaración"
Ahí estás diciendo que se puede tener sexo impunemente con una menor (de edad de consentimiento) porque su declaración no vale nada.
Y lo triste es que es un argumento menos malo que el de otros que incitan a matar tras la violación.
La edad de consentimiento en 2015 eran 13 años.
Un mes más, o 5 años menos, ¿y qué diríamos?
¿Lo has deducido con el mismo conocimiento legal que te dice que la sentencia es recurrible y firme a la vez? ¿Eres el autor de La Sentencia de Schrödinger?
Por cierto, tenía 15 años y 11 meses.
Pruebas de que ellos creyeran que tenia 16 - si, mensajes entre ellos indicando que ella tenia 16.
Asi que NO, con las pruebas que indica la propia sentencia da que pensar que ellos no sabian que estaban con una menor de 16 en ese momento. Pero al juez eso se le trae al pairo.
Muy sospechoso.
La sentencia no es firme