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Me declaro fan de este genio  

Señor responde a Bertrand Ndongo sobre la lona de Desokupa.

| etiquetas: lona , desokupa , ndongo , respuesta , hijos de puta
  1. #36 también la alimentación y el vestido son necesidades básicas y me parecería un poco fuerte que si entra alguien con hambre a una tienda y roba le digas al dueño que se aguante por hacer negocio con ese tipo de bienes.
  2. #99 Entendido en leyes no.... casualidad de que he tendido que hacer un curso y estudiar un poco el tema (pero no soy abogado ni nada, eh?)
  3. #91 yo te hablo de Barcelona centro.... donde el alquiler más barato de un cuchitril no baja de 900€ :hug:
  4. #99 En los casos de usurpación también se detiene inmediatamente, porque no deja de ser un allanamiento de morada. Donde yo vivo hay muchas casas que son segundas residencias, de verano y vacías el resto del año. Nunca nadie entra a ocuparlas.* Pero si te vas más al interior, hay una urbanización a medio construir, se quedó así porque quebró la constructora tras el boom del ladrillo y se lo quedó un banco. Allí hay montones de casas ocupadas. Al banco le da igual que haya gente mientras no pueda o quiera venderla. ¿Para qué echarlo si al día siguiente se va a meter otro en la casa de al lado?

    Además, que no todas las entradas a una propiedad privada son usurpaciones. Si haces todo lo posible para localizar al dueño, y de verdad es imposible encontrarlo, te puedes meter y si a los 20 años de posesión pública, continua y pacífica nadie reclama, lo puedes registrar a tu nombre, ya que se considera como abandonado. Se llama usucapión.

    * No hay ocupaciones, pero sí que ha habido robos en casas vacías. Pero ¿te imaginas que la policía pilla a los ladrones y estos dicen que no están robando, sino ocupando, y con solo eso ya no pueden ser detenidos? ¿Absurdo, no? Pues eso están diciendo los que dicen que no se puede detener a los ocupas.
  5. #3 Que denuncie el casero. ¿ Y si no pagas impuestos...?
  6. #75 #73 los seguros cubren normalmente 6meses..1año algunos (arag desde 200€, pej para rentas de 600€.. 376€ un 60% de una mesualidad) pero sobretodo el inquilino lo tienen que analizar.. Y echan para atrás a jóvenes,sin antigüedad laboral,, si la renta es menos del 40%dl sueldo, piden avales, de todo etc.. Vamos que aseguran al inquilino al que no te preocuparía.
  7. #90 Pues una amiga de mi pareja, Venezolana. Alquiló un piso, metió a 3 personas realquilando las habitaciones y dejó de pagar la renta. Estuvo así un año hasta que el dueño accedió a darle 4000€ para que se marchase. Barcelona, año 2023.
  8. #12 Se demora igual que cuando es un inquilino el que denuncia a su casero por no cumplir sus obligaciones. Y, mientras, ese inquilino tiene que vivir en condiciones no ideales, cuando no son directamente precarias, mientras sigue pagando el alquiler.

    Se demora lo mismo que se demora cualquier situación que llegue a los juzgados.
  9. #2 Siempre me acuerdo del chiste:

    "Papa papa, de mayor quiero ser skinhead
    -Hijo, aparte de negro,eres gilipollas"
  10. #15 A ver, yo vivo al lado de un edificio ocupado. La empresa que lo hizo quebró, se lo quedó el banco, estaba vacío y ahí llevan viviendo los ocupas tres años o así. Para los vecinos es un problema, ha habido ya varios incendios porque no tienen luz y utilizan bombonas para calentarse y cocinar, además de los ruidos, peleas, etc.

    Naturalmente, esto no tiene que ver con nadie a quien le hayan ocupado su residencia al irse de vacaciones.

    Cc. #44
  11. #2 De pobre nada.
    Gana una pasta por hacer esto.
    Hace el gili, consigue un vídeo que se transforma en viral y eso acaba redundando en votos.
    Lo tienen estudiado. Si ponen pasta en estas cosas es porque les sale rentable.
  12. #6 mis vecinos de enfrente cada X meses les cuelan una alarma nueva con mas camaras y chuminadas de Securitas direct cada vez que una de sus hijas le come la oreja con no se que cuento de unos okupas en su calle ( mentira), si lo vieses, parece una carcel de maxima seguridad, estan paranoicos.
  13. #52 Entonces es un problema de falta de funcionarios de justicia, pero no de leyes.

    Y las soluciones que se proponen para este asunto casi siempre son "cambiar leyes", cuando ese no es el problema de base.
  14. #11 Pero aquí eso es lo de menos, como supongo que sabes bastante mejor que yo.
    Si consiguen que la campaña gravite sobre okupaciones, unos ciertos partidos se benefician.
    Si consiguen que la campaña gravite sobre los problemas que tienen los jóvenes (y no jóvenes) apra acceder a la vivienda, los partidos beneficiados son los otros.
    El argumento es igual que sea cierto, falso, que sea robusto o haga aguas. Es más, casi mejor que haga aguas, que así se habla más de él.
  15. #113 ¿Y si miramos a paises q alquilan más y homologamos nuestras leyes de alquiler a las europeas?
    Que necesitamos más funcionarios de justicia es cierto, pero no creo q esto se dirima en justicia siempre. O necesite mucho más tramite de "if no entran monises, no deben de haber personas en la casa"
    Así q no es "cambiar la ley" es, simplificar el procedimiento.
  16. #67 Una amiga es abogada y llevaba un caso como el que comentas en mi ciudad (vivo en una ciudad turística de la costa):
    Anciana inglesa que muere y la casa se queda vacía; hay líos de herencia. Se acaba metiendo en la casa una mujer joven que trabaja como prostituta. Los vecinos se quejan porque hay vaivén de gente en horas nocturnas y les molesta. Los herederos viven en Inglaterra y no quieren saber nada del tema.
  17. #3 Y si lo que dice #42 te parece mucho tiempo pues ya sabes: vota por partidos que quieran fortalecer las instituciones y no por otros que las quieran hacer de pago (Gallardón) u otros que quieran hacer negocio cronificando un problema a expensas del pueblo (XOA/Desokupa)
  18. #43 Es que el que sale en el vídeo es más que subnormal, se le ve claramente. xD
  19. #101 y q vas a hacer si alguien no tiene para comer o vestir a su familia?

    Le metes en la carcel por intentar vivir?

    Claro q se lo puto diria, q lo asuma como perdidas y lo ponga en el precio.

    De hecho te dire mas: ya lo hacen. TODOS.
  20. #98 comprension lectora?

    En q punto de 'familiares o amigos' entra 'la vecina de mi madre q lleva años sin vivir alli'? xD

    Sere amiga de tu madre, no tuya.

    Por lo demas, tranquilo, q si Feijoo y Abascal ganan lo haran para todos. Ya te podras reir de tus amigos o familiares gays.
  21. #103 Yo te hablo de una ciudad media capital de provincias, no de un caso extremo. Si quieres casos extremos te puedo presentar el historial de ocupaciones en Baterno o en Tamurejo.
  22. #53 Yo aún diría más. Registro oficial de todos los contratos de alquiler.
  23. #18 Esa es la verdad que se ha convertido en mentira gracias a ppox y a esta panda de nazis.con la colaboracion de las empresas de alarmas que se estan forrando a nuestra costa. Tu vivienda habitual si te la ocupan la policia la desaloja, si la tienes en alquiler y no te pagan lo que tienes es un moroso.
    El alquiler es un negocio de riesgo. No alquiles o alquilalo mas barato mediante alguien que te garantice el cobro, para empresa de sopas sin sorber metete a politico, ya veras que rapido te espabilan a ostias el resto de calientasillas.
  24. Clickbait
  25. #116 Bueno, es un poco distinto. En mi caso era una mujer con varios hijos y un trabajo con el que no llegaba para alquilar una vivienda. Todo el mundo sabía que estaba usurpando la vivienda pero 0 problemas.
    El que moleste a los vecinos de tu caso no es por haber usurpado la casa, es por ejercer la prostitución. Yo también tuve una vecina prostituta, pero era bastante discreta.
    Lo que si es interesante en ambos casos es...si hay usurpación, pero los propietarios ni denuncian ni les importa...¿debe actuar de oficio la admninistración? En esos casos realmente el problema a veces no es tanto de usurpación como de usucapación, lo cual abre mas todavía más el abanico.
  26. #52 Por eso en muchos contratos ya no se incluye la luz,agua y gas... o van con un seguro de impagos para esas cosas (veo que ya lo han explicado por ahi) . Por otra parte el negocio del alquiler es como cualquier otro negocio, un riesgo.
    El que no quiere correr el riesgo recurre a empresas que le garantizan el cobro aunque el inquilino no pague, o las ceden para los alquileres garantizados de algunos gobiernos autonomicos, pero claro ahi te pagan la mitad.
    Mucho empresario de pandereta veo yo en esto de los alquileres y esto lo digo habiendolo vivido*.

    *"los grandes empresarios" de mi familia no quisieron ponerle el seguro al piso de la yaya o darlo para alquiler autonomico porque en el mercado libre pagaban el triple. Y todos muy contentos hasta que entraron unos portugueses de una constructora española... hubiese sido mas rapido prenderle fuego al piso que las reparaciones que tocaron luego. Los hijos de puta se llevaron hasta el cobre de las tomas electricas despues de usarlo de piso patera para toda la constructora.
  27. #74 Pues que en el momento en el que el hombre suelta un: llamo a la policía, está dejando clara su ignorancia. Porque la policía solo puede actuar sobre una ocupación cuando la propiedad ocupada es su morada, es decir, es su primera vivienda. En el resto de casos puede llegar a pasar hasta año y medio para que la policía pueda actuar
  28. #120 mis amigos gays viven conmigo en Munich :troll: Creeme que se la suda VOX en España

    En q punto de 'familiares o amigos' entra 'la vecina de mi madre q lleva años sin vivir alli'? xD


    No considero amigo a alguien que me saca 30 años, pero desde luego no es un tercero al que yo solo conozco de oidas. He estado varias veces en su casa.
  29. #33 El procedimiento de deshacio exprés de 2011, se inicia muy rápido.

    En el peor de los casos, te puede tocar un juzgado muy saturado y se te puede ir la cosa al año, lo cual es una putada si no has contratado seguro.

    Y el juzgado siempre condena al pago de los atrasos, e incluso retiene de nomina.

    Sobre los desperfectos, otra denuncia, ganada también con el contrato, eso sí ahí igual tardas los dos años en ver sentencia.

    No tienes ni puta idea de como funciona, solo hablas de oídas.
  30. #104 tu y #102 estais defendiendo lo mismo pero desmoontandoos el uno al otro.

    Me refería a "tú" casa..... no a una de tus propiedades! (como tu mismo dices "una" casa)
    De lo contrarío la policía lo hubiera detenido por allanamiento de morada, y en el caso del que tú me hablas es "usurpación".


    En los casos de usurpación también se detiene inmediatamente, porque no deja de ser un allanamiento de morada.

    Yo solo se de historia, C# y lo que veo en mi ambiente cercano, que me dice que un tio lleva casi 3 años con el piso ocupado.
  31. #10 Mu fino ahí xD xD
  32. #14 si dejamos de mezclar a los okupas con los morosos, a la ppoxemia y a los vendedores de alarmas se les acaba la baza del miedo a los okupas.
  33. No se puede decir ni más claro ni más alto {0x1f62d}
  34. #130 No, no es lo mismo usurpación que allanamiento:
    "En el caso de la usurpación se protege la propiedad privada" = Pero la usurpación de la propiedad privada no puede estar por delante de los derechos fundamentales que establece la constitución (como el derecho a una vivienda digna) y por ello la justicia se enfrenta a una confrontación legal que varía según el caso.
    "El allanamiento de morada es un bien jurídico que protege la inviolabilidad del domicilio" = Es un derecho fundamental de la carta magna y no da pie a interpretaciones legales.
  35. #107 Lo alquiló en negro verdad?
  36. #129 No, lo he vivido, y tu solo hablas de la teoría, que es muy bonita, la practica es una mierda.
    Se te puede ir un año, y dos, y como aparezcan sorpresas mas. Y mientras, tienes la propiedad secuestrada sin poder alquilarla a nadie.
    El juzgado condena, pero cuando el otro no paga y empieza a cobrar en mano para que no le retengan, o se pira al extranjero, le suda la polla.
    Sobre los desperfectos, si no tienen intención de pagar la deuda, imagínate los desperfectos.
    Y, como no, sacas el tema de los seguros, que básicamente me estas dando la razón, si existen los seguros, es precisamente porque el sistema falla.
  37. #119 y por que se tiene que encargar un particular de algo que corresponde al Estado?
  38. #15 Conozco a más gente que le ha tocado el gordo de la lotería, y mira que es difícil.
  39. #135 No conozco ese dato, sinceramente.
  40. #28
    'Policía: "es usted el dueño/ inquilino de esta vivienda?"
    Señor random: "sí mire el contrato del alquiler y el recibo del último mes"
    Policía: "perfecto, que tenga un buen día" '

    ¿Eres consciente de que en un contexto de supuesta okupación esta conversación no tiene lógica alguna, no puede darse?
  41. Te han montado un akelarre abertxaleeeee...

    www.youtube.com/watch?v=mOMUJdXyhao
  42. #1 yo soy fan del va {0xa9} , que está en todas partes en Madrid!
  43. #137 pq liberalismo.

    Pq el suelo es del estado y la responsabilidad de q no se especule con el, segun la constitucion, suyo tb y ese particular especula con el suelo.
  44. #15 Yo he estado viviendo 6 años de okupa y tampoco he conocido ningún caso.

    Lo que si que he conocido es a mucha gente que ha sido desahuciada por el banco.
  45. El puto franquismo de mierda
  46. #21 Para enmarcar el comentario, si señor.
  47. Tal cual: "Nos quieren volver al puto franquismo de mierda"
    Y para los que leen mi timeline de comentarios...no os quiero decepcionar:
    FASCISTAS
    FACHAS
    ASESINOS
  48. #53 Buenos días señor invent, el contrato de alquiler debe estar registrado en la administracion con la fianza correspondiente.

    NO, no puede ser una servilleta, al menos en Cataluña,

    www.abogadosparatodos.net/obligacion-de-depositar-la-fianza-de-alquile.
  49. #140 Eres consciente de que es precisamente en un contexto de ocupación en el que se daría y que es exactamente ése el objeto de mi comentario?
  50. #3 Si el inquino deja de pagar no es una okupación.
  51. #28 Si te pillan conduciendo un coche ¿Tienes que demostrar que eres propietario del mismo? Los papeles del coche están destinados a saber si ese coche está o no en condiciones de circular, no si el propietario te ha dado o no permiso para ello.

    El simil que has hecho sería "esta vivienda es habitable" "sí señor, aquí tiene la célula de habitabilidad"

    Aparte que la vivienda es un derecho y el coche no. No existe el delito de "allanamiento de vehículo" como sí existe el de allanamiento de morada.
  52. #86 El primer mes no cubren nunca, se supone que eso está cubierto con la fianza.
  53. #127 No, puede hacerlo con su primera morada, su segunda morada y su casa de vacaciones.

    Lo que no lo puede hacer es con una casa que tiene alquilada y por lo tanto es la morada de otro. Pero es que eso no es ocupación.
  54. #154 Un consejo, cuando hagas búsquedas en google, mira las fechas.

    Y como veo que tienes problemas de comprensión lectora te lo pongo fácil "Es obligación del arrendador inscribir o registrar los datos relativos al arrendamiento en el INCASOL (Instituto Catalán del Suelo), si bien puede solicitar la inscripción el inquilino."

    Y sigues replicando, madre del amor hermoso.
  55. #151 Si no es tuyo y el propietario lo ha denunciado, vas directo a la comisaría. Comprobar la matrícula es lo primero que hace un policía cuando te para.

    La propiedad privada es un derecho, pedazo de alcornoque ignorante. Articulo 17 de la declaración de los derechos humanos.

    Buah, hoy has aprendido un montón de cosas, eh.
  56. #156 Claro. Pero no tienes que demostrar si los has alquilado tú o no. Si tu denuncias robo de vivienda y los encuentran dentro, también van a chirona.

    Y muchos insultos, pero no has dicho en qué parte del código penal está allanamiento de vehículo.

    #155 Te mando la última Ley de Arrendamientos Urbanos

    www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-PR-2023-115

    En la página 13 pone lo siguiente:

    Por último, por lo que se refiere a la formalización de los contratos, la ley mantiene la libertad de las partes de optar por la forma oral o escrita.

    Pero puede que haya un BOE más reciente que prohiba esto. Si lo mandas estaré muy gustoso de leerlo.
  57. #157 Si no tienes ni idea de lo que hablas, por qué insistes en tirar de google para discutir? Harías lo mismo si habláramos de mecánica cuántica?

    En Cataluña estás obligado a depositar la fianza del alquiler en el Incasol, y con la fianza, tienes que registrar el contrato a que corresponde. No lo vas a encontrar buscando con google, porque el puto google no tiene todas las respuestas, a ver si aprendes un poco de humildad y te callas la puta boca.


    La parte arrendadora tiene que depositar la fianza en el plazo máximo de dos meses, a contar desde la fecha de formalización del contrato de alquiler (art. 3 de la Ley 13/1996).

    incasol.gencat.cat/es/2-serveis_i_tramits/Fiances-de-lloguers/informac).

    incasol.gencat.cat/web/.content/01_home_continguts/2-serveis_i_tramits

    Què necessites?

    Identificació digital, que et permetrà accedir al tràmit.
     La referència cadastral o la cèdula d’habitabilitat de la finca arrendada.
    El contracte de lloguer escanejat en format PDF.
     El document de compromís d’Avalloguer en cas que l’hagis signat
  58. #149 Sigues sin ver que ese diálogo es imposible que se pueda dar en un contexto de ocupacion.

    Y ahora ya no pregunto.
  59. #159 Yo tampoco te pregunto nada, pero tu opinión no es un argumento, esto lo entiendes?
  60. #158 Te he pedido el BOE. He buscado la ley 13/1996 y no leo que ponga nada de lo que dices. Si es una normativa autonómica, me puedes mandar el DOGC, pero si mal no recuerdo, no se puede ir en contra de una Ley Orgánica como es la LAU. Y el párrafo que he copiado es bastante claro. Lo copio aquí de nuevo:

    Por último, por lo que se refiere a la formalización de los contratos, la ley mantiene la libertad de las partes de optar por la forma oral o escrita.
    (www.boe.es/biblioteca_juridica/abrir_pdf.php?id=PUB-PR-2023-115 pag 13)

    Y no estoy buscando en Google. Estoy buscando en el BOE, que no es lo mismo. Por mis pobres conocimientos de derecho, el BOE tiene más fiabilidad que una página de preguntas frecuentes.

    P.D. Tus conocimientos son parejos a tu educación.
  61. #161 Te he puesto los links al gencat, que es la web de la Generalitat. Con todas las leyes a las que hacen referencia en cada uno de los pasos que piden.

    Eso sí lo puedes buscar en google, ánimo. Quizá ya sea el momento de decir "tienes razón, estaba equivocado, disculpa" que es lo que haría cualquier persona educada.
  62. #162 Yo he puesto no sólo enlace a la ley. He copiado la parte de la ley que afirma que un contrato verbal es legal. Y es la ley actual, de 2023. Para rebatir eso necesitas algo del mismo rango. Es decir, BOE o DOGC en su defecto. No una FAQ, sea de quien sea.

    P.D. No es obligatorio que un contrato de alquiler tenga fianza. Excepto que tengas una ley tuya que diga que no es legal.
  63. #163 Pero es que no sabes como funciona el ámbito de aplicación de las leyes, que por cierto lo puedes buscar en google.

    Y esto se acaba aquí, ya no trabajo de profesor para niños con transtornos de aprendizaje , ya hace tiempo que dejé esa mierda. Tienes suerte que esto es internet y no te pueda soltar una bofetada.
  64. #143 creo que es un poco exagerado llamar especulación a un particular que alquila un piso. Para poder hablar de especulación ese tipo debería tener algún tipo de poder sobre el mercado del suelo y la vivienda y dudo que eso se pueda hacer con un solo piso.
  65. #75 En principio, y digo en principio porque nunca lo he tenido que usar aunque lo pago, te lo pagan todo. Peeeeroo, porque todo tiene pero, ellos deciden sobre si le alquilas la casa a un determinado inquilino o no. Ademas, por lo general, te imponen que los suministros deban ponerse a nombre del inquilino (por lo que no tendrias que pagarlos si dejaran de pagar el alquiler, si se quedan sin luz no es tu problema).
    El mio es un poco mas caro, como el doble de caro, pero me entra el repintado de paredes y arreglos de carpinteria entre contratos de arrendamiento.
  66. #164 Aún no has dicho por qué ese artículo de la LAU no es válido. Ni lo vas a hacer, porque insultar mucho, pero argumentar poco.

    Tus argumentos son "caca culo pedo pis". Y amenazas, de paso.

    P.D. Alardear de ser profesor y de pegar bofetadas es deleznable ¿Eso hacías, pegar a los niños?
  67. #167 Sí, si te lo he dicho. Se acabaron las clases por hoy, niñato.


    Ahhhhh, vacaciones de colegio, claro. Ahora lo entiendo todo. Considérate ignorado.
  68. Cuando no se tienen argumentos se recurren a las amenazas y a la descalificación.
  69. #106 Cierto. Y sabes esto a quien afecta? 
    A los jovenes, sin antigüedad laboral, si la renta es mas del 40% del sueldo, sin avales, etc.
    Que no es mi problema, porque yo hace mucho que inverti en ladrillo como "valor refugio" y no para de dar sus frutos mientras yo vivo de puta madre en mi chale con piscina. A mi pagar 1000€ al año por los seguros de las 4 casas que tengo en alquiler me la suda totalmente.
    El problema es que a los que he nombrado antes les jode la vida. Un joven sin padrinos que puedan avalarle que se haya mudado a la ciudad recientemente por trabajo va a pagar facilmente el doble de lo que pagara alguien "asegurable". O puede que pague lo mismo pero por un zulo que a la misma ETA le pareceria una tortura excesiva.
    De hecho, hablando de esto con empleados de mi empresa, resulta que hay un par que pagan de alquiler lo mismo por un piso en valencia, el doble de lo que pago yo por la hipoteca de mi chalet con piscina, y mientras uno (mas mayor y con mujer funcionaria) vive en una finca moderna con gimnasio y piscina y muy buena pinta, el otro (llegado de cuba hace un par de años) vive en un piso enano con mobiliario de los años 60.
    Es triste, pero precisamente lo que defiende la izquierda caviar, y muchos lobotomizados, va en contra de sus propios intereses. Al final la vivienda en las grandes ciudades SIEMPRE es limitada. SIEMPRE hay mas demanda que oferta (por eso son grandes ciudades y no aldeas despobladas). Por lo que un bien que sea mas accesible, siempre va a tener mas demanda que uno que es menos accesible. Y al tener mas demanda, los precios subiran. Y habra gente que pueda decir "Espera, no. No puede ser que me pidas pagar por esta mierda lo mismo que por esto otro que le da mil patadas". Pero tambien habra gente que NO pueda decirlo y como con los inmortales "solo puede quedar uno".
    Y esto no se puede solucionar con leyes de alquiler, ni de habitacionalidad ni mierdas de esas que suenan tan guay. Lo siento, pero el mundo no funciona asi. Nunca lo hizo.
  70. #95 ya te digo que no sé cómo habrá sido tu experiencia, pero yo siempre que el inquilino ha impagado lo mismo, primero denuncia por impago por vía rápida (si son menos de 2000€ creo), ahí si tienen ayudas al alquiler ya se acojonan, porque vendrá la institución de turno a preguntar qué hace con la ayuda destinada a alquiler. Si no es así, a juicio "tradicional" y en dos meses están fuera. Yo por lo general siempre he ido a hablar con el inquilino, porque tengo dos pisos por cosas del destino, no por gusto (de hecho, el piso alquilado gustosamente me lo quitaría de encima pero es inviable a día de hoy), y en muchos casos hemos llegado a un acuerdo.
  71. #82 no no que coño va a ser así xD

    Segunda residencia en invierno se usa poco ahora mucho más, entraron y la ocuparon para usarla de vivienda para asaltar las cercanas... Cuando se enteraron en menos de 1 día fuera por la policía y ni sabían que estaban robando
  72. #165 no lo digo como nada peyorativo, pero vive de ese mercado y es lo q hay... Sea como sea esta haciendo un negocio y eso implica un riesgo...

    No me preocupa q este unos meses sin cobrar, ya cobrara los siguientes.

    Otra cosa es q le hagan destrozos y tal, eso me parece mucho mas perseguible, pero si solo han estado viviendo alli unos meses? Ya cobraran al siguiente inquilino...
  73. #148 un día te pasas por el mundo real y compruebas que hay gente que hace contratos de cualquier forma, muchos incluso ilegales, que no registran en ningún lado. O incluso directamente no hacen contrato, y así no hay que declarar nada y no le dan dinero al gobierno socialcomunista. Y hay otra gente que, o pasa por ese aro, o tiene que vivir en la calle.
  74. #127 Pues eso, llama a la policía cuando es una ocupación (recordemos que le estaban pregundando por la lonamierda de Desokupa); cuando es un incumplimiento contractual será otra cosa
  75. #3 Eso no es una ocupación es un incumplimiento de contrato...
  76. #152 pues ya solo por eso creo que no merece mucho la pena estos seguros. Si tienes daños en la casa, te quedas sin q te los cubran porque la fianza es para el primer mes de impago. Experiencia propia. Al final palmas mucho mas dinero que solo un mes de fianza.
  77. #177 Se supone que los daños te los pagan.

    De todas formas, entre perder los un mes de alquiler y perder todos y tener que pagar abogados para el deshaucio hay mucha diferencia. Ese mes es el chocolate del loro.
  78. #125 «los propietarios ni denuncian ni les importa»
    Ahí está la clave. Al final, si los ocupas son gente normal y discreta y los propietarios pasan, ¿por qué debería actuar la administración de oficio? Se trata de una casa vacía a la que se le está dando uso con el consentimiento tácito del propietario. La policía puede actuar si hay problemas de ruidos, por ejemplo, como lo haría con cualquier vecino.
    Sobre esta mujer que comento, mi amiga dice que la casa la tiene muy cuidada y que realmente el problema de los vecinos es que no quieren una prostituta en el edificio; no la aceptarían aunque fuera la propietaria o la inquilina legal.
  79. #148 El contrato es independiente del registro de fianzas. Si se incumple la obligación de registrar e ingresar la fianza el arrendamiento sigue siendo válido, aunque el arrendador se atiene a las sanciones administrativas que correspondan.
    El contrato de arrendamiento puede ser incluso verbal.
    www.ocu.org/fincas-y-casas/gestion/alquiler/analisis-gratis/2022/10/co
  80. #28 Los contratos verbales de arrendamiento son legales en España. No es necesario tener ningún papel para demostrar que estás legalmente en la casa.
    Cc. #13
  81. #8 Normalmente, cuando se quedan durante años es porque los propietarios no denuncian o pasan olímpicamente del tema.
  82. #151 salvo que sufras la circunstancia de que mores en el vehículo.
    www.ijespol.es/puede-ser-una-furgoneta-considerada-morada/
  83. #19 ¿Y ha denunciado?
  84. #181 Como norma general son legales, luego en Cataluña además tienes que ingresar la fianza en el INCASOL y para hacerlo te pediràn que ese contrato quede registrado por escrito.


    CC #148
  85. #29 Yo tampoco. Edificios vacíos ocupados sí, como comento en #110. Y también una amiga abogada me comentó que en mi ciudad hay muchos casos como el que relato en #116, al tratarse de una ciudad turística en la que mueren cada año extranjeros ancianos que vivían solos y cuyos herederos están en otros países.
    Pero claro, hablamos de propietarios que no denuncian porque no les interesa; nada que ver con lo que nos quieren colar los de desokupa.
  86. #185 También te digo que un contrato legal puede ser un folio escrito a mano y firmado donde diga:
    Yo, fulanito, alquilo mi piso en la dirección tal a menganito durante cinco años por x dinero.
    No hace falta especificar nada más, porque, ante falta de datos, la Lau establece todo por defecto.
  87. #183 Una prueba más de lo importante que es el concepto "morada" que tanto quieren vaciar algunos de contenido.
  88. #148 Es un tramite, pero si el arrendador no te da de alta no quiere decir que estés de ilegal o no tengas contrato de alquiler.
  89. #11 Si no paga, se iniciará un proceso de deshaucio.

    Es que ahí está el problema. El proceso de deshaucio dura meses o incluso llega a años. Con el casero que puede ser alguien humilde que había alquilado su casa heredada pagando suministros y luego todos los desperfectos cuando se materialice el deshaucio.

    Por otra parte, desincentiva a invertir en vivienda lo cual aunque la razón sea triste (falta de seguridad jurídica, como en los países del 3er mundo), para los que apenas pueden permitirse comprar su residencia habitual esto es positivo.
  90. #12 Nada, con la denuncia, sin necesidad de aportar pruebas, les disparamos preventivamente en las rodillas
  91. #148 en algunos ayuntamientos obligan a depositar fianza y te sellan el contrato, con multa si no lo haces o lo haces tarde.

    Eso no invalida que puedas hacer contrato en servilleta o incluso verbal.

    Gracias por el negativo.
  92. #175 Tú llámalo como quieras, siempre que tu tengas una casa con personas dentro y tú no las quieras ahí será ocupación aquí y en Pekín
  93. #153 Primero: Podrías mostrarme donde se le permiten tales competencias a la policía?

    segundo: Es que siempre que tú como alquilado cumplas con tu contrato y estés dentro del periodo de alquiler obviamente no es ocupación. Ahora si no se cumple alguna de estas dos condiciones si es ocupación porque estás viviendo en un inmueble cuyo propietario no quiere que estés ahí
  94. ¿Pero de verdad hay gente que se cree esas historias de la pobre ancianita que sale a comprar el pan y cuando vuelve le han ocupado la vivienda?
  95. #193 Negativo porque nadie te está dicendo lo que pueda ser válido, sino de la obligacion de registrarlo por parte del arrendador.
  96. #195 A la policía se le permiten esas competencias en el mismo sitio que le permiten entrar en tu casa si están robando en la misma. El delito es allanamiento de morada, y se aplica tanto a tu primera vicienda, su segunda vivienda o tu casa de vacaciones. Las competencias las tiene según la Ley de Seguridad Ciudadana.

    Y si estás alquilado sigue siendo tu morada, independientemente que el propietario quiera o no echarte de la casa. Con lo que entrar en tu morada es allanamiento de morada. Delito con pena de cárcel, recuerdo.

    ¿El propietario ni quiere que estes? ¿Hay un incumplimiento de contrato? eso no es delito penal, es un ilícito civil que debe ser tratado en los tribunales, como cualquier otro.
  97. #_197 Aún no has puesto dónde está esa obligación. Sólo has puesto negativos a los que te contradicen

    ¡Ah!, también insultos y amenazas

    #193 Ya he puesto en #157 la ley que permite hacer los contratos de forma oral, o en una servilleta. Pero no le gusta que le lleven la contraria.
  98. #181 Si que tienes que tener algún "papel", en caso de contrato verbal (que hay que ser muy tonto para hacer algo así), necesitas un documento para probarlo, que son los recibos de alquiler. Sin recibo de alquiler ni contrato de arrendamiento, ante la justicia, no eres inquilino.
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